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Publicada porJuan Luis Agüero Macías Modificado hace 7 años
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PROGRAMA NACIONAL DE CERTIFICACIÓN Y RECERTIFICACIONES
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DEFINICIONES Inscripción : Es la inscripción obligatoria que todo profesional debe realizar en el registro oficial del Ministerio de Salud (Dirección de Regulación), para ejercer su profesión en el marco de la norma vigente establecida por la Ley.
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DEFINICIONES Certificación : es el resultado de un acto por el cual un Organismo competente, aplicando criterios preestablecidos, luego de un proceso de evaluación transparente, asegura que el profesional del campo de la salud, posee conocimientos, habilidades y actitudes propias para el ejercicio de su profesión y con una conducta ética y moral.
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DEFINICIONES Recertificación: Es el resultado de un acto que realiza un Organismo competente en el cual al aplicar criterios preestablecidos, asegura a través de un proceso de evaluación transparente, que un profesional de la salud debidamente inscrito y previamente certificado, mantiene actualizado sus conocimientos y ha desarrollado habilidades y actitudes dentro del marco ético adecuado.
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REGLAMENTACIÓN La Certificación y Recertificación es de cumplimiento obligatorio para desempeñarse en establecimientos de Salud tanto Nacionales como departamentales y Privados que quieran adherirse a ese plan.
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CERTIFICACIÓN El Programa de Certificación y Recertificación es un proceso que debe realizarse a los profesionales del campo de la salud.
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REGLAMENTACIÓN Se establece un listado de profesiones aceptadas por el Ministerio de Salud, con la siguiente categorización: Médicas Odontológicas De Enfermería Tecnología Médica
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REGLAMENTACIÓN La Certificación es obligatoria para anunciarse como profesional de la salud. La Certificación y Recertificación debe ser realizada por "Los Pares" de las entidades con capacidad para hacerlo, que pueden agruparse en Consejos.
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Este proceso debe ser conducido por la Comisión Nacional de Certificación y Recertificación, será autónoma y estará conformada por las Universidades acreditadas y registradas por el CNU e integrada por: Ministerio de Salud, INSS, Asociaciones y/ o Colegio Médico, Asociaciones y / o Colegio Odontológico, Asociación de Enfermeras, y la O PS que brindará Asesoría y Asistencia técnica.
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REQUISITOS PARA OPTAR A LA CERTIFICACIÓN:
Poseer título de profesional de la salud, acreditado por una Universidad Nacional o Extranjera reconocida y acreditada. En caso de ser especialistas haber cursado y aprobado un programa formativo de postgrado universitario que le permita alcanzar las competencias adicionales, necesarias para su desempeño profesional.
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REQUISITOS PARA OPTAR A LA CERTIFICACIÓN:
Estar inscrito en el Registro oficial del Ministerio de Salud (Dirección de Regulación) Presentar una solicitud ante la Comisión Nacional de Certificación y Recertificación
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REQUISITOS PARA OPTAR A LA RECERTIFICACIÓN:
Solicitud dirigida a la Comisión Nacional de Certificación y Recertificación. El solicitante deberá estar Certificado previamente. Alcanzar la puntuación establecida.
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REQUISITOS… La Recertificación debe realizarse cinco (5) años después de la certificación y su validez será de cinco (5) años.. El puntaje académico se podrá obtener mediante: Educación Permanente en Salud, Formación Autodidacta, actividades por méritos docentes, asistenciales, de investigación y administrativos.
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PROCEDIMIENTOS PARA ALCANZAR LA RECERTIFICACIÓN
Se obtendrá la Recertificación acumulando un mínimo de 100 puntos créditos en cinco años. En caso de no reunir los 100 puntos en 5 años, el postulante deberá someterse a lo establecido por la Comisión Nacional de Certificación y Recertificación.
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DEFINICIONES Educación Permanente de Salud Es el proceso educativo de actualización y perfeccionamiento continuo. Es una propuesta educativa realizada en los ámbitos laborales, destinada a reflexionar e intervenir sobre el proceso de trabajo dirigido a mejorar la calidad de los servicios y las mismas condiciones laborales.
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DEFINICIONES… Los procesos educativos en el campo de salud pueden ser considerados como intervenciones capaces de movilizar, circular, producir y transferir conocimientos, tecnología, valores y sentimientos
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DEFINICIONES… La educación permanente en salud permite acumular puntos, créditos académicos que llevarán a la recertificación del personal de salud.
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DEFINICIONES… Formación autodidacta:
Es la formación para actualización y perfeccionamiento que se obtiene a través del auto estudio o auto formación o como producto de cursos recibidos on line a través de Internet.
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OTRAS FORMAS DE OBTENER PUNTAJES
Actividades acreditadas que comprenden Jornadas Científicas Nacionales y extranjeras, Congresos, Seminarios, talleres y otros eventos que les harán ganar los puntos establecidos por la Comisión Nacional de Certificación Recertificación.
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OTRAS FORMAS DE OBTENER PUNTAJES
La asistencia y permanencia en investigaciones de interés Nacional que se desarrollen en las Unidades de Salud (Centros de Salud y Hospitalarios) tendrá un puntaje establecido por la Comisión Nacional de Certificación y Recertificación de la especialidad que corresponda..
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S I S T E M A D E P U N T O S CARGO DOCENTE Profesor Titular Universitario 20 Profesor Adjunto Universitario 16 Profesor Auxiliar o Libre Universitario 14 Docente Autorizado Universitario 12 Jefe de Trabajos Prácticos Universitarios 8 Docente a cargo de Unidad Hospitalaria 4 Ayudante Universitario 1
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S I S T E M A D E P U N T O S CLASES DICTADAS Universidad ( no se computa para Docentes) 2 Sociedad Científica 1 TESIS Tesista 10 Dirección 4 PREMIOS ACT. CIENTIFICAS Primer Autor 6 Coautor 4 LIBROS Autor Principal 14 Autor de Capítulo 10
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