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Instructor: Ing. Harry González Mayor Colegio de Ingeniero de Venezuela N° Inspector Naval, INEA N° Instructor OMI Certificado INEA N° 0237.

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1 Instructor: Ing. Harry González Mayor Colegio de Ingeniero de Venezuela N° 272372 Inspector Naval, INEA N° 00121 Instructor OMI Certificado INEA N° 0237

2 Derechos de Autor Copyright © 2019 Ing. Harry I. González Mayor Esta presentación goza de la protección de los derechos de propiedad intelectual Bajo Licencia “Creative Common”, todos los derechos reservados a Harry I. González Mayor, No se permite un uso comercial de la obra original ni la generación de obras derivadas.

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5 DEFINICIONES Mercancías Peligrosas: Aquellas materias y objetos cuyo transporte por carretera está prohibido o autorizado exclusivamente bajo las condiciones establecidas en el ADR o en la normativa específica reguladora del transporte de mercancías peligrosas. Transporte: El cambio de lugar de las mercancías peligrosas, incluidas las paradas necesarias para las condiciones del transporte, incluida la estancia de las mercancías peligrosas en los vehículos, cisternas y contenedores necesaria por las condiciones del tráfico antes, durante y después del cambio de lugar

6 Definiciones Expedidor: La empresa que expide para ella misma o para un tercero mercancías peligrosas. Cuando el transporte es efectuado en base a un contrato de transporte, el expedidor según el contrato es considerado como el expedidor. Transportista: La persona física o jurídica que asume la obligación de realizar el transporte, contando a tal fin, con su propia organización empresarial.

7 Definiciones Cargador - descargador: La persona física o jurídica bajo cuya responsabilidad se realizan las operaciones de carga y descarga de la mercancía, de acuerdo con las normas establecidas en el artículo 22 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres.

8 RESPONSABILIDADES DEL CARGADOR – DESCARGADOR En carga completa: La carga o estiba será por cuenta del cargador siendo éste el responsable de los daños si los hubiese. La descarga o desestiba será por cuenta del destinatario, salvo pacto en contra y éste será el responsable de los daños si los hubiese. Si el porteador carga o descarga (estiba o desestiba), o uno de sus trabajadores; él será el responsable de los daños si los hubiese, establecido o no un pacto con cargador o descargador. Seguirá siendo el responsable de los daños, si la carga o descarga (estiba o desestiba) la realizan cargador y descargador bajo instrucciones del porteador. En carga fraccionada: Tanto en la carga como la descarga, la estiba o desestiba, el porteador será el responsable de los posibles daños existentes en la mercancía.

9 OBLIGACIONES DE LOS OPERARIOS DE CARGA Y DESCARGA La Ley establece que las operaciones de carga y descarga forman parte integrante del transporte de Mercancías Peligrosas, por lo que deben seguirse unas reglas para ejecutar correctamente dichas operaciones. El operario de carga y descarga debe tener conocimientos sobre: 1.IDENTIFICACIÓN DE MERCANCÍAS PELIGROSAS Y SUS CARACTERÍSTICAS DE PELIGROSIDAD. 2.SEÑALIZACIÓN DE VEHÍCULOS Y BULTOS. 3.DOCUMENTACIÓN DE VEHÍCULOS. 4.INSTRUCCIONES BÁSICAS PARA CARGA Y DESCARGA DE MERCANCÍAS PELIGROSAS.

10 MANEJO DE CARGA El producto cuando se comercializa, recibe el nombre de mercancía, pero cuando se transporta, se le llama carga..- La carga, se divide en “general” y “a granel”, cada una de ellas tiene sus características y formas de atender/ manipular…

11 MANEJO DE CARGA La carga (clasificación) Carga General Carga a Granel. Acondicionamiento del producto (envase, empaque, embalajes, sellado, flejada y marcada) Unitarización

12 TIPOS DE CARGA

13 8 LA CARGA : SEGÚN SU NATURALEZA 1.-Perecedera (frutas, hortalizas, etc.) 2.-Frágil (vidrio, cerámica, televisores, etc.) 3.-Valiosa (joyas, piedras preciosas, etc.) 4.-Pesada 5.-Voluminosa 6.-Peligrosa (Clasificación IMO/ SOLAS/ IMDG Code…)

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15 Clasificación, tipos y manejo

16 INTRODUCCIÓN El Transporte de mercancías peligrosas y contaminantes marinos en buques de alta mar, está regulado en la Convención Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS) y, laConvención International para Prevenir la Contaminación por los Buques (MARPOL), respectivamente.

17 INTRODUCCIÓN Las Naciones Unidas, en conjunto con los países desarrollados, han implantado una serie de barreras de acceso a sus países respecto a las cargas; es así que, han dispuesto una serie de Certificaciones que las empresas deben tener, para evitar complicaciones al momento de ingresar al país.

