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Publicada porCatherina Moraga Modificado hace 10 años
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COBRO DE MOROSOS EN COMUNIDADES TURISTICAS O DE SEGUNDA RESIDENCIA
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ESPECIALIDADES DE LAS COMUNIDADES DE TURISMO Y SEGUNDA RESIDENCIA - Alto componente extranjero. - No constituye su vivienda habitual. - Numerosos alquileres. - Constantes transmisiones de propiedad. - Cargas hipotecarias superiores al valor de mercado. - Alto numero de propiedades en poder de promotoras y bancos.
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COMO LUCHAR CONTRA LA MOROSIDAD EN ESTE TIPO DE COMUNIDADES
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1) ACCIONES A TOMAR ANTES DE QUE SE GENERE LA DEUDA I.- Descuento por pronto pago - Legalidad. ( Art. 1.154 C.C) - Afección real y preferencia. - Compensación a fallidos. II.- Repercusión de costas y gastos. ( Arts. 1.255 y 1168 C.C) III.- Obtención de datos de propietarios. Reglamento comunitario 1393/07. IV.- Desafección de elementos comunes y constitución de subcomunidades. Coacciones.
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2) ACCIONES A TOMAR UNA VEZ QUE LA DEUDA SE GENERA. PROCEDIMIENTOS DE RECLAMACION I.- Juicio monitorio o declarativo. Diferencias. ( Tasas, notificaciones, publicación sentencias, postulación procesal, costas, embargo preventivo, legitimación del presidente ( STS 10-10-11 y 27-3-12). Condena de futuro del Art. 220 LEC) II.- Tercería de mejor derecho (ejecuciones sobre el inmueble) III.- Procedimiento de preferencia ( Hipoteca por valor superior al inmueble. Viene pagando o tiene carencia)
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3) EJECUCIÓN TRAS LA DECLARACIÓN DEL DERECHO AL COBRO - Principio de responsabilidad patrimonial universal del deudor. Art. 1911 C.C. - Manifestación de bienes del ejecutado. Art. 589 LEC. - Investigación patrimonial por el ejecutado. Art. 590 LEC - Bienes inembargables. - Sueldos y pensiones. Límites. - Embargo de mobiliario. ( Superfluo) - Rentas por arrendamientos. - Posibilidad de ejecutar en el extranjero. Rebeldía.
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4) OTROS MEDIOS DE COBRO - Procedimiento monitorio europeo. Reglamento comunitario 1896/06. Formulario propio. Carácter transfronterizo. Sin documentos. Sin postulación procesal. - Reclamación en el país de origen.
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COBRO DE MOROSOS EN COMUNIDADES TURISTICAS O DE SEGUNDA RESIDENCIA José Luis Navarro Rosado Administrador de fincas y Abogado. Febrero 2015.
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