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Publicada porIVAN Secce Pérez Modificado hace 5 años
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TEMA: CONSTITUCION,ORGANIZACIÓN DE ADMINISTRACION DE MICROEMPRESAS
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CONSIDERACIONES
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En la actualidad, la pequeña y microempresa ocupan un lugar preponderante en la generación de empleo en el país, ello refleja una alta proporción de las unidades productivas, así como el nivel de ocupación.
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LA EMPRESA “La empresa es una organización económica donde se combinan factores productivos para generar los bienes y servicios que una sociedad necesita para satisfacer sus necesidades, por lo que se convierte en el eje de la producción”
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CONSTITUIR UNA MYPE FORMAL ES UNA DECISIÓN RENTABLE
La población emprendedora debe percibir que es conveniente ser formal La formalidad es una decisión rentable pues permite el acceso al financiamiento El MTPE a través de la Dirección Nacional de la MYPE, promueve la difusión de los programas de apoyo para la formalización.
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CONSTITUIR UNA MYPE FORMAL ES UNA DECISIÓN RENTABLE
La población emprendedora debe percibir que es conveniente ser formal La formalidad es una decisión rentable pues permite el acceso al financiamiento El MTPE a través de la Dirección Nacional de la MYPE, promueve la difusión de los programas de apoyo para la formalización.
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COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DE LA LIBERTAD
COMITÉ DE NORMAS CONTABLES Y LABORALES Dicen que iniciar un negocio es fácil y que lo que es difícil es mantener ese negocio en el tiempo Los empresarios que tienen éxito, son aquellos que evaluaron estas situaciones y decidieron que ya era tiempo de formalizarse o constituirse legalmente. El objetivo de crecer, para actuar dentro del orden y legalidad, les permitió superar esas grandes barreras y temores iniciales que invaden a empresarios y emprendedores.
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Existen algunos beneficios:
No tener ninguna limitación para realizar negocios con otras empresas y competir en el mercado nacional e internacional. Participar en concursos públicos y adjudicaciones como proveedor de bienes y servicios. Contar con facilidades para l acceso al sistema financiero formal y de los inversionistas privados. Tener más posibilidades de obtener créditos con los proveedores. Participar en el programa de apoyo a la micro y pequeña empresa promovidos y ejecutados por el estado. En casos fortuitos (perdidas), la empresa responde a sus obligaciones frente a terceros, sólo por el valor del capital aportado y no por el patrimonio personal de los socios.
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ALGUNAS CIFRAS: 28% de las personas indican como dificultades para completar el proceso de formalización, los costos altos, la falta de capital, la demora en el proceso y problemas con la documentación. La edad de este 28% que constituye su empresa, fluctúa entre 25 y 34 años. El nivel educativo superior es predominante y posee el 72% de los emprendedores. Fuente: Dato recogido por Programa de Autoempleo y Micro Empresa (PRODAME) durante la atención a los usuarios que buscan formalizarse.
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PASOS PARA FORMAR UNA EMPRESA
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Antes de Constituirme:
Desarrollo mi idea y hago el proyecto de empresa “¿COMO DESARROLLO MI IDEA Y PROYECTO DE EMPRESA?”
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Primera Decisión: Qué tipo de personería me conviene para iniciar mi negocio: PERSONA NATURAL PERSONA JURÍDICA
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PERSONA NATURAL Es la denominación legal que el código civil nos otorga como individuos capaces de adquirir derechos y obligaciones. Como persona natural, puedo crear una empresa unipersonal (dueño y responsable de su manejo). Como persona natural al comenzar mis operaciones, y realizar actividades económicas (de acuerdo a ley) se consideran rentas de tercera categoría.
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Ventajas: Desde el punto de vista legal, este tipo de negocio puedo crearlo y liquidarlo fácilmente Tengo unidad de mando y acción, porque la propiedad, el control y la administración de la empresa esta sólo en mi persona. Tengo flexibilidad para reaccionar rápidamente en caso de que cambios bruscos en el mercado puedan afectar a la empresa. Hay un mínimo de regulaciones a las que debo hacerles frente.
