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EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO LABORAL EN LA SEV. INCIDENCIAS DE CARÁCTER LABORAL.

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Presentación del tema: "EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO LABORAL EN LA SEV. INCIDENCIAS DE CARÁCTER LABORAL."— Transcripción de la presentación:

1 EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO LABORAL EN LA SEV. INCIDENCIAS DE CARÁCTER LABORAL.

2 NORMA. Es toda regla de conducta. Clases de normas: Moral Religiosa Social Jurídica

3 Características de las normas. Pueden ser: La norma jurídica es heterónoma (la ley es creada por un órgano de estado); es bilateral (confiere derechos e impone obligaciones); es externa (sanciona la conducta que se manifiesta exteriormente) y es incoercible (impone su aplicación contra la voluntad del individuo) Autónomas o heterónomas Unilaterales o bilaterales Internas o Externas Coercibles o Incoercibles

4 Elementos fundamentales de la norma jurídica. LA HIPÓTESIS : Ejemplo: LA DISPOSICIÓN: Ejemplo: Es el supuesto contenido en la norma jurídica, trabajador es la persona física que presta un servicio personal subordinado a cambio de una contraprestación en dinero. Es la consecuencia que deriva de la realización del supuesto jurídico. Luis es una persona física que tiene una empresa y contrata los servicios personales de Ramón y éste acepta subordinarse a cambio de un sueldo. Las consecuencias en el ejemplo es que Luis (empresario) por el servicio debe pagar un salario y recibe a cambio el servicio; Ramón en cambio se obliga a trabajar a las órdenes de Luis y tiene el derecho de recibir su salario.

5 ÁMBITOS DE VALIDEZ DE LAS NORMAS JURÍDICAS Temporal Material Espacial Personal Lapso durante el cual una norma tiene vigencia (validez) Validez de la norma de acuerdo a materia que regula.(laboral, penal) Territorio dentro del cual tiene validez una norma jurídica. (Ley Estatal del Servicio Civil de Veracruz) Tiene validez respecto de los sujetos a los que regula (La Ley Estatal del Servicio Civil a quienes son trabajadores al servicio del Estado de Veracruz)

6 JERARQUIA DE NORMAS JURIDICAS FEDERALES Constitución Política De los Estados Unidos Mexicanos Tratados y Convenios Internacionales Leyes Federales Reglamentos

7 JERARQUIA DE NORMAS JURÍDICAS LOCALES Constitución Política De los Estados Unidos Mexicanos Constitución Local Leyes y códigos locales Reglamentos Decretos

8 GARANTÍAS INDIVIDUALES Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todo individuo gozará de las garantías que otorga esta Constitución, las cuales no podrán restringirse ni suspenderse, sino en los casos y con las condiciones que ella misma establece. Artículo 14. A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna. Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las Leyes expedidas con anterioridad al hecho. Artículo 16. Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal de procedimiento.

9 Artículo 20. El proceso penal será acusatorio y oral. Se regirá por los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación. B. De los derechos de toda persona imputada: II. A declarar o a guardar silencio. Desde el momento de su detención se le harán saber los motivos de la misma y su derecho a guardar silencio, el cual no podrá ser utilizado en su perjuicio. Queda prohibida y será sancionada por la ley penal, toda incomunicación, intimidación o tortura. La confesión rendida sin la asistencia del defensor carecerá de todo valor probatorio. V. Será juzgado en audiencia pública por un juez o tribunal. La publicidad sólo podrá restringirse en los casos de excepción que determine la ley, por razones de seguridad nacional, seguridad pública, protección de las víctimas, testigos y menores, cuando se ponga en riesgo la revelación de datos legalmente protegidos, o cuando el tribunal estime que existen razones fundadas para justificarlo.

10 Artículo 123. Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social para el trabajo, conforme a la Ley. B. Entre los Poderes de la Unión, el Gobierno del Distrito Federal y sus trabajadores: IX. Los trabajadores sólo podrán ser suspendidos o cesados por causa justificada, en los términos que fije la ley. En caso de separación injustificada tendrán derecho a optar por la reinstalación de su trabajo o por la indemnización correspondiente, previo el procedimiento legal. En los casos de supresión de plazas, los trabajadores afectados tendrán derecho a que se les otorgue otra equivalente a la suprimida o a la indemnización de ley;

11 CAPITULO II De las Obligaciones de los Trabajadores y de las Entidades Públicas ARTICULO 29.-Son obligaciones de los trabajadores: I.- Asistir puntualmente a sus labores; II.- Desempeñar sus labores con la eficiencia, cuidado y esmero apropiados, sujetándose a las instrucciones de sus Jefes y a las disposiciones de la Ley, Reglamentos y Condiciones Generales de Trabajo; III.- Observar buena conducta en el trabajo, manteniendo respeto a sus compañeros, jefes y en su caso al público; IV.- Conservar en buen estado los instrumentos y útiles de trabajo y devolver a la Entidad Pública o Dependencia, en su caso, los materiales no utilizados; V.- Formar parte de las Comisiones que establece esta Ley; VI.- Asistir puntualmente a los cursos de capacitación y adiestramiento, para mejorar su preparación y eficiencia; VII.- Guardar reserva de los asuntos oficiales que lleguen a ser de su conocimiento, con motivo del trabajo; VIII.- Evitar la ejecución de actos que pongan en peligro su seguridad y la de sus compañeros; IX.- Prestar auxilio en cualquier tiempo que se requiera, cuando por siniestro o riesgo inminente, peligren los intereses de la Entidad Pública o de las personas que laboren en la misma; X.- Abstenerse de hacer propaganda política o religiosa dentro del centro de trabajo;

