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DOMINA TU PROCEDIMIENTO JUDICIAL Debes poder actuar y pedir que se actúe Tienes a derecho a conocer lo que ocurre en tu caso, en qué punto está y a que.

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1 DOMINA TU PROCEDIMIENTO JUDICIAL Debes poder actuar y pedir que se actúe Tienes a derecho a conocer lo que ocurre en tu caso, en qué punto está y a que te lo notifiquen. La incertidumbre no te deja vivir ¿PORQUÉ NO ASESORARSE? EL CONOCIMIENTO CONDUCE A LA LIBERTAD Y A LA ELECCIÓN DE TU CAMINO.

2 TU ABOGADO/A Y TÚ Hitos principales del recorrido en tu lucha jurídica: La denuncia Sentencia condenatoria y concesión de la orden Sobreseimientos y absoluciones Apelaciones Quebrantamientos e incumplimientos de sentencia Modificación de medidas Acuerdos Tu abogada/o es el puente de enlace entre tú y el Juzgado, transmite tus peticiones ¿QUÉ QUIERES? ¿QUÉ PIDES?

3 LA DENUNCIA Y EL JUICIO Tu información obliga a la autoridad a movilizarse para constatar que el delito exista y para determinar responsabilidades y castigos. Espera a llegue tu abogado/a para garantizar que se cumplan como mínimo estos derechos: Derecho a pedir justicia gratuita: a asignarte abogada/o, a elegirlo tú o cambiar el designado Debe aclarar todas tus dudas Debe informarte en qué va a consistir el pleito, fases y decisiones del Juzgado Debe mantenerte al corriente de todas los incidentes y estar localizable Debe facilitarte copia de los escritos que haga en tu nombre y los del contrario Derecho a formular denuncia y a que sea una mujer quien te atienda y reciba tu denuncia Derecho a solicitar una Orden de Protección: NO OCULTES TU MIEDO. Solicita la Orden al mismo tiempo que interpones tu denuncia, si tienes miedo a que te vuelva a agredir, o a que a la agresión se produzca, sobre ti y sobre tus hijas/os

4 LA DENUNCIA Y EL JUICIO: TU ABOGADA/O Y TÚ DECLARACIÓN: TÓMATE TU TIEMPO, ESCRÍBELO, HAZ UN ESQUEMA Los hechos: desde el primero al último o viceversa, sobre ti y sobre tus hijas/os, durante toda la relación. TESTIGOS Con nombres y apellidos o máximos detalles. No sientas que les metes en un problema: el problema lo tienes tú, y es vital para tu seguridad. MENSAJES DE VOZ Y DE TEXTO, EMAILS, LLAMADAS GRABADAS En tu ratificación en el Juzgado debes pedir que se descarguen por secretario judicial que dará testimonio de su contenido. El Juzgado debe levantar acta de transcripción y se puede pedir información complementaria a la compañía telefónica. INFORMES De psicólogas/os, médicos, trabajadores sociales, Punto Municipal de Violencia… apórtalos en la denuncia o en la Vista. Los profesionales deberán ratificar sus informes en el juicio.

5 LA DENUNCIA Y EL JUICIO: TU ABOGADA/O Y TÚ Si el hecho es HOY denuncia HOY Partes de lesiones e informes médicos : Manifiesta que es por violencia de género y que incluya tu situación emocional Si no tienes informes de ningún tipo: pide que te examine la Unidad de Valoración Integral de Violencia de Género. Lee bien tu denuncia antes de firmarla y no dudes en pedir que se amplíe, se corrija, se modifique…. No firmes la denuncia si no estás de acuerdo con el contenido. Aprovecha para tratar con tu abogada/o medidas civiles que pueden y DEBERÍAN contemplarse en la orden: - Pensiones alimenticias y compensatorias - Disfrute de la vivienda familiar - Régimen de visitas - Comunicación con los menores