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Limitaciones: Responsabilidad ilimitada: estar preparado para asumir las deudas de la empresa con todo mi patrimonio personal. Dispongo de un capital limitado: el capital generalmente esta a lo que yo pueda invertir. Una enfermedad o accidente que me impidiera participar activamente en el manejo del negocio puede significar una interrupción en las operaciones.
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PERSONA JURÍDICA Persona jurídica es una organización que puede fundar una persona natural; varias personas naturales o varias personas jurídicas. Tiene existencia legal pero no existencia física y debe ser representada por una o más personas naturales. Se constituye como un centro unitario autónomo. La empresa es la que responde por las deudas y no los socios.
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Elaboro la Minuta de Contenido
Es el documento privado elaborado y firmado por un abogado Contiene el acto o contrato (constitución de la empresa) que debo presentar ante un notario para su elevación a escritura pública.
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REQUISITOS: 1º Requisito: Reservar el nombre en Registros Públicos
Buscar en los índices Solicitar la inscripción del nombre o título Obtener la reserva de preferencia registral 2º Requisito: Presentación de los documentos personales 3º Requisito: Descripción de la actividad económica 4º Requisito: Capital de la Empresa
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Elaboración de la Escritura Pública
Es el documento legal que elabora el notario para inscribir a la empresa en Registros Públicos. Para su elaboración el notario requiere de los siguientes documentos: Minuta de constitución de la empresa (incluyendo 8una copia simple) Pago de los derechos notariales
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Si el trámite se realiza de manera particular, el monto a pagar será la tarifa establecida por el notario. Si este trámite se realiza a través del PRODAME-MT-PE, podrá acceder a una tarifa social reducida debido al convenio con el Colegio de Notarios. Una vez otorgada la escritura pública de constitución el notario, o el titular de la empresa, tiene que realizar la inscripción de la empresa en Registros Públicos.
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Inscripción de la Empresa en la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE REGISTROS PÚBLICOS
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Escritura Pública SUNARP
Registro de Sociedades S.R.L S.A. S.A.C. Inscripción de la Empresa en SUNARP Registro de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada Av Larco Nº 1212 Urb. Los Pinos
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Cuatro formas de organización empresarial para organizar mi empresa:
De manera individual: Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.) De forma colectiva o social: Sociedad comercial de Responsabilidad Limitada (S.R.L.) Sociedad Anónima Cerrada (S.A.C.) Sociedad Anónima (S.A.)
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Requisitos si deseo inscribirla en Registros Públicos:
Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito. Copia de documento de identidad con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. Documento privado con la firma legalizada, de conformidad con el artículo 5º del Reglamento del Registro Mercantil. Comprobante de pago de arbitrio municipal de apertura de establecimiento. Declaración de no estar comprendido en las incompatibilidades d los artículos 13º y 14º del Código de Comercio. Pago de tasa de derechos registrales. Otros según clasificación registral y disposiciones vigentes.
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Inscripción de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada.
Se debe contar con los siguientes documentos: Formato de Solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito. Copia del documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. Escritura Pública otorgado personalmente por el Titula. Comprobante de depósito por el pago de Derechos Registrales.
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TASAS Constancias 1.08% UIT por derechos de calificación
3/1000 del valor del capital por derechos de inscripción: 3 soles por cada soles Luego de calificar el titulo la Oficina Registral me entrega: - Una constancia de inscripción. - Copia simple del asiento registral Constancias
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EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA E.I.R.L
- Es una empresa jurídica de derecho privado. - Unipersonal. - La empresa tiene patrimonio propio. - La responsabilidad de la empresa esta limitada a su patrimonio. - El titular será solidariamente responsable con el gerente de los actos infractorios de la ley practicados por su gerente. - Se constituye para el desarrollo exclusivo de actividades económicas de pequeña empresa. El titular, es el órgano máximo de la empresa que tiene a su cargo la decisión de los bienes y actividades. La Gerencia, es designada por el titular, tiene a su cargo la administración y representación de la empresa. Ejm. Pedro Gamarra Pisco Perú EIRL
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SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA S.R.L.
