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Publicada porRaquel Chávez Araya Modificado hace 7 años
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UNIDAD 1 EL ESTADO DE DERECHO EN CHILE: ELEMENTOS Y MECANISMOS PARA LA ORGANIZACIÓN DEL RÉGIMEN DEMOCRÁTICO BUSCA EL SIGNIFICADO DE LAS PALABRAS EN ROJO APLICACIÓN: CON CADA UNA DE ELLAS ELABORA TRES FRASES JULIÁN GALLEGUILLOS
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LECTURA OBLIGATORIA TEXTO DE ESTUDIO PAGS. 8-43
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CONTENIDOS CONOCER COMPRENDER APLICAR ANALIZAR EVALUAR TOTAL Estado de Derecho 3 2 - 5 (23%) Constitución política de Chile 4 1 10 (45%) Sistema judicial chileno 7 (32%) 10 6 (27%) 3 (14%) (9%) (5%) 22 (100%)
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1. EL ESTADO DE CHILE APRENDIZAJE ESPERADO 1.1 Comprender y valorar el Estado de derecho como marco legal que debe resguardar el ejercicio de los Derechos Humanos, regular el poder de los gobernantes y organizar la convivencia política y social
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CONCEPTO ESTADO AGRUPACIÓN HUMANA, FIJADA EN UN TERRITORIO DETERMINADO Y EN LA QUE EXISTE UN ORDEN SOCIAL, POLÍTICO Y JURÍDICO ORIENTADO HACIA EL BIEN COMÚN, ESTABLECIDO Y MANTENIDO POR UNA AUTORIDAD DOTADA DE PODERES DE COERCIÓN. ESTADO AGRUPACIÓN HUMANA TERRITORIO POLÍTICO PODER
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TIPOS DE ESTADO ESTADO UNITARIO: existe un solo centro de poder político que extiende su accionar a lo largo de todo el territorio FEDERAL: reconoce varias fuentes originarias de poder político, debido a su descentralización administrativa y política: una que corresponde al gobierno central y otra que es propia de los gobiernos regionales. (Ej: Brasil, EEUU)
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CONCEPTO NACIÓN ES UN GRUPO HUMANO VINCULADO ESTRECHAMENTE ENTRE SÍ POR LAZOS DE SANGRE, ORIGEN, RAZA Y, TAMBIÉN, POR AQUELLOS VÍNCULOS COMO LA RELIGIÓN, LA LENGUA Y LA HISTORIA.
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¿Qué entiendes por Estado de Derecho?
El Estado de derecho ¿Qué entiendes por Estado de Derecho? Es la Organización política de la vida social sujeta a procedimientos regulados por ley en el cual los actos del Estado están limitados estrictamente por un marco jurídico supremo guiados por el Principio De Legalidad y el respeto absoluto de los derechos fundamentales. Este concepto alude a aquel estado en que tanto los gobernantes como los gobernados deben someterse a ciertas normas fundamentales obligatorias.
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NORMAS QUE DEFINEN Y TUTELAN EL ESTADO DE DERECHO
La Constitución no señala explícitamente el Estado de derecho como un principio jurídico ni político en la conformación del Estado. Sin embargo, existen diversas normas que lo definen y tutelan, especialmente los artículos 6, 7 y 8, que se refieren a las siguientes materias: La supremacía constitucional e interpretación conforme a la Constitución. Artículo 6 “Los órganos del Estado deben someter su acción a la Constitución y a las normas dictadas conforme a ella, y garantizar el orden constitucional de la República” “Los preceptos de esta Constitución obligan tanto a los titulares o integrantes de dichos órganos como a toda persona, institución o grupo”.
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2. El principio de interdicción de la arbitrariedad.
3. El principio de responsabilidad. La interdicción es una prohibición. La arbitrariedad es un acto contrario a las leyes. De estas dos definiciones se desprende que en virtud del principio de la supremacía constitucional, se prohíben los actos contrarios a las leyes. Inciso final del Artículo 6 “La infracción de esta norma generará las responsabilidades y sanciones que determine la ley”. Artículo 8 “El ejercicio de las funciones públicas obliga a sus titulares a dar estricto cumplimiento al principio de probidad en todas sus actuaciones”.
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Principio de Probidad: es un principio general de la Administración Pública, que implica una “conducta funcionaria moralmente intachable y una entrega honesta y leal al desempeño de su cargo, con preeminencia del interés público sobre el privado.” (Ley , sobre Estatuto Administrativo de los funcionarios públicos).
