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NORMA JURIDICA Y LA LEGISLACIONNORMA JURIDICA Y LA LEGISLACION DOCENTE: Q.F ELIO CHAVEZ EGOAVIL INSTITUTO ARZOBISPO LOAYZA.

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1 NORMA JURIDICA Y LA LEGISLACIONNORMA JURIDICA Y LA LEGISLACION DOCENTE: Q.F ELIO CHAVEZ EGOAVIL INSTITUTO ARZOBISPO LOAYZA

2 QUE ES NORMA QUE ES NORMA Es una regla que debe ser respetada y permites ajustar ciertas conductas o actividades. QUE FUNCIÓN TIENE Sirve la lograr el orden y paz social

3 QUE ES NORMA JURÍDICA ? Es una orden o mandato dictado por la autoridad competente del caso, con un criterio de valor y cuyo incumplimiento trae consigo una sanción e impone deberes y confiere derechos. Es una orden o mandato dictado por la autoridad competente del caso, con un criterio de valor y cuyo incumplimiento trae consigo una sanción e impone deberes y confiere derechos.

4 CARACTERES DE LA NORMA JURÍDICA BILATERALIDAD: Imponen obligaciones y conceden derechos BILATERALIDAD: Imponen obligaciones y conceden derechos COERCIBILIDAD: El uso de la fuerza para obtener el cumplimiento o la efectividad de las mismas. COERCIBILIDAD: El uso de la fuerza para obtener el cumplimiento o la efectividad de las mismas.

5 CARACTERES DE LA NORMA JURÍDICA IMPERATIVAS :Mandan, ordenan, imponen conducta no aconsejan IMPERATIVAS :Mandan, ordenan, imponen conducta no aconsejan ABSTRACCIÓN: Imponen su mandato a un numero indeterminado de personas ABSTRACCIÓN: Imponen su mandato a un numero indeterminado de personas EXTERNA: Importa el cumplimiento de la norma, el no estar convencida de la misma EXTERNA: Importa el cumplimiento de la norma, el no estar convencida de la misma

6 DERECHO COMO SISTEMA NORMATIVO Se traduce en que el derecho se encuentra inmerso dentro de la realidad social, en el marco cultural El derecho pertenece a la familia de las normas y está constituido por normas, más específicamente dentro de las reglas obligatorias de conducta. Se traduce en que el derecho se encuentra inmerso dentro de la realidad social, en el marco cultural El derecho pertenece a la familia de las normas y está constituido por normas, más específicamente dentro de las reglas obligatorias de conducta.

7 QUE ES LA LEY? Es la norma dictada por una autoridad pública que a todos ordena, prohíbe o permite, y a la cual todos deben obediencia.

8 CARACTERÍSTICAS Generalidad: La ley comprende a todos aquellos que se encuentran en las condiciones previstas por ella, sin excepciones de ninguna clase. Generalidad: La ley comprende a todos aquellos que se encuentran en las condiciones previstas por ella, sin excepciones de ninguna clase. Obligatoriedad: Tiene carácter imperativo-atributivo, es decir, que por una parte establece obligaciones o deberes jurídicos y por la otra otorga derechos. Esto significa que siempre hay una voluntad que manda, que somete, y otra que obedece. Obligatoriedad: Tiene carácter imperativo-atributivo, es decir, que por una parte establece obligaciones o deberes jurídicos y por la otra otorga derechos. Esto significa que siempre hay una voluntad que manda, que somete, y otra que obedece.

9 CARACTERÍSTICAS Permanencia: Se dictan con carácter indefinido, permanente, para un número indeterminado de casos y de hechos, y sólo dejará de tener vigencia mediante su anulación, modificación o derogación por leyes posteriores. Permanencia: Se dictan con carácter indefinido, permanente, para un número indeterminado de casos y de hechos, y sólo dejará de tener vigencia mediante su anulación, modificación o derogación por leyes posteriores.

10 CARACTERÍSTICAS Abstracta e impersonal: Las leyes no se emiten para regular o resolver casos individuales, ni para personas o grupos determinados, su impersonalidad y abstracción las conducen a la generalidad. Abstracta e impersonal: Las leyes no se emiten para regular o resolver casos individuales, ni para personas o grupos determinados, su impersonalidad y abstracción las conducen a la generalidad.