18 Convenios, códigos y demás instrumentos de la OMI 1. Convenios: Convenio SOLAS, Convenio MARPOL, Convenio de líneas de carga, Convenio de arqueo 1969, Reglamento de abordajes 1972, Convenio AFS, etc.; 2. Códigos: Código IGS, Código PBIP, Código NGV 1994/2000, Código CIQ/CGrQ, Código CIG/CG, Código MODU, Códigos SPS, etc.; y https://www.imo.org/es/OurWork/MSAS/Paginas/Survey sAndCertification.aspx

19 Convenios, códigos y demás instrumentos de la OMI 3. Demás instrumentos: Resolución A.883(21), sobre "Implantación uniforme a escala mundial del sistema armonizado de reconocimientos y certificación". Resolución A.1053(27), enmendada por la Resolución A.1076(28) sobre “Directrices para efectuar reconocimientos de conformidad con el sistema armonizado de reconocimientos y certificación (SARC), 2011”.

20 Convenios, códigos y demás instrumentos de la OMI Resolución A.1049(27), enmendada, sobre "Código internacional sobre el programa mejorado de inspecciones durante el reconocimiento de graneleros y petroleros, 2011" (Código ESP, 2011). Resolución A.794(19), sobre "Reconocimientos e inspecciones de buques de pasaje de transbordo rodado”.

21 Convenios, códigos y demás instrumentos de la OMI Resolución A.1071(28), sobre "Directrices revisadas para la implantación del Código internacional de gestión de la seguridad (Código IGS) por las Administraciones". Orientaciones provisionales sobre las medidas de control y cumplimiento para incrementar la protección marítima MSC FSI. etc

22 A propósito de Certificaciones El 17 de marzo de 1948 se celebró una Conferencia de las Naciones Unidas en Ginebra, que adoptó el convenio por el que se constituyó oficialmente, en 1958, la OMCI (Organización Intergubernamental Consultiva de la Navegación Marítima), — desde 1975, Organización Marítima Internacional (OMI)— el primer organismo internacional dedicado exclusivamente a la elaboración de medidas relativas a la seguridad marítima.17 de marzo1948Ginebra19581975

23 A propósito de Certificaciones El Código IMDG se publicó en 1965 en el seno de la OMI; su redacción y contenido están conformes con el capítulo VII, Parte A, “ Transporte de mercancías peligrosas en bultos o en forma sólida o granel ”​ del Convenio SOLAS, que regula la clasificación, embalaje, marcado, etiquetado y rotulación de las mercancías peligrosas. Mediante las “ Tablas de Segregación de Productos ”, regula los factores de incompatibilidad entre las distintas mercancías transportadas en un mismo medio.OMIConvenio SOLAS

24 RELACIÓN CON OTROS ACUERDOS Las disposiciones de este código cumplen con lo dispuesto por los convenios SOLAS y MARPOL, amplía las prescripciones de ambos convenios y ha pasado a ser la guía estándar de todos los aspectos relacionados con la manipulación de mercancías peligrosas y contaminación del mar en el transporte marítimo. Como tal, se recomienda a los gobiernos su adopción o su utilización como base de las reglas nacionales cuando hagan efectivas las prescripciones del SOLAS 1974 y el Marpol 73/78.SOLASMARPOLcontaminación del mar

25 RELACIÓN CON OTROS ACUERDOS Otros acuerdos internacionales alcanzados por la OMI en el ámbito del transporte marítimo de mercancías peligrosas son: el «Código IBC» ( International Bulk Chemical Code ), para la construcción y el equipamiento de la construcción de buques que vayan a transportar productos químicos peligrosos a granel, y el «Código IGC» ( International Gas Carrier Code ), para la construcción y el equipo de buques que vayan a transportar gases licuados a granel.

26 I M D GI M D G Como ya hemos visto, el Código IMDG o Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas es una publicación de la Organización Marítima Internacional, (OMI; en inglés, IMO) que recopila todas las disposiciones vigentes que regulan el transporte de mercancías peligrosas por vía marítima. El acrónimo IMDG proviene de las iniciales en inglés del código: International Maritime Dangerous Goods Code.Organización Marítima Internacionalmercancías peligrosas

27 I M D GI M D G International Maritime Dangerous Goods (Code) Este código establece las disposiciones aplicables a cada sustancia, materia o artículo susceptible de ser transportado. Se actualiza cada dos años y es de consulta obligada, tanto para exportadores como para transportistas. La versión actual es la 40/20.

28 Acuerdo ADN ADN (Accord Européen Relatif au Transport International Des Marchandises Dangereuses Par Voies de Navigation Intérieures) es un acuerdo europeo sobre el transporte internacional de mercancías peligrosas por vías de navegación interior.transportemercancías peligrosasnavegación interior

29 Acuerdo ADN Fue presentado el 25 de mayo de 2000 y su propósito es: Asegurar la seguridad del movimiento de carga peligrosa por vías de navegación inferiores. Contribuir efectivamente a la protección del medio ambiente, previniendo la contaminación de cualquier agente proveniente de accidentes o incidentes durante su transporte. Facilitar la operación de transporte de químicos y promover sus rutas de cambio internacionales.