12 XI.- Poner en conocimiento del Titular o responsable de la Entidad Pública o Dependencia, en su caso, las enfermedades contagiosas que padezcan, tan pronto tengan conocimiento de las mismas; XII.- Someterse a los reconocimientos médicos previstos por la presente Ley y demás disposiciones aplicables; XIII.- Comunicar al Titular o responsable de la Entidad Pública o Dependencia, en su caso, las deficiencias que adviertan en el servicio, a fin de evitar daños o perjuicios a los intereses de éstas o a la vida y seguridad de los que en ellas laboran; XIV.- Poner en conocimiento del Titular o del responsable de la Entidad Pública, para los efectos procedentes, cuando reciba por error algún pago en exceso o que no le corresponda; y XV.- En general, las que menciona esta Ley y demás disposiciones aplicables.

13 ARTICULO 30.-Son obligaciones de las Entidades Públicas: I.- Cumplir con las normas de trabajo establecidas en esta Ley; II.- Cumplir con las medidas de higiene y seguridad; III.- Proporcionar a sus trabajadores los útiles, instrumentos y materiales necesarios, para el buen desempeño de su trabajo; IV.- Incorporar a sus trabajadores, al régimen de Seguridad y Servicios Sociales en la forma y términos en que la Ley o los convenios celebrados así lo establezcan; V.- Cubrir, en su caso, puntualmente las aportaciones que les corresponda, para que sus trabajadores reciban los beneficios de seguridad y servicios sociales del régimen al que estén incorporados; VI.- Conceder a sus trabajadores licencias, con o sin goce de sueldo, en los términos previstos por la presente Ley; VII.- Otorgar a sus trabajadores, con nombramiento definitivo, en caso de supresión de plazas, otra equivalente en categoría y sueldo; VIII.- Impartir cursos de capacitación y adiestramiento a sus trabajadores, a fin de que éstos mejoren su capacidad y aptitud profesional; IX.- Efectuar las deducciones permitidas por la Ley, a los salarios de los trabajadores; X.- Integrar los expedientes de sus trabajadores y expedir los informes oficiales que les sean solicitados; XI.- Aplicar a sus trabajadores las correcciones disciplinarias a que se hagan acreedores contenidas en los Reglamentos o Instructivos de trabajo, por incumplimiento a las obligaciones establecidas por esta Ley o en las Condiciones Generales de Trabajo. Tratándose de suspensión, ésta no podrá exceder del término de ocho días; XII.- Cumplir con las resoluciones del Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje y de las Salas Especiales en su caso; XIII.- Pagar a los trabajadores los salarios que dejaron de percibir, cuando sean privados de su libertad, si actuaron en defensa del Titular, del responsable o de los intereses de la Entidad Pública, cuando acrediten en forma indubitable su inocencia, en la comisión del delito o delitos imputados; XIV.- Pagar a los trabajadores los salarios que dejen de percibir, cuando sean privados de su libertad por la supuesta comisión de delitos que la propia Entidad Pública les haya imputado, cuando demuestren en forma indubitable su inocencia; y XV.- Las demás que disponga esta Ley.

14 CAPITULO III De la Suspensión de los Efectos del Nombramiento ARTICULO 31.-La suspensión temporal de los efectos del nombramiento implica que el trabajador no estará obligado a prestar el servicio y la Entidad Pública tampoco tendrá obligación de cubrir el salario; situación que se dará sin responsabilidad para las partes y que en modo alguno significará el cese del trabajador. ARTICULO 32.-Son causa de suspensión temporal: I.- La enfermedad contagiosa del trabajador; II.- La incapacidad temporal ocasionada por un accidente o enfermedad que no constituya un riesgo de trabajo; III.- La prisión preventiva del trabajador seguida de sentencia absolutoria. Si el trabajador obró en defensa de la persona o de los intereses de la Entidad Pública, tendrá ésta la obligación de pagar los salarios que hubiese dejado de percibir aquél; IV.- El arresto del trabajador; V.- El hecho de que un trabajador haya sido designado representante ante el Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje o de las Salas Especiales en su caso; VI.- El cumplimiento del servicio de las armas, de jurados, el desempeño de cargos concejiles y de elección popular, las funciones electorales o censales, así como alistarse en la Guardia Nacional; y VII.- La falta de los documentos que exijan las Leyes o Reglamentos para la prestación del servicio. ARTICULO 33.-La suspensión surtirá efectos: I.- En los casos de las fracciones I y II del artículo anterior, desde la fecha en que el patrón tenga conocimiento de la enfermedad contagiosa o en la que se produzca la incapacidad para el trabajo, hasta que termine el período fijado por la Institución o médico que preste el servicio, o antes si desaparece la incapacidad, sin que en ningún caso pueda exceder la suspensión del término fijado por el Instituto Mexicano del Seguro Social para el tratamiento de enfermedades que no sean a consecuencia de un riesgo de trabajo; II.- En los casos de las fracciones III y IV del artículo anterior, a partir del momento en que el trabajador acredite haber estado detenido y hasta que termine el arresto o cause ejecutoria la sentencia que lo absuelva;