11 CARACTERÍSTICAS Irretroactiva: Como norma general, regula los hechos que ocurren a partir de su publicación, hacia lo futuro, jamás hacia lo pasado, salvo ciertas excepciones (como la retroactividad en materia penal). Irretroactiva: Como norma general, regula los hechos que ocurren a partir de su publicación, hacia lo futuro, jamás hacia lo pasado, salvo ciertas excepciones (como la retroactividad en materia penal).

12 CARACTERÍSTICAS Ignorancia no es excusa: El desconocimiento o ignorancia de la ley no sirve de excusa, porque rige la necesaria presunción del conocimiento del echo. Ignorancia no es excusa: El desconocimiento o ignorancia de la ley no sirve de excusa, porque rige la necesaria presunción del conocimiento del echo.

13 ¿QUÉ ES LEGISLACIÓN? Es un conjunto de leyes que van a determinar y regular una materia, también es aplicable a una región tal como un país entero o un municipio. Es un conjunto de leyes que van a determinar y regular una materia, también es aplicable a una región tal como un país entero o un municipio.

14 CARACTERISTICA DE LA LEGISLACIÓN Las leyes ordenan la vida cotidiana de los ciudadanos, dejando claro cuáles acciones están bien y cuales otras, en cambio, son incorrectas y podrían ser castigadas con diferentes sanciones. Las leyes ordenan la vida cotidiana de los ciudadanos, dejando claro cuáles acciones están bien y cuales otras, en cambio, son incorrectas y podrían ser castigadas con diferentes sanciones.

15 PIRAMIDE DE KELSEN Son las normas o leyes que componen un sistema jurídico, se relacionan unas con otras según el principio de jerarquía Son las normas o leyes que componen un sistema jurídico, se relacionan unas con otras según el principio de jerarquía

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17 LEGISLACIÓN EN SALUD PONENTE: ELIO CHAVEZ EGOAVIL EMAIL: sale_elio@hotmail.com “Ilustre Colegio de Abogados de Lambayeque” Chiclayo,Marzo del 2011.

18 SALUD: OMS.- en su Constitución de 1946, define salud como el estado de completo bienestar físico, mental, espiritual, emocional y social.

19 LA SALUD: NECESIDAD O DERECHO?  La salud como una necesidad. Lasaludexistedesdelosalbores dela humanidad… es una necesidad para la vida misma.

20 ESTADISTICASDE REFERENCIA La mayoría de la población cree que las personas no tienen acceso a medicamentos 67.4%, a servicios de salud en general 70.7% y a recibir una buena atención de salud por el Estado 77.7%.

21 LA SALUD COMO UN DERECHO La primera declaración formal con trascendencia histórica se dio el 26 de agosto de 1789, la Asamblea Constituyente de Francia formuló la Declaración de Los Derechos del Hombre y del Ciudadano, en ella reconoce los derechos sociales de las personas, sin referirse expresamente a la salud.

22 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERU - 1979 Artículo 15.Todos tienen derecho a la protección de la salud integral y el deber de participar en la promoción y defensa de su salud, la de su medio familiar y de la comunidad.

23 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERU - 1993 Artículo 7°. Todos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad así como el deber de contribuir a su promoción y defensa.

24 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERU - 1993 Artículo 7°. Todos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad así como el deber de contribuir a su promoción y defensa.

25 TITULO PRELIMINAR  V.Esresponsabilidadvigilar, cautelaryatender delEstado los desnutriciónydesaludmentalde problemasde la población, los de salud ambiental, así como los problemas de salud del discapacitado, del niño, del adolescente, de la madre y del anciano en situación de abandono social.

26 TITULO I DELOSDERECHOSDEBERESY RESPONSABILIDADES CONCERNIENTES A LA SALUD INDIVIDUAL Artículo 1º.- Toda persona tiene el derecho al libre acceso a prestaciones de salud y a elegir el sistemaprevisionaldesu preferencia.

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37 1903Creación de la Dirección General de Salubridad Pública 1935Creación del Ministerio de Salud Pública, Trabajo y Previsión Social 1936Creación de la Caja Nacional de Seguro Social Obrero 1948Creación de la Caja Seguro Social del Empleado 1979Establecimiento en la Constitución Política de la Responsabilidad del Poder Ejecutivo de Organizar un sistema nacional de salud descentralizado y desconcentrado 1980Creación del Instituto Peruano de Seguridad Social (IPSS) 1997Promulgación de la Ley de Modernización de la seguridad Social en Salud, que incorpora al sector privado y cambia de nombre a la Institución Pública (IPSS por ESALUD) y promulgación de la Ley General de Salud. 2001Creación del seguro Integral de salud sobre la base del Seguro Escolar Gratuito y el Seguro Materno Infantil. 2002Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales que define las competencias y funciones del sector Salud a ser transferidas desde el Gobierno Nacional 2006Culminación de la transferencia de competencias y funciones en salud a los gobiernos regionales según lo establecido por las leyes descentralizadoras.

