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EDIFICIO MERCOSUR MONTEVIDEO URUGUAY

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Presentación del tema: "EDIFICIO MERCOSUR MONTEVIDEO URUGUAY"— Transcripción de la presentación:

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2 EDIFICIO MERCOSUR MONTEVIDEO URUGUAY

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4 MERCOSUR: COMPUESTO POR ARGENTINA, BRASIL, PARAGUAY Y URUGUAY ( VENEZUELA-Tramite ratificacion pendiente-acuerdo adhesion)

5 PROCESO INTEGRACIÓN MERCOSUR
PROTOCOLO DE EXPANSIÓN TERRITORIAL/ URUGUAY-BRASIL (’70)‏ origen acuerdos Argentina-Brasil motivaciones políticas -superar conflicto entre países TRATADO DE ASUNCIÓN/ ARGENTINA- BRASIL- PARAUAY- URUGUAY (1991)‏ Tratado de Asunción: marco regionalismo abierto concebido como acuerdo tendiente a ampliar espacio económico empresas con orientación exportadora 24 PROTOCOLOS BILATERALES/ARGENTINA- BRASIL ( )‏ DECLARACIÓN DE FOZ DE IGUAZÚ/ COMISIÓN MIXTA DE ALTO NIVEL PARA LA INTEGRACIÓN (1985)‏ ACUERDO DE COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA, SUSCRIPCIÓN EN ALADI. (1990)‏

6 TRATADO DE ASUNCIÓN ARGENTINA- BRASIL- PARAGUAY- URUGUAY 1991
INSTRUMENTO QUE CREA MERCOSUR ACUERDO DE VOCACIÓN REGIONAL ACUERDO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA PROGRAMA DE LIBERACIÓN COMERCIAL COORDINACIÓN DE POLÍTICAS MACROECONÓMICAS ARANCEL EXTERNO COMÚN

7 FUENTES JURÍDICAS DEL MERCOSUR
El Tratado de Asunción sus protocolos y los instrumentos adicionales o complementarios Los acuerdos celebrados en el marco del Tratado de Asunción y sus protocolos Expresiones de los órganos decisorios del Mercosur; Decisiones, Resoluciones y Directivas

8 SISTEMA SOLUCIÓN CONTROVERSIAS MERCOSUR
sistema solución controversias Tratado de Asunción sistema solución controversias Protocolo de Brasilia sistema solución controversias Protocolo de Ouro Preto sistema solución controversias Protocolo de Olivos – Situación actual.

9 SISTEMA SOLUCIÓN CONTROVERSIAS TRATADO ASUNCION
Anexo III TA. 1.-NEGOCIACIONES DIRECTAS 2.-PROCEDIMIENTO ANTE: CMC - GMC Funciones conciliatorias Procedimientos se aplican a controversias entre Estados Excluía reclamos de personas físicas o jurídicas.

10 SOLUCIÓN CONTROVERSIAS PROTOCOLO DE BRASILIA
Mecanismos: A) -Controversias entre Estados Partes. Etapas: 1.-Negociaciones directas. 2.-Intervención GMC: mediación, buenos oficios, conciliación, o informes. Formula recomendaciones. 3.- Procedimiento arbitral : Estados Miembros aceptan como obligatoria, ipso facto y sin acuerdo especial la jurisdicción del tribunal arbitral. No es tribunal permanente.

11 B) RECLAMO DE PARTICULARES.
Protocolo Brasilia :regula procedimiento de personas físicas o jurídicas. Etapas: 1.- Sección Nacional del GMC. 2.- Intervención GMC : emite dictamen sin fuerza obligatoria. 3.-País puede recurrir directamente a arbitraje.

12 SISTEMA SOLUCIÓN CONTROVERSIAS PROTOCOLO DE OURO PRETO
Las disposiciones del Sistema de Solución de Controversias, incluidas en Capítulo VI POP, no difieren sustancialmente de las comprendidas en Protocolo de Brasilia. POP: incorpora posibilidad entablar reclamaciones ante Comisión de Comercio del MERCOSUR (CCM)

13 SISTEMA SOLUCIÓN CONTROVERSIAS PROTOCOLO DE OLIVOS
“Protocolo de Olivos para Solución Controversias en MERCOSUR” -aprobado por Consejo Mercado Común (CMC) Buenos Aires: 18 febrero Aprobado con carácter transitorio. Artículo 53 Protocolo Olivos -prevé revisión sistema -sigue pendiente carácter provisorio de mecanismos. Desde vigencia: PB y Reglamento quedan derogados . -Mantiene: 1.- negociaciones directas entre las Partes. 2.- Arbitraje

14 Características Protocolo de Olivos:
No modifica sistema Protocolo Ouro Preto sobre: Solución de controversias de las directivas de la Comisión de Comercio sigue vigente. Este sistema de solución de controversias se complementa con Protocolo de Ouro Preto. Agrega: -controversias que surjan - por aplicación o -interpretación de las directivas de la Comisión de Comercio de MERCOSUR - anexo regula procedimiento.