- Mínimo de 2 socios y no mas de 20 socios. - Los socios tienen preferencia para la adquisición de las aportaciones. - La responsabilidad de los socios, se encuentra limitada por el aporte efectuado, es decir no responden personalmente o con su patrimonio por las deudas u obligaciones de la empresa. - Es una alternativa típica para empresas familiares Junta General de Socios, representa a todos los socios de la empresa. (es el órgano máximo de la empresa) Gerente, es el encargado de la administración y representación de la sociedad. Sub Gerente, remplaza al gerente en caso de ausencia Ejm. Pedro Gamarra Pisco Perú S.R.L.
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SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA S.A.C.
- No menor de dos y como máximo tendrá 20 accionistas -Se constituye por los fundadores -Es una persona jurídica de responsabilidad limitada. -No puede inscribir sus acciones en el Registro Público del Mercado de Valores. -Surge como reemplazo de la Sociedad de Comercial de Responsabilidad Limitada – S.R.L. -Es la alternativa ideal para empresas familiares. Junta General de Socios, es el órgano supremo de la sociedad esta integrada por el total de socios que conforman la empresa. Gerente, es la persona en quien recae la representación legal y de gestión de la sociedad. El Gerente convoca a la junta de accionistas. Sub Gerente, remplaza al gerente en caso de ausencia. Directorio, el nombramiento de un directorio por la junta (ver S.A.C.) es facultativo (no obligatorio). Ejm. Pedro Gamarra Pisco Perú S.A.C.
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SOCIEDAD ANÓNIMA S.A. - Mínimo de 2 accionistas. Es la modalidad ordinaria y la más tradicional. - Como excepción su nacimiento puede ser legal, puesto que hay casos que la ley impone el modelo de la sociedad Anónima, no pudiendo optar por otra, por ejemplo para constitución de bancos y sociedades agentes de bolsa. - Es una sociedad de capitales, con responsabilidad limitada, de capital social representada por títulos valores negociables. - Puede inscribir sus acciones en el registro público de mercado de valores Junta General de Socios, es el órgano supremo de la sociedad esta integrado por el total de accionistas. Su actividad se encuentra limitada por el estatuto. Cada acción da derecho a un voto. Directorio, órgano colegiado de existencia necesaria y obligatoria, es elegido por la junta general de accionistas, conformada por un mínimo de 3 personas. Los miembros del directorio pueden ser socios. Gerente, es nombrado por el directorio es el representación legal y administrativo de la empresa. Sub Gerente, remplaza al gerente en caso de ausencia. Ejm. Pedro Gamarra Pisco Perú S.A.
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LA FORMALIZACION TRIBUTARIA
El RUC es el número que identifica al contribuyente. Para obtenerlo tiene que acercarse a las oficinas de SUNAT.
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Que documentos presentar para la obtención de RUC
PERSONA NATURAL Exhibir el original del DNI. Carnet de extranjería. Exhibir original y fotocopia simple del último recibo de luz, agua, teléfono o contrato de alquiler. PERSONA JURIDICA Exhibir original y fotocopia simple de Escritura Pública de Constitución. Exhibir original y presentar fotocopia simple del último recibo de luz, agua, teléfono o contrato de alquiler.
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NUEVO REGIMEN UNICO SIMPLIFICADO (NUEVO RUS)
Si te has constituido como persona natural y vas a poner en marcha algún negocio o a realizar algún oficio en el que vas a desarrollar actividades empresariales y no necesitas emitir facturas, te puedes acoger a este régimen si cumples con los siguientes requisitos: • Tu ingreso bruto anual y el monto anual de tus compras no será mayor a S/.360,000, en cada caso. • Tu negocio lo realizarás en no más de un establecimiento o sede productiva, y si es un oficio lo vas a brindar en forma personal. • El valor de tus activos, con excepción de predios y vehículos, no será mayor a S/.70,000.
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¿Quienes pueden acogerse?
A.- Las personas naturales y sucesiones indivisas domiciliadas que, exclusivamente obtengan rentas por realizar actividades empresariales. Ejemplo: Un comerciante que abre una bodega o aquel que inaugura una panadería con venta directa al público. Se define como actividad empresarial, a la que genera rentas de Tercera Categoría de acuerdo con la Ley del Impuesto a la Renta. B.- Las personas naturales no profesionales, domiciliadas en el país, que perciban rentas de Cuarta Categoría únicamente por actividades de oficios. Por ejemplo los ingresos de un pintor, jardinero, gasfitero o electricista.