38 EVOLUCIÓN DEL MARCO NORMATIVO FARMACÉUTICO EVOLUCIÓN DEL MARCO NORMATIVO FARMACÉUTICO (1) … menor exigencia Funcionamien to Automático MERCADO DESREGULADO Establece plazos deLineamientos y cumplimiento BPMestrategias Registro sanitario 7 dias 199719981999200120022004 2005 Ley General de Salud Seguro Mate rno Infan til Buenas Prácticas de manufactura productos farmaceuticos Reglamento de Establecimien tos Farmaceutico s Sistema Integrado de Suministro de Medicamento s Politica Nacional de Medicamentos Seguro Integral de Salud Reglamento para el registro, control y vigilanciaPNME Descentralizacio n de control y vigilancia sanitaria Reglamento para el registro, control y vigilancia PNMEPNME Seguro Escolar Gratuito

39 EVOLUCIÓN DEL MARCO NORMATIVO FARMACÉUTICO (2) … mayor exigencia200920102011 20122013 Ley 29459 Ley de Productos Farmacéuticos Acceso a Información Sobre Precios Certificación de BPM nacionales y en el extranjero Reglamento de Establecimiento s Farmacéuticos Vigencia de los reglamentos Negociando TPP Protección sobre Datos de Prueba de Medicamentos Aseguramiento Universal en Salud Norma del Sistema de Información de Precios Reglamento para el Registro, Control y Vigilancia Plan Esperanza (oncológico) Lista Complementaria Medicamentos Oncológicos Politica Andina de Medicamentos Vigencia del TLC con EEUU PNUMEPNUME Reforma en SALUD (Medicamentos) Firma TLC con UE Farmacias Inclusivas MERCADO REGULADO Eval. Criterios: eficacia, seguridad y calidad

40 “El Estado promueve el acceso universal a los productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios, como componente fundamental de la atención integral de salud”. “Asimismo, el Estado dicta y adopta medidas para garantizar el acceso de la población a los medicamentos y dispositivos médicos esenciales, con criterio de equidad, empleando diferentes modalidades de financiamiento, monitoreo y evaluando su uso,...” ) LEY Nª 29459: ACCESO A MEDICAMENTOS

41 CAPITULO XIII DE LOS ESTUPEFACIENTES, PSICOTRÓPICOS, PRECURSORES Y OTRAS SUSTANCIAS SUJETAS A FISCALIZACIÓN La fabricación, la importación, la exportación, la distribución, la comercialización, la investigación, el almacenamiento, la prescripción, la dispensación y el control de sustancias estupefacientes, psicotrópicas, precursores y otras de uso médico y científico sujetas a fiscalización sanitaria y los productos que las contienen, incluidos en los convenios internacionales sobre la materia y los que determine la Autoridad Nacional de Salud La fabricación, la importación, la exportación, la distribución, la comercialización, la investigación, el almacenamiento, la prescripción, la dispensación y el control de sustancias estupefacientes, psicotrópicas, precursores y otras de uso médico y científico sujetas a fiscalización sanitaria y los productos que las contienen, incluidos en los convenios internacionales sobre la materia y los que determine la Autoridad Nacional de Salud

42 CAPÍTULO IX DEL USO RACIONAL DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, DISPOSITIVOS MÉDICOS Y PRODUCTOS SANITARIOS CAPÍTULO IX DEL USO RACIONAL DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, DISPOSITIVOS MÉDICOS Y PRODUCTOS SANITARIOS Art. 30 Las instituciones públicas sanitarias, las instituciones educativas públicas y privadas y los colegios profesionales de las ciencias de la salud promueven la formación continua y permanente sobre el uso de medicamentos y productos sanitarios, enmarcada en una terapéutica racional. Art. 30 Las instituciones públicas sanitarias, las instituciones educativas públicas y privadas y los colegios profesionales de las ciencias de la salud promueven la formación continua y permanente sobre el uso de medicamentos y productos sanitarios, enmarcada en una terapéutica racional.


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