30 Acuerdo ADR* El Acuerdo ADR o también ADR (formalmente, Acuerdo Europeo sobre el Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera) es un acuerdo europeo firmado por varios países en Ginebra el 30 de septiembre de 1957 para regular el transporte de mercancías peligrosas por carretera. Entró en vigor el 29 de enero de 1968; ha sido enmendado en diversas ocasiones.europeoGinebramercancías peligrosas *El Acuerdo europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera, celebrado en Ginebra el 30 de septiembre de 1957, con sus modificaciones.

31 Acuerdo ADR Los Anexos A y B se revisan bienalmente. La actualización más reciente ha entrado en vigor el 1 de enero de 2019, aunque se permiten 6 meses para la adaptación a la nueva versión. Las siglas ADR con la cual se conoce este convenio se deben al nombre del acuerdo tanto en inglés European Agreement concerning the International Carriage of Dangerous Goods by Road) como en francés Accord Européen Relatif au Transport des Marchandises Dangereuses par Route.

32 Identificación de los Vehículos de Mercancías Peligrosas.

33 Clasificación Clasificación de mercancías peligrosas: Para todos los modos de transporte (marítimo, aéreo, terrestre y por vías de navegación interior), la clasificación (agrupación) de mercancías peligrosas, por tipo de riesgo, ha sido preparada por el Comité de Expertos en Transporte de Mercancías Peligrosas de las NACIONES UNIDAS (ONU)

34 1.-Clasificación Elsistemaempleado,haservidodebaseparala elaboración de la mayoría de las regulaciones internacionales y nacionales. Las materias o productos objeto de esta clasificación, son los considerados en los reglamentos ADR y RID. El sistema empleado clasifica las mercancías peligrosas en clases de materias. Dicha clasificación es la siguiente:

35 Etiqueta Mercancías Peligrosas ADR y OMI

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37 ADR/ Acuerdo Europeo ElADR,eselAcuerdoEuropeorelativoalTransporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera. ámbitoeuropeosuscritopor32Esunacuerdode países,queha sidoelaboradoporlaComisión Económica de las Naciones Unidas para Europa, en Ginebra en el año 1957, mediante el cual la mayoría de los Estados de Europa han convenido reglas comunes para el transporte de mercancías peligrosas por carretera en su territorio y para el paso por las fronteras.

38 CLASIFICACIÓN DE MERCANCIAS PELIGROSAS

39 Clasificación Clase 1: Materias y objetos explosivos Clase 2: Gases comprimidos Clase 3: Materias líquidas inflamables Clase 4.1: Materias sólidas inflamables Clase 4.2 Materias susceptibles de inflamación espontánea.

40 Clasificación Clase 4.3: Materias que al contacto con el agua, desprenden gases inflamables Clase 5.1: Materias comburentes Clase 5.2: Peróxidos orgánicos Clase 6.1: Materias tóxicas Clase 6.2: Materias infecciosas Clase 7: Materias radiactivas

41 Clasificación Clase 8: Materias corrosivas Clase 9: Materias y objetos peligrosos diversos; residuos tóxicos y peligrosos

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44 CLASE 1: MATERIAS Y OBJETOS EXPLOSIVOS Son materias u objetos que, debido a una reacción química desprenden gases a una temperatura o velocidad que puedan producir daños; o materias que pueden producir reacciones exotérmicas. Dentro de esta clase, las materias y los objetos se subdividen en función del riesgo de explosión en masa, de proyección o de incendio. Los materiales explosivos se clasifican en:

45 CLASE 1: MATERIAS Y OBJETOS EXPLOSIVOS División 1.1: Sustancias y objetos que representan un riesgo de explosión de toda la masa, p.e.- TNT, C4. División 1.2: Sustancias y objetos que representan un riesgo de proyección, pero no un riesgo de explosión de toda la masa, P.e.- Municiones, Fuegos Artificiales. División 1.3: Sustancias y objetos que representan un riesgo de incendio y un riesgo que se produzcan pequeños efectos de onda de choque, P.e.- Mechas.

46 CLASE 1: MATERIAS Y OBJETOS EXPLOSIVOS División 1.4: Objetos que no representan un riesgo considerable. División 1.5: Materias muy poco sensibles, que implique un riesgo de explosión en masa. División 1.6: Objetos extremadamente poco sensibles, y que no representan riesgo de explosión de toda la masa.

47 CLASE 2: GASES 2.1.- Gases inflamables: Gases que, a 20º C y a una presión de 101,3 kPa, son inflamables en mezcla de proporción igual o inferior al 13% en volumen. Tiene una gama de inflamabilidad con el aire de al menos 12%. Esto es, gases que pueden inflamarse en contacto con una fuente de calor. Ej. Propileno, etano, butano.

