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Publicada porEnriqueta Sebastian Modificado hace 9 años
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NOVEDADES TRIBUTARIAS PARA EL AÑO 2007 Pamplona, febrero 2007
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PRINCIPALES NOVEDADES EN EL ÁMBITO DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES
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Novedades 2007 Impuesto sobre Sociedades Introducción. Reforma del régimen de Operaciones Vinculadas (Precios de Transferencia). Modificación tipos impositivos. Derogación régimen Sociedades Patrimoniales. Derogación progresiva Deducción por Actividades Exportadoras. Otras novedades destacadas.
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Operaciones vinculadas: introducción Operaciones vinculadas Cualquier entrega de bienes o prestación de servicios efectuada entre persona o entidades vinculadas. Personas o entidades vinculadas (entre otras): Una entidad y sus partícipes, consejeros y administradores, o los familiares de éstos hasta 3er grado colateral (sobrinos). Dos entidades que pertenezcan a un Grupo (art. 42 C.Com.) Unidad de decisión Dos entidades que compartan partícipes (≥ 25%). Una entidad y sus establecimientos permanentes.
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Operaciones vinculadas: introducción Objetivos reforma Adaptar a directrices OCDE/ F.E.P.T. Equiparación con valoración contable. ResultadoEndurecimiento régimen de valoración y control. Características principales: Obligación de valorar a precio de mercado EN TODO CASO. Introducción régimen sancionador general. Ampliación facultades de comprobación de la Hacienda Foral. Obligaciones de documentación de estas operaciones.
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Operaciones vinculadas: valoración Principio general Las partes intervinientes estarán obligadas a valorar las operaciones vinculadas a Valor Normal de Mercado. Obligación activaIncumplimiento: SANCIÓN. Valor Normal de MercadoAcordado por personas o entidades independientes en condiciones de libre competencia. Métodos de valoración: Precio libre comparable. PrincipalesCoste incrementado. Precio de reventa. SubsidiariosDistribución de resultado. Margen neto conjunto de operaciones.
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Operaciones vinculadas: valoración Servicios entre entidades vinculadas Deducibilidad de los gastos condicionada a que los servicios produzcan o puedan producir una ventaja o utilidad a sus destinatarios. Criterios de racionalidad. Reparto de costes entre entidades vinculadas. Deducibilidad: Acuerdo escrito previo. Acceso a la propiedad de los resultados de los trabajos. Aportación proporcional a las utilidades obtenidas. Ajustes y pagos compensatorios.
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Operaciones vinculadas: valoración Acuerdos de valoración Solicitud a la Hacienda Foral de la valoración previa de una operación vinculada (A.P.A.) Propuesta de valoración. Periodo validez máximoAmpliación: Cuatro periodos impositivos + Periodo impositivo en curso + Periodo anterior (plazo declaración no finalizado) ProcedimientoDesarrollo reglamentario: Simplificación?
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Operaciones vinculadas: comprobación Comprobación tributaria Eliminación requisito menor tributación (o diferimiento) del conjunto de operaciones en Navarra. Ajuste bilateral El valor comprobado vincula a Hacienda en relación con todos los intervinientes. Problema No residentes. Sanciones Régimen general LFGT: Falta ingreso cuotas tributarias 50% al 150% Acreditación indebida BLN´s 10% Ajuste secundarioDividendos / Aportaciones capital.
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Operaciones vinculadas: documentación Obligaciones documentaciónDeberá mantenerse a disposición de Hacienda la documentación que se establezca reglamentariamente. Pendiente desarrollo reglamentario. Antecedentes OCDE/ UEComplejidad: Información a nivel de Grupo (Masterfile). Información específica operaciones. Posible solución Régimen especial pequeñas empresas y grupos consolidados.
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Modificación tipos impositivos Objetivos de la reforma: Avanzar en el proceso de armonización de la imposición directa de las sociedades en el ámbito de la UE. Reducir el riesgo de deslocalización de las empresas: Tipo medio UE (15 miembros) * : 30,11 % Tipo medio UE (25 miembros) * : 26,27 % Tipo medio nuevos miembros * :20,55 % * Datos año 2005
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Modificación tipos impositivos
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Tipos impositivos generales Concepto PYME:.
