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Jesús Palomino Cervantes Derecho Laboral y Seguridad Social

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Presentación del tema: "Jesús Palomino Cervantes Derecho Laboral y Seguridad Social"— Transcripción de la presentación:

1 Jesús Palomino Cervantes Derecho Laboral y Seguridad Social
ACTUALIZACION LEGAL EN RIESGOS LABORALES (2013 – 2014) Revisión: Mayo de 2014

2 www. laborando.jimdo.com jesus.palomino@hotmail.com Cel: 310 6403928
Jesús Palomino Cervantes ABOGADO Corporación Universitaria de la Costa, CUC, Barranquilla ESPECIALISTA EN DERECHO LABORAL Y SEGURIDAD SOCIAL, Universidad Libre, Barranquilla AUDITOR INTERNO OHSAS 18001:2007 CONSULTOR Administradoras de Riesgos Laborales Consejo Colombiano de Seguridad CATEDRATICO POSTGRADOS: UNIVERSIDAD DE CARTAGENA: Especialización en Salud Ocupacional FUNDACION UNIVERSITARIA DEL AREA ANDINA: Especialización Gerencia en Salud Ocupacional. CORSALUD: Especialización Gerencia en Salud Ocupacional. DOCENTE DIPLOMADOS SALUD OCUPACIONAL Universidad del Atlántico, Barranquilla Universidad de Córdoba, Montería Escuela Superior de Administración Pública, ESAP Universidad Popular del Cesar, Valledupar Fundación Universitaria del Area Andina, Valledupar Universidad del Magdalena, Santa Marta. Director Jurídico HEALTH AND LAW www. laborando.jimdo.com Cel:

3 ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES 2013 - 2014
(principales normas a Mayo 2014) ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES Ley 1610/13: Inspectores del trabajo y acuerdos de formalización laboral Ley 1616/13: Ley de salud mental LEYES: Ley 1618/13: Derecho personas con discapacidad Ley 1635/13: Licencia luto servidores públicos Ley 1696/13: Sanciones conductores bajo influjo alcohol u otras sustancias psicoactivas Dec 721/13: Afiliación a Cajas Compensación trabajadores servicio doméstico Dec 723/13: Afiliación a Riesgos Laborales trabajadores independientes Dec 1352/13: Juntas Calificación Invalidez Dec 1637/13: Reglamenta intermediación de seguros en el ramo de riesgos laborales DECRETOS Dec 1828/13: Reglamenta Ley 1607/2012: exoneración parafiscales- SS Salud Dec 2616/13: Cotización a SS trabaj dependientes que laboren por períodos menores a un mes Dec 2851/13: Formación hábitos, comportamiento y conductas seguras en la vía Dec 2943/13: Empleador paga primeros dos primeros días por incapacidad enfermedad general Dec 931/14: Amplia plazo certificado aptitud psicofisica Dec 1164/14: Procedimiento expedición Plan Nacional Gestión del Riesgo Res 140/13: Reconocimiento médico gente del mar Res 1428/13: Servicio salvamento y extinción de incendios aeropuerto Res 1441/13: Habilitación Servicios de Salud. Res 1903/13: Modifica Res 1409/12 RESOLUCIONES: Res 90708/13: Nuevo RETIE Res 3597/13: Peores formas trabajo infantil- Actividades peligrosas menores 18 años edad Res 384/14: Apoyo sostenimiento de aprendices en la fase práctica para el año 2014 Res 044/14: Capacitación y Entrenamiento Brigadas contraincendios Res 892/14: Formato Intermediadores de seguros en Riesgos Laborales Res 1223/14: Curso conductores transporte terrestre mercancías peligrosas Res 1565/14: Guìa elaboración Plan Estratégico de Seguridad Vial

4 Jesús Palomino Cervantes Derecho Laboral y Seguridad Social
Leyes Revisión: Mayo de 2014

5 ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES 2013 - 2014
(principales normas a Mayo 2014) ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES Ley 1610 de 2013 "'POR LA CUAL SE REGULAN ALGUNOS ASPECTOS SOBRE LAS INSPECCIONES DEL TRABAJO Y LOS ACUERDOS DE FORMALIZACiÓN LABORAL” Fuente: Listado