48 CLASE 2: GASES 2.2.- Gases no inflamables- no tóxicos: son gases que diluyen, sustituyen o desplazan el oxígeno del aire produciendo asfixia. Tienen características comburentes y favorecen la combustión en mayor medida que el aire. Ej. Helio.

49 CLASE 2: GASES 2.3.- Gases tóxicos: Pueden producir, por inhalación, efectos agudos o crónicos o irritantes, e incluso, la muerte. Los gases tóxicos pueden, además, ser inflamables, corrosivos o comburentes. Ej. Cloro.

50 CLASES 3: LÍQUIDOS INFLAMABLES Cualquierlíquidoque Tenga unpunto. De inflamación en crisol cerrado de 60.5 °C o menos. Ejemplos: barnices, acetonas, etc. pinturas, alcoholes, petróleos,

51 CLASE 4: SÓLIDOS INFLAMABLES

52 CLASE 5: SUSTANCIAS COMBURENTES Y PERÓXIDOS ORGÁNICOS 5.1. Sustancias Comburentes 5.2.Peróxidos Orgánicos

53 CLASE 6: SUSTANCIAS TÓXICAS E INFECCIOSAS 6.1. Sustancias Toxicas (venenosas) 6.2. Sustancias Infecciosas

54 CLASE 7: MATERIALES RADIOACTIVOS Sonmateriascompuestas constituciónsumamenteinestable,enlaqueen porátomosdeuna un momento dado, de manera espontánea, estos átomos inician una serie de cambios o transformaciones liberando un tipo especial de energía llamada radiación

55 CLASE 8: CORROSIVOS Pueden causar quemaduras al contacto con la piel; pueden causar daño al metal (acero y aluminio)

56 CLASE 9: MISCELLANEOUS todas las otras mercancías que puedan implicar algún riesgo menor para el transporte en general. Ejemplos: carbono material Dióxido de (dry-ice), magnético, perlas poliméricas.

57 MARCAS COMUNES SOBRE MERCANCIA PELIGROSAS Todo envase conteniendo una mercancía peligrosa debe ser marcado claramente antes de ser considerado para su transporte por mar. Es requisito indispensable que lleve, además, las correspondientes etiquetas prescritas en el Código IMDG.

58 Las etiquetas están destinadas principalmente a ser colocadas sobre sus embalajes. El sistema tienen las finalidades siguientes: Hacer que las mercancías peligrosas sean fácilmente reconocibles a distancia por el aspecto general (símbolo, color y forma) de sus etiquetas; Hacer que la naturaleza del riesgo sea fácilmente reconocible mediante unos símbolos. Etiquetas, rotulaciones y características indicativas de los riesgos de las mercancías peligrosas

59 ETIQUETAS, ROTULACIONES Y CARACTERISTICAS INDICATIVAS DE LOS RIESGOS DE LAS MERCANCIAS PELIGROSAS Naranja. Verde. Rojo. Blanco. Azul. Amarillo. Combinación de algunos colores. Explosión. Botella de oxígeno. Calavera. Flama. O de oxígeno con flama. Espiga. Trébol de microorganismos. Trébol radioactivo. Barra metal / mano / ácido.

60 Ejercicio

61 Trabajo práctico ADR

62 ETIQUETAS, ROTULACIONES Y CARACTERISTICAS INDICATIVAS DE LOS RIESGOS DE LAS MERCANCIAS PELIGROSAS Dar, mediante los colores de las etiquetas, una primera orientación útil para la manipulación y la colocación. Por regla general, las mercancías que lleven etiquetas con fondos de colores diferentes o de combinación de colores diferentes no deberían colocarse juntas en algunos casos, no deberían colocarse juntas ni siquiera las mercancías que lleven etiquetas del mismo color.

63 ETIQUETAS, ROTULACIONES Y CARACTERISTICAS INDICATIVAS DE LOS RIESGOS DE LAS MERCANCIAS PELIGROSAS Que el contenedor o el vehículo y los bultos llevan la marca, las etiquetas y los rótulos correctos. Si se utiliza hielo seco, que la marca o etiqueta está bien visible en el exterior en la pared de la puerta, y que diga: contiene hielo seco (CO2) - ventílese bien antes de entrar.

