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Providencia Nº 257 sobre Normas Generales de Emisión de Facturas y Otros Documentos Foro de Actualización Tributaria Noviembre 2008 Alfonso Seva.

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1 Providencia Nº 257 sobre Normas Generales de Emisión de Facturas y Otros Documentos
Foro de Actualización Tributaria Noviembre 2008 Alfonso Seva

2 Temas 1- El IVA y la Facturación 2- Código Orgánico Tributario
Normativa IVA Contribuyentes Ordinarios del IVA Oportunidad para facturar Requisitos de las facturas Los intermediarios y la emisión de facturas Invalidez de las facturas 2- Código Orgánico Tributario Constituyen ilícitos formales en la emisión de facturas Constituyen ilícitos formales sobre la obligación de permitir el control del fisco Indicios de Defraudación

3 Temas (Cont) 3- Normas Especiales de Facturación 4- PROVIDENCIA 257
Marco legal División de contenido normativo Vigencia de las normativas en 8 pasos Panorama general sobre la vigencia de las normas Problemas relativos a la vigencia de las normas 4- PROVIDENCIA 257 Asuntos relevantes a considerar en esta presentación

4 El IVA y la Facturación Normativa IVA: Ley del IVA, Art 54
Reglamento del IVA, Art 62 Providencia 0056, Agentes de Retenciones del IVA

5 El IVA y la Facturación Contribuyentes Ordinarios del IVA:
EMITIR FACTURAS POR SUS VENTAS PRESTACIONES DE SERVICIOS Y DEMÁS OPERACIONES GRAVADAS CONTRIBUYENTES ORDINARIOS IVA (Art 5) FACTURAS CON EL IVA POR SEPARADO

6 El IVA y la Facturación Oportunidad para Factura:
SI LAS FACTURAS NO SE EMITEN EN EL MOMENTO DE LA ENTREGA DEL BIEN SE EMITIRÁ UNA ORDEN DE ENTREGA O GUÍA DE DESPACHO EN CASO DE VENTA DE BIENES MUEBLE E INMUEBLES LA ENTREGA DEL BIEN OPORTUNIDAD PARA EMITIR LA FACTURA (Art 55) DENTRO DEL MES EN QUE: 1-PERCIBA LA CONTRAPRESTACIÓN 2-SE PONGA A DISPOSICIÓN 3-SE ABONE EN CUENTA ¿Qué sucede con los ANTICIPOS? EN CASOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS

7 El IVA y la Facturación Requisitos de las Facturas Art 57 LIVA:
Numeración consecutiva y única Número de control consecutivo y único Nombre completo y domicilio fiscal del emisor o denominación o razón social Número de inscripción RIF del emisor y Nit en su caso Nombre completo del adquirente del bien o servicio, RIF y NIT en su caso Especificación del monto del impuesto según la alícuota, en forma separada del precio

8 El IVA y la Facturación Los Intermediarios y la emisión de Facturas:
1) LOS COMISIONISTAS 2) APODERADOS 3) FACTORES MERCANTILES ¿Por cual monto? Por el monto de su comisión o remuneración Art 4 RLIVA Son Contribuyentes Ordinarios del IVA Art 10 LIVA, Art 4 RLIVA 4) MANDATARIOS 5) CONSIGNATARIOS 6) SUBASTADORES 7) CUALQUIER SUJETO QUE VENDA MUEBLES POR CUANTA DE TERCEROS

9 El IVA y la Facturación Los Intermediarios y la emisión de Facturas:
1) LOS COMISIONISTAS 2) APODERADOS 3) FACTORES MERCANTILES Son responsables Solidarios del pago del impuesto por las operaciones gravadas que realicen por su intermediación ¿Qué sucede cuando el representado o mandante no haya enterado oportunamente el débito fiscal en el período de imposición? 4) MANDATARIOS 5) CONSIGNATARIOS 6) SUBASTADORES 7) CUALQUIER SUJETO QUE VENDA MUEBLES POR CUANTA DE TERCEROS

