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CARTAS ORGÁNICAS (Participación Ciudadana para lograr Autonomía)

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Presentación del tema: "CARTAS ORGÁNICAS (Participación Ciudadana para lograr Autonomía)"— Transcripción de la presentación:

1 CARTAS ORGÁNICAS (Participación Ciudadana para lograr Autonomía)

2 ¿Qué es la Carta Orgánica Municipal?
La Ley Marco de Autonomías y Descentralización (LMAD) en su artículo 60, señala que la Carta Orgánica “ Es la norma institucional básica de las Entidades Territoriales Autónomas (ETA), reconocida y amparada por la CPE como parte de su ordenamiento jurídico. Expresa la voluntad de sus habitantes y define sus derechos y deberes. Establece las instituciones políticas de las ETA, sus competencias, la financiación de éstas, los procedimientos a través de los cuales los órganos de la autonomía se desarrollarán”.

3 Marco Legal de la Carta Orgánica…
El artículo 271 de la Constitución Política del Estado (CPE) establece que la Ley Marco de Autonomía regulará el procedimiento para la elaboración de Estatutos Autonómicos y Cartas Orgánicas, El artículo 274 señala que cada órgano deliberativo de las ETA elaborará de manera participativa el proyecto de Carta Orgánica

4 LA PARTICIPACION COMO PARTE DE LA DEMOCRACIA
El Estado adopta para su gobierno la forma: Democrática Participativa, Referendo, la Iniciativa Legislativa Ciudadana, la revocatoria de mandato, la asamblea, el cabildo y la consulta previa. Representativa. Comunitaria

5 con participación y control social.
DERECHOS Derecho a la vida y a la integridad No sufrir violencia La provisión de servicios debe responder a los criterios de universalidad, responsabilidad, accesibilidad, continuidad, calidad, eficiencia, eficacia, tarifas equitativas y cobertura necesaria; con participación y control social.

6 DERECHOS (CIVILES) A la libertad de reunión y asociación, en forma pública y privada, con fines lícitos. A expresar y difundir libremente pensamientos u opiniones por cualquier medio de comunicación A acceder a la información, interpretarla, analizarla y comunicarla libremente, de manera individual o colectiva. A la libertad y seguridad personal Nadie podrá ser detenido, aprehendido o privado de su libertad, salvo en los casos y según formas establecidas por la ley

7 DERECHOS (POLÍTICOS) Todas las ciudadanas y los ciudadanos tienen derecho a participar libremente en: la formación, ejercicio y control del poder político, directamente o por medio de sus representantes, y de manera individual o colectiva. La participación será equitativa y en igualdad de condiciones entre hombres y mujeres. COMITÉ DE VIGILANCIA

8 DEBERES Conocer, cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes
Tributar en proporción a su capacidad económica, conforme con la ley. Resguardar, defender y proteger el patrimonio natural, económico y cultural de Bolivia. Proteger y defender los recursos naturales y contribuir a su uso sustentable, para preservar los derechos de las futuras generaciones. Proteger y defender un medio ambiente adecuado para el desarrollo de los seres vivos

9 GARANTÍAS Responsabilidad de los funcionarios públicos. Los delitos cometidos por servidores públicos que atenten contra el patrimonio del Estado y causen grave daño económico, son imprescriptibles y no admiten régimen de inmunidad. En caso de que el Estado sea condenado a la reparación patrimonial de daños y perjuicios, deberá interponer la acción de repetición contra la autoridad o servidor público responsable de la acción u omisión que provocó el daño.

10 ACCIONES DE DEFENSA Acción de inconstitucionalidad Acción de libertad
Acción de amparo constitucional Acción de protección de la privacidad Acción popular Acción de cumplimiento

11 ¿Qué debe hacer la C.O. Municipal?
Puntualizar la estructura de la autonomía. Desconcentrar la administración municipal: distritos, subalcaldías Crear distritos Indígena Originario Campesino (IOC) si existe población indígena en minoría. Indicar que el Órgano ejecutivo, Alcalde(sa) es elegido(a) por sufragio universal, en lista separada de concejales, elegidos por mayoría simple. Definir el número de concejales(las), y la conformación del Concejo, de acuerdo a la Ley Electoral. Determinar las autoridades encargadas de la administración, el número y sus atribuciones Declarar los principios que regirán el sistema; su modelo de organización, crecimiento y de distribución de recursos.

12 Contenido mínimo de la C.O. Municipal
1. Declaración de sujeción a la CPE y las leyes. 2. Identidad de la entidad autónoma. 3. Ubicación de su jurisdicción territorial. 4. Estructura organizativa y la identificación de sus autoridades. 5. Forma de organización del órgano legislativo y deliberativo. 6. Facultades y atribuciones de las autoridades, asegurando el cumplimiento de las funciones ejecutiva, legislativa y deliberativa; su organización, funcionamiento, procedimiento de elección, requisitos y periodo de mandato.

13 Contenido mínimo de la C.O. Municipal
7. Disposiciones generales sobre planificación, Administración y régimen financiero; establecer las instituciones y autoridades responsables de la administración y control de recursos fiscales. 8. Desconcentración administrativa 9. Mecanismos y formas de P y CS 10. Relaciones institucionales de la ETA 11. Régimen de igualdad de género, generacional y discapacidad. 12. Régimen para minorías, naciones y pueblos indígena originario u otros de su jurisdicción. 13. Reforma del estatuto o CO, total o parcial. 14. Disposiciones que regulen la transición hacia la CO

14 Competencias Exclusivas: Materia Institucional y Administrativa
Elaborar su C.O. de acuerdo a la CPE y la LMAyD. Iniciativa y convocatoria de Consultas y Referendos Municipales en las materias de su competencia. Constituir y reglamentar la Guardia Municipal para coadyuvar el cumplimiento, ejercicio y ejecución de sus competencias y el cumplimiento de las normas municipales y de sus resoluciones emitidas. Promover y suscribir convenios de Asociación o Mancomunidad con otros municipios. Con personas naturales o colectivas, públicas y privadas para el desarrollo y cumplimiento de sus atribuciones, competencias y fines.

