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SUJETOS DE LOS DEBERES IMPOSITIVOS

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Presentación del tema: "SUJETOS DE LOS DEBERES IMPOSITIVOS"— Transcripción de la presentación:

1 SUJETOS DE LOS DEBERES IMPOSITIVOS
CAPITULO II LEY ARTICULOS 5 A 10 Fuente: Ley Artículos 5 a 10 DRES: Armando Magallón y Ricardo Chicolino

2 OBLIGACION TRIBUTARIA
DEFINICION: Vinculo legal que constriñe la voluntad particular de las personas, mandando a pagar al estado desde el momento en que se produce el acto y éste le sea imputable. CARACTERISTICAS ESPECIALES: privilegio que goza el Estado para ejecutarlas LA LEY DEFINE: el acto, hecho o situación que le da origen y el monto de la obligación pecuniaria. Según Luqui, el destino de los fondos le da el carácter de tributario.(Consideraciones sumarias sobre la Obligación Tributaria-Revista de Derecho Comercial -1986) Expositor: Dr. Ricardo M. Chicolino

3 SUJETOS DE LA OBLIGACION TRIBUTARIA
SUJETO ACTIVO: es sujeto activo el ente al cual corresponde el crédito por el tributo, tanto sea el Estado Nacional, Provincial, Municipal o los Entes Parafiscales. SUJETO PASIVO: es la persona individual o colectiva a cuyo cargo pone la Ley el cumplimiento de la Obligación Tributaria y que puede ser el deudor, el contribuyente o un tercero. Expositor: Dr. Ricardo M. Chicolino

4 SUJETOS PASIVOS DE LA OBLIGACION TRIBUTARIA
SUJETOS PASIVOS: Todos aquellos que frente al sujeto activo están obligados a realizar alguna prestación, en la medida en que se configure la realización del presupuesto objetivo que origina el tributo, o algunos de los otros supuestos o presupuestos que originan los deberes tributarios. MODELO DE CODIGO TRIBUTARIO OEA/BID (1988): sujeto pasivo es quien debe cumplir con la obligación tributaria en virtud de la ley, sea en calidad de contribuyente o responsable de ella: Contribuyente: es el sujeto pasivo respecto del cual se produce el hecho generador de la obligación tributaria. Responsable: aquel que sin tener el carácter de contribuyente debe cumplir con la obligación tributaria en virtud de una disposición legal expresa. Expositor: Dr. Ricardo M. Chicolino

5 RESPONSABLES POR DEUDA PROPIA ARTICULO 5º L.11683
ESTAN OBLIGADOS AL PAGO DEL TRIBUTO: EN LA FORMA Y OPORTUNIDAD DEBIDA PERSONALMENTE O POR MEDIO DE SUS REPRESENTANTES. LOS QUE SEAN CONTRIBUYENTES: SON CONTRIBUYENTES CONTRIBUYENTES: en tanto se verifique a su respecto el hecho imponible que le atribuyen las respectivas leyes tributarias. (NOROSUR SRL, CNFCA, II, 1/11/90) Expositor: Dr. Ricardo M. Chicolino

6 CONTRIBUYENTES CONTRIBUYENTES DE DERECHO: son los destinatarios legales del tributo, obligados a pagarlos: A TITULO PROPIO. CUANDO SE CONFIGURE EL NACIMIENTO DEL HECHO IMPONIBLE. MANDATO DE PAGO. CARÁCTER DE CONTRIBUYENTE: puede surgir en forma expresa o implícita de la Ley, situación que los diferencia de los demás sujetos obligados que deben surgir por expresa disposición legal y resultan ajenos a la configuración del hecho imponible. Expositor: Dr. Ricardo M. Chicolino

