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 Es una entidad jurídica, no gubernamental, de derecho privado, sin ánimo de lucro, de carácter social, educativo y cultural, dedicada especialmente.

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3  Es una entidad jurídica, no gubernamental, de derecho privado, sin ánimo de lucro, de carácter social, educativo y cultural, dedicada especialmente a la recuperación y proyección del folclor y de la identidad cultural colombiana, a través de proyectos e investigaciones, que estimulen en la sociedad y en las comunidades el sentido de pertenencia y espíritu investigador sobre el patrimonio cultural de la nación Está basada en los principios y valores universales de igualdad, respeto, solidaridad y servicio proyectados a la sociedad a través de sus representantes. Es una organización de carácter principalmente formativo, investigativo y de difusión cultural.

4 VIVIR COLOMBIA FORMATIVOINVESTIGATIVODIFUSION CULTURAL Fortalecer metodologías de enseñanza. Auspiciar, impulsar, colaborar y llevar a cabo investigaciones t proyectos específicos de cada campo de expresión artística y cultural. Establecer e implementar proyectos. Buscar e implementar nuevas formas de enseñanza y valoración del folclor. Desarrollar y promover mecanismos dirigidos a fortalecer la identidad tanto de comunidades específicas como de nación. Organizar, auspiciar o patrocinar actividades de exhibición artística. Brindar apoyo pedagógico a instituciones y organizaciones que lo requieran. Explorar diversas manifestaciones culturales a nivel internacional en ámbitos comparativos con el folclor nacional. Propiciar vinculación de nuevos participantes. Promover la creación de grupos y su formación integral. Gestionar recursos necesarios para el desarrollo de proyectos.

5 CALIDADES Y REQUISITOS PARA SER MIEMBRO  Cumplir con los preceptos de la Constitución Política de Colombia  Cumplir con el proceso de inscripción y selección de acuerdo a lo estipulado en los estatutos de la fundación.  Tener interés por el folclor y la cultura.  Estar de acuerdo con los objetivos de la fundación. PROCESO DE INSCRIPCION  Presentar hoja de vida  Presentarse en la fecha indicada para la audición que permitirá el ingreso al grupo deseado.  Pago mensual (primeros 5 días de cada mes) correspondiente al valor de $50.000.oo pesos

6 DERECHOS DE LOS MIEMBROS  Utilizar los servicios que disponga la Fundación en la forma y reglamentación establecida.  Representar a la Fundación en los actos públicos o privados cuando se le haya asignado para tal fin.  Presentar a las directivas de la Fundación, iniciativas o proyectos que tengan por objeto el mejoramiento del funcionamiento de la misma.  Participar en las actividades programadas a través de las cuales se brinda capacitación y educación no formal.  Ser tratados con respeto, consideración por todos los miembros de la fundación y la comunidad.  Contar con el debido proceso cuando se tomen determinaciones frente al egreso por incumplimiento de los estatutos de la fundación.  Ser motivadores para desarrollar y fortalecer habilidades y capacidades en la participación y la organización comunitaria.  Ser reconocido como miembro activo y participante en la construcción comunitaria de los procesos y procedimientos que se establezcan en la Fundación.  Apoyar y participar en los proyectos sociales y comunitarios que implemente el gobierno.  Ser informados de la Gestión Administrativa de acuerdo a lo establecido en los estatutos.  Retirarse de la Fundación cuando no cumpla con los estatutos y acuerdos establecidos.  Los demás que determinen la Junta directiva, La Asamblea, la Ley.

7 DEBERES DE LOS MIEMBROS  Hacer uso de los derechos otorgados de manera respetuosa con los demás miembros.  Asistir puntualmente a todas las reuniones a las que sea citado.  No efectuar operaciones ilícitas en perjuicio de la Fundación.  Cumplir las decisiones de las directivas de la Fundación y sus Estatutos.  Cumplir en forma oportuna las tareas designadas por la Junta Directiva o por personas designadas con igual carácter.  Tratar a todas las personas con el debido respeto y consideración.  Cumplir con las normas establecidas en la Ley, los estatutos y acuerdos inherentes al objeto social de la Fundación.  No involucrar a la Fundación con bienes o dinero de dudosa procedencia, o que provengan de actividades ilícitas.  Participar activamente en las actividades que se programen en la Fundación.

8 FALTAS… Los miembros de la fundación serán sancionados o excluidos en sus Derechos y Deberes en los siguientes casos:  Incumplimiento injustificado a las reuniones, actividades y/o talleres de formación.  Agredir física o verbalmente a los miembros de la Fundación o a las personas que tengan un vínculo directo con ella.  Por inactividad permanente.  Por inasistencia sin causa justificada a tres reuniones.  Por cambiar la finalidad de los recursos financieros obtenidos por la Fundación.  Por negarse sin causa justificada a cumplir las comisiones o encargos de utilidad general conferidos por la Junta Directiva.  Por delitos que implique la perdida de la libertad.  Por obstaculizar el desarrollo de los fines de la Fundación.  Hechos donde se comprometa el buen nombre de la fundación  Por comportamiento inadecuado con los miembros de la Fundación.  Por comprometer ante terceros a la Fundación sin autorización de la Junta Directiva.  Por entregar a la Fundación bienes de procedencia ilícita o fraudulenta.  Por efectuar operaciones ilícitas en perjuicio de la Fundación

9 SANCIONES  Llamado de Atención Verbal.  Llamado de Atención escrito.  Compromiso escrito del miembro para evitar incurrir nuevamente en la falta o incumplimiento de los Estatutos, los procedimientos y reglamentación establecida.  Expulsión de la Fundación. La aplicación de estas sanciones está sujeta a la decisión de la Junta Directiva, sin perjuicio de las acciones penales o civiles a que de lugar el comportamiento del miembro que se sancione. PERDIDA DE LA CALIDAD COMO MIEMBRO: La calidad como miembro de la fundación se pierde por una de las siguientes condiciones:  Retiro voluntario.  Retiro Forzoso.  Expulsión. RETIRO VOLUNTARIO: Hay retiro voluntario en los siguientes casos:  Cuando el miembro se ausenta de la Fundación sin ninguna comunicación por un tiempo superior a 2 meses.  Por renuncia escrita. RETIRO FORZOSO: El retiro forzoso se origina en el siguiente caso:  Por incapacidad civil y estatutaria para ejercer derecho y contraer obligaciones.  Por pérdida del vinculo común con el cual se constituye la Fundación. RETIRO POR EXPULSIÓN: Hay expulsión de los miembros de la fundación, y surtirá efecto en los siguientes casos:  Por apropiación, retención o uso indebido de los bienes, sellos, libros, documentos o fondos de la Fundación.  Por realizar o contribuir con actividades fraudulentas.  Por violación a las normas reglamentarias y estatutarias.


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