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PASO DEL MACHO, VERACRUZ.

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Presentación del tema: "PASO DEL MACHO, VERACRUZ."— Transcripción de la presentación:

1 PASO DEL MACHO, VERACRUZ.

2 Su distribución política se encuentra dividida en 6 congregaciones que son:
Actopan, La Defensa, Paso Gavilán, Loma Pelada, Potrero Grande y Zapotal. Se encuentran agrupados en 28 ejidos y 112 localidades Ubicado a 2 horas de Veracruz puerto, entrando por la autopista Mexico -Veracruz por la salida a Córdoba.

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4 Población total: 29,165 habitantes.
La población económicamente activa del municipio es de 9,247 (34.81 %). Paso del Macho depende del sector primario (agricultura), en segundo lugar del secundario (transformación) y por último de los sectores terciario (comercio y servicios Cabe mencionar que se tiene una población económicamente activa de 9,247, La principal función del municipio es la que genera el ingenio azucarero central Progreso que debido a la fuerte crisis que se está viviendo en el agro mexicano en general, y en especial en el sector azucarero nacional, se han descuidado las parcelas al no tener recursos suficientes para poder invertirlos en los cañales, los rendimientos de este cultivo pueden variar de los 75 ton/ha hasta los ton/ha.

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6 RECURSOS DEL MUNICIPIO EN EL 2014
INGRESOS PROPIOS 5,090,297.96 INGRESOS PROVENIENTES DE LA FEDERACIÓN 20,697,885.00 TOTAL DE INGRESOS ORDINARIOS 25,788,182.96

7 La elección de ayuntamientos se realizará cada cuatro años.
En la elección de los ayuntamientos, el partido que alcance el mayor número de votos obtendrá la presidencia y la sindicatura. Las regidurías serán asignadas a cada partido, incluyendo a aquel que obtuviere la mayor votación, de acuerdo al principio de representación proporcional, en los términos que señala el artículo 250 de su Código Electoral Veracruzano.

8 Los Ayuntamientos aprobarán los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones que organicen las funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal, los que obligarán y surtirán sus efectos tres días después de su publicación en la Gaceta Oficial

9 Atribuciones del Presidente Municipal:
I. Convocar a las sesiones del Ayuntamiento; II. Citar a sesión extraordinaria cuando la urgencia del caso lo reclame o alguno de los Ediles lo solicite; III. Presidir y dirigir los debates en las sesiones del Ayuntamiento, en las que participará con voz y voto; IV. Ejecutar los acuerdos del Ayuntamiento; V. Suspender la ejecución de los acuerdos que estime contrarios a la ley, VI. Suscribir, en unión del Síndico, los convenios y contratos necesarios, previa autorización del Ayuntamiento; VII. Cumplir y hacer cumplir los reglamentos de los diversos ramos municipales; VIII. Vigilar que diariamente se califiquen las infracciones a los reglamentos, IX. Dictar los acuerdos de trámite del cabildo; X. Tener bajo su mando la policía municipal preventiva, XI. Vigilar la exacta recaudación de las contribuciones municipales para mejorar la prestación de los servicios públicos municipales; XIII. Autorizar en unión de los Ediles de la Comisión de Hacienda, XIV. Proponer al Cabildo los nombramientos del Secretario del Ayuntamiento, del Tesorero Municipal, XV. Proponer al Ayuntamiento la integración de las Comisiones Municipales; XVI. Vigilar las labores de la Secretaría del Ayuntamiento; Entre otros.

10 II. Representar legalmente al Ayuntamiento;
Atribuciones del Síndico: I. Procurar, defender y promover los intereses del municipio en los litigios en los que fuere parte, delegar poderes, comparecer a las diligencias, interponer recursos, ofrecer pruebas y formular alegatos, formular posiciones y, en su caso rendir informes, promover el juicio de amparo y el juicio de lesividad. Para delegar poderes, otorgar el perdón judicial, desistirse, transigir, comprometerse en árbitros o hacer cesión de bienes municipales, el Síndico requiere la autorización previa del Cabildo. II. Representar legalmente al Ayuntamiento; III. Vigilar las labores de la Tesorería y promover la gestión de los negocios de la Hacienda Municipal, así como coadyuvar con el órgano de control interno del Ayuntamiento en el ejercicio en el ejercicio de las funciones de éste; IV. Vigilar que, con oportunidad, se presenten los estados financieros mensuales y la Cuenta Pública anual al Congreso del Estado; V. Realizar los actos que le encomiende el Ayuntamiento; VI. Fungir como Agente del Ministerio Público en los casos que la ley así lo establezca; VII. Formar parte de las Comisiones de Gobernación, de Reglamentos y Circulares, y de Hacienda y Patrimonio Municipal, así como firmar las cuentas, órdenes de pago, los cortes de caja de la Tesorería y demás documentación relativa;