10 El IVA y la Facturación Los Intermediarios y la emisión de Facturas:
1) LOS COMISIONISTAS 2) APODERADOS 3) FACTORES MERCANTILES Deben emitir a los compradores o proveedores Facturas por cuenta de las personas a nombre de quienes actúan Otros Requisitos: Incluir en la Factura el precio separado del impuesto e indicando que se emite de Acuerdo al Art 10 de la LIVA 4) MANDATARIOS 5) CONSIGNATARIOS 6) SUBASTADORES 7) CUALQUIER SUJETO QUE VENDA MUEBLES POR CUANTA DE TERCEROS

11 El IVA y la Facturación Los Intermediarios y la emisión de Facturas:
1) LOS COMISIONISTAS INTERMEDIARIO QUE VENDE: Este intermediario factura en Nombre propio y factura en Nombre del mandante 2) APODERADOS 3) FACTORES MERCANTILES INTERMEDIARIOS 4) MANDATARIOS INTERMEDIARIO QUE COMPRA: Este intermediario factura en nombre propio. No tiene que incluir en la factura la leyenda del intermediario que vende. 5) CONSIGNATARIOS 6) SUBASTADORES 7) CUALQUIER SUJETO QUE VENDA MUEBLES POR CUANTA DE TERCEROS

12 El IVA y la Facturación Los Intermediarios y la emisión de Facturas:
1) LOS COMISIONISTAS 2) APODERADOS 3) FACTORES MERCANTILES El mandatario debe entregar al mandante copia de la factura que emitió al comprador. El Impuesto es percibido por los Intermediarios y este será entregado al REPRESENTADO o MANDANTE 4) MANDATARIOS 5) CONSIGNATARIOS 6) SUBASTADORES Registro de la operación: En el libro del mandatario- ventas en cuenta separada, con el título “Ventas por cuenta de Terceros” 7) CUALQUIER SUJETO QUE VENDA MUEBLES POR CUANTA DE TERCEROS

13 El IVA y la Facturación Invalidez de las Facturas:
Que la empresa no tenga el RIF Falta de numero correlativo o ausencia No se especifica la fecha de emisión Comprador no se identifica con su RIF No se identifica la empresa No se diferencia el valor de la mercancía

14 El IVA y la Facturación Invalidez de las Facturas:
No se incluyen bonificaciones o descuentos que rebajan la base imponible No se especifica el subtotal de los bienes gravados Obviar el monto del IVA cobrado con sus siglas Prescindir de especificar el subtotal de bienes o servicios no gravados No totaliza la factura con las ventas más el IVA

15 Código Orgánico Tributario
Constituyen ilícitos formales en la emisión de facturas, Art 101:   1. No emitir facturas u otros documentos obligatorios.   2. No entregar las facturas y otros documentos cuya entrega sea obligatoria.   3. Emitir facturas con prescindencia total o parcial de los requisitos exigidos por las normas 4. Emitir facturas a través de máquinas fiscales, sistemas de facturación electrónica, que no reúnan los requisitos exigidos por la Ley.   5. No exigir a los vendedores las facturas, de las operaciones realizadas, cuando exista la obligación de emitirlos.   6. Emitir o aceptar facturas cuyo monto no coincida con la operación.

16 Código Orgánico Tributario
Sanción ilícitos formales en la emisión de facturas, Art 101:   1- Multa de una unidad tributaria (1 U.T.) por cada factura dejada de emitir hasta un máximo de doscientas unidades tributarias (200 U.T.) por cada período o ejercicio fiscal 2- El infractor será sancionado además con clausura de uno (1) hasta cinco (5) días continuos 3- Si la empresa tiene varias sucursales, la clausura sólo se aplicará en el lugar de la comisión del ilícito  

17 Código Orgánico Tributario
Constituyen ilícitos formales con la obligación de permitir el control de la Administración Tributaria, Art 104:   Producir, circular o comercializar productos o mercancías gravadas sin las facturas o comprobantes de pago que acrediten su adquisición Imprimir facturas sin la autorización otorgada por la Administración Tributaria, cuando lo exijan las normas respectivas Imprimir facturas en virtud de la autorización otorgada por la Administración Tributaria, incumpliendo con los deberes previstos en las normas respectivas    

