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IMPACTO AMBIENTAL ESTATAL
I. Última Actualización: 31/Enero/2018 II. Tipo: Trámite III. Clave : T-DGMA-07 IV. Dependencia o entidad que lo realiza: DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIO AMBIENTE V. Teléfono: (464) VI. Objetivo del trámite o servicio: Llevar a cabo la regulación ambiental de los giros bajo convenio de municipalización con el estado. VII. Tipo de usuario: Personas que abrirán o regularán un negocio o empresa. Solicitud de Autorización de Impacto Ambiental, Origina o Copia Certificad de las Escrituras o documento que acredite la posesión legal del predio, Origina o Copia Certificada del Acta constitutiva de la Empresa, Original o Copia Certificada del Poder legal del Representante Legal, copia de la identificación oficial del propietario y representante legal, fotografías del giro, planos del proyecto , croquis de ubicación en fotografía, copia de predial, RFC. VIII. Requisitos de presentación: IX. Tiempo de Respuesta: No tiene vigencia a menos que se modifique el proyecto. Treinta días hábiles. X. Vigencia: XI. Documento que obtiene el usuario: Resolutivo o Dictamen de Impacto Ambiental. Modalidad “A” $ , Modalidad “B” , Modalidad “C” $ , Intermedia $ , especifica $ Estudio de Riesgo $ XII. Costo: XIII. Fundamentos en Disposición Reglamentaria: Reglamento de la Ley en materia de Impacto Ambiental. Ley para la Protección y Preservación del Ambiente del Estado de Guanajuato Articulo 27 XIV. Negativa ó Positiva ficta: De acuerdo a las condiciones del proyecto o giro XV. Datos Institucionales de las oficinas receptoras y resolutorias: Oficina Receptora: Dirección General de Medio Ambiente. Domicilio: Leona vicario no.323 colonia san juan chihuahua . Oficina Resolutora: Dirección General de Medio Ambiente; Horario de entrega :Lunes a viernes de 8:00 am a 4:00 pm teléfono: (464) domicilio: leona vicario no.323 colonia san juan chihuahua XVI. Fundamentos de Ley: Articulo 5 fracción II, 7 y 44 de la Ley para la Protección y Preservación del Ambiente del Estado de Guanajuato, capitulo III y VI Sección I y III. Ley de ingresos para el municipio de Salamanca, Guanajuato para el ejercicio fiscal del año Sección décima sexta por servicios en materia ambiental Artículo 30 III, IV, V. XVII. Sanciones por omisión de trámite: Se canaliza reporte a la Procuraduría Ambiental y Ordenamiento Territorial del Estado de Guanajuato. El permiso será entregado dentro del tiempo señalado,(el tiempo se puede expandir si no se tiene la documentación completa) hasta que una vez que el solicitante entregue dicha documentación. La recepción de solicitudes es en base a la vigencia del convenio con gobierno del estado. En caso contrario será necesario realizar el trámite en las oficinas del Instituto de Ecología del Estado, en la ciudad de Gto. XVIII. Observaciones:
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