11 Atribuciones de los Regidores:
I. Asistir puntualmente a las sesiones del Ayuntamiento y de las Comisiones de que formen parte, y participar en ellas con voz y voto; II. Informar al Ayuntamiento de los resultados de las Comisiones a que pertenezcan; III. Proponer al Ayuntamiento los acuerdos que deban dictarse para el mejoramiento de los servicios públicos municipales cuya vigilancia les haya sido encomendada; IV. Vigilar los ramos de la administración que les encomiende el Ayuntamiento, informando periódicamente de sus gestiones; V. Concurrir a las ceremonias cívicas y a los demás actos a que fueren convocados por el Presidente Municipal; VI. En su caso, formar parte de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, así como visar las cuentas, órdenes de pago, los cortes de caja de la Tesorería y demás documentación relativa; VII. Colaborar en la formulación anual de la ley de ingresos del municipio, en los términos señalados por esta ley y demás disposiciones legales aplicables;

12 Las Comisiones Municipales son órganos que se integran por Ediles con el propósito de contribuir a cuidar y vigilar el correcto funcionamiento del Ayuntamiento, en la prestación de los servicios públicos municipales, así como de las dependencias, pudiendo, en su caso, proponer el nombramiento, suspensión o remoción de sus empleados. El Ayuntamiento tendrá las Comisiones Municipales siguientes: I. Hacienda y Patrimonio Municipal; II. Educación, Recreación, Cultura, Actos Cívicos y Fomento Deportivo; III. Policía y Prevención del Delito; IV. Tránsito y Vialidad; V. Salud y Asistencia Pública; VI. Comunicaciones y Obras Públicas; VII. Asentamientos Humanos, Fraccionamientos, Licencias y Regularización de la Tenencia. VIII. Participación Ciudadana y Vecinal; IX. Limpia Pública; X. Fomento Agropecuario; XI. Comercio, Centrales de Abasto, Mercados y Rastros; XII. Agua Potable, Drenaje, Alcantarillado, Tratamiento y Disposición de Aguas Residuales; XIII. Ornato, Parques, Jardines y Alumbrado; XIV. Ecología y Medio Ambiente; XV. Registro Civil, Panteones y Reclutamiento; y XVI. Gobernación, Reglamentos y Circulares. XVII. Equidad de Género; XVIII. Bibliotecas, Fomento a la Lectura y Alfabetización. XIX. Turismo. XX. Promoción y Defensa de los Derechos Humanos.

13 TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN
Los Ayuntamientos deberán hacer pública, en las mesas o tableros en su oportunidad, en Internet, la siguiente información: a). Estadísticas e indicadores del desempeño de los cuerpos de policía municipal; b). Las cantidades recibidas por concepto de multas, así como el uso o aplicación c). Los indicadores de gestión de los servicios públicos que presten los Ayuntamientos a las sesiones de ese cuerpo colegiado;

14 En relación con los cuerpos de policía, ya sea preventiva o ministerial, tanto estatales como Municipales, los sujetos obligados deberán publicar, además, la siguiente información: a). Los mecanismos de supervisión policial, los registros de reportes de supervisión, así como los medios para informarse con un reporte de supervisión. b). Los criterios y un informe anual de evaluación del desempeño policial; c). Los protocolos de uso de la fuerza, incidentes reportados de oficio, incluyendo uso de armas letales y no letales; d). Los lugares y medios de acceso para presentar quejas y el formato para ellas, así como emplazo para su interposición; e). Número, características y frecuencia de quejas sobre incidentes de uso de la fuerza, tanto en los órganos internos de la policía, la disciplina administrativa, la justicia penal y la revisión de las comisiones de derechos humanos, así como las medidas adoptadas al respecto; f). El plan de seguridad pública, incluyendo diagnóstico, objetivos, líneas e informe anual de evaluación de instrumentación;

15 Sus reglamentos internos son:
Bando de Policía y Buen Gobierno.  Reglamento Municipal de Seguridad Pública.  Reglamento Interno de la Administración Pública.  Reglamento de Jefes de Manzana.  Reglamento Municipal del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.  Reglamento Municipal de Saneamiento y Limpia Pública

16 El municipio de Paso Del Macho, presenta faltas en cuanto a su administración pública y el acceso a la información, sin embargo en la percepción de los pobladores se está realizando un buen trabajo debido a la comparación que se le hace con la administración pasada, donde no hubo ningún avance por parte del ayuntamiento a excepción del tema del deporte, sin embargo actualmente el ayuntamiento se muestra más amigable y da solución medianamente a las necesidades primordiales de los pobladores, con esto me refiero a que si alguna persona se presenta al palacio municipal a pedir una ayuda ya sea económica o material se le otorga con el simple requisito de ser reconocido por otro poblador,

17 Recomendaciones Crear nuevas fuentes de empleo, así como regularizar los cumplimientos del ayuntamiento para con el gobierno del estado, además de los siguientes proyectos: Creación de una casa de cultura Creación de una terminal de autobuses Creación de nuevas fuentes de empleo. Creación de un museo con piezas originales Creación de Plan Municipal de Desarrollo. Creación de una vía turística incluyendo un recorrido por los diferentes puntos del municipio.

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