18 Código Orgánico Tributario
Sanciones ilícitos formales con la obligación de permitir el control de la Administración Tributaria, Art 104:       1- Multa de diez unidades tributarias (10 U.T.), la cual se incrementará en diez unidades tributarias (10 U.T.) por cada nueva infracción hasta un máximo de cincuenta unidades tributarias (150 U.T.) 2- Se revoca la respectiva autorización  

19 Código Orgánico Tributario
Se consideran indicios de DEFRAUDACIÓN, Art 117: No omitir facturas o emitir facturas cuyos montos no coincidan la operación Sanciones por DEFRAUDACIÓN, Art 116: Penas restrictivas de LIBERTAD La acción penal se extinguirá con la determinación tributaria y el pago del monto

20 Normas Especiales de Facturación
LA GRAN TORTA

21 Normas Especiales de Facturación
Marco Legal: Resolución Nº 320 (G.O. Nº del 29/12/1999) Providencia Nº 0421 (G.O. Nº del 23/10/06) Providencias Nº 591 y Nº 592 (G.O. Nº del 31/08/07) Providencia Nº 257 (G.O. Nº del 19/08/08)

22 Normas Generales de Facturación
Vigencia de las Normativas en 8 pasos: 3) Resolución Nº 1.882 G.O 19/03/07 4) Providencia Nº 0191 G.O 30/03/07 1) Resolución Nº 320 G.O 29/12/1999 2) Providencia Nº 0421 G.O 23/10/06 Vigencia: El primer día del sexto mes calendario que se inicie a partir de su publicación G.O. Entrará en vigencia El 29/12/1999 Se deroga la Resolución Nº 320, al momento que entre en vigencia la providencia Nº 0421 en fecha 01/04/07 Se prorroga la entrada en vigencia de la providencia 0421, la cual entrará en vigencia el primer día del sexto mes calendario a partir de la publicación de la presente providencia en G.O. Se deroga tácitamente la Resolución Nº 320 Entrada en vigencia el 19/03/07 Entrada en vigencia el 01/09/07 Entrará en vigencia El 01/04/07

23 Normas Generales de Facturación
Vigencia de las Normativas en 8 pasos: 7) Resolución Nº 1.991 G.O 01/02/08 8) Providencia Nº 0257 G.O 19/08/08 5) Resolución Nº 1891 G.O 09/04/07 6) Providencias Nº 0591 y Nº 0592 G.O 25/09/07 Vigencia: El primer Día del sexto mes calendario que se inicie a partir de su publicación Deroga la Resolución Nº 320, Publicada en 1999 La Providencia entra en vigencia a partir de su publicación en Gaceta Oficial. Se deroga la Providencia Nº 0591 y el artículo 12 de la Providencia Nº 0592 Se deroga la Resolución Nº 1.882, Permaneciendo en Vigencia la Resolución Nº 320 Entrará en vigencia El 01/02/08 Entrará en vigencia El 19/08/08 Entrará en vigencia El 09/04/07 Entrará en vigencia El 01/02/08

24 Normas Generales de Facturación
Panorama General sobre la vigencia de las normas: 19/03/2007 RESOLUCIÓN 1882 Derogatoria 320 (01/04/2007) 09/04/2007 RESOLUCIÓN 1891 Derogatoria 1882 Vigencia 320 25/09/2007 PROVIDENCIAS 0591 y 0592 Vigencia: 01/03/2008 01/03/2008 Vigencia 0591 y 0592 23/10/2006 PROVIDENCIA 0421 Entrada en Vigencia: 01/04/2007 30/03/2007 PROVIDENCIA 0191 Prórroga 0421 al: 01/09/2007 01/09/2007 Vigencia 0421 01/02/2008 RESOLUCIÓN 1991 Derogatoria 320 19/08/2008 PROVIDENCIA 0257 Derogatoria 0591 y 0592 29/12/1999 RESOLUCIÓN 320

25 Normas Generales de Facturación
Problemas relativos a la vigencia de las normas: Falta de técnica normativa Falta de contenido en las normas Confusión en los contribuyentes Certeza Jurídica=Inseguridad Jurídica ¿Qué norma esta vigente?