64 ETIQUETAS, ROTULACIONES Y CARACTERISTICAS INDICATIVAS DE LOS RIESGOS DE LAS MERCANCIAS PELIGROSAS

65 ETIQUETAS, ROTULACIONES Y CARACTERÍSTICAS INDICATIVAS DE LOS RIESGOS DE LAS MERCANCÍAS PELIGROSAS

66 1.Tener unas dimensiones mínimas de 250 mm x 250 mm, con una línea del mismo color que el símbolo, trazada a 12,5 mm del borde en todo el perímetro; 2.Corresponder a la etiqueta de la clase de las mercancías peligrosas de que se trate en lo que se refiere al color y al símbolo; y 3.Llevar el número de la clase o de la división (y en el caso de las mercancías de la Clase 1, la letra correspondiente del grupo de compatibilidad) de las mercancías peligrosas de que se trate. Etiquetas, rotulaciones y características indicativas de los riesgos de las mercancías peligro sas

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69 ETIQUETAS, ROTULACIONES Y CARACTERISTICAS INDICATIVAS DE LOS RIESGOS DE LAS MERCANCIAS PELIGROSAS

70 Marcado y etiquetado Tipos de Etiquetas: Etiquetas de Identificación Etiquetas de Riesgo Etiquetas de Manipuleo Etiquetas para Embarques Especiales.

71 Marcado y etiquetado

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76 Numero de las Naciones Unidas Con el fin de tener una optima identificación de las sustancias peligrosas durante el transporte de las mismas, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en algunas de sus recomendaciones sobre este tipo de transporte a asignado un numero compuesto de cuatro dígitos a cada sustancia peligrosa de un grupo de sustancias peligrosas, que por su naturaleza se constituyen como las mas utilizadas por la Industria Química en el Mundo. Los números que identifican algunas de las sustancias mas conocidas en la Industria son: Gasolina UN 1203 Acetona UN 1090 Carburo de Calcio UN 1402 Peróxido de Hidrógeno, UN 2015 estabilizado Ácido Clorhídrico UN 1789 Ácido Sulfúrico UN 1830

77 Numero de las Naciones Unidas El número de identificación del peligro compuesto de dos o tres cifras, representa el tipo de peligro propio del material o sustancia que se transporta, donde la letra X que podría acompañar indica que el elemento tiende a reaccionar violentamente con agua, mientras que el primer número del conjunto indica, en general, los peligros siguientes:

78 número de identificación del peligro compuesto de dos o tres cifras 2.Emisión de gases debido a la presión o de una reacción química 3.Inflamabilidad de materias líquidas (vapores) y gases o materia líquida susceptible de autocalentamiento 4.Inflamabilidad de materias sólidas o materias sólidas susceptibles de autocalentamiento 5.Efecto oxidante o comburente (favorece el incendio) 6.Toxicidad o peligro de infección 7.Radiactividad 8.Corrosividad 9.Peligro de reacción violenta espontánea (*) X.Reactivo con agua produciendo gases inflamables

79 Clasificación

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81 Etiquetas de identificación Nombre del operador Numero de Bultos Peso del embarque Ruta (Origen/Destino) Son aquellas de propiedad del operador que sirven para identificar los bultos que son enviados como carga; por lo general contiene la siguiente información:

82 Son las etiquetas que corresponden a una de las nueve clases o Divisiones de Mercancías Peligrosas. Etiquetas de riesgo

83 Documentos para el transporte de mercancía peligrosa 1.B/L 2.Declaración de mercancías peligrosas del embarcador. 3.Notificación al Capitán. 4.Notificación a las Autoridades Competentes

84 RIESGOS Por explosión Por intoxicación Por envenenamiento Por inflamación Por contagio Por radiación Por corrosión Por quemadura Por asfixia…

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86 2.-Documentación y Trámites LISTA DE CARGA PELIGROSA (DANGEROUS CARGO LIST) Documento donde se anotan todas las cargas con clasificación IMO de carga peligrosa transportadas en la nave. Este documento indica claramente la clasificación de la carga conforme al sistema de clasificación IMO de cargas peligrosas, para adoptar todas las medidas de seguridad durante el viaje, transferencia o almacenamiento.

87 2.-Documentación y Trámites LISTA DE CARGA PELIGROSA (DANGEROUS CARGO LIST) La lista es confeccionada por el embarcador y entregada a la agencia de nave y de estiba para coordinar debidamente la faena de embarque o desembarque, debido a su alto nivel de Peligrosidad. En Venezuela, este es entregado a la Autoridad Portuaria, quienes a la vez son representantes de la OMI en nuestro país, tanto durante su embarque como en su descarga.

88 3.-Problemática y Accidentes Considerando que más del 50% de las mercancías que en la actualidad se transportan por vía marítima, pueden considerarse como peligrosas, potencialmente peligrosas o perjudiciales desde el punto de vista de la seguridad, así como para el medio ambiente; es importante que el personal portuario se encuentre en condiciones de manejar y almacenar mercancías peligrosas de manera suficientemente segura.