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4. El principio de distribución del poder estatal en órganos diferenciados
Artículo 7“Los órganos del Estado actúan válidamente previa investidura regular de sus integrantes, dentro de su competencia y en la forma que prescriba la ley. Ninguna magistratura, ninguna persona ni grupo de personas pueden atribuirse, ni aun a pretexto de circunstancias extraordinarias, otra autoridad o derechos que los que expresamente se les hayan conferido en virtud de la Constitución o las leyes. Todo acto en contravención a este artículo es nulo y originará las responsabilidades y sanciones que la ley señale”.
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RELACIÓN ENTRE ESTADO DE DERECHO Y ESTADO DEMOCRÁTICO
En un estado de derecho las leyes organizan y fijan límites de derechos en que toda acción está sujeta a una norma jurídica previamente aprobada y de conocimiento público (en ese sentido no debe confundirse un estado de derecho con un estado democrático, aunque ambas condiciones suelan darse simultáneamente). En una dictadura puede haber Estado de derecho, pero sin un origen legítimo democrático. Además, el deseo del dictador es la base de una gran medida de acciones sin que medie una norma jurídica En democracia se resguarda mejor el Estado de derecho ORIGEN DEL SISTEMA NORMATIVO ESTADO DE DERECHO IMPERIO DE LA LEY ESTADO DEMOCRATICO: EN EL PUEBLO RESIDE EL PODER
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PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS RECURSO DE AMPARO
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RECURSO DE AMPARO ¿QUÉ ES EL RECURSO DE AMPARO?
AQUELLA ACCIÓN QUE LA CONSTITUCIÓN CONCEDE A TODA PERSONA DETENIDA, PRESA O ARRESTADA CON INFRACCIÓN A LA CONSTITUCIÓN O A LA LEY, O QUE SUFRA CUALQUIER OTRA PRIVACIÓN, PERTURBACIÓN O AMENAZA EN SU DERECHO A LA LIBERTAD PERSONAL Y SEGURIDAD INDIVIDUAL ¿CUÁL ES EL OBJETIVO DEL RECURSO DE AMPARO? QUE EL AFECTADO SEA LLEVADO FRENTE A UN JUEZ PARA QUE REVISE LA LEGALIDAD DE LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD. SI ES EL CASO, SE DECRETARÁ SU LIBERTAD INMEDIATA O SE PONDRÁ AL INDIVIDUO A DISPOSICIÓN DEL JUEZ COMPETENTE. EN GENERAL, SE BUSCA REESTABLECER EL DERECHO VULNERADO Y ASEGURAR LA DEBIDA PROTECCIÓN DEL AFECTADO. ¿CÓMO Y ANTE QUIEN SE INTERPONE? POR ESCRITO, SEÑALANDO LOS HECHOS AL JUEZ DE GARANTÍA Y, SI ES PREVENTIVO, ANTE LA CORTE DE APELACIONES DEL DOMICILIO DEL AFECTADO. NO HAY PLAZOS, MIENTRAS SE MANTENGA LA lA PRIVACIÓN, AMENAZA O PERTURBACIÓN DE LIBERTAD.
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RECURSO DE PROTECCIÓN ¿QUÉ ES EL RECURSO DE PROTECCIÓN?
ES AQUELLA ACCIÓN QUE LA CONSTITUCIÓN CONCEDE A TODAS LAS PERSONAS QUE COMO CONSECUENCIA DE ACTOS U OMISIONES ARBITRARIAS O ILEGALES, SUFREN PRIVACIÓN, PERTURBACIÓN O AMENAZA A SUS DERECHOS Y GARANTÍAS CONSTITUCIONALES ¿CUÁL ES EL OBJETIVO DEL RECURSO DE PROTECCIÓN? QUE LA CORTE ORDENE TODAS LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA REESTABLECER EL DERECHO VULNERADO Y ASEGURAR SU PROTECCIÓN. IGUAL SE PUEDEN PRESENTAR OTRAS ACCIONES ANTE LA AUTORIDAD O LOS TRIBUNALES DE JUSTICIA. ¿CÓMO Y ANTE QUIEN SE INTERPONE? POR ESCRITO, SEÑALANDO LOS HECHOS A LA CORTE DE APELACIONES DEL LUGAR DONDE ESTOS OCURREN Y EN UN PLAZO NO SUPERIOR A 30 DÍAS ACTIVIDAD: ¿COMO INTERPRETAS ESTA IMAGEN?