15 III.- En el caso de las fracciones V y VI del artículo anterior, desde la fecha en que deba desempeñarse el cargo o prestarse el servicio y hasta por un término de seis años; y IV.- En el caso de la fracción VII del artículo anterior, a partir del momento en que la Entidad Pública tenga conocimiento de la falta y hasta en tanto se cumpla con dicho requisito, siempre que esto no exceda de un término de sesenta días. ARTICULO 34.-En el supuesto de excepción expresado en la fracción III del artículo 32, el trabajador podrá reintegrarse a su empleo, dejando de surtir efectos la suspensión, cuando obtenga la libertad provisional bajo caución, siempre que el delito o delitos que se le imputan y por los que se le sigue proceso no afecten de manera grave la relación de trabajo, se relacionen o no con el servicio que presta. ARTICULO 35.-El trabajador deberá reintegrarse a sus labores: I.- En el caso de las fracciones I, II, IV y VII del artículo 32, al día siguiente de la fecha en que termine la causa de la suspensión; y II.- En el caso de las fracciones III, V y VI del artículo 32, dentro de los quince días siguientes a la terminación de la causa de la suspensión. CAPITULO IV De la Terminación de los Efectos del Nombramiento ARTICULO 36.-Los nombramientos de los trabajadores sólo dejarán de surtir efectos en forma definitiva, sin responsabilidad para la Entidad Pública para la que prestan sus servicios, por las siguientes causas: I.- Renuncia; II.- Muerte del trabajador; III.- Incapacidad física o mental que haga imposible la prestación del servicio; IV.- Por conclusión de la obra o del término fijado en el nombramiento; y V.- Por mutuo consentimiento.

16 ARTICULO 37.-El Titular o responsable de la Entidad Pública podrá decretar el cese de un trabajador, en cualquiera de los siguientes casos: A).- Por incurrir en faltas de probidad u honradez debidamente comprobadas; B).- Por incurrir en violencia, amagos, injurias o malos tratamientos en contra de sus jefes o compañeros o contra los familiares de uno u otros, ya sea dentro o fuera del servicio; C).- Por acumular, sin permiso o causa justificada, más de tres faltas de asistencia consecutivas o cinco discontinuas, en un período de treinta días; D).- Por abandonar sus labores el trabajador que tiene a su cargo la atención de una función delicada o peligrosa que requiera su presencia constante, ocasionando daños o perjuicios a la Entidad Pública, salvo que esto ocurra por causa justificada; E).- Por ocasionar intencionalmente daños a edificios, obras, maquinaria, materias primas y demás objetos relacionados con el trabajo; F).- Por cometer actos inmorales durante el trabajo; G).- Por revelar secretos o asuntos reservados de trabajo, en perjuicio de la Entidad Pública; H).- Por comprometer con su imprudencia, descuido o negligencia, la seguridad de la Entidad Pública o lugar en que preste sus servicios o de las personas que allí se encuentren; I).- Por desobedecer, sin causa justificada, las órdenes o instrucciones que reciba de sus superiores, relacionadas con el trabajo; J).- Por concurrir al trabajo en estado de embriaguez o bajo la influencia de narcóticos o drogas enervantes, salvo que, en este último caso, exista prescripción médica. Antes de iniciar su servicio, el trabajador deberá poner en conocimiento el hecho a la Entidad Pública y exhibir la prescripción suscrita por el médico; K).- Por sentencia ejecutoriada que imponga al trabajador pena de prisión, que le impida el cumplimiento de la relación de trabajo; L).- Por falta de los documentos necesarios para la prestación del servicio, que exijan las Leyes o Reglamentos, después del vencimiento del término previsto por la fracción IV del artículo 33 de esta Ley; y M).- Por causas análogas a las establecidas con anterioridad, que revistan igual gravedad y generen consecuencias semejantes en lo que al trabajo se refiere.

17 Formalidades esenciales: ARTICULO 38.-Cuando el trabajador incurra en alguna de las causales a que se refiere el artículo anterior, el funcionario facultado por el Titular de la Entidad Pública con intervención del afectado, quien podrá ser acompañado de un representante del Sindicato, procederá a levantar el acta circunstanciada que corresponda. ARTICULO 39.-En el acta circunstanciada se asentarán con precisión los hechos, la declaración del trabajador afectado en su caso y la de los testigos que propongan las partes. ARTICULO 40.-Para los efectos del artículo anterior, el trabajador deberá ser citado por escrito, cuando menos con veinticuatro horas de anticipación al levantamiento del acta, en el lugar donde presta sus servicios o en el domicilio que tenga registrado ante la Dependencia. En caso de que el trabajador se niegue a recibir el citatorio, se levantará un acta ante dos testigos, haciéndose constar esta circunstancia. Si el trabajador no se encuentra en el centro de trabajo, ni en el domicilio indicado en el primer párrafo de este artículo, el citatorio se le dejará con la persona que se encuentre en dicho domicilio y de no haber nadie en él, con un vecino y se levantará un acta ante dos testigos, haciéndose constar esta circunstancia. En los casos a que se refieren los dos párrafos anteriores, el citatorio surtirá todos sus efectos. ARTICULO 41.-El levantamiento del acta no se suspenderá por la inasistencia del trabajador, si fue debidamente notificado para comparecer; el acta así levantada surtirá todos los efectos legales procedentes. ARTICULO 42.-Cuando en el acta circunstanciada aparezcan elementos que hagan presumir que son ciertos los actos imputados al trabajador, el funcionario autorizado para ello, podrá dar por terminados los efectos del nombramiento, comunicándolo al afectado por escrito, al que se acompañará copia del acta de referencia.