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Modificación tipos impositivos Comparativa tipos de gravamen 2008:.
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Modificación tipos impositivos Principal incentivoA diferencia de lo ocurrido en territorio común, el legislador foral no ha previsto medidas correctoras de la hipotética merma de recaudación. Se mantienen las deducciones por inversiones (excepto la DEX). Reducción de tributaciónIncremento beneficios e inversiones. Incremento retribución trabajadores. Incremento recaudación a corto plazo..
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Deducción por Actividades Exportadoras Deducción hasta 31/12/200625% inversiones y gastos directamente relacionados con la actividad exportadora. Derogación impuesta por la U.E. Evolución:.
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Régimen Sociedades Patrimoniales Derogación régimenPeriodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2007. Opciones para este tipo de entidades: Tributación régimen generalRégimen transitorio beneficios y otras rentas generadas en periodos de tributación como Sociedad Patrimonial. Disolución y liquidación a lo largo de 2007. Régimen tributario: ITPyAJD: exención Operaciones Societarias. IITNU: no devengo. IS entidad disuelta: no devengo. Socios: régimen favorable adjudicación bienes.
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Otras novedades destacadas Amortización sistemática Fondo Comercio Financiero entidades no residentes 10% anual. Deducción por Reinversión en la Transmisión de Valores Endurecimiento requisitos participaciones transmitidas y reinvertidas. Modificaciones en el régimen especial de las reorganizaciones empresarialesAdaptación normativa U.E. sobre escisiones parciales y financieras, canje de valores y traslado de domicilio Sociedades Europeas. Endurecimiento régimen operaciones con paraísos fiscales Remisión nueva regulación estatal: nula tributación e intercambio de información..
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VALORACIÓN GLOBAL REFORMA Y MEDIDAS PROPUESTAS
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Propuestas Impuesto sobre Sociedades Modificación regulación Reserva Especial para Inversiones. Impulso régimen especial Sociedades de Promoción de Empresas. Ampliación supuestos deducción por aportación a Entidades de Capital Riesgo. Introducción deducción por elaboración de protocolos familiares. Posibilidad de aplicar la Exención por Reinversión a las operaciones de permuta..
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Propuestas I.R.P.F. Eliminación límite importe máximo indemnizaciones por despido o cese de trabajadores. Aprobación del denominado Régimen de Impatriados para trabajadores extranjeros desplazados a Navarra Tributación IRNR 4 años. Introducción reducción Rendimientos Capital Inmobiliario para los arrendadores de inmuebles. Territorio común: Régimen general: reducción 50% rendimiento neto. Régimen especial: reducción 100% rendimiento neto. Deducción por inversión en vivienda habitualEliminación del límite máximo de aportaciones con derecho a deducción. Aportaciones a sistemas de previsión socialIncremento límite..
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Empresa Familiar: titularidad Impuesto sobre el Patrimonio en Navarra Deducción en cuota de aquella parte de la misma que se corresponda con elementos afectos a un negocio individual o participaciones en empresas familiares. Territorio común Exención de elementos afectos a un negocio individual o de participaciones en empresas familiares. ResultadoLa progresividad del Impuesto provoca que los empresarios familiares navarros soporten una tributación mayor sobre sus activos no relacionados con la empresa familiar PropuestaModificación técnica regulando este beneficio a través de una exención en la base imponible..
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Empresa Familiar: titularidad
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Empresa Familiar: donación TributaciónDonante: Sujeción IRPF incremento patrimonial. Donatario: Sujeción ISyD. IRPFTratamiento específico donación negocios individuales a favor de descendientes o colaterales No tributación IRPF plusvalías del donante (diferimiento). ISyDNo existe tratamiento específico para la transmisión inter vivos de empresas familiares. Territorio Común IRPFNo tributación donación negocios o participaciones. ISyDReducción 95% valor elementos..
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Empresa Familiar: donación
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Medidas propuestas: IRPFAmpliación a lo supuestos de donación de participaciones en empresas familiares de los beneficios previstos para las transmisiones inter vivos de negocios individuales No tributación (diferimiento). ISyDAmpliación del supuesto de EXENCIÓN de tributación previsto para las adquisiciones por herencia de oto tipo de empresas familiares a los supuestos de donación de las mismas..
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