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APRENDIZAJES ESPERADOS
2. CONSTITUCIÓN POLÍTICA APRENDIZAJES ESPERADOS 1.2 Analizar el origen histórico de la Constitución Política, sus desafíos pendientes y demandas de reformulación, así como las formas en que esta organiza el régimen democrático, estableciendo las bases de la institucionalidad, el carácter y la finalidad del Estado, y la regulación de los derechos y deberes políticos de los sujetos dentro de la nación 1.3 Evaluar crítica y propositivamente el rol de la Constitución Política en la organización del régimen democrático en Chile y en el respeto, garantía y promoción de los Derechos Humanos
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CONSTITUCIÓN POLÍTICA
CONCEPTO ES LA NORMA JURÍDICA POSITIVA FUNDAMENTAL QUE RIGE LA ORGANIZACIÓN Y EL DESARROLLO DE UN ESTADO, ESTABLECIENDO: LA AUTORIDAD, LA FORMA DE EJERCICIO DE ESA AUTORIDAD, LOS PODERES PÚBLICOS, LOS LÍMITES DE ESOS PODERES, Y GARANTIZANDO LA LIBERTAD POLÍTICA Y CIVIL DEL INDIVIDUO.
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ACTIVIDAD DE APLICACIÓN
“ARTÍCULO 19.- LA CONSTITUCIÓN ASEGURA A TODAS LAS PERSONAS: 1º.- EL DERECHO A LA VIDA Y A LA INTEGRIDAD FÍSICA Y PSÍQUICA DE LA PERSONA. LA LEY PROTEGE LA VIDA DEL QUE ESTÁ POR NACER.” EN CHILE, CON ESTE ARTÍCULO VIGENTE, ¿PUEDE APROBARSE UNA LEY QUE PERMITA EL ABORTO? FUNDAMENTA TU RESPUESTA
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ACTUAL CONSTITUCIÓN NOS RIGE LA CONSTITUCIÓN DE 1980, DICTADA EN EL GOBIERNO MILITAR SE LE HICIERON REFORMAS EN 1989 Y 2005
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TEXTO 1 «Era necesario cambiar una Constitución que fue hecha a la fuerza, con un plebiscito que no fue TRANSPARENTE (ahí de nuevo la palabra), y que no garantizaba realmente nada que se pareciera a la democracia. ¿Cuál fue el problema? Bueno pues que ese miedo, al igual que el de la elite concertacionista, también nos paralizó como población, y luego nos acomodó. Y como nos fuimos acomodando, también comenzamos a disfrutar del sistema económico que nos dejó el período militar, sin importarnos que este creara desigualdad en grandes cantidades. Junto con esto nos fuimos olvidando tanto nosotros como nuestras autoridades, de lo que teníamos que exigir (nosotros) y hacer (ellos).» Así han pasado más de veinte años, y hoy recién descubrimos algo raro que ya sabíamos: nuestra Carta Fundamental fue plebiscitada con la intervención de agentes CNI. Es como si nos hubieran apagado el cerebro y hoy recién nos diéramos cuenta de que habíamos descubierto la Pólvora. (ELDINAMO.CL)
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TEXTO 2 Estamos convencidos de que la actual Constitución contempla las regulaciones adecuadas para el momento presente de Chile y el mundo. En cierta medida se adelantó a los tiempos actuales, caracterizados precisamente por un abandono de las economías centralmente planificadas y también del modelo del “Estado benefactor”; por un afán universal de avanzar en el reconocimiento y protección de los derechos fundamentales de las personas y garantizar más y mejores mecanismos protectores de los mismos; por proteger el medio ambiente en que se desenvuelve nuestra vida; por fortalecer y ampliar en todas sus proyecciones la dignidad humana; por la confianza en el Estado de Derecho como marco jurídico bajo el cual se desenvuelve el sistema democrático; por la toma de conciencia a nivel mundial de la necesidad de un manejo responsable y no populista de las finanzas públicas y muchos otros aspectos que se encuentran recogidos en nuestra actual Constitución. (Van de Wyngard, J. (2013). Los aportes fundamentales de la Constitución de 1980 al sistema jurídico-político y social chileno)
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Texto constitucional Artículo 1° Las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos La familia es el núcleo fundamental de la sociedad. El Estado reconoce y ampara a los grupos intermedios a través de los cuales se organiza y estructura la sociedad y les garantiza la adecuada autonomía para cumplir sus propios fines específicos. El Estado está al servicio de la persona humana y su finalidad es promover el bien común, para lo cual debe contribuir a crear las condiciones sociales que permitan a todos y a cada uno de los integrantes de la comunidad nacional su mayor realización espiritual y material posible, con pleno respeto a los derechos y garantías que esta Constitución establece. Es deber del Estado resguardar la seguridad nacional, dar protección a la población y a la familia, propender al fortalecimiento de ésta, promover la integración armónica de todos los sectores de la Nación y asegurar el derecho de las personas a participar con igualdad de oportunidades en la vida nacional. Artículo 2° Son emblemas nacionales la bandera nacional, el escudo de armas de la República y el himno nacional. Artículo 3º El Estado de Chile es unitario.