18 EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO LABORAL Incidencias Con causa Renuncia Muerte Incapacidad Licencia Jubilación Permiso

19 PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Abandono Faltas Injustificadas Faltas de Probidad Falta de Respeto Destrucción de bienes Conducta Inmoral Revelación de información Etc. Incidencias laborales sin causa

20 ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO Primera Etapa: Recepción de queja Citación del trabajador Levantamiento del acta. Ratificación de queja Declaración de testigos de cargo Declaración del trabajador y recepción de pruebas. Declaración de testigos de descargo. Cierre. Firmas de quienes participaron al calce y margen.

21 ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO Segunda Etapa: Remisión de expediente al nivel. Recepción y envío a Dirección Jurídica Proyecto de resolución Remisión de dictamen u opinión

22 ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO Tercera Etapa: Recepción y firma de dictamen. Emisión de Oficio. Designación de Comisión.

23 ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO Cuarta Etapa: Recepción de comisión y dictamen. Notificación al trabajador. Devolución de notificación.

24 ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO Quinta Etapa: Recepción de inconformidad. Envío a Dirección Jurídica. Resolución de la inconformidad. Devolución de recurso con resolución Notificación al interesado.

25 CITATORIO. El citatorio al trabajador debe contener: Nombre completo del trabajador Domicilio del centro de trabajo o domicilio del trabajador. Precisar la hora, día, mes y año en que debe comparecer. Precisar el lugar al que debe presentarse. Precisar el hecho que se le atribuye. Proporcionar el nombre de quien lo acusa. Indicarle que puede hacerse acompañar de un abogado o de su representante sindical y que puede rendir todas las pruebas que estime pertinentes. Apercibirlo que en caso de no comparecer el acta será instrumentada. El lugar, la fecha y el nombre y firma autógrafa de quien lo cita. El citatorio deberá notificarse dentro de los días y horas hábiles, (Ley Federal del Trabajo Artículo 715. Son días hábiles todos los del año, con excepción de los sábados y domingos, los de descanso obligatorio, los festivos que señale el calendario oficial y aquellos en que la Junta suspenda sus labores. Artículo 716. Son horas hábiles las comprendidas entre las siete y las diecinueve horas, salvo el procedimiento de huelga, en el que todos los días y horas son hábiles.

26 FORMATO. CITATORIO. C. PEDRO PÁRAMO. CALLE. JUVENTINO ROSAS NÚMERO 20 COLONIA MANUEL M. PONCE. XALAPA, VERACRUZ. Con fundamento en los artículos 38, 39 y 40 de la Ley Estatal del Servicio Civil, a usted le hago saber que deberá comparecer en punto de las diez horas con treinta minutos del día 20 de septiembre del año dos mil siete en la Dirección del :”Jardin de Niños Cri Cri ubicada en calle Juventino Rosas número 20 de la colonia Manuel M. Ponce de Xalapa, Veracruz, en virtud de que en esa fecha y hora se instrumentará el acta correspondiente en que se recibirá la ratificación de la queja que el señor Juan Rulfo hace valer en nombre y en representación del menor de edad, Juan Rulfo Martínez, quien es su alumno en el tercer año, grupo A, del :”Jardin de Niños Cri Cri, en la que expresa que usted en fecha 16 de septiembre de dos mil siete golpeó a dicho menor en la cara habiéndolo lesionado, que ese hecho ocurrió a las doce horas aproximadamente cuando iban a la altura del palacio de Gobierno del Estado, ubicado en calle Enríquez de Xalapa, Veracruz. Desde luego, el día de su comparecencia usted podrá ofrecer todas las pruebas que estime necesarias y pertinentes para desvirtuar los hechos; de igual forma podrá acudir acompañado de un abogado de su confianza o de su representante sindical. Queda apercibido que en caso de no comparecer el acta se instrumentará y tendrá plena validez. Atentamente. Xalapa, Ver., 17 de septiembre del año 2007. María Candelaria Cienfuegos. Directora del Plantel. HORA, LUGAR Y FECHA EN QUE RECIBE_________________________ NOMBRE COMPLETO Y FIRMA DEL TRABAJDOR._______________________________

27 FORMATO. CITA DE ESPERA. C. PEDRO PÁRAMO. CALLE. JUVENTINO ROSAS NÚMERO 20 COLONIA MANUEL M. PONCE. XALAPA, VERACRUZ Hoy en punto de las nueve horas con treinta minutos del día diecisiete de septiembre del año 2007, estuve en este domicilio, en mi carácter de comisionado para la práctica de una diligencia de carácter administrativo laboral, y como no lo encontré, me permito dejarle esta cita de espera para que me aguarde en punto de las nueve horas del día dieciocho de septiembre del año 2007 en este domicilio que es el de su centro de trabajo, apercibiéndolo que en caso de no hacerlo así la diligencia la entenderé con la persona que se encuentre presente y tendrá plena validez. Atentamente. Xalapa, Ver., 17 de septiembre del año 2007. María Candelaria Cienfuegos. Directora del Plantel. HORA, FECHA Y LUGAR EN QUE SE RECIBE_______________________ NOMBRE Y FIRMA DE QUIEN RECIBE ______________________________