15 MODIFICACIONES PROTOCOLO DE OLIVOS
Posibilidad de aplicar el Protocolo a cuestiones que pueden ser dirimidas: 1.-por Protocolo Olivos o 2.-por otros sistemas de solución de controversias Ej. OMC- u otros esquemas preferenciales en que sean partes los Estados. artículo 1 Protocolo Olivos. posibilidad de elección de foro de los Estados: -de poder optar por foro del MERCOSUR o -por la OMC u -otro sistema regional como el de ALCA, o -el que se cree en otro espacio integrado. párrafo segundo artículo primero Protocolo de Olivos: una vez elegido el foro y resuelto el diferendo por un foro, no se puede por otra vía pretender un pronunciamiento contrario o diferente -Laudo arbitral medidas antidumping en conflicto : por introducción de pollos provenientes de Brasil cuestión resuelta por tribunal arbitral Se planteo misma controversia ante OMC. Elegido un foro no se puede recurrir a otro.

16 PROCEDIMIENTO REVISION:
Ante Tribunal Permanente de Revisión. Se interpone contra: resoluciones o laudos arbitrales: limitado a cuestiones de derecho de controversia y a las interpretaciones jurídicas del laudo del tribunal arbitral ad hoc. No procede recurso cuando se autorizo a tribunal arbitral ad hoc: a fallar ex equo et bono. Composición Tribunal Permanente Revisión: 5 miembros.

17 Opiniones consultivas MERCOSUR.
Protocolo Olivos reguló las opiniones consultivas en Art. Artículo 3° Opiniones consultivas a Tribunal Permanente Revisión - Consejo Mercado Común: regula procedimiento. Ej.: controversias: aspectos técnicos No son obligatorias salvo por convenio Existe en Corte Internacional de Justicia.

18 PROTOCOLO OLIVOS 1.-Negociaciones directas. 2.-Intervención GMC
1.- reduce a 2 las 3 etapas del Protocolo de Brasilia : 1.-Negociaciones directas. 2.-Intervención GMC 3.- Procedimiento arbitral: 3 árbitros Hace optativa la participación del Grupo Mercado Común. La intervención del GMC deja de ser obligatoria para convertirse en optativa dependiendo del acuerdo de las partes. Creación de lista específica de terceros árbitros Presidentes del tribunal

19 PROCEDIMIENTO 1.- Negociaciones Directas:
- partes de común acuerdo pueden recurrir: 2.- Directamente al Tribunal Permanente de Revisión: 5 árbitros - Evitan procedimiento ante tribunales arbítrales ad hoc: 3 árbitros. Tribunales Arbitrales Ad Hoc y Tribunal Permanente de Revisión fallan la controversia en base a: Tratado de Asunción; Protocolo de Ouro Preto; protocolos y acuerdos celebrados en el marco del Tratado de Asunción; Decisiones del Consejo Mercado Común; Resoluciones del Grupo Marcado Común; Directivas de la Comisión de Comercio del MERCOSUR ; y los principios y disposiciones de Derecho Internacional aplicables a la materia. Mantiene reclamaciones de particulares.

20 MECANISMOS EXPEDITOS En Capítulo II :
-Posibilidad de establecer mecanismos de solución especiales para las diferencias que existan entre los EP -sobre aspectos técnicos que se regulen en instrumentos de políticas comerciales comunes.

21 COMPETENCIAS TRIBUNAL PERMANENTE
1.-COMPETENCIA EN ÚNICA INSTANCIA : se admite acceso directo de las Partes una vez fracasadas las negociaciones directas. La decisión -no queda sujeta a ningún recurso de revisión y tiene fuerza de cosa juzgada para las Partes. 2.- COMPETENCIA PARA EMITIR OPINIONES CONSULTIVAS. se faculta a Consejo Mercado Común para regular procedimiento.

22 MEDIDAS COMPENSATORIAS
Dictado el laudo el EP que ha perdido la controversia tiene obligación de cumplirlo, sin perjuicio de las medidas compensatorias que se adopten . Que consisten en: -la suspensión de concesiones u otras equivalentes. EP que adopte las medidas debe justificar las razones que fundamentan su decisión.

23 LOS PARTICULARES Mantiene procedimiento de reclamaciones de particulares -intervención del particular en procedimiento de consultas. Los particulares: personas físicas o jurídicas participación restringida como denunciantes y no litigantes.

24 EDIFICIO MERCOSUR MONTEVIDEO, URUGUAY


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