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Publicada porJavier Andrango Modificado hace 7 años
1
INCUMPLIMIENTOS Y SANCIONES Las faltas muy graves podrán sancionarse conforme lo determina el Código del Trabajo. a)Serán faltas leves b)Se considerará faltas graves c) Se considera faltas muy graves
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Se tomarán medidas disciplinarias contra los trabajadores que a sabiendas persisten en llevar a cabo prácticas inseguras o peligrosas para él, sus colaboradores y para la empresa.
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Amonestación Verbal..Multa de su remuneración Amonestación escrita Terminación de la relación laboral
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El empleador podrá dar por terminado el contrato de trabajo, previo visto bueno por no acatar las medidas de seguridad, prevención e higiene exigidas por la ley, por sus reglamentos o por la autoridad competente; o por contrariar sin debida justificación las prescripciones y dictámenes médicos. Los trabajadores están obligados a acatar las medidas de prevención, seguridad y salud determinadas en los reglamentos y facilitados por el empleador. Su omisión constituye justa causa para la terminación del contrato de trabajo.
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