6 ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES 2013 - 2014
(principales normas a Mayo 2014) ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES Ley 1610 de 2013 Artículo 8°. Clausura del lugar de trabajo. Los Inspectores del Trabajo y Seguridad Social podrán imponer la sanción de cierre del lugar de trabajo cuando existan condiciones que pongan en peligro la vida, la integridad y la seguridad personal de los trabajadores. ( ) En ningún caso el cierre del lugar de trabajo puede ocasionar detrimento a los trabajadores. Los días en que esté clausurado el lugar de trabajo se contarán como días laborados para efectos del pago de salarios, prestaciones sociales y vacaciones. Listado

7 ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES 2013 - 2014
(principales normas a Mayo 2014) ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES Ley 1610 de 2013 Artículo 11°. Paralización o prohibición inmediata de trabajos o tareas. Los Inspectores del Trabajo y Seguridad Social podrán ordenar la paralización o prohibición inmediata de trabajos o tareas por inobservancia de la normativa sobre prevención de riesgos laborales, de concurrir riesgo grave e inminente para la seguridad o salud de los trabajadores, hasta tanto se supere la inobservancia de la normatividad.. Listado

8 ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES 2013 - 2014
(principales normas a Mayo 2014) ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES Ley 1635 de 2013 LICENCIA LUTO SERVIDORES PUBLICOS Listado

9 ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES 2013 - 2014
(principales normas a Mayo 2014) ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES Las sanciones y obligaciones consignadas en la Ley 1696 de 2013, deberán publicarse en todos los establecimientos donde se expendan bebidas embriagantes y en los parqueaderos de vehículos automotores (Artículo 9°.) Por medio de la cual se dictan disposiciones penales y administrativas para sancionar la conducción bajo el influjo del alcohol u otras sustancias psicoactivas. Ley 1696 de 2013 Listado

10 ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES 2013 - 2014
(principales normas a Mayo 2014) ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES . . . Decreto 723 de 2013 Sanciones: Fuente: Listado

11 Jesús Palomino Cervantes
Decretos Revisión: Mayo de 2014

12 ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES 2013 - 2014
(principales normas a Mayo 2014) ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES Las personas naturales que ostenten la condición de empleadores del servicio doméstico deberán afiliarse a una Caja de Compensación Familiar (Artículo 1°.) Los trabajadores del servicio doméstico deberán ser afiliados por la persona natural a quien prestan sus servicios, a una Caja de Compensación Familiar (Artículo 2°.) Afiliación a Caja de Compensación Familiar trabajadores de servicio doméstico . Decreto 721 de 2013 Tomado de: Listado

13 ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES 2013 - 2014
(principales normas a Mayo 2014) ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES Decreto 723 de 2013 Afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales de los trabajadores independientes. (Deroga el Decreto 2800 de 2003) Listado

14 ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES 2013 - 2014
(principales normas a Mayo 2014) ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES . . . Decreto 723 de 2013 personas vinculadas a través de un contrato formal de prestación de servicios, con entidades o instituciones públicas o privadas con una duración superior a un (1) mes y a los contratantes, trabajadores independientes que laboren en actividades catalogadas por el Ministerio del Trabajo como de alto riesgo (Artículo 2°) Campo de aplicación Listado

15 ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES 2013 - 2014
(principales normas a Mayo 2014) ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES . . . Decreto 723 de 2013 Artículo 4°. Selección de la Administradora de Riesgos Laborales. Las personas a las que se les aplica el presente decreto, para efectos de su afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales, tienen el derecho a la libre escogencia de su Administradora de Riesgos Laborales, debiendo afiliarse a una sola. Parágrafo. El trabajador dependiente que simultáneamente suscriba uno o más contratos de prestación de servicios civiles, comerciales o administrativos, entre otros, en calidad de contratista, debe seleccionar la misma Administradora de Riesgos Laborales en la que se encuentre afiliado como trabajador dependiente. Listado