6 LA DENUNCIA Y EL JUICIO: TU ABOGADA/O Y TÚ TU VIDA ESTÁ EN JUEGO No infravalores a tu maltratador: estás en riesgo SAL A LA LUZ: DENUNCIA TU SITUACIÓN, PIDE ASESORAMIENTO Y ATENCIÓN INTEGRAL, NO TE CALLES: qué te pasa y qué necesitas NO DESAPAREZCAS, LLAMA O VEN A VERNOS Asociación Victoria Policía Nacional: SAF y UPAP Policía Local: SAV Punto Municipal de Violencia de Género Si durante la fase de instrucción o llegado el juicio oral sientes la tentación de RETIRAR LA DENUNCIA o te acoges a la DISPENSA DE LA OBLIGACIÓN DE DECLARAR contra él pide primero asesoramiento. La decisión de retirarte del procedimiento no debe estar basada en amenazas o coacciones del agresor o del entorno familiar o amigas/os. SI RECIBES PRESIONES CONSULTA CON TU ABOGADA/O Y PIDE ORIENTACIÓN, PUEDES ADEMÁS DENUNCIARLO EN FISCALÍA

7 LA DENUNCIA Y EL JUICIO: TU ABOGADO Y TÚ Si tienes miedo a una agresión, o a una nueva agresión, o tu entorno familiar no resulta seguro y no sabes dónde ir si denuncias SOLICITA EL INGRESO JUNTO A TUS HIJOS/AS MENORES EN EL SERVICIO INTEGRALDE ACOGIDA PARA MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO Si no solicitas acogida pero por seguridad estás pensando salir del domicilio: NO DES INFORMACIÓN DE TUS PLANES Prepara un listado de teléfonos de amistades, parientes, médicos, escuela… Guarda tus documentos más importantes y saca copias de ellos (escrituras, cuentas bancarias, inversiones…) Si sales de tu casa por causa razonable, por temor a la integridad de tu salud física o psicológica NO SE CONSIDERA INCUMPLIMIENTO DEL DEBER DE CONVIVENCIA O “ si en el plazo de 30 días presentas demanda de separación o divorcio.

8 CONCESIÓN DE LA ORDEN Orden cautelar y firme. Ya sea cautelar o firme, la ORDEN DE ALEJAMIENTO Y DE PROHIBICIÓN DE COMUNICACIÓN obliga a ambas partes No le llames No le busques No cojas sus llamadas No respondas a sus mensajes Tampoco de terceras personas Qué ocurre si no la cumples tú: QUEBRANTAMIENTO CONSENTIDO Serás incluida en el programa de seguimiento individualizado de las FCSE (UPAPs y Local) Tienes derecho a saber quién te hace el seguimiento y a comunicar divergencias Debes estar localizable siempre

9 CONCESIÓN DE LA ORDEN Medidas que pueden adoptarse en una orden de protección: Medidas penales y civiles MEDIDAS PENALES Prisión provisional Prohibición de aproximación de residencia y de acudir a determinados lugares Prohibición de comunicación contigo o tus familiares, también a través de terceras personas Desalojo del domicilio familiar y prohibición de entrada y del uso de la vivienda Retirada de armas Cada vez que el condenado salga de prisión por cualquier circunstancia tendrás derecho a ser informada de esta situación por el Centro Penitenciario donde esté ingresado. Puedes solicitar la suspensión de la orden con un buen cálculo para que no corra hasta que empiece a disfrutar de los permisos penitenciarios.

10 CONCESIÓN DE LA ORDEN Medidas que pueden adoptarse en una orden de protección: Medidas penales y civiles MEDIDAS CIVILES : debes instar en Juzgado PROCEDIMIENTO DE FAMILIA Atribución del uso y disfrute de la vivienda familiar Establecimiento o suspensión del régimen de custodia, visitas, comunicación o estancia con tus hijas/os, pudiendo solicitar la suspensión o que se realicen a través de un PEF Determinación del régimen por la prestación económica de alimentos a tus hijas/os. IMPORTANTE: las medidas civiles TIENEN UNA VIGENCIA DE 30 DÍAS. En ese plazo debes instar en el Juzgado un PROCEDIMIENTO DE FAMILIA solicitando que se confirmen o se establezcan otras más adecuadas. Estas medidas permanecerán en vigor DURANTE LOS 30 DÍAS SIGUIENTES A LA PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA. En este periodo de tiempo las medidas deberán estar ratificadas, modificadas o dejadas sin efecto por el Juzgado. Si no inicias el procedimiento de familia las medidas de naturaleza civil quedarán sin efecto y volverán a la situación anterior La MEDIACIÓN FAMILIAR en casos acreditados de violencia de género ESTÁ LEGALMENTE PROHIBIDA. En los casos acreditados de violencia de género el Juzgado no podrá acordar nunca LA GUARDIA Y CUSTODIA COMPARTIDA de los menores.