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NACIONALIDAD Y CIUDADANÍA
Nacionalidad: constituye el “estado propio de la persona nacida o naturalizada (admitida en el país como si fuera natural de allí) en una nación”. Ciudadanía: se refiere a la calidad que hace a una persona ser “sujeto de derechos políticos y que interviene, ejercitándolos, en el gobierno del país”. Por ende, en esta definición inicial, la ciudadanía está vinculada directamente con la posesión y ejercicio de los derechos políticos.
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LA NACIONALIDAD ¿QUIENES SON CHILENOS. El art
LA NACIONALIDAD ¿QUIENES SON CHILENOS? El art. 10 de la Constitución establece 1. Los nacidos en el territorio de Chile, con excepción de los hijos de extranjeros que se encuentren en Chile en servicio de su Gobierno, y de los hijos de extranjeros transeúntes, todos los que, sin embargo, podrán optar por la nacionalidad chilena. 2. Los hijos de padre o madre chilenos, nacidos en territorio extranjero. Con todo se requerirá que alguno de sus ascendientes en línea recta de primer o segundo grado, haya adquirido la nacionalidad chilena en virtud de lo establecido en los números 1º, 3º y 4º. 3. Los extranjeros que obtuvieren carta de nacionalización en conformidad a la ley. 4. Los que obtuvieren especial gracia de nacionalización por ley.
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PÉRDIDA DE LA NACIONALIDAD
Art. 11 de la CPR
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LA CIUDADANÍA ¿QUIÉNES SON CIUDADANOS?
ART.13 DE LA CPR LOS DERECHOS CIUDADANOS POSTULAR A CARGOS DE ELECCIÓN POPULAR OTROS DERECHOS ESTABLECIDOS POR LA CONSTITUCIÓN A SUFRAGIO
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SUSPENSIÓN DE DERECHO A SUFRAGIO
Articulo 16
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¿QUÉ ES SOBERANÍA? ES EL EJERCICIO DE LA AUTORIDAD SUPREMA QUE RESIDE EN EL PUEBLO Y QUE SE EJERCE A TRAVÉS DE LOS PODERES PÚBLICOS DE ACUERDO A SU PROPIA VOLUNTAD Y SIN LA INFLUENCIA DE ELEMENTOS EXTRAÑOS. PODERES PÚBLICOS AUTORIDAD G O B I E R N A E L I G PUEBLO
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¿QUÉ POSIBILIDADES DE PARTICIPACIÓN TENGO?
CIUDADANA PARTICIPACÍÓN POLÍTICA ELECTORAL PARTIDARIA SOCIAL COMUNITARIA SUFRAGIO EN ELECCIONES Y PLEBISCITOS PARTIDOS POLÍTICOS ORGANIZACIONES COMUNITARIAS SE EJERCE A TRAVÉS DE EN EN EN
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Límites a la soberanía: los derechos humanos
La parte final del artículo 5 de la Constitución, señala: “El ejercicio de la soberanía reconoce como limitación el respeto a los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana. Es deber de los órganos del Estado respetar y promover tales derechos, garantizados por esta Constitución, así como por los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes”. La Constitución reconoce los derechos humanos, en su mayoría, en su artículo 19; pero también acepta como fuente de ley, los tratados internacionales de derechos humanos, ratificados por Chile. Para que los tratados de derechos humanos se transformen en ley : la República, deben cumplir ciertos requisitos.
