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Comprobantes de pago (Res. Super. N° /SUNAT)

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Presentación del tema: "Comprobantes de pago (Res. Super. N° /SUNAT)"— Transcripción de la presentación:

1 Comprobantes de pago (Res. Super. N° 007-99/SUNAT)

2 Factura Una factura es un documento que respalda la realización de una operación económica, que por lo general, se trata de una compraventa. En otras palabras, una factura es el documento a través del cual una persona que vende puede rendir cuentas, de forma instrumentalizada, al contrato de compraventa comercial. En términos simple sería una boleta pero más completa, con una serie de requisitos e informaciones.

3 Numeral 1 del Artículo 4º de la Resolución de Superintendencia Nº 007-99/SUNAT
¿En qué casos se debe emitir factura? - En todas aquellas operaciones que se realicen con personas naturales o jurídicas, que sean sujetos del Impuesto General a las Ventas y tengan derecho a utilizar el crédito fiscal.

4 EMISOR SUNAT Dirección de la casa matriz
Apellidos y nombres o denominación o razón social del titular Nombre comercial (si lo tuviera) Dirección del establecimiento donde esta ubicado el punto de emisión Apellidos y nombres o denominación o razón social del comprador o usuario RUC del comprador o usuario Bien vendido o cedido en uso, descripción o tipo de servicio prestado, unidad de medida y número de serie y/o motor Apellidos y nombres o denominación o razón social de la imprenta RUC de la imprenta Nº de autorización de impresión Fecha de impresión de los comprobantes Nº de RUC Denominación del comprobante de pago Numeración del comprobante serie y numeración correlativa Fecha de emisión Nº de las guías de remisión o de otros documentos relacionados con la operación Valor de venta del bien comprado o servicio prestado Precio unitario del bien o importe del servicio Monto discriminado de los tributos que gravan la operación Importe total de la venta servicio prestado (en letras y número) ORIGINAL 1era copia 2 da copia SUNAT (se entrega al adquiriente) EMISOR SUNAT

5 Recibo por Honorarios Son comprobantes de pago que deben entregar las personas que ejercen una profesión, oficio, ciencia, o arte en forma independiente al momento de cobrar sus honorarios por los servicios prestados.

6 ¿Cuándo debe entregarse?
- Cuando se paga total o parcialmente el servicio. El recibo por honorarios se emitirá por el monto pagado. - Cuando se culmina el servicio. - Cuando vence el plazo o los plazos pactados para el pago del servicio.

7 EMISOR SUNAT Apellidos y nombres del emisor
Dirección del establecimiento donde está ubicado el punto de emisión Apellidos y nombres o denominación o razón social del usuario Importe neto recibido (expresado en letras) Descripción del tipo de servicio prestado Fecha de emisión Apellidos y nombres o razón social, nombre comercial de la imprenta RUC de la imprenta Nº de autorización de impresión Fecha de impresión de los comprobantes Nº de RUC del emisor Denominación del comprobante de pago Número de comprobante: serie y numeración correlativa RUC del usuario (sólo en el caso de que se requiera sustentar gastos y/o costos para efecto tributario) Monto de los honorarios Monto discriminado de los tributos que gravan la operación con indicación de la tasa de retención correspondiente, de ser el caso Importe neto recibido (expresado en números) Original (Se entrega al usuario) 1era copia 2da copia SUNAT (se entrega al usuario) EMISOR SUNAT

8 Boleta de Venta Es un comprobante de pago que se emite en operaciones con consumidores o usuarios finales. ¿Quiénes deben entregarla? - Los sujetos del NRUS, y en general todas aquellas personas que venden bienes, los transfieren en uso, o prestan servicios a consumidores finales. Por ejemplo, restaurantes, puestos en galerías comerciales, bodegas, hospedajes, peluquerías, venta de productos de belleza y/o cuidado personal, servicios fotográficos, playas de estacionamiento, etc.