16 ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES 2013 - 2014
(principales normas a Mayo 2014) ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES . . . Decreto 723 de 2013 Artículo 5°. Afiliación por intermedio del contratante. El contratante debe afiliar al Sistema General de Riesgos Laborales a los contratistas objeto del presente decreto, de conformidad con lo establecido en el parágrafo 3° del artículo 2° de la Ley 1562 de El incumplimiento de esta obligación, hará responsable al contratante de las prestaciones económicas y asistenciales a que haya lugar. Listado

17 ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES 2013 - 2014
(principales normas a Mayo 2014) ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES . . . Decreto 723 de 2013 Artículo 6°. Inicio y finalización de la cobertura. La cobertura del Sistema General de Riesgos Laborales se inicia el día calendario siguiente al de la afiliación; para tal efecto, dicha afiliación al Sistema debe surtirse como mínimo un día antes del inicio de la ejecución de la labor contratada. La finalización de la cobertura para cada contrato corresponde a la fecha de terminación del mismo. Listado

18 ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES 2013 - 2014
(principales normas a Mayo 2014) ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES . . . Decreto 723 de 2013 Artículo 9°. Afiliación cuando existen varios contratos. Cuando los contratistas a los que les aplica el presente decreto celebren o realicen simultáneamente varios contratos, deben estar afiliados al Sistema General de Riegos Laborales por la totalidad de los contratos suscritos, en una misma Administradora de Riesgos Laborales. El contratista debe informar al contratante, la Administradora de Riesgos Laborales a la cual se encuentra afiliado, para que este realice la correspondiente novedad en la afiliación del nuevo contrato. Listado

19 ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES 2013 - 2014
(principales normas a Mayo 2014) ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES . . . Decreto 723 de 2013 Artículo 11°. Cotización según clase de riesgos. La cotización de las personas a las que se les aplica el presente Decreto, se realizará teniendo en cuneta el mayor riesgo entre: La clase de riesgo del centro de trabajo de la entidad o institución. El propio de la actividad ejecutada por el contratista. Listado

20 ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES 2013 - 2014
(principales normas a Mayo 2014) ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES . . . Decreto 723 de 2013 Artículo 13. Pago de la cotización. Las Entidades o Instituciones públicas o privadas contratantes y los contratistas, según corresponda, deberán realizar el pago mensual de las cotizaciones al Sistema General de Riesgos Laborales de manera anticipada, dentro de los términos previstos por las normas vigentes. Al contratista le corresponde pagar de manera anticipada, el valor de la cotización al Sistema General de Riesgos Laborales, cuando la afiliación sea por riesgo I, II o III, conforme la clasificación de actividades económicas establecidas en el Decreto 1607 de 2002 o la norma que lo modifique, adicione o sustituya. El contratante debe pagar el valor de la cotización de manera anticipada, cuando la afiliación del contratista sea por riesgo IV o V. Listado

21 ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES 2013 - 2014
(principales normas a Mayo 2014) ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES . . . Decreto 723 de 2013 Artículo 15. Obligaciones del contratante. El contratante debe cumplir con las normas del Sistema General de Riesgos Laborales, en especial, las siguientes: Reportar a la Administradora de Riesgos Laborales los accidentes de trabajo y enfermedades laborales.  Investigar todos los incidentes y accidentes de trabajo. Realizar actividades de prevención y promoción. Incluir a las personas que les aplica el presente decreto en el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. Permitir la participación del .contratista en las capacitaciones que realice el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo. Verificar en cualquier momento el cumplimiento de los requisitos de seguridad y salud necesarios para cumplir la actividad contratada de las personas a las que les aplica el presente decreto. Informar a los contratistas afiliados en riesgo IV y/o V sobre los aportes efectuados al Sistema General de Riesgos Laborales. Adoptar los mecanismos necesarios para realizar el pago anticipado de la cotización, cuando el pago del aporte esté a su cargo. Listado

22 ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES 2013 - 2014
(principales normas a Mayo 2014) ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES . . . Decreto 723 de 2013 Artículo 16. Obligaciones del contratista. El contratista debe cumplir con las normas del Sistema General de Riesgos Laborales, en especial, las siguientes: Procurar el cuidado integral de su salud.  Contar con los elementos de protección personal necesarios para ejecutar la actividad contratada, para lo cual asumirá su costo. Informar a los contratantes la ocurrencia de incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades laborales. Participar en las actividades de Prevención y Promoción organizadas por los contratantes, los Comités Paritarios de Seguridad y Salud en el Trabajo o Vigías Ocupacionales o la Administradora de Riesgos Laborales. Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST.  Informar oportunamente a los contratantes toda novedad derivada del contrato. Listado