15 Competencias Exclusivas: En Materia Desarrollo Humano Integral
Planificar y promover el desarrollo local. Promoción y desarrollo de proyectos y políticas para niñez, adolescencia, mujer, adulto mayor y personas con discapacidad. Deporte en el ámbito de su jurisdicción. Promoción y conservación de la cultura, patrimonio cultural, histórico, artístico, monumental, arquitectónico, tangible e intangible municipal. Desarrollar actividades artísticas en el ámbito de su jurisdicción. Centros de información, documentación (archivos, bibliotecas, museos, hemerotecas y otros).

16 Competencias Exclusivas: Planificación y Desarrollo Urbano Sustentable
PDM en concordancia con la PDDES y PN. Elaboración de PLOTs y PLUS en coordinación con el Estado, departamento e indígenas. Estadísticas municipales. Preservar, conservar y contribuir a la protección del medio ambiente y recursos naturales, fauna silvestre y animales domésticos. Áreas protegidas municipales en conformidad con parámetros y condiciones establecidas. Áridos y agregados, en coordinación con los PIOC. Catastro urbano en el ámbito de su jurisdicción

17 Competencias Exclusivas: En Materia Fiscal y Financiera
Fondos de inversión y mecanismos de transferencia de recursos necesarios e inherentes a los ámbitos de sus competencias. Creación y administración de impuestos de carácter municipal, que no sean semejantes a los impuestos nacionales o departamentales. Creación y administración de tasas, patentes a la actividad económica y contribuciones especiales de carácter municipal. Elaborar, aprobar y ejecutar sus programas de operaciones y su presupuesto.

18 Competencias Exclusivas: En Materia de Servicios
Políticas para la defensa de los consumidores y usuarios en el ámbito municipal. Controlar la calidad y sanidad en la elaboración, transporte y venta de productos alimenticios. Servicio de alumbrado público de su jurisdicción. Regular las tarifas del transporte urbano, registro de propiedad automotor, ordenamiento y educación vial, administración y control del tránsito urbano. Servicios básicos y la aprobación de tasas. Aseo urbano, manejo y tratamiento de residuos sólidos. Participar en empresas de industrialización, distribución y comercialización de hidrocarburos, en asociación con entidades nacionales del sector.

19 Competencias Exclusivas: Materia de Desarrollo Productivo
Promoción del empleo y mejora de las condiciones laborales en el marco de las políticas nacionales. Proyectos de infraestructura productiva. Sistemas de microriego en coordinación con los pueblos indígenas originarios campesinos. Espectáculos públicos y juegos recreativos. Publicidad y propaganda urbana. Políticas de turismo local.

20 ¿Quiénes redactaran las C.O. en el Municipio?
La Convención Estatuyente o Asamblea Municipal, será la encargada de redactar la C.O. de manera participativa. Aquellas personas que sean designadas por los vecinos o comunarios del municipio, formarán parte de la Asamblea Municipal estatuyente. La aprobación de la C.O. estará a cargo del Concejo Municipal, quien deberá elevarla a control de constitucionalidad y luego deberá someterla a Referéndum municipal.

21 ¿ Qué pasa con los municipios que NO elaboren o aprueben su carta Orgánica?
Los municipios que no elaboren o aprueben su Carta Orgánica ejercerán los derechos de Autonomía consagrados en la CPE y la Ley marco de Autonomías y Descentralización , siendo la Ley de Municipalidades (Ley 2028) la norma supletoria con la que se rijan, en lo que no hubiera legislado el propio Municipio, en ejercicio de sus competencias.

22 Concejo Municipal

23 Fases de la construcción de la Carta Orgánica Municipal
Concientización e involucramiento Capacitación de actores Preparación de Recursos financieros. Conformación del Equipo Político Social Puesta en marcha del Proceso: CO En el Municipio PREPARACION ORGANIZACIÓN 1er. O.M. Elaboración del Diagnóstico Situacional Conformación de la Asamblea Comisiones Sectoriales y Equipo de Trabajo Elaboración Participativa: Mesas, debates, etc. Elaboración del 1er Documento Borrador 2da. O.M. ELABORACIÓN DE LA C.O. Socialización del 1er Borrador Revisión técnico jurídica Ajuste y correcciones técnicas y ciudadanas Documento Ajustado y corregido VALIDACIÓN CIUDADANA 2/3 del Concejo aprueba el Documento en ACTO PUBLICO. Remisión del Proyecto al Tribunal Constitucional APROBACIÓN 3er. O.M.

24 Fases de la construcción de la Carta Orgánica Municipal
Recepción y revisión constitución del Documento CO. Pronunciamiento Positivo del Tribunal REVISIÓN CONSTITUCIONAL Solicitud del Concejo al Órgano Electoral la convocatoria a REFERENDUM. Recibida la fecha para el Referéndum, el Concejo emite la Convocatoria al mismo. (120 días d/convocatoria) REFERENDUM APROBATORIO 4ta. O.M. NO SI Concejo convoca a un nuevo Proceso de concertación Ciudadana, se corrige y se remite a revisión Se Promulga. Se pone en vigencia Se aplica

25 MUCHAS GRACIAS


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