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Publicada porMartín Montero Silva Modificado hace 6 años
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SOLICITUD DE APROBACIÓN DE PROTOTIPOS DE EDIFICACIÓN
I. Última Actualización: 31/Enero/2018 II. Tipo: Trámite III. Clave : T-DGEOTU-27-AP IV. Dependencia o entidad que lo realiza: Dirección General de Ordenamiento Territorial y Urbano V. Teléfono: (464) VI. Objetivo del trámite o servicio: Que la Dirección apruebe los prototipos de las edificaciones para las viviendas en serie. determinado. VII. Tipo de usuario: Población en General, Personas Físicas y/o Morales. VIII. Requisitos de presentación: 2 Juegos en formato impreso y digital (.DWG) del Proyecto ejecutivo de los prototipos firmados por el perito responsable de obra; 2 Juegos de la Memoria de cálculo estructural; 2 Juegos de la Memoria Descriptiva y Especificaciones de Construcción; y Bitácora de Obra; IX. Tiempo de Respuesta: 5 días hábiles X. Vigencia: Sin Vigencia Validación de prototipos XI. Documento que obtiene el usuario: XII. Costo: Sin costo XIII. Fundamentos en Disposición Reglamentaria: Artículo 27 del Reglamento de Ordenamiento y Administración Sustentable Territorial, Disposiciones administrativas de observancia general de los trámites. XIV. Negativa ó Positiva ficta: No aplica. XV. Datos Institucionales de las oficinas receptoras y resolutorias: Oficina Receptora: Dirección General de Ordenamiento Territorial y Urbano / Ventanilla Única: Horario de atención: 8:00am a 4:00 pm Horario de Ingreso: 8:00 a 3:00 Horario de Entrega: 12:00 a 3:00 Teléfono: extensión Domicilio: Leona Vicario No Col. San Juan Chihuahua C.P Salamanca, Gto. Oficina Resolutoria: Dirección General de Ordenamiento Territorial y Urbano. Horario de atención: 8:00am a 4:00 pm Teléfono: extensión 2077 Domicilio: Leona Vicario No Col. San Juan Chihuahua C.P Salamanca, Gto XVI. Fundamentos de Ley: No Aplica I. Demolición total o parcial de construcciones, II. La clausura temporal o definitiva, total o parcial, de construcciones, predios, instalaciones, obras o edificaciones; III. La suspensión temporal o definitiva, total o parcial, de trabajos, servicios, proyectos o actividades; IV. Revocación de los permisos otorgados; V. Multa equivalente al importe de cincuenta a diez mil días de salario mínimo vigente en la entidad, al momento de cometerse la infracción; y VI. Reparación del daño. Sanciones que se podrán imponer a los peritos Los peritos que incurran en alguna de las infracciones establecidas en el artículo 554 del Código serán sancionados con: I. Amonestación; y II. Suspensión temporal de la inscripción como perito, de tres meses a dos años. XVII. Sanciones por omisión de trámite: XVIII. Observaciones: La dirección cuenta con términos de referencia para la presentación del proyecto. La vigencia está sujeta a cambios y modificaciones de Programa Municipal de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Ecológico Territorial de Salamanca.
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