9 ADQUIRIENTE O USUARIO Nombre comercial (si lo tuviera)
Apellidos y nombres o denominación o razón social del emisor. Deben coincidir con los registrados en el RUC Dirección de la casa matriz y del establecimiento donde está ubicado el punto de emisión Cantidad y descripción del bien vendido o servicio prestado Apellidos y nombres o denominación o razón social de la imprenta Nº de RUC de la imprenta Nº de autorización de impresión Fecha de impresión de los comprobantes Nº de RUC del emisor Denominación del comprobante de pago Número de comprobante: serie (indica el punto de emisión) y numeración correlativa Fecha de emisión Importe (total) de la venta ORIGINAL (vendedor) Copia (comprador) ADQUIRIENTE O USUARIO

10 Liquidación de Compra La Liquidación de Compra es un documento que acredita las adquisiciones que efectúen las personas naturales o jurídicas, sociedades conyugales, sucesiones indivisas, sociedades de hecho y otros entes colectivos a productos y/o acopiadoras (Persona Natural) de productos primarios, siempre que éstas (reiteramos, personas naturales) no otorguen comprobante de pago por estar imposibilitados de obtener número de RUC.

11 Se emitirán en los casos señalados en el numeral 3 del artículo 6° (Res. de Superintendencia Nº /SUNAT) y cuando se determine por Ley, Decreto Supremo o Resolución de Superintendencia. Los requisitos para su uso están redactados en el numeral 4 del artículo 8º (Res. de Superintendencia Nº /SUNAT)

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13 Boleto de Aviación Comercial
Es el comprobante de pago que sustenta la prestación de un servicio de transporte aéreo regular de pasajeros. Puede ser emitido de manera manual, mecanizada o por medios electrónicos.

14 Literal a) del numeral 6.1 del artículo 4° de la Resolución de Superintendencia N° 007-99/SUNAT
Es bien sabido que la expedición de este comprobante se da por el servicio de transporte aéreo.

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16 Carta de porte aéreo Documento que cubre el transporte de las mercancías por vía aérea. Una carta de porte aéreo que se extiende al expedidor constituye un reconocimiento por la compañía aérea de que ha recibido las mercancías que en ella se mencionan para entregarlas por vía aérea al consignatario indicado. El transportista tiene la obligación de notificar al consignatario la llegada de las mercancías, remitiéndole una orden de entrega. La carta de porte aéreo no constituye un documento de propiedad ni es negociable.

17 Resolución de Superintendencia Nº 018-97/SUNAT
La carta de porte sirve como: Un recibo de las mercancías para su transporte. Un aviso de expedición en el que se hacen constar los documentos justificativos y las instrucciones especiales, si las hay, del expedidor. - Una factura que acredita los gastos de transporte.

18 Nota de Crédito Son comprobantes de índole contable y tributaria, que sirven para sustentar el otorgamiento de un descuento o bonificación, anulación total o parcial de la devolución de bienes vendidos. Al respecto el Reglamento de Comprobantes de pago dice: ARTICULO Nº 10.- NOTAS DE CREDITO Y NOTAS DE DEBITO

19 Las Notas de Crédito se emiten por concepto de anulaciones, descuentos, bonificaciones, devoluciones y otros Solo podrán ser emitidas al mismo adquiriente o usuario para modificar comprobantes de pago otorgados con anterioridad. En el caso de los descuentos o bonificaciones, solo podrán modificar comprobantes de pago que den derecho a crédito fiscal o crédito deducible, o sustenten gasto o costo para efecto tributario. Tratándose de operaciones con consumidores finales, los descuentos o bonificaciones deberán constar en el mismo comprobante de pago.

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21 Nota de Débito Son comprobantes de índole contable y tributaria, que sirven para sustentar el aumento del valor de las operaciones de venta, que consiste en la rectificación por suplemento del precio facturado, errores u omisiones en el monto de la operación. Al respecto el Reglamento de Comprobantes de pago dice: ARTICULO Nº 10.- NOTAS DE CREDITO Y NOTAS DE DEBITO

22 Las Notas de Debito se emitirán para recuperar costos o gastos incurridos por el vendedor con posterioridad a la emisión de la Factura o Boleta de Venta, como intereses por mora u otros. Excepcionalmente, el adquiriente o usuario podrá emitir una Nota de Débito como documento sustentatorio de las penalidades impuestas por incumplimiento contractual del proveedor, según conste en el respectivo Contrato. Deberán contener los mismos requisitos y característica de los comprobantes de pago en relación a los cuales se emitan. Solo podrán ser emitidas al mismo adquiriente o usuario para modificar comprobantes de pago otorgados con anterioridad.

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24 Guía de Remisión - Remitente
Es el documento que emite la persona o empresa que envía un bien con motivo de haberlo vendido o comprado y cuando va a prestar un servicio. Cada guía de remisión de remitente consta de un original y dos copias: para el remitente y otra copia para la SUNAT.