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REQUISITOS PARA ACOGERSE AL NUEVO RUS:
El monto de tus ingresos brutos no debe superar S/. 360,000 en el transcurso de cada año, o en algún mes tales ingresos no deben ser superiores a treinta mil Nuevos Soles (S/ 30,000). Realizar tus actividades en un sólo establecimiento o una sede productiva. El valor de los activos fijos afectados a tu actividad no debe superar los setenta mil Nuevos Soles (S/. 70,000). Los activos fijos incluyen instalaciones, maquinarias, equipos de cualquier índole etc. No se considera el valor de los predios ni de los vehículos que se requieren para el desarrollo del negocio. Las adquisiciones y compras afectadas a la actividad no deben superar los S/. 360,000 en el transcurso de cada año o cuando en algún mes dichas adquisiciones no superen los S/ 30,000. Para quienes van a iniciar sus actividades sólo efectúe la declaración y el pago correspondiente al período de inicio de sus operaciones (según su último dígito de número de RUC).
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TABLA DE CATEGORIAS DEL NUEVO RUS
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TABLA DE CATEGORIAS DEL NUEVO RUS
Con estos pagos cumples con tus obligaciones referidas al Impuesto a la Renta, al Impuesto General a las Ventas (IGV) y al Impuesto de Promoción Municipal (IPM). Existe una lista detallada de los tipos de negocio que no pueden acogerse al Nuevo RUS. También existe una categoría especial para aquellos que se dediquen a la producción y a la comercialización de productos agrícolas en mercados de abastos, según el listado del Apéndice I de la Ley del IGV e ISC. Todo esto lo puedes verificar en la página web de la SUNAT( Para quienes van a iniciar sus actividades sólo efectúe la declaración y el pago correspondiente al período de inicio de sus operaciones (según su último dígito de número de RUC).
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REGIMEN ESPECIAL DEL IMPUESTO A LA RENTA (RER)
Si te has constituido como persona natural o persona jurídica y vas a realizar actividades de comercio y/o industria, es decir, si vas a dedicarte a la venta de los bienes que adquieras, produzcas o manufactures, o de recursos naturales que se extraigan (incluidos la cría y el cultivo), y necesitas emitir factura, entonces puedes acogerte a este régimen tributario. También, pueden acogerse las personas o empresas que se vayan a dedicar a actividades de servicio. En cualquiera de los casos, podrás acogerte al RER si estás seguro que cumplirás con los siguientes requisitos: • Si tus ingresos netos anuales o de adquisiciones no serán mayores a S/.525,000. • Si tus activos, con excepción de predios y vehículos, no superarán los S/.126,000. • Y si tendrás no más de 10 trabajadores (en forma directa o indirecta) por turno de trabajo. Para quienes van a iniciar sus actividades sólo efectúe la declaración y el pago correspondiente al período de inicio de sus operaciones (según su último dígito de número de RUC).
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BAJO ESTE RÉGIMEN, TENDRÁS LAS SIGUIENTES OBLIGACIONES TRIBUTARIAS:
TIPO DE COMPROBANTE DE PAGO QUE PUEDES EMITIR • Factura o boleta de venta. • Ticket o cinta emitidos por máquinas registradoras que no dan derecho al crédito fiscal ni pueden utilizarse para sustentar gasto o costo con efectos tributarios. • Guía de remisión – remitente y transportista. • Ticket o cinta emitidos por máquinas registradoras que sustentan gasto o costo y dan derecho a crédito fiscal. •Otros comprobantes autorizados por el Reglamento de comprobante de pago.
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REGIMEN ESPECIAL DEL IMPUESTO A LA RENTA (RER)
LIBROS DE CONTABILIDAD LEGALIZADOS • Registro de ventas. • Registro de compras. TRIBUTOS A LOS QUE ESTÁS AFECTO • Impuesto a la Renta: Pago de cuota mensual equivalente al 1.5% de tus ingresos netos mensuales. • Impuesto General a las Ventas (IGV): Tasa del 18% (incluye el IPM). • Retenciones del IGV y Renta (contribuyentes no domiciliados, rentas de 2da. y 5ta. categoría). • Essalud (9%) y ONP (13%).
