La descarga está en progreso. Por favor, espere

La descarga está en progreso. Por favor, espere

Art 585: Autoriza la salida temporal del territorio insular hacia el resto del territorio aduanero nacional, de medios de transporte terrestre y marítimos,

Presentaciones similares


Presentación del tema: "Art 585: Autoriza la salida temporal del territorio insular hacia el resto del territorio aduanero nacional, de medios de transporte terrestre y marítimos,"— Transcripción de la presentación:

1 Art 585: Autoriza la salida temporal del territorio insular hacia el resto del territorio aduanero nacional, de medios de transporte terrestre y marítimos, maquinas y equipos y partes de los mismos, para fines turísticos, deportivos, exhibiciones, ferias, eventos culturales

2 MADE IN SAN ANDRES Y TERRITORIO NACIONAL Art 586: Las mercancías producidas, manufacturadas, envasadas o elaboradas podrán exportasen sujetándose a los requisitos. Al igual que las mercancías ingresadas desde el territorio nacional al puerto

3 Art 587 Introducción de Mercancías: Las mercancías importadas a San Andrés podrán ser introducidas al resto del territorio Nacional, bajo el régimen de equipaje Art 588 Facultades de Fiscalización y Control: Se podrá disponer de mecanismos de control, así como la revisión de las m/cias de las Declaraciones de Impo, Fact de nacionalización y Tarjeta de Turismo que debe portar el viajero

4 Art590 Equipaje con Franquicia de Tributos Aduaneros: Los viajeros procedentes de San Andrés pueden ingresar al resto del territorio Nacional mercancías sin el pago de tributos aduaneros Después de 3 días como mínimo Solo una vez al año Artículos de uso personal o domestico hasta por un valor de US$3,500 En grupo podrán sumar sus cupos para traer mercancías siempre y cuando el valor no se exceda

5 EXCEPTOSE PERMITE NO MAS DE DOS DE LA MISMA CLASE NI MAS DE DIEZ DE LA MISMA CLASE, DIFERENTES A ELECTRODOMES TICOS

6 Art 591 Envió de Equipaje: Dentro de los cinco días siguientes a la salida del viajero podrá salir por carga la mercancía adquirida, previa presentación de la Declaración de Viajero acompañada de las facturas comerciales, documentos de identificación y tiquete

7 Art 591 Expo Temporales de Viajeros: El viajero que lleve a San Andrés artículos como cámaras o equipos similares diligenciara y Declarara estas mercancías con el fin de ser incluidas en el equipaje.

8 Art 593 Menaje de los Residentes de San Andrés: Estarán sometidas a cancelar tributos quienes regresen a territorio continental después de un año legal de residencia.

9 Art 594 Envíos al Resto de Territorio Aduanero Nacional: No superar US$20,000 por envió No aplica en vehículos y repuestos Causaran Tributos Aduaneros Se descontara el 10% por impuestos No se permite fijar valores menores

10

11 Art 595 Zonas de Régimen Especial: URABÁ Turbo Arboletes, Mutatá y San Pedro Urabá Aeropuerto de Apartadó, Turbo y Mutatá

12 Departamento de Nariñodel Cauca Puerto de Tumaco Tumaco Aeropuerto Tumaco Puerto de Guapi Aeropuerto de Guapi Guapi

13 Art 596 Impo deArt 597 Mercancías Mercancías: Prohibidas: Se puede importar a las mencionadas Zonas todo tipo de mercancías, excepto publicidad atenten a la integridad física y moral, armas, productos para la elaboración de narcóticos o drogas no autorizadas por el Ministerio de Protección Social

14 Art 598 Importaciones de Maquinaria y Equipos: Las impo para uso exclusivo en las Zonas, de materiales, maquinarias, Equipos y sus partes, destinados a la Construcción de obras publicas, de Desarrollo económico o social gozaran de franquicia de tributos aduaneros

15 Art 599 Disposiciones para la Impo: Solo pagaran el impuesto sobre las ventas Presentación y aceptación de una Declaración de Impo bajo el régimen de Franquicia No se requerirá de registro o licencia de Impo, ni ningún otro visado, autorización o certificación Las mercancías quedaran en restringida circulación Aplica si perjuicio de las impo que se acojan al régimen ordinario que confiere libre disposición