7 RESPONSABLES POR DEUDA PROPIA
PERSONAS DE EXISTENCIA VISIBLE, CAPACES O INCAPACES SEGÚN EL DERECHO COMUN. LAS PERSONAS JURIDICAS DEL C.C. Y LAS SOCIEDADES, ASOCIACIONES Y ENTIDADES A LAS QUE EL DERECHO PRIVADO RECONOCE LA CALIDAD DE SUJETOS DE DERECHO. SOCIEDADES, ASOCIACIONES, ENTIDADES Y EMPRESAS, PATRIMONIOS DESTINADOS A UN FIN DETERMINADO, CONSIDERADOS POR LAS NORMAS TRIBUTARIAS PARA LA ATRIBUCION DEL H.I. SUCESIONES INDIVISAS. Expositor: Dr. Ricardo M. Chicolino

8 CONCLUSIONES EL ARTICULO 5º NO DEFINE QUIENES SON CONTRIBUYENTES, SINO QUIENES PUEDEN SERLO.(COPAM SA UTE, CNFCA, Sala II, 9/6/98). NO ES DE APLICACIÓN INMEDIATA, SINO QUE ESTA SUPEDITADO A LO QUE DISPONGAN LAS LEYES RESPECTIVAS RESPECTO A LA DEFINICION DE HECHO IMPONIBLE Y SUJETO PASIVO. Expositor: Dr. Ricardo M. Chicolino

9 RESPONSABLES DEL CUMPLIMIENTO DE LA DEUDA AJENA
LA DOCTRINA DISTINGUE TRES CLASES DE RESPONSABILIDAD: SOLIDARIA: esta al lado del deudor o junto al deudor. El acreedor puede exigir el cumplimiento a todos o a cada uno de los deudores. Por el total o por una parte de la deuda. El pago total o parcial de cualquiera de ellos libera a los demás. Expositor: Dr. Ricardo M. Chicolino

10 RESPONSABLES DEL CUMPLIMIENTO DE LA DEUDA AJENA
LA DOCTRINA DISTINGUE TRES CLASES DE RESPONSABILIDAD: SUBSIDIARIA: la ley los ubica después del deudor (MARRERO, Carlos A., CNFCA, Sala IV, 9/11/04): Cuando no sea posible el cobro al deudor. La Ley les otorga el beneficio de excusión. Expositor: Dr. Ricardo M. Chicolino

11 RESPONSABLES DEL CUMPLIMIENTO DE LA DEUDA AJENA
LA DOCTRINA DISTINGUE TRES CLASES DE RESPONSABILIDAD: SUSTITUTIVA: la ley los ubica en lugar del deudor: (MARTINEZ Francisco,, Estudio de Derecho Fiscal) Se transforma en el principal obligado. No paga deuda propia sin del contribuyente, por ello mantiene la acción de regreso contra el verdadero deudor. El artículo 32 de la Ley General Española los define como sujetos pasivos de la obligación tributaria junto a los contribuyentes. Expositor: Dr. Ricardo M. Chicolino

12 RESPONSABLES DEL CUMPLIMIENTO DE LA DEUDA AJENA
ESTAN OBLIGADOS A PAGAR EL TRIBUTO AL FISCO CON LOS RECURSOS: QUE ADMINISTREN. PERCIBAN O QUE DISPONEN COMO RESPONSABLES DEL CUMPLIMIENTO DE LA DEUDA TRIBUTARIA DE SUS: REPRESENTANTES MANDANTES ACREEDORES TITULARES DE LOS BIENES ADMINISTRADO O EN LIQUIDACION EN LA FORMA Y OPORTUNIDAD QUE SE FIJEN BAJO PENA DE SANCION. Expositor: Dr. Ricardo M. Chicolino

13 RESPONSABLES DEL CUMPLIMIENTO DE LA DEUDA AJENA
CARACTERISTICAS: ESTAN OBLIGADOS AL PAGO (C/EXCEPCIÓN DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 8 INC. A) Y PRESENTACION DE LAS DDJJ POR UNA SITUACIÓN JURIDICA: ESTAN OBLIGADOS POR SU RELACION DE HECHO O DE DERECHO CON EL CONTRIBUYENTE. NO ESTAN OBLIGADOS POR SU CAPACIDAD CONTRIBUTIVA. Expositor: Dr. Ricardo M. Chicolino