28 Acta que se levanta al dejar cita de espera en el centro de trabajo En la ciudad de Xalapa, Veracruz, siendo las nueve horas con treinta minutos del día diecisiete de septiembre del año dos mil siete, me constituí, asistido de los señores ______________ y ___________, quienes se identifican con credencial para votar número _________y_____, respectivamente, en el domicilio ubicado en calle Juventino Rosas número veinte colonia Manuel M. Ponce de Xalapa, Veracruz, que es el señalado como el del centro de trabajo donde labora el C. Pedro Páramo, y cerciorado que soy de que este es el domicilio porque en la esquina de esta rúa existe una placa que porta el nombre de la calle y porque el inmueble donde me encuentro ostenta el número veinte, y al frente tiene un anuncio que dice:” :”Jardin de Niños Cri Cri clave ______ y me dirijo hasta la dirección de dicho plantel donde soy atendido por _____________, quien se desempeña como ____________, con quien me identifico con mi credencial de elector número_________y con el ofico número_____ de fecha_____ firmado por_____ a través del cual fui comisionado para llevar a cabo la presente diligencia, le explico la razón de mi presencia y le solicito si puede mandar a traer al señor Pedro Páramo, quien labora en este plantel educativo y me informa que esta persona no se presentó a laborar el día de hoy, en consecuencia, le explico que le dejaré una cita de espera con el propósito de que la haga del conocimiento de Pedro Páramo y que el día de mañana a las ___ horas me presentaré para realizar una diligencia de carácter aministrativo laboral, que le debe hacer saber que en caso de no esperarme la diligencia la entenderé con quien se encuentre presente o que si se encuentra cerrada la escuela la diligencia la entenderé con quien se encuentre presente o con el vecino más próximo, por lo que bien enterado me expresa que recibe la cita de espera y la hará del conocimiento del interesado. No habiendo otra cosa que hacer constar doy por concluida ésta a las nueve horas con quince minutos del día de su inicio. Para debida constancia firman al calce todos los que en ella han participado. (si quien recibe se niega a firma se hará constar tal circunstancia anotando la razón que expresó la para no hacerlo) CONSTE.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ NOMBRE Y FIRMA DEL COMISIONADO. NOMBRE Y FIRMA DEL TESTIGO NOMBRE Y FIRMA DEL TESTIGO NOMBRE Y FIRMA DE QUIEN RECIBA LA CITA DE ESPERA.

29 Acta que se levanta al dejar cita de espera en el domicilio del trabajador En la ciudad de Xalapa, Veracruz, siendo las nueve horas con treinta minutos del día diecisiete de septiembre del año dos mil siete, me constituí, asistido de los señores ______________ y ___________, quienes se identifican con credencial para votar número _________y_____, respectivamente, en el domicilio ubicado en calle _______ número __________ colonia __________ de Xalapa, Veracruz, que es el señalado como domicilio del C. Pedro Páramo, y cerciorado que soy de que este es el domicilio porque en la esquina de esta rúa existe una placa que porta el nombre de la calle y porque el inmueble donde me encuentro ostenta el número ________, la casa está pintada de color______ se aprecian ____ventanas al frente con sus respectivas protecciones y una puerta de madera, que se considera es la del acceso principal, acto continuo procedo a tocar la puerta y después de casi dos minutos de espera se abre la puerta y aparece una persona del sexo _____, con quien me identifico con mi credencial de elector______ y con el oficio número ____de fecha_____ firmado por____a través del cual fui comisionado para llevar a cabo esta diligencia, le hago saber el motivo de nuestra presencia y después de ello le pregunto si en este domicilio vive el señor Pedro Páramo, contestándome que sí pero que en este instante no se encuentra porque acaba de salir. Le pregunto su nombre y me dice que se llama ___________( puede ser que se niegue a dar el nombre, así debe asentarse), acto continuo le explico que le estoy dejando una cita de espera con el propósito de que el señor Pedro Páramo me aguarde para el día de mañana a las _____horas, que le debe hacer saber que si no me espera o en el domicilio no hay nadie la diligencia la entenderé con quien esté presente o con el vecino más próximo y tendrá plena validez. En uso de la voz manifiesta que recibe la cita de espera y la entregará al señor Pedro Páramo. No habiendo otra cosa que hacer constar se da por terminada la presente a las nueve horas con quince minutos del día de su inicio. Para debida constancia la firman todos los que en ella intervinieron. ( si quien recibe se niega a firmar se hará constar tal circunstancia anotando la razón que expresó para no hacerlo). CONSTE.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------- NOMBRE Y FIRMA DEL COMISIONADO. NOMBRE Y FIRMA DEL TESTIGO NOMBRE Y FIRMA DEL TESTIGO NOMBRE Y FIRMA DE QUIEN RECIBA LA CITA DE ESPERA

