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IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS (IGV)
PONENTE : C.P.C PIERO ANTONIO SÁNCHEZ SERNA ORGANIZAN: ANTONIO SÁNCHEZ ASESOR EMPRESARIAL
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OPERACIONES GRAVADAS CON IGV
Venta en el País de bienes muebles Prestación o utilización de servicios en el País Los contratos de construcción La Primera venta de inmuebles que realicen los constructores La importación de bienes ANTONIO SÁNCHEZ COLRAD JUNÍN
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OPERACIONES INAFECTAS
Inafectación Legal: La Ley establece en forma expresa los hechos que no se encuentran gravados con el impuesto ARTÍCULO 2° DE LA LEY DEL IGV Inafectación Natural o Lógica: aquella que deriva de su propia naturaleza o concepción del tributo, de modo tal que califican como tales aquellos hechos que no se subsumen en el supuesto de hecho. ANTONIO SÁNCHEZ COLRAD JUNÍN
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OPERACIONES NO GRAVADAS
(INAFECTACIÓN LEGAL) Arrendamiento de bienes muebles o inmuebles, siempre que el ingreso constituya renta de 1° Categoría La transferencia de bienes usados que efectúen las personas naturales o jurídicas que no realicen actividad empresarial Los bienes de uso personal o menaje de casa que se importe liberados de derechos aduaneros con excepción de los vehículos Los juegos de azar y apuestas, tales como loterías, bingos, rifas, máquinas tragamonedas, casinos de juego y eventos hípicos Los servicios de crédito: ingresos percibidos por las empresas bancarias por concepto de ganancias de capital, derivadas de intereses, comisiones, pagarés, etc. Las Pólizas de seguros de vida emitidas por compañías de seguros legalmente constituidas en el Perú. ANTONIO SÁNCHEZ COLRAD JUNÍN
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OPERACIONES NO GRAVADAS
La importación de bienes donados a entidades religiosas La transferencia o importación de bienes y la prestación de servicios que efectúen las Instituciones Educativas Públicas o Privadas exclusivamente para sus fines propios (Decreto Supremo) Los servicios de comisión mercantil prestados a personas no domiciliadas en relación con la venta en el país de productos provenientes del exterior, siempre que el comisionista actúe como intermediario entre un sujeto domiciliado en el país y otro no domiciliado y la comisión sea pagada en el exterior Los Servicios que presten las AFPs Los pasajes internacionales adquiridos por la Iglesia Católica para sus agentes pastorales OPERACIONES NO GRAVADAS (INAFECTACIÓN LEGAL) ANTONIO SÁNCHEZ COLRAD JUNÍN
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EXPORTACIONES DE BIENES Y SERVICIOS
La Exportación de bienes o servicios, así como los contratos de construcción ejecutados en el exterior, ¿NO ESTÁN AFECTOS AL IGV? Respecto de estas operaciones sí se ha producido el hecho imponible empero por disposición de una norma se exime del pago del tributo. Así la norma Del IGV exonera del mentado impuesto a las operaciones de venta y servicios previstos en los Apéndices I y II de la misma (Debe sujetarse a un plazo determinado) ANTONIO SÁNCHEZ COLRAD JUNÍN
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OPERACIONES CON EFECTOS ES IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS
RESUMEN DE OPERACIONES OPERACIONES CON EFECTOS ES IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS Operaciones EXONERADAS Operaciones INAFECTAS Operaciones GRAVADAS (INCLUYE RETIRO DE BIENES) Operaciones NO GRAVADAS EXPORTACIONES No afecta la prorrata del Crédito fiscal Por ejemplo operaciones NO consideradas como retiro de bienes Operaciones NO GRAVADAS SIN EFECTO EN EL RATIO ANTONIO SÁNCHEZ COLRAD JUNÍN
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IGV – VENTA DE BIENES MUEBLES
PONENTE : C.P.C PIERO ANTONIO SÁNCHEZ SERNA ORGANIZAN: ANTONIO SÁNCHEZ ASESOR EMPRESARIAL
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BIEN MUEBLE PARA EFECTOS DEL IGV
Los bienes corporales que pueden llevarse de un lugar a otro. Los derechos referentes a los mismos (Por ejemplo el usufructo sobre una cosa) Los signos distintivos (Marcas, nombre comerciales, lemas comerciales) Invenciones Derechos de autor Derechos de llave y similares Naves y aeronaves Documentos y títulos cuya transferencia implique la de cualquiera de los mencionados bienes INTANGIBLES RTF N° NO TODA TRANSFERENCIA DE BIENES INTANGIBLES SE ENCUENTRA GRAVADA CON EL IGV (…) LA CONCESIÓN MINERA NO COMPARTE NINGUNA CARACTERÍSTICA CON LOS INTANGIBLES MENCIONADOS, POR EL CONTRARIO ES CONSIDERADO POR LA LEGISLACIÓN MINERA Y CIVIL COMO BIEN INMUEBLE, POR LO QUE SU TRANSFERENCIA NO SE ENCUENTRA GRAVADA. ANTONIO SÁNCHEZ COLRAD JUNÍN
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TRANSFERENCIA A TÍTULO ONEROSO
EL CONCEPTO DE “VENTA” PARA LA LEY DEL IGV Todo acto por el que se transfiere bienes a título oneroso, independientemente de la designación que se dé a los contratos y las condiciones pactadas. Transferencia a título gratuito Autoconsumo VENTA RETIRO DE BIENES TRANSFERENCIA A TÍTULO ONEROSO ANTONIO SÁNCHEZ COLRAD JUNÍN
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OPERACIONES NO GRAVADAS SIN EFECTO EN EL RATIO
OPERACIONES NO GRAVADAS SIN EFECTO EN RATIO El retiro de insumos para fabricar bienes que produce la empresa. El retiro de bienes como consecuencia de desaparición, pérdida o destrucción de tales. El retiro de bienes entregado a los trabajadores como condición de trabajo. El retiro de bienes para ser consumidos por la propia empresa siempre que sea necesario para la realización de operaciones gravadas. Entrega de bienes en calidad de bonificación sobre ventas realizadas Entrega gratuita de bienes en calidad de promociones OPERACIONES NO GRAVADAS SIN EFECTO EN EL RATIO ANTONIO SÁNCHEZ COLRAD JUNÍN
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