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Publicada porRichard Hidalgo Modificado hace 6 años
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Mejorar la lucha con el fraude Fiscal
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1998 Costa Rica autoriza el uso de sistema de facturación electrónica 2016 Se publican las resoluciones DGT-R-48-2016 y DGT-R- 51-2016 que establecen los lineamientos para la implementación de factura electrónica en el país. Inicia el proceso de desarrollo de la herramienta de recepción validación y almacenamiento de comprobantes electrónicos. 2017 Inicia mediante la resolución DGT-R- 13-2017, el proceso de implementación por parte de los Grandes Contribuyentes, y de contribuyentes voluntarios.
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Factura electrónica. Tiquete electrónico. Notas de crédito Electrónica. Nota de debito Electrónica. Art. 2: Autorización para el uso de comprobantes electrónicos Como comprobante para el respaldo de ingresos, costos y gastos.
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Comprobante Electrónico Archivo XML Cumple Reglamentos legales y reglamentarios. Facturas, Notas de Crédito, Notas de Débito, Tiquete.
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Factura Electrónica Comprobante electrónico Se origina en la compra-venta o prestación de servicios.
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Emisor-receptor Electrónico Receptor electrónico- No emisor Receptor Manual Física o Jurídica Autorizados por la administración Tributaria. Instituciones que son parte de la Administración Pública. Regímenes especiales. Física o Jurídica. Recibe de forma manual la replantación gráfica en el mismo acto de la compra y venta.
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Ministerio de Hacienda Emisor – Receptor electrónico 1 2 3 4 5
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Para el Usuario: Menos costos operativos. Rapidez y seguridad en el intercambio de información. Reducción de uso de Papel. Para la Administración Tributaria : Información a tiempo real. Disminución de costos administrativos. Minería de datos.
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