30 Acta que se levanta cuando el trabajador se encuentra previa cita de espera en el centro de trabajo En la ciudad de Xalapa, Veracruz, siendo las nueve horas del día diecisiete de septiembre del año dos mil siete, de nueva cuenta me constituí, asistido de los señores ______________ y ___________, quienes se identifican con credencial para votar número _________y_____, respectivamente, en el domicilio ubicado en calle Juventino Rosas número veinte colonia Manuel M. Ponce de Xalapa, Veracruz, que es el señalado como el del centro de trabajo donde labora el C. Pedro Páramo, y cerciorado que soy de que este es el domicilio porque en la esquina de esta rúa existe una placa que porta el nombre de la calle y porque el inmueble donde me encuentro ostenta el número veinte, y al frente tiene un anuncio que dice:”Jardin de Niños Cri Cri clave ______ y me dirijo hasta la dirección de dicho plantel donde soy atendido por _____________, quien se desempeña como ____________, con quien me identifico con mi credencial de elector número_________y a quien le muestro mi oficio de comisión de fecha_______signado por___________, a través del cual se me comisionó para llevar a cabo la presente diligencia,le solicito mande llamar al señor Pedro Páramo para hacerle saber personalmente el motivo de mi presencia. Acto continuo comparece el señor Pedro Páramo con quien me identificó con la credencial de elector numero ______y con el oficio número ____ de fecha_____firmado por ______a través del cual fui comisionado para llevar a cabo esta diligencia. Acto continuo le hago entrega de un citatorio donde se le da a conocer que deberá comparecer a la Dirección :”Jardin de Niños Cri Cri ubicada en calle Juventino Rosas número 20 de la colonia Manuel M. Ponce de Xalapa, Veracruz, en virtud de que en esa fecha y hora se instrumentará el acta correspondiente en la que se recibirá la ratificación de la queja que el señor Juan Rulfo hace valer en nombre y en representación del menor de edad, Juan Rulfo Martínez, quien es su alumno en el tercer año, grupo A, del :”Jardin de Niños Cri Cri, en la que expresa que usted en fecha 16 de septiembre de dos mil siete golpeó a dicho menor en la cara habiéndolo lesionado, que ese hecho ocurrió a las doce horas aproximadamente cuando iban a la altura del palacio de gobierno del estado ubicado en calle Enríquez de Xalapa, Veracruz. Desde luego, el día de su comparecencia usted podrá ofrecer todas las pruebas que estime necesarias y pertinentes para desvirtuar los hechos; de igual forma podrá acudir acompañado de un abogado de su confianza o de su representante sindical. Queda apercibido que en caso de no comparecer el acta se instrumentará y tendrá plena validez. En uso de la voz manifiesta: que recibe el citatorio y que queda formalmente enterado del motivo. No habiendo otra cosa que hacer constar se da por terminada esta acta siendo las nueve horas con treinta minutos del día de su inicio. Para debida constancia firman todos los que en ella han intervenido, y en el citatorio, el señor Pedro Páramo firma, igualmente de recibido anotando la hora, día, mes, año y lugar. CONSTE. - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - NOMBRE Y FIRMA DEL COMISIONADO. NOMBRE Y FIRMA DEL TRABAJADOR. NOMBRE Y FIRMA DEL TESTIGO NOMBRE Y FIRMA DEL TESTIGO

31 Acta que se levanta cuando el trabajador se encuentra presente previa cita de espera En la ciudad de Xalapa, Veracruz, siendo las nueve horas del día diecisiete de septiembre del año dos mil siete, me constituí, asistido de los señores ______________ y ___________, quienes se identifican con credencial para votar número _________y_____, respectivamente, en el domicilio ubicado en _______ número veinte colonia __________ de Xalapa, Veracruz, que es el señalado como el del domicilio del C. Pedro Páramo, y cerciorado que soy de que este es el domicilio porque en la esquina de esta rúa existe una placa que porta el nombre de la calle y porque el inmueble donde me encuentro ostenta el número ________, la casa está pintada de color______ se aprecian ____ventanas al frente con sus respectivas protecciones y una puerta de madera, que se considera es la del acceso principal, acto continuo procedo a tocar la puerta y después de casi dos minutos de espera se abre la puerta y aparece una persona del sexo _____, con quien me identifico con mi credencial de elector______ y con el oficio número ____de fecha_____ firmado por____a través del cual fui comisionado para llevar a cabo esta diligencia, le hago saber el motivo de nuestra presencia y le pregunto si aquí vive el señor Pedro Páramo, y me contesta que sí, que enseguida lo llamará. Acto continuo se presenta el señor Pedro Páramo con quien me identificó con la credencial de elector numero ______y con el oficio número ____ de fecha_____firmado por ______a través del cual fui comisionado para llevar a cabo esta diligencia. Acto continuo le hago entrega de un citatorio donde se le da a conocer que deberá comparecer a la Dirección del :”Jardin de Niños Cri Cri ubicada en calle Juventino Rosas número 20 de la colonia Manuel M. Ponce de Xalapa, Veracruz, en virtud de que en esa fecha y hora se instrumentará el acta correspondiente en la que se recibirá la ratificación de la queja que el señor Juan Rulfo hace valer en nombre y en representación del menor de edad, Juan Rulfo Martínez, quien es su alumno en el tercer año, grupo A, del :”Jardin de Niños Cri Cri, en la que expresa que usted en fecha 16 de septiembre de dos mil siete golpeó a dicho menor en la cara habiéndolo lesionado, que ese hecho ocurrió a las doce horas aproximadamente cuando iban a la altura del palacio de Gobierno del Estado ubicado en calle Enríquez de Xalapa, Veracruz. Desde luego, el día de su comparecencia usted podrá ofrecer todas las pruebas que estime necesarias y pertinentes para desvirtuar los hechos; de igual forma podrá acudir acompañado de un abogado de su confianza o de su representante sindical. Queda apercibido que en caso de no comparecer el acta se instrumentará y tendrá plena validez. En uso de la voz manifiesta: que recibe el citatorio y que queda formalmente enterado del motivo. No habiendo otra cosa que hacer constar se da por terminada esta acta siendo las nueve horas con treinta minutos del día de su inicio. Para debida constancia firma todos los que en ella han intervenido, y en el citatorio, el señor Pedro Páramo firma, igualmente de recibido anotando la hora, día, mes, año y lugar. CONSTE. ---------------------------------------------------- NOMBRE Y FIRMA DEL COMISIONADO. NOMBRE Y FIRMA FECHA DDEL TRABAJADOR. NOMBRE Y FIRMA DEL TESTIGO NOMBRE Y FIRMA DEL TESTIGO