14 RESPONSABLES DEL CUMPLIMIENTO DE LA DEUDA AJENA ARTICULO 6º L.11683
El cónyuge que percibe y dispone de todos los réditos propios del otro. Los padres, tutores o curadores de los incapaces. Los síndicos y liquidadores de las quiebras, representantes de las sociedades en liquidación, los administradores legales de las sucesiones, o el cónyuge supérstite o los herederos. Los directores, gerentes y demás representantes de las personas jurídicas. Los administradores de patrimonios, empresas o bienes que en ejercicio de sus funciones puedan determinar íntegramente la materia imponible. Agentes de retención y percepción. Los responsables sustitutos, según lo estipulado en las respectivas normas de aplicación. Expositor: Dr. Ricardo M. Chicolino

15 RESPONSABLES EN FORMA PERSONAL Y SOLIDARIA CON LOS DEUDORES ARTÍCULO 8º L.11683
CARACTERISTICAS DE LA RESPONSABILIDAD SOLIDARIA: Responden con sus propios bienes. Solidariamente con los deudores del tributo o Con otros responsables Sin perjuicio de las sanciones Responsabilidad tributaria paralela. Responsabilidad garantista. Responsabilidad accesoria. Responsabilidad subjetiva.. La obligación principal se mantiene entre el sujeto activo (Fisco) y el sujeto pasivo (contribuyente). SE DEBE INTIMAR PRIMERO AL DEUDOR DEL TRIBUTO. Expositor: Dr. Ricardo M. Chicolino

16 RESPONSABLES EN FORMA PERSONAL Y SOLIDARIA CON LOS DEUDORES ARTÍCULO 8º L.11683
JURISPRUDENCIA: LA RESPONSABILIDAD SOLIDARIA NO ES OBJETIVA. BARRENECHEA, Ignacio, TFN, Sala A, 16/6/98. EL INCUMPLIMIENTO DEBE SER IMPUTABLE WETHEIN, Julio, TFN, Sala D, 27/2/01. Dictamen 79/91 Dictamen 11/86 EL INCUMPLIMIENTO DEBE SER IMPUTABLE A TITULO DE DOLO O CULPA VERGA, José, Guillermo, TFN, Sala A, 2/2/01. AGENTES DE RETENCION: Buenos Aires Buildinf Society S.A., TFN, Sala D, 28/7/69. Isidoro Dellasanta S.A., TFN, Sala B, 3/6/76. Apache S.A., TFN, Sala A, ../../00. Dictamen 24/83 DATJ (Necesaria existencia de disponibilidad de fondos) CINTAFON SRL, CSJN, 3/4/86. Caducidad de facultades. CONCLUSIONES: Existencia de deuda Intimación al deudor. Falta de regularización.(2º Pár. Artículo 17 L.11683) Dolo o culpa. Expositor: Dr. Ricardo M. Chicolino

17 RESPONSABLES EN FORMA PERSONAL Y SOLIDARIA CON LOS DEUDORES ARTÍCULO 8º L.11683
JURISPRUDENCIA: INSUFICIENCIA DEL EJERCICIO DEL CARGO Y EXIGENCIA DEL MANEJO DE LOS FONDOS O BIENES: MONASTERIO DA SILVA, Ernesto. CSJN, 2/10/70. SALVATIERRA, Mario y otro, CNFCA, Sala III, 25/3/82. FUNES, Orlando, TFN, Sala D, 14/4/97. CARGA DE LA PRUEBA AL FISCO. MASJUAN, Francisco, TFN, Sala B, 20/3/00. VILLANUEVA, Claudio, TFN, Sala B, 20/3/00. IMPROCEDENCIA DE LA DETERMINACION EN CABEZA DE LOS HEREDEROS. ARANO, Juan Alberto, TFN, Sala C, 17/9/01. Expositor: Dr. Ricardo M. Chicolino