23 ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES 2013 - 2014
(principales normas a Mayo 2014) ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES . . . Decreto 723 de 2013 Artículo 17. Obligaciones de la Administradora de Riesgos Laborales. Las obligaciones de las Administradoras de Riesgos Laborales para con sus trabajadores independientes afiliados serán las siguientes: Afiliar y registrar en la Administradora de Riesgos Laborales al trabajador independiente. Recaudar las cotizaciones, efectuar el cobro y distribuir las mismas conforme al artículo 11 de la Ley 1562 de 2012 y lo establecido en el presente decreto. Garantizar a los trabajadores independientes, la prestación de los servicios de salud y el reconocimiento y pago oportuno de las prestaciones económicas en el Sistema General de Riesgos Laborales. Realizar actividades de prevención y control de riesgos laborales para el trabajador independiente. Promover y divulgar al trabajador independiente programas de medicina laboral, higiene industrial, salud ocupacional y seguridad industrial. Fomentar estilos de trabajo y vida saludables para el trabajador independiente. ( ) Listado

24 ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES 2013 - 2014
(principales normas a Mayo 2014) ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES . . . Decreto 723 de 2013 Artículo 18. Exámenes médicos ocupacionales. En virtud de lo establecido en el parágrafo 3° del artículo 2° de la Ley 1562 de 2012, la entidad o institución contratante deberá establecer las medidas para que los contratistas sean incluidos en sus Sistemas de Vigilancia Epidemiológica, para lo cual podrán tener en cuenta los términos de duración de los respectivos contratos. El costo de los exámenes periódicos será asumido por el contratante.  A partir de la entrada en vigencia del presente decreto, las personas que tengan contrato formal de prestación de servicios en ejecución, tendrán un plazo de seis (6) meses para practicarse un examen preocupacional y allegar el certificado respectivo al contratante. Para los contratos que se suscriban con posterioridad a la entrada en vigencia del presente decreto dicho plazo aplicará a partir del perfeccionamiento del mismo. El costo de los exámenes preocupacionales será asumido por el contratista. Este examen tendrá vigencia máxima de tres (3) años y será válido para todos los contratos que suscriba el contratista, siempre y cuando se haya valorado el factor de riesgo más alto al cual estará expuesto en todos los contratos. En el caso de perder su condición de contratista por un periodo superior a seis (6) meses continuos, deberá realizarse nuevamente el examen. Listado

25 ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES 2013 - 2014
(principales normas a Mayo 2014) ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES . . . Decreto 723 de 2013 Artículo 19. Alternativas de ejecución de las actividades de promoción y prevención a cargo de la Administradora de Riesgos Laborales. Las actividades de promoción y prevención realizadas por la Administradora de Riesgos Laborales en la cual se encuentran afiliadas las personas a las que se les aplica el presente decreto, podrán ejecutarse de la siguiente forma: En las instalaciones del contratante o fuera de ellas. A través de esquemas de acompañamiento virtual y de tecnologías informáticas y de la comunicación, sin perjuicio del seguimiento personal que obligatoriamente respalde dicha gestión. Mediante convenios entre Administradoras de Riesgos Laborales, en los cuales deberá señalarse la forma de remuneración de los servicios prestados. Listado

26 ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES 2013 - 2014
(principales normas a Mayo 2014) ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES . . . Decreto 723 de 2013 Artículo 20. Estadísticas de accidentalidad. El contratante debe incluir dentro de sus estadísticas, los accidentes de trabajo y las enfermedades laborales que sufran las personas a las que se les aplica el presente decreto en ejercicio de la actividad contratada, las cuales deben ser tenidas en cuenta para determinar el índice de lesión incapacitante y de siniestralidad. Listado

27 ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES 2013 - 2014
(principales normas a Mayo 2014) ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES Decreto 1352 de 2013 Reglamenta la organización y funcionamiento de las Juntas de Calificación de Invalidez Las Juntas de Calificación de Invalidez estarán adscritas al Ministerio del Trabajo y tendrán personería jurídica.    Listado