89 3.-Problemática y Accidentes La Manipulación y almacenamiento de explosivos, líquidos muy inflamables y otras substancias peligrosas, debería efectuarse de acuerdo con las prescripciones apropiadas de la reglamentación nacional o local; deberían tenerse en cuenta las normas nacionales e internacionales aplicables en la materia, tales como las de la Organización Consultiva Marítima Intergubernamental (OCMI)

90 3.-Problemática y Accidentes Las sustancias peligrosas deberían ser cargadas, descargadas, manipuladas y almacenadas únicamente bajo la vigilancia de una persona competente y familiarizada, con los riesgos y las precauciones que deben tomarse. En Caso de duda en cuanto a la naturaleza del riesgo o las precauciones que deban tomarse, se deberían solicitar de la autoridad competente, las instrucciones necesarias...

91 4.-Recomendaciones para el manejo de la carga peligrosa Las cargas peligrosas requieren de una señalización apropiada para identificar, mediante símbolos de carácter internacional, el peligro latente del producto. Esta información permite adaptar las medidas de precaución necesarias para evitar graves accidentes.

92 4.-Recomendaciones para el manejo de la carga peligrosa A tal fin que en la actualidad se dispone de un reglamento general de seguridad industrial que recoge las principales recomendaciones internacionales para el manejo, transporte y almacenamiento de carga peligrosa en las áreas portuarias.

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94 Pasos para Almacenar los Productos Químicos 1. Identifique los problemas: Evalúe si el espacio donde está almacenando sus productos químicos cumple con normas básicas tales como ventilación e iluminación, salidas de emergencia, duchas y lavaojos, paredes incombustibles, confinamientos, piso no absorbente, ausencia de sifones o desagües, lugar apropiado para el descarte, pesajes, etc. Verifique si el personal está debidamente capacitado y conoce los peligros que ofrecen estos productos. Examine el manejo de inventarios, evite generar residuos peligrosos sin necesidad. 2. Recopile todas las Hojas de Seguridad (MSDS’s) y Liste los productos: Registre la presentación de cada envase o empaque, liste todos los productos y enfatice en atender las secciones más importantes para el almacenamiento: Regulaciones de transporte (sección 14) y estabilidad-reactividad (sección 10).

95 Pasos para Almacenar los Productos Químicos 3. Separe los sólidos de los líquidos: De esta manera facilitará cualquier proceso incluyendo la asignación de espacios y la construcción de confinamientos o medidas de seguridad específicas. 4. Busque la clasificación de peligro de Naciones Unidas: Que le corresponde a cada uno de los productos químicos que desea ubicar en el almacén (consulte la sección 14 de la MSDS). 5. Identifique los separadores: Éstos son productos de bajo riesgo que pueden ser utilizados como barreras para separar dos clases de productos incompatibles entre sí. Ejemplo de separadores: cloruro de sodio, sílice, dióxido de titanio, entre otros. Éstos no están regulados para el transporte por Naciones Unidas y se pronuncian como material no peligroso en la sección 3 (identificación de peligros).

96 Pasos para Almacenar los Productos Químicos 6. Agrupe los productos: Que tengan la misma clase de riesgo. 7. Aplique la matriz para almacenar sustancias químicas: Cruzando las diferentes clases de riesgo identificadas. 8. Identifique condiciones especiales: Dentro de las diferentes clases, como: gases comprimidos, sustancias radioactivas, materiales inflamables; explosivos o extremadamente reactivos. Evalúe si debe sacarlos del almacén a un lugar más seguro de acuerdo con las cantidades y las condiciones locativas actuales 9. Separe las clases incompatibles: Utilizando los separadores.

97 Pasos para Almacenar los Productos Químicos 10. Identifique incompatibilidades individuales: Aquellos productos que dentro de su misma clase de riesgo, son incompatibles. Para ello utilice la información de las MSDS, sección 10 (estabilidad-reactividad), donde se indiquen materiales a evitar o incompatibilidades. 11. Ubique en el plano de su almacén la posición: Aproximada que ocuparán los productos considerando áreas de desplazamiento de personal, movimiento de estibadores, montacargas, áreas de dispensación, salidas de emergencia, extintores, duchas, zona de despachos, etc. 12. Realice los movimientos físicos y señalice: Los productos químicos y las áreas de acuerdo con el plano obtenido, haga los ajustes que considere necesarios

98 5.-Embalajes para manejo de la carga peligrosa

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100 6.-Manejo de Explosivos Durante las operaciones de carga y descarga de explosivos, los vehículos cargados que estén en espera, permanecerán a una distancia prudencial del buque en el que se realiza estas operaciones, no inferior a cien (100) metros…

101 6.-Manejo de Explosivos La zona de operaciones estará en todo momento acotada por un sistema de vallas con indicación de su peligrosidad, con un radio mínimo de 500 metros a contar desde cualquier punto, incluido el interior del buque, en que pueda encontrarse mercancías explosivas reglamentadas. Asimismo se aportarán los medios contra incendios necesarios, que permanecerán en la zona mientras duren las operaciones

102 7.-Manejo de Aditivos Inflamables y Pinturas Los riesgos derivados del almacenamiento y manejo de pinturas dependen en gran medida del tipo de solvente que sirve como vehículo o soporte a los pigmentos, resinas y demás aditivos. Si una pintura viene en solvente orgánico, hay que tener en cuenta los riesgos de incendio, toxicidad del solvente (generalmente depresores del sistema nervioso central y tóxicos para hígado y riñones), toxicidad de los pigmentos y aditivos (por ejemplo, aplicar pinturas que contienen pigmentos de sales de cromo o con secantes de sales de plomo, es muy peligroso para la salud a largo plazo).