18 RESPONSABLES EN FORMA PERSONAL Y SOLIDARIA CON LOS DEUDORES ARTÍCULO 8º L.11683
JURISPRUDENCIA: INICIACION DEL PROCEDIMIENTO DE DETERMINACION DE OFICIO AL RESPONSABLE POR DEUDA PROPIA. CAMBOLIVE, Michel Torino de Cornejo Costas, TFN, Sala C, 29/6/04. FARMIA SA, CNCAF, Sala IV, 4/5/04. INICIACION DEL PROCEDIMIENTO DE DETERMINACION DE OFICIO AL DEUDOR SOLIDARIO ANTES DEL PRINCIPAL SI PRIMERO SE LO INTIMA A ESTE: BRUTTI, Stella Maris, CSJN, 30/3/04. INCONTRO SA, TFN, Sala B, 15/3/04. TERCEROS QUE FACILITEN LA EVASION CON CULPA O DOLO. BERTOLI ZIMMERMAN, Hugo José, TFN, Sala A, 28/11/02. Expositor: Dr. Ricardo M. Chicolino

19 RESPONSABLES EN FORMA PERSONAL Y SOLIDARIA CON LOS DEUDORES ARTÍCULO 8º L.11683
Los responsables enumerados en los 5 primeros incisos del artículo 6º de la L Los síndicos de las quiebras y concursos. Los agentes de retención por el tributo que omitieron retener o que retenido dejaron de depositar. Los sucesores a título particular. Los terceros que faciliten por su culpa o dolo la evasión, mediante instigación, complicidad primaria o secundaria o encubrimiento, aún cuando no tuvieran deberes tributarios a su cargo. Los cedentes de créditos tributarios. Los integrantes de una UTE o de un ACE (accesoria, garantista, solidaria y objetiva). Los contribuyentes que por sus compras o locaciones no hubieran constatado o consultado la situación del proveedor o locador(accesoria, garantista, solidaria y subjetiva. Expositor: Dr. Ricardo M. Chicolino

20 RESPONSABLES SUSTITUTOS ARTICULO 6º L.11683
CARACTERISTICAS: Es tan responsable principal respecto del pago como de sus obligaciones propias. Obligaciones: Formales: determinar la deuda. Sustanciales: pago de la obligación tributaria. Ünico deudor. Paga con fondos propios. Ajeno a la configuración del hecho imponible. Mantienen un nexo económico o jurídico con el sujeto pasivo. Pagan “en lugar de” en virtud del nexo jurídico creado por la ley. Primer y principal obligado con acción de regreso. Su responsabilidad es ilimitada, por ello no está incorporado al artículo 8 de la L No se identifica con el Responsable por deuda propia o ajena, aunque tiene características de ambos. Expositor: Dr. Ricardo M. Chicolino

21 RESPONSABLES POR LOS SUBORDINADOS. ARTICULO 9 L.11683
RESPONSABILIDAD DE LOS OBLIGADOS Y RESPONSABLES POR LAS CONSECUENCIAS DEL HECHO U OMISIÓN DE SUS: Factores. Agentes. Dependientes. RESPECTO DE LA OBLIGACION TRIBUTARIA COMO DE LOS ACCESORIOS Y SANCIONES. Expositor: Dr. Ricardo M. Chicolino

22 RESPONSABILIDAD DEL CONSUMIDOR FINAL ARTICULO 10 L.11683
LOS CONSUMIDORES FINALES O SUJETOS EXENTOS ESTAN OBLIGADOS A: Exigir la entrega de facturas o comprobantes que documenten sus operaciones. Conservarlos en su poder Exhibirlos a los inspectores de la AFIP. EFECTOS: Multa podrá reducirse a un mínimo de $ 20. REQUISITOS: Revelar connivencia o complacencia con el obligado a emitir factura. La sanción a quien haya incumplido el deber de emitir factura será requisito previo para que corresponda la sanción al consumidor final. La factura no emitida debe superar $ 10. Expositor: Dr. Ricardo M. Chicolino


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