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REGIMEN ESPECIAL DEL IMPUESTO A LA RENTA (RER)
MEDIOS PARA LA DECLARACIÓN Y PAGO • A través de los Programas de Declaración Telemática (PDT): PDT IGV – Renta PDT Otras retenciones PDT Planilla Electrónica • Excepcionalmente, las personas naturales pueden presentar sus declaraciones en formularios impresos, siempre que no se encuentren obligados a usar el PDT
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REGIMEN GENERAL DEL IMPUESTO A LA RENTA (RGR
Si eres una persona natural o jurídica también puedes acogerte al Régimen General del Impuesto a la Renta. Debes tener en cuenta que este régimen te beneficia con la depreciación acelerada (3 años) y con la posibilidad de arrastrar pérdidas de años anteriores, lo cual te permite reducir el monto a pagar por impuestos. Por otro lado, si te encuentras en el RER y la utilidad que obtienes por tus ventas es menor al impuesto que debes pagar, te convendrá acogerte a este Régimen General, a fin de darle continuidad al negocio, y no trabajar a pérdida Para quienes van a iniciar sus actividades sólo efectúe la declaración y el pago correspondiente al período de inicio de sus operaciones (según su último dígito de número de RUC).
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BAJO ESTE RÉGIMEN, TENDRÁS LAS SIGUIENTES OBLIGACIONES TRIBUTARIAS:
TIPO DE COMPROBANTE DE PAGO QUE PUEDES EMITIR • Lo mismo que en el RER
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REGIMEN GENERAL DEL IMPUESTO A LA RENTA (RGR
LIBROS DE CONTABILIDAD LEGALIZADOS • Si tu ingreso bruto anual no supera las 150 UIT (S/.540,000 según el valor de la UIT para el año 2010), deberás llevar: Registro de ventas Registro de compras Libro de diario de formato simplificado • En caso que tu ingreso bruto anual fuera mayor a 150 UIT, deberás llevar contabilidad completa. TRIBUTOS A LOS QUE ESTÁS AFECTO • Impuesto a la Renta: Pagos a cuenta mensuales: • Sistema A: Coeficientes, para aquellos contribuyentes que tuvieron renta neta imponible en el ejercicio anterior. • Sistema B: 2% de los ingresos netos, para los contribuyentes que no tuvieron renta neta imponible o los que inicien actividades en el ejercicio. Declaración anual y pago de regularización: 30% de la renta neta imponible • Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN): Tasa: 0.4% por exceso de S/.1 millón del activo neto. • Impuesto General a las Ventas (IGV): Tasa del 18 % (incluye el Impuesto de Promoción Municipal). • Otros tributos. • Retenciones del IGV y Renta (contribuyentes no domiciliados, rentas de 2da., 4ta. y 5ta. categoría). • Essalud (9%) y ONP (13%).
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REGIMEN GENERAL DEL IMPUESTO A LA RENTA (RGR
MEDIOS PARA LA DECLARACIÓN Y PAGO Lo mismo que en el RER EL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS (IGV) Se aplica sobre las transacciones de bienes y servicios. Cada vez que compras o vendes algo, tu operación queda gravada con un impuesto equivalente al 19% (incluye el IPM) del valor de la transacción. Solo si eres una persona jurídica debes declarar las operaciones de este impuesto. EL IMPUESTO A LA RENTA Se aplica sobre las utilidades que genera tu negocio. Todos están afectos a este impuesto, pero el manejo del mismo y las tasas que se aplican varían según el régimen al que te hayas acogido.