26 Providencia Nº 257 Se amplían los destinatarios de la norma
Contribuyentes jurídicos y entidades económicas sin personalidad jurídica, Personas Naturales, ingreso > 1500UT en un año Personas naturales ingresos menores o iguales a 1500UT un año, Prueba de Operaciones Se elimina la prohibición de emisión de facturas sobre formas libre de forma mecánica Se elimina prohibición establecida en la Providencia 0591 Se establece prohibición para el llenado manual de las Formas Libres

27 Providencia Nº 257 Se definen los siguientes términos:
1- Formato elaborado por imprentas autorizadas 2- Forma libre elaborada por imprenta autorizada, Art 30 3- Sistemas computarizados o automatizados Eliminación de prohibición sobre la utilización de más de un medio de facturación: 1- Aplica para los sujetos obligados a utilizar máquinas fiscales 2- Podrán emitir sus facturas mediante formatos elaborados por imprentas autorizadas 3- Solo en el caso que la máquina fiscal no imprima el RIF 4- El comprobante sea utilizado como prueba de gasto, ISLR

28 Providencia Nº 257 Requisitos que deben cumplir las facturas/contribuyentes ordinarios del IVA: 1- Utilización de la nomenclatura (E)-NO GRAVADO 2- Número de control de la factura 3- No es necesario incluir las condiciones de pago 4- No es necesario describir el bien enajenado o el servicio prestado 5- En exportación basta con colocar FACTURA y no FACTURA DE EXPORTACIÓN

29 Providencia Nº 257 Facturas emitidas en el extranjero por personas no residentes, Art 18: 1- La factura estará destina como prueba del desembolso a los fines del ISLR 2- Operaciones que impliquen importación de bienes-verificar legislación aduanera 3- La factura deberá contar con los siguiente requisito: - Nombre o razón social del prestador del servicio o vendedor del bien - Descripción de la venta - Fecha de emisión y monto total de la operación - Nombre o Razón Social, RIF del adquiriente

30 Providencia Nº 257 El reverso de la factura es únicamente utilizable para incluir: 1- Nombre, razón social, domicilio fiscal, RIF, EMISOR 2- Razón social, RIF, imprenta autorizada, IMPRENTA AUTORIZADA 3- Providencia que autoriza a la imprenta 4- Números de control asignados 5- Fecha de elaboración del formato o forma libre

31 UTILIZACIÓN EXCLUSIVA
Providencia Nº 257 Circunstancia concurrentes, utilización Máquinas Fiscales: CIRCUNSTANCIAS CONCURRENTES 1) Contribuyentes Ordinarios IVA UTILIZACIÓN EXCLUSIVA DE MAQUINAS FISCALES Ingresos Brutos anuales mayores a 1500 UT Mayor cantidad de operaciones con contribuyentes no ordinarios del IVA Catálogo de actividades 2) Los DUTY FREE SHOPS 3) No Contribuyentes Ordinarios IVA NOTA: Numerales 1 y 2 se debe considerar las operaciones al año anterior al que este en curso

32 Providencia Nº 257 Requisitos mínimos de formatos elaborados por Imprentas Autorizadas, Art 29: 1- El número de control, denominación y número de documento 2- La palabra “serie” y los caracteres que la identifican, EN LOS CASOS NECESARIOS 3- El nombre completo o razón social, domicilio fiscal, RIF/EMISOR 4- La razón social y RIF/IMPRENTA AUTORIZADA 5- Datos de la Providencia que autoriza a la IMPRENTA 6- Números de control “desde el Nº….hasta el Nº….” 7- La fecha de elaboración constituida por 8 dígitos 8- Los campos que permitan agregar el resto de los datos Art 13, 15 y 17