16 Art 600 Documentación Declaración de Impo, Régimen de Franquicia: Conservar los documentos originales hasta por cinco años max Art 601 Consumo en las Zonas: Se destinaran mercancías para uso propio y/o de los domiciliarios o visitantes. Estas ventas estarán gravadas conforme al Estatuto Tributario

17 Art 602 Introducción Mercancías: Podrán ser introducidas bajo el régimen de equipaje o presentando modificación de la Declaración de Impo. Art 603 Liquidación y Pago Tributos: Podrán adquirir mercancías con el pago de lo derechos de aduana.

18 Art 604 Documentación El declarante conservara la documentación original con sus respectivos soportes por un tiempo mínimo de cinco años. Si se han fijado precios no se admite declarar un valor inferior a este Art 605 Viajeros Tienen derecho a ingresar artículos nuevos hasta por un total de US$2,500 Podrán llevar mercancías hasta por US$5,000 al año, pagando

19 Art 606 Salida Temporal Se autoriza la salida a territorio Nacional por un termino máx. de tres meses prorrogables de igual forma se debe asegurar esta m/cia

20 Art 607 Ingreso de Mercancías El ingreso de Mercancía desde el resto de territorio Nacional no constituyen exportación Art 608 Facultades de Fiscalización Se dispondrá de mecanismos y lugares de control.

21

22 Art 610 Zona de Régimen Especial: Conformada por los Municipios de Maicao, Uribía y Manaure en el Departamento de Guajira. Están mercancías estarán sujetas al pago de un impuesto de ingreso del 4% sobre el valor en aduanas, estos beneficios son exclusivos para esta zona.

23 Art 611 Mercancías que pueden importarse: Se pueden importar todo tipo de mercancías La DIAN podrá limitar la aplicación de esta Los alimentos se acreditaran con el certificado de Sanidad

24 Art 612 Importación de Maquinas y Equipos Las impo para uso exclusivo en las Zonas, de materiales, maquinarias, Equipos y sus partes, destinados a la Construcción de obras publicas, de Desarrollo económico o social Estarán excluidos de impuestos al Momento de ingresar la mercancía

25 Art 597 Mercancías Prohibidas: Se puede importar a las mencionadas Zonas todo tipo de mercancías, excepto publicidad atenten a la integridad física y moral, armas, productos para la elaboración de narcóticos o drogas no autorizadas por el Ministerio de Protección Social

26 Art 614 Inscripción al RUT Todos aquellos que comercialicen mercancías de procedencia extranjera e importen maquinaria y equipo deberán inscribirse Están obligados a llevar un registro de ingreso y salida de mercancías, según lo establecido por la DIAN

27 Art 615 Importaciones de Bienes, maquinaria y equipos Los importadores de estos bienes inscriptos en el RUT deberán acreditar la realización de las importaciones Art 616 Inscripción de Naves Los importadores q introduzcan mercancías deberán inscribir sus naves y cumplir lo establecido por DIMAR

28 Documentos a presentar 1. Fotocopia Titulo de Propiedad de la Nave 2. Indicación del nombre, bandera y capacidad 3. Resolución de autorización o registro de ruta 4. Certificado de matricula ante la autoridad de marítima nacional o extranjera

29 Art 617 Formalidades Previas al Despacho El procedimiento de recepción y registro de los documentos serán el previsto al Art 245 Art 618 Importaciones 1. Deberán diligenciar y presentar Declaración de Importación bajo el régimen de franquicia y su respectivo pago de impuestos

30 2. Los importadores de Maquinaria y Equipos deberán presentar Declaración de Importación sin el pago de impuestos. Art 619 Declarantes Deberán regirse bajo la normatividad de la DIAN


Descargar ppt "Art 585: Autoriza la salida temporal del territorio insular hacia el resto del territorio aduanero nacional, de medios de transporte terrestre y marítimos,"

Presentaciones similares


Anuncios Google