25 Aplicación: - Una fábrica de muebles ha efectuado una venta de mesas y sillas a un restaurante y debe enviar dichos bienes en su propio camión o contratando a un camionero, entonces debe emitir una guía de remisión de remitente antes de iniciar el traslado. Entregará al transportista el original (en este caso el restaurante) y la copia para SUNAT y se quedará con la copia que le corresponde como remitente. - Durante el traslado de los bienes, el transportista debe llevar consigo el original y la copia para SUNAT, de la guía de remisión que el remitente ha emitido (en este caso la fábrica de muebles). Cada vez que las unidades móviles de SUNAT se lo requieran, deberá mostrar la documentación y entregar la copia para SUNAT si así se lo indican. - Cuando llega a su destino entregara el original y la copia para SUNAT al destinatario, es decir, al encargado del restaurante que recibirá las mesas y sillas. - En el caso que no cumpla con emitir o llevar la guía de remisión será multado por la SUNAT o se le podrá comisar la mercadería.

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27 Recibo por arrendamiento
Son emitidos por Personas Naturales, que se dedican al arriendo o subarriendo de Bienes Muebles e Inmuebles. Generan rentas de 1era categoría para efecto del IR. Este documento (formulario N° 1083) permite sustentar gasto, costo o crédito deducible para efecto tributario.

28 El formulario deberá presentarse por duplicado
La información deberá consignarse a máquina o manuscrito tipo imprenta. En caso de arrendamiento de bienes muebles e inmuebles deberá presentarse un formulario por cada tipo de bien, salvo el caso de predios amoblados. Deberá presentarse un formulario por cada bien inmueble arrendado. En el caso de bienes muebles deberá presentarse un formulario por cada arrendatario. El formulario carece de valor sin el sello del banco.

29 El arrendamiento se da mediante un contrato por el cual el arrendador se obliga a ceder temporalmente al arrendatario el uso de un bien por cierta renta convenida. El contrato tiene las características: Es un contrato típico Es principal y autónomo Es simple Es constitutivo Es un contrato con prestaciones recíprocas Es un contrato oneroso Contrato consensual y con libertad de forma Es un contrato de tracto sucesivo

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31 Pólizas emitidas por las bolsas de valores, bolsas de productos o agentes de intermediación, por operaciones realizadas en las bolsas de valores o bolsas de productos autorizadas por la CONASEV. Póliza: Documento que sirve para demostrar la validez de un contrato, en seguros, bolsa y en otros negocios; en él aparecen las condiciones, características, cláusulas, etc., del contrato.

32 Ticket o cinta emitida por máquina registradora
Sólo podrán ser emitidos en moneda nacional. Se emitirán en los siguientes casos: a) En operaciones con consumidores finales. b) En operaciones realizadas por los sujetos del RUS. No permitirán ejercer el derecho al crédito fiscal, crédito deducible, ni sustentarán gasto o costo para efecto tributario, salvo en los casos que la ley lo permita. Sustentarán crédito fiscal, gasto o costo para efecto tributario, o crédito deducible, siempre que: a) Se identifique al adquirente o usuario con su número de RUC así como con sus apellidos y nombres, o denominación o razón social. b) Se emitan como mínimo en original y una copia, además de la cinta testigo. c) Se discrimine el monto del tributo que grava la operación, salvo que se trate de una operación gravada con el Impuesto a la Venta de Arroz Pilado.

33 Obligaciones para la emisión y archivo de los documentos
La copia se entregará conjuntamente con el original al adquirente o usuario. Al cierre de las operaciones del día, los usuarios de máquinas registradoras deberán efectuar una liquidación por cada una de las máquinas. Las rectificaciones, anulaciones o cancelaciones de operaciones realizadas deberán ser sustentadas.

34 Normas aplicables a los usuarios de máquinas registradoras
Los contribuyentes que utilicen máquinas registradoras para la emisión de Comprobantes de Pago deberán declarar en el Formulario N° 809, lo siguiente: El incremento (ALTA). La disminución (BAJA). El cambio de ubicación. Deberán mantener un stock. Se declarará a la SUNAT, la información contenida en los tickets(con efecto tributario).

