La descarga está en progreso. Por favor, espere

La descarga está en progreso. Por favor, espere

Articulo 3 común de los 4 convenios de ginebra del 12 de agosto de 1949.

Presentaciones similares


Presentación del tema: "Articulo 3 común de los 4 convenios de ginebra del 12 de agosto de 1949."— Transcripción de la presentación:

1 Articulo 3 común de los 4 convenios de ginebra del 12 de agosto de 1949

2 En caso de conflicto armado que no sea de índole internacional cada una de las partes en conflicto tendrá la obligación de aplicar, como mínimo, las siguientes disposiciones las personas que no participen en las hostilidades Los miembros de las fuerzas armadas que hayan dispuestos las armas y as personas fuera de combate por enfermedad, erida serán, en todas las circunstancias tratadas con humanidad sin distinción alguna de índole desfavorable basada en la raza, el color, la religion o la creencia o le sexo  Estos aspectos de prohíben, los atentados con la vida en cualquier tiempo y lugar a. Los atentados contra la vida b. Toma de rehenes c. Los atentados contra la dignidad personal d. Las condenas dictadas y las ejecuciones sin previo juicio ante un tribunal legítimamente Ámbito de aplicación de derecho internacional humanitario Se aplica no solo a los estados, sino también a los individuos que se encuentran en conflictos armados, buscando la protección a personas que participen o han dejado de participa en las hostilidades derecho de los conflictos armados

3 Ámbito subjetivo de aplicación ¿A Quienes Afectan ? Se aplica entre los estados que son parte de los miembros tratados y otras partes beligerantes que acepten ese tratado y apliquen sus disposiciones las disposiciones de las organizaciones personas frente a organizaciones de derecho de los conflictos armados es también diferente, según sea nacionales de la parte beligerante o sean extranjeros en el territorio de la parte contendiente Ámbito objetivo de aplicación ¿En que situacione ? En conflictos armados no internacionales, conflicto armado no internacional internacionalizado y operaciones coercitivas llevadas acabo por las naciones unidas. Conflicto armado internacionales No es necesaria para su aplicación del estado de guerra, ni que haya sido calificado el conflicto por los beligerantes, los estados recurren a sus fuerzas armadas. Conflictos armados no internacional trata de garantizar un mínimo de humanidad que no participen las hostilidades que hayan quedado fuera de combate.

4 CONFLICTOS ARMADOS INTERNACIONALES. El DIH entra en vigor con el reconocimiento de las fuerzas beligerantes que atentan contra la seguridad de un estado, alcanzando la categoría de conflictos armados no internacional, de uno o varios estados extranjeros que intervengan con sus propias Fuerzas Armadas a favor de una de las partes, o dos estados extranjeros que intervienen con sus Fuerzas Armadas.


Descargar ppt "Articulo 3 común de los 4 convenios de ginebra del 12 de agosto de 1949."

Presentaciones similares


Anuncios Google