32 Acta que se levanta cuando el trabajador está presente firme o no de recibido. En la ciudad de Xalapa, Veracruz, siendo las nueve horas del día diecisiete de septiembre del año dos mil siete, de nueva cuenta me constituí, asistido de los señores ______________ y ___________, quienes se identifican con credencial para votar número _________y_____, respectivamente, en el domicilio ubicado en calle Juventino Rosas número veinte colonia Manuel M. Ponce de Xalapa, Veracruz, que es el señalado como el del centro de trabajo donde labora el C. Pedro Páramo, y cerciorado que soy de que este es el domicilio porque en la esquina de esta rúa existe una placa que porta el nombre de la calle y porque el inmueble donde me encuentro ostenta el número veinte, y al frente tiene un anuncio que dice:” :”Jardin de Niños Cri Cri clave ______ y me dirijo hasta la dirección de dicho plantel donde soy atendido por _____________, quien se desempeña como ____________, con quien me identifico con mi credencial de elector número_________y a quien le muestro mi oficio de comisión de fecha_______signado por___________, a través del cual se me comisionó para llevar a cabo la presente diligencia,le solicito mande a llamar al señor Pedro Páramo para hacerle saber personalmente el motivo de mi presencia. Acto continuo comparece el señor Pedro Páramo con quien me identificó con la credencial de elector numero ______y con el oficio número ____ de fecha_____firmado por ______a través del cual fui comisionado para llevar a cabo esta diligencia. Acto continuo le hago entrega de un citatorio donde se le da a conocer que deberá comparecer a la Dirección del :”Jardin de Niños Cri Cri ubicada en calle Juventino Rosas número 20 de la colonia Manuel M. Ponce de Xalapa, Veracruz, en virtud de que en esa fecha y hora se instrumentará el acta correspondiente en la que se recibirá la ratificación de la queja que el señor Juan Rulfo hace valer en nombre y en representación del menor de edad, Juan Rulfo Martínez, quien es su alumno en el tercer año, grupo A, de la escuela Secundaria Técnica número 128, en la que expresa que usted en fecha 16 de septiembre de dos mil siete golpeó a dicho menor en la cara habiéndolo lesionado, que ese hecho ocurrió a las doce horas aproximadamente cuando iban a la altura del palacio de Gobierno del Estado ubicado en calle Enríquez de Xalapa, Veracruz. Desde luego, el día de su comparecencia usted podrá ofrecer todas las pruebas que estime necesarias y pertinentes para desvirtuar los hechos; de igual forma podrá acudir acompañado de un abogado de su confianza o de su representante sindical. Queda apercibido que en caso de no comparecer el acta se instrumentará y tendrá plena validez. En uso de la voz manifiesta: que recibe el citatorio y que queda formalmente enterado del motivo. No habiendo otra cosa que hacer constar se da por terminada esta acta siendo las nueve horas con treinta minutos del día de su inicio. Para debida constancia firman todos los que en ella han intervenido, y en el citatorio, el señor Pedro Páramo firma, igualmente de recibido anotando la hora, día, mes, año y lugar. CONSTE. - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - NOMBRE Y FIRMA DEL COMISIONADO NOMBRE Y FIRMA DEL TRABAJADOR. NOMBRE Y FIRMA DEL TESTIGO NOMBRE Y FIRMA DEL TESTIGO

