Descargar la presentación
La descarga está en progreso. Por favor, espere
1
EL PAGARE
2
representativo de dinero
CONCEPTO Documento escrito, por el cual, la persona que lo firma se confiesa deudora de otra de una cantidad de dinero y se obliga a pagarlo dentro determinado plazo o a su presentación Es un título de crédito representativo de dinero
3
ARTICULO 3 N°10 El pagaré es un título de crédito, es un acto de comercio formal, es decir, no importa si en su emisión interviene o no una empresa, una sociedad anónima, sino que por el sólo hecho de ser un pagaré quienes participan en él, están desarrollando un acto de comercio, que se va a regir por las normas mercantiles.
4
El pagaré al ser un título de crédito, tiene un carácter abstracto, es decir, es independiente del negocio que lo origina. Ejemplo: Se suscribe un pagaré en pago del precio de una compraventa. En este caso el comprador tendrá dos obligaciones, una emanada de la compraventa y otra, del pagaré. Para evitar esto, es necesario que se exprese que se suscribe el pagaré en pago del precio o para garantizar o facilitar el cobro del mismo.
5
EMISION DEL PAGARE 1° Indicación de ser pagaré: que debe estar escrita en el mismo idioma expresado en el titulo. 2° Promesa no sujeta a condición de pagar una cantidad determinada o determinable de dinero. A diferencia de LC que es una orden, aquí es una promesa. 3° Lugar y época del pago: no obstante si el pagare no lo indica se entenderá que debe efectuarse en el lugar de la expedición del pagare. Y si no tuviere fecha de vencimiento se considera pagadera a la vista.
6
EMISION DEL PAGARE 4° Nombre y apellido del beneficiario o la persona a cuya orden ha de efectuarse el pagare, o la indicaron de que es pagadero al portador. En el pagare es posible introducir la cláusula “no endosable” y “no a la orden” Artículo 18. 5ª Lugar y fecha de expedición 6ª Firma del suscriptor El Artículo 103 se preocupa de señalar que el documento que no cumpla con las menciones esenciales NO VALDRÁ COMO PAGARE.
7
PERSONAS QUE INTERVIENEN
Librador o girador: Es aquel que pone en circulación el pagaré. Tiene también en carácter de beneficiario. Suscriptor: Es el que firma el pagaré, obligándose a pagar la suma en él representada. El endosante. Es quien entrega un pagare por endoso si este es emitido a la orden. El endosatario. Quien recibe un pagare por endoso
8
VENCIMIENTO DEL PAGARE
Existen diversas formas de extender un pagaré según su vencimiento, lo indica el Artículo 105: 1) A la vista 2) A un plazo contado desde su fecha 3) A un día fijo y determinado
9
VENCIMIENTO SUCESIVOS
Artículo 105 inciso 2°, en este caso para que el no pago de una cuota haga exigible el monto total adeudado, es necesario que así se pacte expresamente en el documento, esta práctica se conoce como “cláusula de aceleración” en que el no pago de una cuota permite adelantar todo el pago insoluto. Si nada se dice en él , cada cuota morosa será protestada separadamente y para cobrar la otra cuota tendrá que esperarse que venza la otra y protestarla.
10
BIBLIOGRAFIA - Apuntes de clases del Profesor Juan Eduardo Palma, semestre otoño de 2006. - SANDOVAL LÓPEZ, Ricardo, Derecho Comercial, Tomo II, 5° edición, Editorial Jurídica. Ley
Presentaciones similares
© 2025 SlidePlayer.es Inc.
All rights reserved.