28 ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES 2013 - 2014
(principales normas a Mayo 2014) ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES . . . Decreto 1352 de 2013 Personas interesadas La persona objeto de dictamen La EPS La ARL La AFP El empleador La Compañía de Seguros que asume el riesgo de invalidez, sobrevivencia y muerte. (artículo 2°) Listado

29 ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES 2013 - 2014
(principales normas a Mayo 2014) ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES . . . Decreto 1352 de 2013 Presentación solicitud calificación (ante la Junta): AFPs La Compañía de Seguros que asume el riesgo de invalidez, sobrevivencia y muerte. La ARL La AFP Las Compañías de Seguros en general El trabajador o su empleador El pensionado Inspectores de Trabajo (dictamen para trabajador no afiliado por su empleador al SSS Autoridades judiciales o administrativas (Junta actúa como perito) ( ) (artículo 28) Listado

30 ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES 2013 - 2014
(principales normas a Mayo 2014) ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES . . . Decreto 1352 de 2013 Causales para recurrir directamente ante las Juntas Regionales Calificación Inv: Si transcurridos 30 días calendario después de terminado proceso rehabilitación integral, aún no ha sido calificado en primera oportunidad; en todos los casos, la calificación no podrá pasar de los 540 días de ocurrido el accidente o diagnosticada la enfermedad. Cuando dentro de los 5 días siguientes a la manifestación de la inconformidad, las entidades de seguridad social no remitan el caso ante la JRCI (artículo 29) Listado

31 ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES 2013 - 2014
(principales normas a Mayo 2014) ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES . . . Decreto 1352 de 2013 Requisitos mínimos que debe contener el expediente para ser solicitado el dictamen ante la Junta Regional y Nacional de Calificación de Invalidez: PARA EL EMPLEADOR: REQUERIMIENTO AT EL MUERTE FURAT X Informe resultado investigación AT NA Evaluaciones médicas ocupacionales Contratos de trabajo durante el tiempo de exposición Información ocupacional con descripción de la exposición a factores de riesgo Ante la falta de requermientos, se aceptará la reconstrucción de la información realizada por la ARL, (costo recobrable al empleador responsable) (Mayor información, consultar artículo 30) Listado

32 ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES 2013 - 2014
(principales normas a Mayo 2014) ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES . . . Decreto 1352 de 2013 Revisión de la Calificación: Perdida de incapacidad permanente parcial: al año siguiente de la calificación Revisión pensional: cada 3 años. (artículo 55) Listado

33 ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES 2013 - 2014
(principales normas a Mayo 2014) ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES Decreto 1637 de 2013 Por el cual se reglamenta el parágrafo 5º del artículo 11 de la Ley 1562 de 2012 y se dictan otras disposiciones. Intermediación de seguros en el ramo de Riesgos Laborales Listado

34 ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES 2013 - 2014
(principales normas a Mayo 2014) ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES . . . Decreto 1637 de 2013 La labor de intermediación de seguros en el ramo de Riesgos Laborales estará reservada únicamente a los corredores de seguros, a las agencias y agentes de seguros, que acrediten: idoneidad profesional (curso de conocimientos específicos sobre el Sistema General de Riesgos Laborales) infraestructura humana (Departamento de Riesgos Laborales) Infraestructura operativa (artículo 1º) El Ministerio del trabajo creará y administrará un Registro Único de Intermediarios del sistema General de Riesgos Laborales. Los corredores de seguros, las agencias y agentes de seguros que no se encuentres registrados no podrán ejercer la labor de intermediación y/o prestación de servicios de seguridad y salud en el trabajo (artículo 2º) Listado

35 ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES 2013 - 2014
(principales normas a Mayo 2014) ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES Decreto 1828 de 2013 Por medio del cual se reglamenta la Ley 1607 de 2012 Fuente imagen: Reglamenta la exoneración de aportes parafiscales y pago de cotizaciones al Sistema General de Seguridad Social en Salud, siempre que el empleador tenga vinculados laboralmente al menos dos (2) trabajadores que devenguen, individualmente considerados, menos de diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes. (artículo 7º) Listado

