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Publicada porSamuel Quintero Espinoza Modificado hace 5 años
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Generalidades de la Ley Genera de Archivo
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Un breve recuerdo… REFORMA DE ARTÍCULO 6 CONSTITUCIONAL;
LEY ORGANICA DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE JALISCO; LEY GENERAL DE ARCHIVOS.
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Todo sobre los archivos en posesión de cualquier autoridad
Objeto Organización. Conservación. Administración; y Preservación. Todo sobre los archivos en posesión de cualquier autoridad
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La Ley General de Archivos, contiene una base jurídica sólida para diseñar e implementar una estrategia de política pública de administración archivística a nivel nacional, que dé sustento y agilidad al acceso a la información, y contribuya al ejercicio del derecho a la verdad y a la memoria como derechos humanos, en los sujetos obligados.
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2. Conceptos básicos en materia de archivo
Gestión Documental Archivo Conjunto organizado de documentos producidos y recibidos, con espacio específico y lugar de resguardo. Archivo de trámite Documentos de archivo de uso cotidiano y necesario para consulta de las direcciones dentro de sus funciones y atribuciones. Archivo histórico Documentos de relevancia para la memoria nacional, regional o local de carácter público. Archivo de concentración Documentos de consulta esporádica y que permanecen en él hasta su disposición documental.
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Catálogo de disposición documental
3. Instrumentos de control archivístico Son los instrumentos técnicos que propician la organización, control y conservación de los documentos de archivo a lo largo de su ciclo vital. Cuadro general de clasificación archivística Catálogo de disposición documental (Valores documentales)
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En este instrumento de control archivístico, se especifican los criterios concernientes a la conservación y vigencia de los documentos de archivo a lo largo de su ciclo de vida (archivo de trámite, concentración o histórico), y señala el tratamiento que por ley o disposición jurídica se da a ciertos documentos.
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Órganos Internos de Control.
1.- Grupo Interdisciplinario. Coadyuvar en la valoración documental.
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Artículo 50. En cada sujeto obligado deberá existir un grupo interdisciplinario, que es un equipo de profesionales de la misma institución, integrado por los titulares de: I. Jurídica; II. Planeación y/o mejora continua; III. Coordinación de archivos; IV. Tecnologías de la información; V. Unidad de Transparencia; VI. Órgano Interno de Control, y VII. Las áreas o unidades administrativas productoras de la documentación.
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La valoración documental debe ser entendida como un proceso mediante el cual los sujetos obligados estudian y analizan cada una de las partes que conforman un documento de archivo. Permiten conocer perfectamente los procesos administrativos, así como observar alguna anomalía posible acto de corrupción.
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Artículo 12. Los sujetos obligados …… Los órganos internos de control y sus homólogos en la federación y las entidades federativas, vigilarán el estricto cumplimiento de la presente Ley, de acuerdo con sus competencias e integrarán auditorías archivísticas en sus programas anuales de trabajo.
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Este artículo es la relativo a las facultades que la Ley otorga a los órganos Internos de control y sus homólogos en la Federación y las entidades federativas para realizar auditorías archivísticas en sus programas de trabajo.
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Auditoría Archivística.
Ser una herramienta que permita verificar y evaluar los procesos encaminados a todo el proceso archivístico. Evaluar el cumplimento normativo. Valorar las actividades Nivel estructural. Nivel documental
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delitos Artículo 121. Será sancionado con pena de tres a diez años de prisión y multa de tres mil a cinco mil veces la unidad de medida y actualización a la persona que: Sustraiga, oculte, altere, mutile, destruya o inutilice, total o parcialmente, información y documentos de los archivos que se encuentren bajo su resguardo. Transfiera la propiedad o posesión, transporte o reproduzca, sin el permiso correspondiente, un documento considerado patrimonio documental de la Nación. Traslade fuera del territorio nacional documentos considerados patrimonio documental de la Nación. Destruya documentos considerados patrimonio documental de la Nación.
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¡GRACIAS! DUDAS: MIGUEL ÁNGEL VÁZQUEZ PLACENCIA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, EXTENSIÓN
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