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TENERLOS EN PLANILLA ES FAVORABLE PARA TU NEGOCIO
TENERLOS EN PLANILLA ES FAVORABLE PARA TU NEGOCIO. REGISTRA A TUS TRABAJADORES La relación con tus trabajadores es un tema vital para el crecimiento de tu negocio. Sin trabajadores leales y contentos, tu empresa no llegará muy lejos. Por eso, también debes preocuparte por formalizar la relación laboral de tu gente. Si eres una persona natural y cuentas con no más de tres trabajadores dependientes, puedes usar el sistema físico de planilla de pago, a través de un libro u hojas sueltas debidamente validados por el Ministerio de Trabajo. En cualquier otro caso, debes usar el sistema de planilla electrónica que forma parte del Programa de Declaración empieza por registrar a trabajadores. Para hacerlo, sin importar el tipo de personería o el régimen tributario que hayas elegido, debes llevar un sistema de planilla de pago. ¿Sabes cómo llevar tu planilla? Telemática (PDT). Para el pago de impuestos, la Sunat te pedirá tu planilla (física o electrónica). Deberás conservarla, junto con la copia de las boletas de pago, por cinco años. Luego de ese tiempo, debes enviar estos documentos a la Oficina de Normalización Previsional (ONP).
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TENERLOS EN PLANILLA ES FAVORABLE PARA TU NEGOCIO
TENERLOS EN PLANILLA ES FAVORABLE PARA TU NEGOCIO. REGISTRA A TUS TRABAJADORES Existen cinco categorías para las personas que tienen algún tipo de relación laboral con tu empresa: 1. Trabajador Toda aquella persona natural que te presta servicios de manera personal bajo relación de subordinación, sujeto a cualquier régimen laboral y cualquiera sea la modalidad de contrato de trabajo, y que por ello recibe una remuneración. 2. Prestador de servicios 4ta categoría Toda persona natural que obtiene ingresos por el ejercicio individual de cualquier profesión, arte, ciencia u oficio, o actividades no incluidas expresamente en la 3era categoría. 3. Prestador de servicios modalidad formativa Toda persona natural que tengas en etapa formativa a través de alguna de las siguientes modalidades: Aprendizaje Práctica profesional Capacitación laboral juvenil Pasantía o actualización para la reinserción laboral. 4. Personal de terceros Todo trabajador o prestador de servicios destacado o desplazado para laborar en tu centro de trabajo, siempre que desarrollen actividades de riesgo para efectos del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) y tú seas quien esté pagando este seguro. 5. Beneficiarios de trabajadores En este padrón debes considerar a los familiares de los trabajadores que tengan derecho a recibir prestaciones de salud por parte de Essalud.
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TENERLOS EN PLANILLA ES FAVORABLE PARA TU NEGOCIO
TENERLOS EN PLANILLA ES FAVORABLE PARA TU NEGOCIO. REGISTRA A TUS TRABAJADORES EL CONTRATO El contrato es un acuerdo con tu trabajador en el cual detallas las condiciones bajo las cuales se compromete a laborar para ti, y la retribución que le darás cambio. Tipos de contratos: contrato a plazo indeterminado Pueden ser escritos o verbales y lo firmas con aquellos trabajadores que realizan actividades permanentes en tu empresa. No será obligatorio presentarlos al Ministerio de Trabajo. contrato sujetos a modalidad Dado que tienen un plazo determinado (deben especificar la fecha de inicio y de fin de la relación contractual) debes hacerlos por escrito y presentarlos al Ministerio de Trabajo. Pueden ser de tres tipos: • Contratos de naturaleza temporal: aquellos que realizas por el inicio o lanzamiento de una actividad (puede tener una duración de hasta tres años), por necesidades de mercado (hasta 5 años) o por reconversión empresarial (hasta dos años). • Contratos de naturaleza accidental: aquellos que responden a una necesidad ocasional (hasta por 6 meses), a una emergencia (mientras esta dure) o por suplencia (mientras esta dure). • Contratos de obra o servicios: aquellos que requieras para realizar una actividad específica, intermitente o de temporada. El plazo es por la duración de dicha actividad.