36 ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES 2013 - 2014
(principales normas a Mayo 2014) ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES Decreto 2616 de 2013 Cotización a Seguridad Social a trabajadores dependientes que laboren por períodos menores a un mes. Fuente: Listado

37 ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES 2013 - 2014
(principales normas a Mayo 2014) ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES . . . Decreto 2616 de 2013 Campo de aplicación: Aplica a los trabajadores dependientes que cumplan con las siguientes condiciones: Que se encuentren vinculados laboralmente Que sea contratado en un mismo mes por períodos inferiores a 30 días. Que la remuneración en el mes sea inferior a 1 smlmv (artículo 1º) Base de cotización mínima semanal (IBC): En Pensiones : ¼ del smlmv (cotización mínima semanal) En Riesgos Laborales : 1 smlmv (artículo 5º) Listado

38 ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES 2013 - 2014
(principales normas a Mayo 2014) ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES . . . Decreto 2616 de 2013 Monto de cotizaciones a Pensiones, Subsidio Familiar y Riesgos Laborales: Días laborados en el mes Monto de la cotizaciób Entre 1 y 7 días Una (1) cotización mínima semanal Entre 8 y 14 días Dos (2) cotizaciones mínimas semanales Entre 15 y 21 días Tres (3) cotizaciones mínimas semanales Más de 21 días Cuatro (4) cotizaciones mínimas semanales- Equivalen a un salario mínimo mensual (artículo 6º) Listado

39 ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES 2013 - 2014
(principales normas a Mayo 2014) ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES . . . Decreto 2616 de 2013 Mecanismo de recaudo: ( ) Si la reglamentación vigente para la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes no contiene los elementos que permitan realizar las cotizaciones en los términos que señala el presente decreto, se dispondrá de dos (2) meses para que el Ministerio de Salud y Protección Social o quien haga sus veces, realice los ajustes pertinentes. (artículo 10) Listado

40 ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES 2013 - 2014
(principales normas a Mayo 2014) ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES Decreto 2851 de 2013 Formación de hábitos, comportamientos y conductas seguras en la vía Las empresas que posean, contraten o administren flotas de vehículos automotores superiores a 10 unidades deberán, a través del COPASO y su ARL implementar mecanismos de capacitación en Seguridad Vial . Ver: Guía Metodológica para la elaboración del Plan Estratégico de Seguridad Vial (Resolución 1565 de 2014)    Listado

41 ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES 2013 - 2014
(principales normas a Mayo 2014) ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES Decreto 2943 de 2013 Empleador paga primeros dos (2) días incapacidad por enfermedad general Modifica el parágrafo 1º del artículo 40 del Decreto 1406 de 1999.    Listado

42 ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES 2013 - 2014
(principales normas a Mayo 2014) ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES . . . Decreto 2943 de 2013 Las incapacidades tanto en el sector público como en el privado se pagarán, de acuerdo con el Decreto 2943 de 2013 y la Ley 776 de 2002, así: ENFERMEDAD GENERAL EMPLEADOR: Dos (2) primeros días. EPS: Desde el día 3 hasta el 180. AFP: Desde el día 181 hasta el 540, siempre y cuando la EPS haya emitido concepto favorable de Rehabilitación. ACCIDENTE DE TRABAJO Y ENFERMEDAD LABORAL EMPLEADOR: Primer día. ARL: Desde el día 2 hasta el 720 Listado

43 ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES 2013 - 2014
(principales normas a Mayo 2014) ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES La Ley 1539 de 2012 establece que las personas jurídicas o naturales que presten servicios de vigilancia y seguridad privada, deben obtener el certificado de aptitud psicofísica para el personal vinculado que porte armas de fuego. El artículo 1º del Decreto 931/2014 amplía el plazo para obtener dicho certificado hasta Dic 31/2014) Decreto 931 de 2014 Listado

44 Jesús Palomino Cervantes Derecho Laboral y Seguridad Social
Resoluciones Revisión: Mayo de 2014

45 ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES 2013 - 2014
(principales normas a Mayo 2014) ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES Resolución de 2013 (Por el cual se expide el Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas- RETIE) Listado