33 Formato de acta con la comparecencia del trabajador. En la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz, siendo las diez horas con treinta minutos del día veinte de septiembre de dos mil siete, nos encontramos reunidos en la Dirección del :”Jardin de Niños Cri Cri, ubicado en la calle Juventino Rosas número veinte, Colonia Manuel M. Ponce, ante la presencia de la C. ______________, en su carácter de Directora del :”Jardin de Niños Cri Cri en el que nos encontramos, quien actúa en compañía de _________y ______, testigos de asistencia, se hace constar que con fecha diecisiete de septiembre del año dos mil siete, se citó a comparecer al C. Pedro Páramo, por lo que teniendo a la vista el citatorio mediante el cual fue notificado se determina que dicha citación se hizo conforme a derecho, así también se hace constar la presencia del señor Juan Rulfo, padre del menor de edad que fue lesionado, y la comparecencia de Pedro Páramo, trabajador a quien se le instrumentará esta acta. Acto seguido se concede el uso de la voz al señor Juan Rulfo, quien se identifica en este momento con su credencial de elector número ________________, expedida por el Instituto Federal Electoral, por sus generales manifiesta: Ser del nombre escrito, originario de _________, con domicilio particular en _________, estado civil casado, de ocupación__________con ____ años de edad, originario de ____________y bajo protesta de decir verdad declara: Que en este acto ratifica la queja que formuló en fecha_________en la cual da a conocer que el señor profesor Pedro Páramo en fecha _______del mes de ___ del año_______, lesionó a su hijo de nombre Juan Rulfo Martínez, quien es su alumno en el tercer año, grupo “A” de esta escuela, que la lesión se la profujo en la cara, habiéndolo lesionado,que en este acto exhibe el certificado médico en donde se describen las lesiones, que pide se sancione laboralmente al profesor Pedro Páramo que es todo lo que tengo que declarar.Acto seguido, se le da el uso de la voz al C. Pedro Páramo, quien se identifica con su credencial de elector número _________, expedida por el Instituto Federal Electoral y apercibido en las penas que incurren los falsos declarantes ante autoridad pública, manifiesta ser de nacionalidad mexicana, de _____años de edad, con estado civil ________, originario de_______________ con domicilio particular _________________ y número telefónico _____________ y bien enterado de la queja que existe en su contra por parte del señor Juan Rulfo en el sentido de acusarlo de haber lesionado a su hijo en la cara Juan Rulfo martínez el día dieciseis de septiembre del año en curso en ocasión del desfile cívico en el que participaron los alumnos del :”Jardin de Niños Cri Cri de esta ciudad capital, por lo que bien enterado desde el citatorio de espera de dicha queja, DECLARA: ------ ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- -----------------------------------------------, que es todo lo que tengo que declarar.---------------------------- No habiendo otro asunto que tratar, se da por terminada la presente a las _______ horas del día de su inicio, firmando en ella todos los que intervinieron. DOY FE.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ Director de la EscuelaRepresentante del menor ________________________________ Sr. Juan Rulfo Trabajador. _____________________________________ TESTIGOS DE ASISTENCIA ______________________________________ __________________________________

34 Formato de acta con la no comparecencia del trabajador En la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz, siendo las diez horas con treinta minutos del día veinte de septiembre de dos mil siete, nos encontramos reunidos en la Dirección del :”Jardin de Niños Cri Cri, ubicado en la calle Juventino Rosas número veinte, Colonia Manuel M. Ponce, ante la presencia de la C. Directora del Plantel en el que nos encontramos, María Candelaria Cienfuegos, se hace constar que con fecha diecisiete de septiembre del año dos mil siete, se cito a comparecer al C. Pedro Páramo, por lo que teniendo a la vista el citatorio mediante el cual fue notificado conforme a derecho, se hace constar en este acto que no se ha presentado el C. Pedro Páramo, ni persona alguna que lo represente, por lo que apercibido de que en caso de que no se presentara se llevaría a cabo la misma, comparece el Señor Juan Rulfo, en representación del menor de edad Juan Rulfo Martínez, quien es alumno en el tercer año grupo “A” de esta escuela, a presentar ratificación de la queja, ya que en fecha de dieiciseis de septiembre del año dos mil siete golpeó a dicho menor en la cara, habiéndolo lesionado, por lo que en este acto se le da uso de la voz al señor Juan Rulfo, en representación del menor de edad Juan Rulfo Martínez quien se identifica en este momento con su credencial de elector número ________________, expedida por el Instituto Federal Electoral y apercibido en las penas que incurren los falsos declarantes ante autoridad pública, manifiesta ser de nacionalidad mexicana, mayor de edad, con estado civil casado, con domicilio particular _________________ y número telefónico_________________, DECLARA:--------------------------------------------------------------------------------------------------- ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------, que es todo lo que tengo que declarar.---------No habiendo otro asunto que tratar, se da por terminada la presente a las _______ horas del día de su inicio, firmando en ella todos los que intervinieron. DOY FE.--------------------------------------- Director de la Escuela Representante del menor _________________________________________________ TESTIGOS DE ASISTENCIA _________________________________________________________________________

35 CASO UNO La sociedad de padres de familia del Jardín de Niños Cri Cri de Xalapa, Veracruz integrada por los señores Julián Pérez, Margarita Vázquez y Petronila Carrasco, ha formulado queja en contra de la profesora Martha García Hernández quien se desempeña en el tercer grado grupo A, por el maltrato de que hace objeto a los niños Pedro Martínez y Roberto Hernández ya que el día 14 de febrero del año 2009, al primero le jaló los cabellos y le hizo un hematoma y al otro le destruyó su libreta de actividades, además que los exhibe dentro del salón de clases diciéndoles que sus padres no han pagado la cuota voluntaria.

36 CASO DOS La señora Juana de Asbaje, madre del menor de edad, Juan González de Asbaje, formula ante el supervisor escolar queja en contra de la Directora del Jardín de Niños Gabriela Mistral y de la profesora Rosaura Gómez del primer año, en virtud de que la profesora originalmente no permitía que el niño Juan llevase refrigerio, que esto lo hizo del conocimiento de la directora y ésta también ordenó que no le permitieran el ingreso a dicho educando al salón de clases cuando trajera lonchera, que considera que eso es un ataque a los derechos de su hijo.


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