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TENERLOS EN PLANILLA ES FAVORABLE PARA TU NEGOCIO
TENERLOS EN PLANILLA ES FAVORABLE PARA TU NEGOCIO. REGISTRA A TUS TRABAJADORES EL CONTRATO contratos con jornada a tiempo parcial Solo los puedes realizar por escrito y con aquellos que laboren menos de cuatro horas en tu empresa y que no realicen horas extras. A quienes tengas bajo esta modalidad no les pagarás CTS, vacaciones ni indemnización por despido. contratos de personal extranjero El contrato debe ser aprobado por el Ministerio de Trabajo y está regulado por el Decreto Legislativo 689. inscribe tus contratos: • Ingresa a la página web del Ministerio de Trabajo y allí elige “sistema de contratos y convenios”. • Digita tu Clave SOL e ingresa al link “gestionar contrato”, elige “nuevo” y luego ingreso los datos del contrato. • Ingresa al menú “cálculo del pago” y realiza el pago de la tasa en el Banco de la Nación. • Regresa al sistema, registra tu número de tu comprobante de pago en la opción correspondiente y selecciona los contratos de trabajo que deseas presentar. Los contratos a tiempo parcial y los de personal extranjero también se deben presentar al Ministerio de Trabajo.
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ELIGE TU REGIMEN LABORAL
Como dueño de una Mype, tú podrás optar por el régimen laboral especial que la Ley Mype ha creado con el fin de adecuar tus obligaciones laborales a las características propias de tu negocio. Régimen laboral de la Mype A diferencia del régimen laboral general, con este régimen tu empresa tendrá algunos beneficios. Para tener ese tratamiento especial, tu empresa deberá estar debidamente registrada en el Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (REMYPE). Luego de hacerlo, tu empresa podrá: • Otorgarle 15 días de vacaciones a tus trabajadores por cada año laborado. • Inscribir a tus trabajadores en Essalud, si es una pequeña empresa, o, si es micro empresa, puedes optar por Essalud o por el Seguro Integral de Salud (SIS). • Si es una pequeña empresa podrá otorgarle una gratificación en julio y diciembre equivalente a la mitad de su remuneración mensual, así como su Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) equivalente al 50% de lo que corresponde en el régimen general.
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TENERLOS EN PLANILLA ES FAVORABLE PARA TU NEGOCIO
TENERLOS EN PLANILLA ES FAVORABLE PARA TU NEGOCIO. REGISTRA A TUS TRABAJADORES Si no te inscribes en el REMYPE o no cumples con las condiciones para acogerte, quedarás sujeto al régimen general. Aquí te mostramos algunas diferencias con el régimen laboral especial de las Mype:
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REGISTRA A TUS TRABAJADORES EN ESSALUD
Como parte de sus beneficios sociales, tus trabajadores tienen derecho a acceder a prestaciones de salud por parte del Seguro Social de Salud (Essalud). Para ello, es necesario que los registres junto con sus familiares beneficiarios TIPOS DE ASEGURAMIENTO Essalud dispone de tres productos para dar cobertura a tus trabajadores, según el tipo de relación laboral que tengan contigo y la actividad que realicen. El pago del seguro lo realizas tú de manera mensual y se fija como un porcentaje del salario de tu trabajador. +SEGURO Se orienta a la cobertura integral de tus trabajadores dependientes en actividad y atiende a quienes están sujetos a la modalidad de Seguro Regular y a los del Seguro Agrario Dependiente. Se considera beneficiarios al cónyuge del asegurado, a sus hijos menores de edad, a los hijos mayores que estén incapacitados para trabajar y a la madre que esta esperando un hijo por una relación extramatrimonial.
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REGISTRA A TUS TRABAJADORES EN ESSALUD
Debes pagar 9% del salario del trabajador si está afiliado al seguro regular. Debes pagar 4% del salario del trabajador si está afiliado alSeguro Agrario Dependiente. Si incumples con el pago de un aporte y tu trabajador hace uso del seguro, además del aporte pendiente Essalud te cobrará por el servicio prestado. +PROTECCIÓN Se orienta a la cobertura del Seguro Complementario por Trabajo de Riesgo, el cual es obligatorio para una serie de actividades que exponen a los trabajadores a enfermedades o accidentes.
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REGISTRA A TUS TRABAJADORES EN ESSALUD
Essalud puede reducirte la tasa de aportación final hasta 0,59% por la cantidad de trabajadores que tengas (puedes incorporar a trabajadores independientes), las medidas de prevención que adoptes en tu empresa y la tasa de siniestralidad que tengas. +Vida Es un seguro de accidentes que cubre al titular y a su cónyuge por muerte o invalidez permanente derivada de un accidente. Pueden asegurarse todas las personas titulares, afiliadas al Seguro Regular o al Seguro Potestativo de Essalud. S/.5 es el costo mensual del seguro S/.60 mil es la cobertura máxima que ofrece el seguro por muerte o invalidez permanente del titular. Se reduce a la mitad si el afectado es el cónyuge.