11 INCUMPLIMIENTOS DE SENTENCIA INCUMPLIMIENTOS DE MEDIDAS PENALES: QUEBRANTAMIENTO DE LA ORDEN Objetivo: producirte daño físico o emocional. No permitas que lo haga, muestra cómo te afecta EL DOLO y la dificultad de probarlo Ante la duda: Denúncialo y comunícalo también a tu agente de seguimiento. ES UN DELITO No minimices ni dejes que nadie minimice el quebrantamiento (ni siquiera policía). Deja constancia del mismo denunciándolo. QUE DECIDA EL JUEZ. No cedas a la estrategia de no poder denunciar lo denunciable y ejercer tu derecho. Si reanudas la convivencia con él Deben proceder a detenerlo y ponerlo a disposición judicial para que responda por el quebrantamiento de la medida, delito castigado con prisión de 6 meses a un año.

12 INCUMPLIMIENTO DE MEDIDAS CIVILES: PENSIÓN ALIMENTICIA Si no paga la pensión de alimentos deberás pedir la EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA donde vengan establecidas dichas obligaciones. También puedes denunciarlo: El código penal castiga dejar de pagar durante 2 meses consecutivos o 4 alternos Recomendamos las dos vías: la civil (EJECUCIÓN DE SENTENCIA) y la penal (DENUNCIA) Aunque el padre no haga efectiva la pensión de alimentos no podrás negarte a que se pueda relacionar con ellos o los visite según régimen de visitas establecido FONDO DE GARANTÍA DE ALIMENTOS Sólo denunciables si son firmes Si están apeladas

13 APELACIONES LA SENTENCIA es de obligado cumplimiento por ambas partes Sentencia de no conformidad: puede apelarse en todo o en parte, pero ¡OJO! Sólo puede apelarse lo que esté contenido en sentencia, no hacer nuevas peticiones No se puede aportar nada nuevo que no haya sido formulado en la vista anterior No habrá vista: revisa un órgano de colegiado de 3 jueces (Audiencia Provincial) La resolución de la apelación es firme y no cabe más recurso salvo de AMPARO al TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Cuidado con la fecha de la firmeza de la sentencia cuando ésta es apelada.

14 MODIFICACIONES DE MEDIDAS Si tú deseas modificar las medidas contempladas en sentencia asesórate primero No instar modificación de medidas mientras la sentencia no sea firme. Si él pide modificación te tienen que dar traslado PARA QUE RESPONDAS Ante todo tranquilidad, no entres en pánico

15 EXTRANJERA VÍCTIMA DE VIOLENCIA DE GÉNERO Aunque no tengas residencia legal en España puedes denunciar y solicitar una Orden de Protección, justicia gratuita y recibir asistencia social integral SOLICITA UN INTÉRPRETE SI NO COMPRENDES O NO HABLAS ESPAÑOL Podrás solicitar AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA Y TRABAJO POR CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES en el plazo de 6 meses desde la notificación de la sentencias La tramitación de la solicitud tendrá carácter preferente Delegado o Subdelegado de Gobierno te concederá de oficio AUTORIZACIÓN PROVISIONAL DE RESIDENCIA Y TRABAJO Situación regular (permiso por reagrupación familiar vinculado al del agresor): Podrás obtener PERMISO DE RESIDENCIA Y TRABAJO INDEPENDIENTE DE ÉL.

16 ACUERDOS No llegar a un mutuo acuerdo por presiones POR ECONOMÍA PROCESAL puedes sentirte también presionada a firmar a un acuerdo Léelo bien y siéntete verdaderamente conforme Debe ser lo más detallado posible, detallando fechas, ámbito territorial…. y no dejar nada a la interpretación. Ante la duda o la presión (del juez, de los abogados…) NO FIRMES Y ASESORATE JUEZ/A TE PREGUNTARÁ RECUERDA: la mediación familiar cuando una de las partes es víctima reconocida de violencia de género está legalmente prohibida.

17 SOBRESEIMIENTOS Y ABSOLUCIONES Sobreseimiento/Absolución No sabes si lo vas a lograr, pero todo logro empieza con la decisión de intentarlo NO ES EL FIN DEL MUNDO

18 POR FAVOR No desaparezcas Comunica tus necesidades, tus problemas, tus frustraciones, tus pensamientos NO ESTÁS SOLA Si no hablas, si no dices, si no cuentas, nunca podremos intentar ayudarte.


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