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Ministerio del Medio Ambiente
“Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC)” Decreto Supremo N°1/2013 MMA Ministerio del Medio Ambiente Luis Tapia Leighton Administrador del RETC Comité Ministerial de Información Ambiental 24 Junio 2013
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Contenido: Reglamento del RETC
Contiene 8 Títulos: Título I: Disposiciones Generales Título II: Del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes Título III: Deberes de los Organismos del Estado Título IV: Ventanilla Única Título V: Acceso Público a la Información Título VI: Otras Disposiciones Título VII: Disposición Final Título VIII: Disposición Transitoria
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Ventanilla Única: Reglamento del RETC
F138 FUENTE FIJAS (D.S.138) SIDREP(D.S.148) SISTEMA DE ALMACENAMIENTO RESPEL(D.S.78) SISTEMA DE FISCALIZACIÓN (D.S.90)
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RETC con Sistema Ventanilla Única
WS i i
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Disponibilidad de la Información: Ventajas de la Ventanilla Única
Integración de la Información Ambiental. Información validada por Instituciones Sectoriales. Mejor Calidad de la Información. Información a nivel de Establecimientos. Información desagregada a nivel de Fuentes y Ductos. Información disponible en el repositorio del SINIA. Cumplimiento de Solicitudes de Información. (Ej.: Gasto en Protección Ambiental) Llenar Vacíos de Información
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Calidad de la Información: Actividades 2013
Actualización Guía Metodológica para la Estimación de Emisiones Atmosféricas de Fuentes Puntuales y Difusas. Factores de Emisión (FE) + Conocimiento de los Sectores Validadores de datos (F138) Actualización de Metodología Top Down de Estimación de Emisiones para leña de consumo residencial a nivel comunal. Quemas Agrícolas Incendios Forestales Incendios Urbanos
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Formulario de Producción
Nuevos Formularios: Información de Producción Formulario de Producción Campos Relevantes del Formulario Producción Unidad de medida / listado MATERIALES Principal Recurso Natural utilizado en procesos (caso de industrias que sean de interés) Listado Extensible (agregar la opción N/A) Cantidad total de Recurso Natural utilizado (caso de forestales (ej.: celulosas), empresas mineras, sanitarias u otras) toneladas Consumo Anual de Agua Potable m3 Consumo Anual de Agua en Procesos (Industriales u otros) ENERGÍA Consumo de energía eléctrica (anual y /o mensual) kW / kWh (definir) COMBUSTIBLES Tipos de Combustibles Utilizados (listado extensible y multiselección) Listado extensible con los tipos de combustibles Consumo de combustibles anual (para cada combustible seleccionado) t / kg / m3 / litros (definir) Tipos de Combustibles utilizados en flota vehicular (fuera de ruta) Cantidad promedio mensual de combustible utilizado en vehículos por tipo de combustible (fuera de ruta) PRODUCTOS Tipos de Productos generados (listado extensible y multiselección) Listado extensible CCP (relacionando CIIU) Cantidad anual de Productos Producidos Unidades (según CCP) N° de productos con instrucciones relativas a su uso y disposición ambientalmente segura (opcional)
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Formulario de Producción
Nuevos Formularios: Información de Producción Formulario de Producción Campos Relevantes del Formulario Producción Unidad de medida / listado INSTALACIONES FISICAS Y EQUIPO Número de vehículos livianos (autos, camionetas, van, SUV, motos, etc) Unidades Número de vehículos pesados (camiones livianos, pesados, maquinaría: Tractores, Grúas, trenes, etc.) Cantidad de Horas de Funcionamiento Anual (mostrar calendario para definir periodos - ej.: funcionalidad F138) N° Horas VENTAS Y UTILIDAD Ventas Anuales (en pesos) $ Utilidad Anual (en pesos) CAPACITACIÓN AMBIENTAL , CERTIFICACIONES Y CAMPAÑAS (Opcional) N° de Establecimientos Certificados a la fecha de declaración y vigentes (listado extensible y multiselección) ISO 9001 / / / / /APL N° de Capacitaciones de caracter Ambiental efectuadas al año N° N° de Campañas o Actividades de carácter ambiental realizadas al año (campañas de reciclaje, eventos, proyectos, etc.)