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VIGENCIA DE ACREDITACION
En caso el asegurado no tenga vigente su acreditación de derecho en el sistema procederá como sigue: Para los servicios de consulta externa y hospitalización deberá acercarse al representante de seguros en los centros asistenciales de la provincia donde se encuentre, con los documentos que demuestren su derecho .En esos casos el asegurado podrá atenderse con la condición de que corrija el error que ocasiona el problema de acreditación. Para el servicio de emergencia, deberán firmar un pagare. Este titulo valor se levanta con una constancia de acreditación o se paga el costo de la atención (ninguna persona en situación de emergencia, por carencia de documentos, quedara sin recibir servicios médicos para estabilizar su salud según la ley general des alud).
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LICENCIA MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO
¿Porqué es importante? Cuida la legalidad de los establecimientos y la seguridad comunitaria. Vela porque se cumpla con las reglas de zonificación. Permite, exigir el cumplimiento de las normas para el cuidado de la seguridad ambiental. ¿Quién OTORGA la licencia?
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Tipos de Licencias y Requisitos
Solicitud de Licencia de Funcionamiento Provisional Fotocopia Simple de la Ficha RUC Documentos Funcionamiento Licencia PROVISIONAL Declaración Jurada del Tipo de Empresa Recibo de Pago por Derecho de Trámite
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Licencia Funcionamiento DEFINITIVA
Solicitud de Licencia de Funcionamiento Definitiva Certificado de Zonificación Copia de RUC Licencia Funcionamiento DEFINITIVA Copia del Título de Propiedad / Contrato de Alquiler Documentos Copia de Escritura Pública de Constitución Pago por derecho de trámite Copia de la Autorización sectorial del sector según actividad Algún otro documento requerido por la Municipalidad
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Es permanente o tiene vigencia indeterminada.
Licencia Funcionamiento DEFINITIVA DURACION Es permanente o tiene vigencia indeterminada. Los contribuyentes presenten ante la Municipalidad de su jurisdicción una declaración jurada anual, simple y sin costo alguno.
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Cobros que pueden realizar los municipios en determinadas actividades económicas cuando el municipio realiza labores que requieren una fiscalización o control extraordinario. Licencia ESPECIAL IMPLICAN
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Cambio de Giro o cambia la Zonificación
Proceder a la renovación de la licencia. El Municipio exigirá que acredite haber cumplido con la presentación de las declaraciones de pago a cuenta de los impuestos a SUNAT.
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CUENTA CORRIENTE
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LEGALIZAR LOS LIBROS CONTABLES
Qué es la Legalización de los libros contables? Constancia, puesta por un notario, en la primera hoja útil del libro contable. Cada hoja foliada debe contar con el sello del notario. En qué momento se debe aperturar los libros? En el momento de entrar en funcionamiento para suministrar información sobre la marcha del negocio.
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PATENTE TIPOS REQUISITOS Patente de invención
2. Patente de modelo de Utilidad 3. Secreto industrial REQUISITOS Ser novedosa Tener nivel inventivo Tener una aplicación industrial Contar con una descripción clara y completa de la invención
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Porqué es importante su registro?
Brinda protección a los adelantes tecnológicos. La protección es una recompensa a la creación y perfeccionamiento de una invención.
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MARCA IMPORTANCIA DE REGISTRAR UNA MARCA
La única manera de protegerla frente a posibles copias de los demás empresarios que se quieran aprovechar de su prestigio. Permite diferenciar sus productos en el mercado. Ejemplo: Si usted prueba la mermelada de la marca Sabrosita y su sabor le gusta más que el de otras, la siguiente vez que vaya de compras, usted buscará la misma mermelada. Y si descubre que la marca Sabrosita también vende jugos de frutas, probablemente optará por probarlos porque, gracias a su experiencia con la mermelada, sabe que Sabrosita vende buenos productos. El empresario puede crear una imagen y un estilo determinados para sus productos.
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GRACIAS
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