103 7.-Manejo de Aditivos Inflamables y Pinturas Por su parte, las pinturas con solvente de agua prácticamente tienen como único peligro la toxicidad de los pigmentos y aditivos. A continuación se amplía la información sobre riesgos y se hacen las recomendaciones para el manejo seguro en cada caso, y en el capítulo final se considera el tema de la disposición final de residuos de pinturas

104 7.-Manejo de Aditivos Inflamables y Pinturas INCENDIO: El solvente orgánico es un thinner (mezcla de varios solventes orgánicos como hidrocarburos alifáticos, aromáticos, cetonas, etc). Su composición y propiedades son variables, según las propiedades deseadas para cada pintura. Estos solventes orgánicos son líquidos inflamables. Sus vapores generalmente son más pesados que el aire y forman mezclas explosivas que pueden explotar o incendiarse fácilmente por la acción de cualquier fuente de ignición (calor, chispas, llamas, descargas estáticas, etc.)

105 7.-Manejo de Aditivos Inflamables y Pinturas Los recipientes desocupados contienen residuos de vapores inflamables que pueden explotar por choque, descarga estática, operaciones de soldadura, etc.

106 7.-Manejo de Aditivos Inflamables y Pinturas TOXICIDAD: Los solventes orgánicos son depresores del sistema nervioso central. Cuando se manejan pinturas de aceite, se evapora el solvente con la consecuente acumulación de vapores tóxicos e inflamables en el ambiente. La mayoría de ingredientes de estas pinturas, son muy irritantes para los ojos.

107 Consideraciones Normativas Marco Legal o Normativo Articulo Relevante Definición Constitución de la República Bolivariana de Venezuela 127 y 129De los Derechos Ambientales. Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT) 39Servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo. 53Derechos de los Trabajadores y Trabajadoras. 56Deberes de los Empleadores y Empleadoras. 57 Condiciones de Seguridad e Higiene de los trabajadores temporales, intermediarias y contratistas. 58Capacitación de los Trabajadores (as). 59Condiciones y Ambiente en que debe desarrollarse el trabajo. 65Registro y Manejo de sustancias peligrosas. 236, 237 y 246De la Higiene y Seguridad en el Trabajo. 28De los delitos contra el ambiente (Vertido ilícito) 42 De la degradación, alteración, deterioro, contaminación y demás acciones capaces de causar daños a los suelos, la topografía y el paisaje (Actividades y objetos degradantes) 44 Del envenenamiento, contaminación y demás acciones capaces de alterar la atmósfera o el aire (Emisión de gases) 62Gestión de desechos tóxicos 63Introducir desechos tóxicos 80Política y Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo

108 Consideraciones Normativas Marco Legal o Normativo Articulo Relevante Definición Reglamento de las Condiciones de Higiene y Seguridad en el Trabajo (RCHST) y su Reforma 2Notificación de Riesgos 494 al 496De los riesgos químicos y biológicos 109Trabajos insalubres o peligrosos

109 Consideraciones Normativas Marco Legal o Normativo Articulo RelevanteDefinición Decreto 2635 Normas para el control de la recuperación de Materiales Peligrosos y el manejo de los Desechos Peligrosos 3, Pág. (2-4)Definiciones Básicas: Análisis de Riesgos y los aspectos que debe incluir 4 Actividades susceptibles de degradar el ambiente, generadoras potenciales de materiales peligrosos recuperables y desechos peligrosos (Anexo A,B y C) 5Materiales considerados como peligrosos 6Características peligrosas de materiales recuperables y desechos 8 Niveles de riesgos de materiales peligrosos recuperables y los desechos peligrosos - Accidentes o incidentes con materiales y desechos que presentan niveles de riesgos (3, 4 o 5) "COVENIN 2270" 30Operaciones para el manejo de desechos peligrosos 34Prohibiciones 35 Permanencia máxima permisible de desechos peligrosos en almacenes o sitios de carácter temporal 36 y 37Tratamiento de los desechos peligrosos 38 y 39Disposición de desechos peligrosos según el nivel de riesgo 40Condiciones para almacenamiento temporal de desechos peligrosos 138 La determinación de la clase de riesgo (NORMA COVENIN 2670 Materiales Peligrosos) - Anexo A: Lista de actividades generadores potenciales de materiales peligrosos recuperables y desechos peligrosos - Anexo B: Desechos peligrosos y materiales peligrosos recuperables provenientes de actividades no especificas -Anexo C: Sustancias peligrosas 10De las descargas a cuerpos de agua 15De la descarga a redes cloacales 19Del control de otras fuentes contaminantes