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Nuevos Formularios: Gasto En Protección Ambiental (G.P.A)
Clasificación de Actividades y Gastos de Protección Ambiental (CAPA) Protección del aire y del clima Gestión de las aguas residuales Gestión de residuos Protección y descontaminación de suelos, aguas subterráneas y aguas superficiales Reducción del ruido y las vibraciones Protección de la biodiversidad y los paisajes Protección contra las radiaciones Investigación y desarrollo Otras actividades de protección del medio ambiente
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Nuevos Formularios: Gasto En Protección Ambiental (G.P.A)
AIRE Prevención de la contaminación atmosférica por modificación de procesos Tratamiento de los gases de escape y el aire de ventilación Medición, control, y análisis AGUAS RESIDUALES Prevención de la contaminación por modificación de procesos Redes de saneamiento Tratamiento de las aguas residuales Tratamiento de las aguas de refrigeración Medición, control, análisis, etc. PROTECCIÓN Y DESCONTAMINACIÓN DE SUELOS, AGUAS SUBTERRÁNEAS Y AGUAS SUPERFICIALES Prevención de la infiltración de contaminantes Limpieza de suelos y masas de agua Protección de suelos contra la erosión y otros tipos de degradación física Prevención de la salinización del suelo y su descontaminación Medición, control y análisis. GESTIÓN DE RESIDUOS Prevención de la producción de residuos por modificación de procesos (menos residuos, o menos toxicos) Recogida y transporte Tratamiento y eliminación de residuos peligrosos Medición, control y análisis Tecnologías Ambientales Sistemas y equipos que utiliza en su establecimiento Practicas de Gestión Ambiental Indicar las practicas de gestión adoptadas por el establecimiento para evitar o reducir la contaminación
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Usos de la Información: Indicadores de Desempeño Ambiental
Cantidad de Agua utilizada por producto (por rubro). Emisiones al Aire por producto fabricado (por rubro). Generación de Residuos por producto (por rubro, industria o sector). Generación de Lodos PTAS v/s Agua Potabilizada por región. Energía utilizada v/s Cantidad de Residuos producidos. Etcétera.
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Deberes de los Organismos del Estado:
Los órganos de la Administración del Estado están obligados a entregar al RETC: Toda aquella información que obtengan de los sujetos obligados a reportar emisiones, residuos y/o transferencias de contaminantes; b) La información generada con ocasión de los procesos de fiscalización, en materia de emisiones, residuos y/o transferencia de contaminantes; c) Cualquier otra información que solicite el Ministerio relativa a emisiones, residuos y/o transferencia de contaminantes, y cualquier otro aspecto que permita estimarlas o cuantificarlas Lo anterior, sin perjuicio de las excepciones establecidas por ley que impidan a los órganos de la Administración del Estado entregar todo o parte de esta información*. (*) Título V, Artículo 23.- La información que contiene el RETC será de carácter público, pero podrá restringirse su entrega y publicación, si corresponde a alguna de las causales establecidas en la Ley Nº sobre Acceso a la Información Pública.
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Enlaces del RETC: Son Enlaces del RETC, aquéllos funcionarios de un órgano de la Administración del Estado que sean parte del Grupo Nacional Coordinador (GNC), a los cuales se les asigne la labor de enviar, recepcionar, generar, recopilar, obtener y validar la información de emisiones, residuos y/o transferencias de contaminantes. Las labores principales del enlace serán: Envío y recepción de información de los datos procesados de emisiones, residuos y/o transferencias de contaminantes que éstos manejen. En caso de evidenciar un incumplimiento por parte de los establecimientos obligados a la entrega de la información objeto de reporte, deberán informar de éste al Ministerio. c) Ingresar al nodo central del RETC, a más tardar durante el mes de mayo de cada año, todos la información procesada referente a las emisiones, residuos y/o transferencias de contaminantes relevantes para el RETC del año anterior. Enlace Nacional Administrador
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Entrega de Información:
Envío Información Enlaces RETC Mayo Validación Datos por los sujetos obligados a reportar (*) Carga de Datos en el portal RETC Reporte Anual del RETC Declaraciones Residuos: Generadores, Residuos Municipales y Destinatarios 30 de Marzo (*) Extracto Artículo 16. Al momento de enviar a través de la Ventanilla Única la información sobre emisiones, residuos y/o transferencias de contaminantes, el establecimiento obligado suscribirá electrónicamente una declaración jurada dando fe de la veracidad de la información ingresada como asimismo que no existen omisiones al respecto.
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Destinatarios de Residuos
Nuevas Obligaciones: Generador de Residuos Los establecimientos que generen anualmente más de 12 toneladas de residuos no sometidos a reglamentos específicos. 30 de Marzo Residuos Municipales Las municipalidades deberán declarar, los residuos recolectados por éstas o por terceros contratados por ella, durante el año anterior. 30 de Marzo Destinatarios de Residuos Los destinatarios de residuos, que reciban anualmente más de 12 toneladas de residuos, deberán declarar los residuos recepcionados el año anterior. 30 de Marzo
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Oblig. Existente: Lodos de Plantas Tratamiento de Aguas Servidas
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Artículo Transitorio:
02 Mayo 2013 02 Mayo 2014 La obligación de ingresar a través del Sistema de Ventanilla Única para reportar las emisiones, residuos y/o transferencias de contaminantes, establecida en los artículos 19, 26, 27, 28 y 30 del presente reglamento, entrará en vigencia después de 1 año de publicado el presente Reglamento en el Diario Oficial. En el intertanto, los sujetos obligados a reporte cumplirán con sus obligaciones de reportar información relativa a emisiones, residuos y/o transferencias de contaminantes de acuerdo a lo establecido en la legislación vigente.
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Gracias.
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