46 ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES 2013 - 2014
(principales normas a Mayo 2014) ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES . . . Resolución 9708 de 2013 Campo de aplicación El RETIE debe ser observado y cumplido por todas las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, contratistas u operaciones que: generen, transformen, distribuyan la energía eléctrica, y en general, por quienes: usen, diseñen, supervisen, construyan, inspeccionen, operen o mantengan instalaciones eléctricas en Colombia. Así como por los productos, importadores y comercializadores de los productos objeto del RETIE y por los organismos de evaluación de la conformidad. (artículo 2°) Listado

47 ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES 2013 - 2014
(principales normas a Mayo 2014) ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES Resolución 3597 de 2013 Peores formas trabajo infantil- Actividades peligrosas menores 18 años edad Listado

48 ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES 2013 - 2014
(principales normas a Mayo 2014) ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES . . . Resolución 3597 de 2013 Autorización para trabajar ( ) Los adolescentes entre 15 y 17 años de edad que hayan obtenido titulo de formación técnica o tecnológica expedido por el SENA Podrán ser autorizados para trabajar en la actividad en la que fueron capacitados La autorización de trabajo se expedirá previo estudio del puesto de trabajo y el panorama de riesgo, etc. (artículo 6°) Listado

49 ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES 2013 - 2014
(principales normas a Mayo 2014) ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES El apoyo de sostenimiento de aprendices en la fase práctica para el año 2014 es del cien por ciento (100%) del salario mínimo mensual legal vigente establecido mediante Decreto 3068 de 2013 ($ ,oo) Resolución 384 de 2014 Por la cual se establece el apoyo de sostenimiento de aprendices en la fase práctica para el año 2014 Listado

50 ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES 2013 - 2014
(principales normas a Mayo 2014) ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES Resolución 044 de 2014 Por la cual se reglamenta la capacitación y entrenamiento para Brigadas Contra Incendios Industriales, Comerciales y Similares en Colombia Los procesos de capacitación y entrenamiento de las Brigadas Contra Incendio deben ser adelantados por los Cuerpos de Bomberos por intermedio de sus Escuelas, Academias, departamentos o Areas de Capacitación. Listado

51 ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES 2013 - 2014
(principales normas a Mayo 2014) ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES . . . Resolución 0544 de 2014 Las Escuelas, Academias, departamentos o Areas de Capacitación de los Cuerpos de Bomberos, han de estar debidamente reconocidos por las Secretarías de Educación y Salud Municipal o Departamental, y contar con la maquinaria, equipos y herramientas necesarias, en óptimo estado, para garantizar la capacitación y el entrenamiento. Los costos de los cursos de capacitación y entrenamiento serán asumidos por las empresas o instituciones solicitantes. Para ser aprobado el proceso de capacitación o entrenamiento, el participante debe obtener una nota final no inferior al setenta por ciento (70%) Listado

52 ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES 2013 - 2014
(principales normas a Mayo 2014) ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES Resolución 1223 de 2014 Por la cual se establecen los requisitos del curso básico obligatorio de capacitación para los conductores de vehículos de carga que transportan mercancías peligrosas y se dicta una disposición Plazo para obtener el certificado: Dos (2 ) años. Listado

53 ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES 2013 - 2014
(principales normas a Mayo 2014) ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES . . . Resolución 1223 de 2014 Plazo para obtener el certificado: Dos (2 ) años. Quienes pueden impartir la capacitación y certificación: Instituciones de Educación Superior. SENA Instituciones para el trabajo y desarrollo humano Validez del curso: Dos (2) años (vencido el anterior término, curso de actualización de veinte -20) horas) Listado

54 ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES 2013 - 2014
(principales normas a Mayo 2014) ACTUALIZACION LEGISLACION RIESGOS LABORALES Resolución 1565 de 2014 Por la cual se adopta se Guía metodológica para la Elaboración del Plan Estratégico de Seguridad Vial Ver: Guía Metodológica para la elaboración del Plan Estratégico de Seguridad Vial Listado

55 GRACIAS! Jesús Palomino Cervantes www.laborando.jimdo.com
Cel Barranquilla, Colombia


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