35 Ticket sin efecto tributario
Apellidos y nombres o denominación o razón social del emisor y nombre comercial de ser el caso. Dirección del establecimiento donde se emite. Número del RUC del emisor Numeración correlativa autogenerada por la máquina registradora. Número de serie de fabricación de la máquina registradora. Bien vendido o cedido en uso, servicio o código que lo identifique. Importe de la venta, cesión en uno o servicio prestado. Fecha y hora de emisión. LA ESPERANZA S.A. A.V. HUAYALAS 728-CHORRILLOS RUC N° Serie N° 214-EQ   Kg. De fideos S/ :02 8

36 Ticket con efecto tributario
EL NEGOCIO S.A. AV. LOS PINOS 314- LIMA RUC N° Serie n° 110-AT tarros de pintura S/.45.00 IGV S/ TOTAL S/ 8 COMPRADOR: Alberto Mena Río RUC N° : Nombre o razón social del emisor y nombre comercial de ser el caso. Dirección del establecimiento donde se emite. Numero del RUC del emisor. Numeración correlativa autogenerada por la máquina registradora. Número de serie de fabricación de la máquina registradora. Descripción del bien vendido o cedido en uso o servicio prestado. Importe de la venta, cesión en uso o servicio prestado discriminando el impuesto. Apellidos y nombres, o denominación o razón social del adquirente o usuario. Número de RUC del adquirente o usuario. Fecha y hora de emisión.

37 Recibo por servicios públicos
Los servicios por servicios públicos son documentos que permiten sustentar gasto o costo para efecto tributario, ejercer el derecho al crédito fiscal, o al crédito deducible, según sea el caso, siempre que se identifique al adquirente o usuario y se discrimine el Impuesto. Los servicios complementarios a los servicios públicos señalados podrán incluirse en el mismo recibo.

38 Ver Ley Nº 28334, publicada el y vigente a los 90 días siguientes de su publicación, la cual establece la obligación para las empresas que brindan los servicios públicos de electricidad, saneamiento y telecomunicaciones de consignar en el dorso del comprobante que emitan a sus usuarios finales o abonados, el significado de los conceptos facturables. Del Impuesto General a las Ventas Capítulo X Artículo 40º.- Servicios de suministro de energía eléctrica, agua potable y servicios telefónicos, télex y telegráficos

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40 Boleto emitido por las empresas de transporte público urbano
De acuerdo con el inciso d) del numeral 6.2 del articulo 6º RCP (Reglamento de comprobantes de pago) , se le considera como comprobante de pago, que permite sustentar gasto, costo o crédito deducible para efecto tributario, según sea el caso, no siendo necesario que se identifique al adquirente o usuario.

41 Hasta el momento la SUNAT no ha emitido una norma especial señalando requisitos, características o un formato a emplear para el caso de los boletos emitidos por las empresas de transporte público urbano de pasajeros, los mismos como mínimo deberán cumplir con lo señalado en el artículo 4° del RCP numeral 6.4 que establece que los boletos bajo comentario, deberán contener el número de RUC del emisor y un número correlativo que los identifique. No habiéndose establecido como un requisito que en los mismos se consigne el importe del servicio prestado.

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43 Documento emitido por la Iglesia Católica por el arrendamiento de bienes inmuebles
Impuesto inmobiliario o contribución territorial: - Este impuesto grava a la tenencia de inmuebles a una tasa progresiva. El impuesto es anual, pero generalmente se ingresa en cuotas. Las exenciones aplicables en este gravamen afectan a los bienes que se encuentren a nombre de la Iglesia, y no a los que utilizados por ésta, pertenezcan a otras personas, siendo muy importante -para gozar de la exención- la escrituración de los inmuebles y su correspondiente registración.

44 Documento emitido por las administradoras privadas de fondo de pensiones
De conformidad con lo establecido por el artículo 95º del Reglamento, los establecimientos que mantenga una AFP para atender al público, en general

45 Finalidad: La finalidad de los sistemas de pensiones es asegurar una renta o ingreso de reemplazo para los trabajadores que dejan la vida laboral. Estas pensiones se aseguran mediante la administración de fondos denominado "Fondo de Pensiones", bajo la modalidad de Cuentas Individuales de Capitalización y otorgar a sus afilados las prestaciones de Jubilación, Invalidez, Sobrevivencia y Gastos de Sepelio además de una adecuada rentabilidad del producto de de las inversiones de dicho fondo de pensiones.


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