110 Consideraciones Normativas Marco Legal o Normativo Articulo RelevanteDefinición NT-01-2008 (Programa de Seguridad y Salud Laboral) IIResponsabilidades del empleador VII De las condiciones para beneficiaria o beneficiario del servicio o dueña o dueño de la obra, contratistas, subcontratistas e intermediarias COVENIN 3Facultades de los delegados o delegadas de prevención 0253-1999Codificación para la identificación de tuberías 1706-1999Colores para cilindros que contienen gases 2270-2002Comité de higiene y seguridad en el trabajo 2253-2001 Concentraciones ambientales permisibles de sustancias químicas en los lugares de trabajo 2878-1992Concentración de niebla de hidróxido de sodio en los ambientes de trabajo 2252-1998Polvos. Determinación de la concentración en el ambiente de trabajo. 1566-2004Condiciones mínimas de seguridad para trabajos ejecutados por contrato 2237-1989Equipos de protección personal (E.P.P) de acuerdo al riesgo ocupacional 3661-2004Gestión de riesgos, emergencias y desastres. 2239-1-1991 Materiales inflamables y combustibles. Almacenamiento y manipulación. Parte 1. 2239-2-1985 Materiales inflamables y combustibles. Almacenamiento y manipulación. Parte 2 2239-4-1991 Materiales inflamables y combustibles. Almacenamiento y manipulación. Parte 4 2670-2001 Materiales peligrosos. Guía de respuestas ante emergencias

111 Consideraciones Normativas Marco Legal o Normativo Articulo Relevante Definición COVENIN (cont…) 3058-2002 Materiales peligrosos. Guía de respuestas ante emergencias que debe acompañar a la guía de despacho del transportista. 3059-2002Materiales peligrosos. Hojas de datos de seguridad de los materiales (MSDS) 3060-2002Materiales peligrosos. Clasificación, símbolos y dimensión de señales. 3061-2002 Materiales peligrosos. Guía de adiestramiento de personas que manejan, almacenan y transportan materiales peligrosos. 3402-1998 Materiales peligrosos. Directrices para la atención de incidentes y emergencias. 2226-1990Planes de emergencia 3615-2004Comité para la actuación ante emergencias locales 2260-1988Programa de higiene y seguridad industrial 3558-2000Riesgos Biológicos 823-5-2002Sistemas de detección, alarma y extinción de incendios. Parte 5 (Almacenes) IV (5.3)Responsabilidades y funciones comunes de los Integrantes del Comité

112 Consideraciones Normativas Marco Legal o Normativo Articulo RelevanteDefinición Anteproyecto de Norma Técnica de Declaración de Accidentes de Trabajo del INPSASEL 5Información Inmediata del Accidente al Inpsasel 27 Participación del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo en la Investigación del Accidente 28 Participación de los Delegados y Delegadas de Prevención en la Investigación del Accidente de Trabajo 29Participación del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo 34 Y 35Derechos del Trabajador y Trabajadora Accidentado 34Peso máximo de la carga en hombres 35Peso máximo de la carga en mujeres 43 al 50Medios y la organización del trabajo 28 De los Exámenes de Salud a los Trabajadores o Trabajadoras, Asociados o Asociadas (Examen médico periódicos por exposición a riesgo)

113 Consideraciones Normativas Marco Legal o Normativo Articulo RelevanteDefinición 18001: Sistemas de Gestión de Seguridad y Salud Ocupacional. Requisitos 3.1 – 3.2.3Modelo de sistema de gestión en seguridad y salud ocupacional -Requisitos del sistema de gestión de S y SO Anexo A Correspondencia entre las OHSAS 18001:2007, ISO 14001:2004 e ISO 9001:2000 4.3.1Medidas de control: procedimiento para reducir riesgos (Jerarquía) Documentos y Procedimientos de la Dirección de Sustentabilidad Ambiental y el Sistema de Gestión de la Calidad 1-GAP-008Gestión Ambiental (En revisión) 1-GAP-011Gestión Ambiental Extensión (En revisión) 1-PAP-SA002Formulación y Revisión del Programa de Gestión Ambiental 1-PAP-SA003Control de Aspectos Ambientales 1-PAP-SA004Respuesta ante accidentes y emergencias 1-PAP-SA005Cumplimiento de requisitos legales y otros aplicables 1-PAP-SA006Comunicaciones del Sistema de Gestión Ambiental 1-AAP-SA001Subprograma Gestión de Residuos Peligrosos 1-IAP-SA007Tratamiento de Sustancias y Residuos Peligrosos (versión previa)


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