33 Providencia Nº 257 Requisitos de las formas libres elaborados Imprentas Autorizadas, Art 30: 1- El número de control 2- RIF del emisor 3- La razón social y RIF/IMPRENTA AUTORIZADA 4- Datos de la Providencia que autoriza a la IMPRENTA 5- Números de control “desde el Nº….hasta el Nº….” 6- La fecha de elaboración constituida por 8 dígitos NOTA: En ningún caso se incluirá la denominación y el número de control

34 Providencia Nº 257 Documentos en operaciones por cuenta de terceros Art 31: 1- Nombre o razón social y RIF/DEL TERCERO 2- Descripción de la venta cantidad y monto 3- Bienes exonerados carácter (E) 4- Especificación del monto total de la base imponible del IVA 5- Especificación del monto total del IVA 6- Indicación del valor total de la venta 7- Contraprestaciones expresadas en moneda extranjera/moneda nacional NOTA: El emisor debe entregar dentro de los 5 días del mes siguientes en que se emitió la factura copia certificada

35 Providencia Nº 257 Facturas en sucursales o en distintas áreas de un departamento: 1- Nuevo Régimen-INNOVADOR 2- Ante la ausencia de un sistemas centralizados de EMISIÓN DE FACTURAS 3- Se emiten las facturas en numeración consecutiva-SERIE 4- Por cada área o por cada establecimiento

36 Providencia Nº 257 Destrucción de Facturas-Autorización Art 39
1- Se encontraran dañadas de modo que sea imposible su utilización 2- No puedan utilizarse por disposición del SENIAT 3- Se produzcan cambios en la identificación del emisor o en su domicilio fiscal Nota: La autorización debe de solicitarse dentro de los quince días continuos ocurridos en los numerales 1 y 2. En el caso del numeral 3, se tienen que contar 15 días y 30 días.

37 Providencia Nº 257 Disposición Transitoria Cuarta, REVISIÓN AUTORIZACIONES 1- El SENIAT (AUTORIZACIONES SISTEMAS COMPUTARIZADOS) 2- En el plazo de un año, procederá a revisar las autorizaciones 3- En base al Art 15, de la RESOLUCIÓN 320 4- Mientras tanto podrán emitir sus facturas 5- Más de 5000 factura se podrá obviar la emisión de las copias

38 Providencia Nº 257 Máquinas Fiscales
1- Dar cumplimiento a lo establecido en la 257 a mas tardar el 01/02/2009 2- Lo establecido en el Art 8 (CIRCUNSTANCIAS CONCURRENTES) 3- Si el sujeto posee más de una sucursal o local-dar cumplimiento paulatinamente 4- Lo sujetos que empleen máquinas fiscales y no cumplan con lo establecido en esta norma deberán buscar otros medios de emisión de facturas

39 Providencia Nº 257 Emisión de facturas conforme a la normativa derogada 1- Hasta el 31 de agosto de 2008 o 2- Hasta agotarse su existencia, lo que ocurra primero 7 días hábiles Entrada en vigencia 20/08/2008 31/08/2008

40 Providencia Nº 257 Emisión de facturas conforme a la normativa derogada Aviso del SENIAT publicado en la página WEB: 1- Facturas elaboradas bajo la 320 podrán ser usadas hasta el 31/08/2008 2- Facturas elaboradas antes del 19/08/2008 por Imprentas autorizadas Providencia 0591 y 0592, hasta agotarse su existencia o se impida su utilización

41 Providencia Nº 257 Derogatoria:
1- Se deroga el Art 12 de la Providencia Nº 0592 2- Se deroga a Providencia Nº 0591

42 Gracias por su atención
Alfonso Seva Imery Urdaneta Calleja Itriago & Flamarique S.C. Multicentro Empresarial del Este Torre Libertador, Núcleo A Piso 5, Av. Libertador, Chacao, 1060 Caracas, Venezuela Celular


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