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FUNCIONES Y ÓRGANOS DEL ESTADO
SEPARACIÓN DE PODERES DEL ESTADO: Este principio fue formulado por el inglés John Locke, en su obra Segundo Tratado del Gobierno Civil, y consolidado por el francés Montesquieu, en El espíritu de las Leyes. PODERES DEL ESTADO LEGISLATIVO (HACE LAS LEYES) EJECUTIVO (ADMINISTRA AL ESTADO) JUDICIAL (SANCIONA A LOS QUE NO CUMPLEN LA LEY)
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GOBIERNO (PODER EJECUTIVO)
ACTIVIDAD EN BASE A TEXTO DE ESTUDIO (PAGINAS 30 Y 31) (CAPÍTULO IV DE NUESTRA CONSTITUCION) RESPONDA LAS SIGUIENTES PREGUNTAS: 1. EN GENERAL, QUE FUNCIONES LE COMPETEN AL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA 2 ¿CÚALES SON LOS REQUISITOS PARA SER PRESIDENTE? 3. ¿DE CUANTOS AÑOS ES EL PERIODO DE GOBIERNO DEL PRESIDENTE Y QUE SE ESTABLECE RESPECTO A LA REELECCIÓN? 4. ¿QUE PROCEDIMIENTO ESTÁ ESTABLECIDO EN EL CASO DE QUE NINGUNO DE LOS CANDIDATOS OBTUVIESE MAYORÍA ABSOLUTA (+ DE 50% DE LOS VOTOS VÁLIDAMENTE EMITIDOS) EN LA ELECCIÓN PRESIDENCIAL 5. ¿QUIEN Y EN QUÉ CIRCUNSTANCIAS EJERCE EL CARGO DE VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA? 6. MENCIONE 7 ATRIBUCIONES DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA?
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CONGRESO NACIONAL (PODER LEGISLATIVO)
ACTIVIDAD EN BASE A TEXTO (PAGINAS 32 A 34 y 52) (CAPÍTULO V DE LA CONSTITUCIÓN) COMPLETE EL SIGTE. CUADRO DE SÍNTESIS CAMARA ASPECTOS DE DIPUTADOS EL SENADO REQUISITOS DURACION EN EL CARGO Y RENOVACIÓN NÚMERO DE DISTRITOS Y REPRESENTANTES POR CADA UNO ATRIBUCIONES EXCLUSIVAS
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¿QUIÉN(ES) LO COMPONEN Y QUIEN LOS NOMBRA?
ÓRGANOS DE CONTROL: ACTIVIDAD EN BASE A TEXTO (PAGINAS 40 Y 41) COMPLETE EL SIGTE. CUADRO DE SÍNTESIS INSTITUCIONES ¿QUIÉN(ES) LO COMPONEN Y QUIEN LOS NOMBRA? ATRIBUCIONES La Contraloría General de la República El Tribunal Constitucional
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Tribunales electorales regionales
Instancia jurisdiccional encargada de conocer de los asuntos que se promuevan con motivo de las elecciones que tengan lugar en los cuerpos intermedios de la sociedad. Posteriormente, fue ampliada su competencia al conocimiento de los escrutinios y la calificación de las elecciones que la ley les encomiende.
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4. FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA JUDICIAL EN CHILE
APRENDIZAJE ESPERADO 1.4 Comprender y analizar el funcionamiento del sistema judicial en Chile, considerando los principales rasgos del sistema procesal penal y civil, así como las responsabilidades penales y civiles, mediante casos reales y vigentes
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TIPOS DE RESPONSABILIDADES JURÍDICAS
RESPONSABILIDAD CIVIL: "la obligación que pesa sobre una persona de indemnizar el daño sufrido por otra". RESPONSABILIDAD PENAL: Es la consecuencia jurídica cuando existe una violación de la ley, realizada por un sujeto imputable o inimputable que lleva a término actos previstos como ilícitos, lesionando o poniendo en peligro un bien material o la integridad física de las personas. La responsabilidad penal la impone el Estado, y consiste en una pena que busca castigar al delincuente e intentar su reinserción para evitar que vuelva a delinquir.
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TRIBUNALES DE JUSTICIA (PODER JUDICIAL)
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SISTEMA PROCESAL EL SISTEMA PROCESAL PENAL BUSCA DETERMINAR SI HA OCURRIDO O NO UN DELITO ESTABLECIDO EN UNA LEY PENAL, Y LA PARTICIPACIÓN EN ÉL DE CIERTOS INDIVIDUOS QUE SON ACUSADOS, YA SEA COMO AUTORES, CÓMPLICES Y/O ENCUBRIDORES. SE DENOMINA PENAL, PORQUE AL SUJETO CONSIDERADO CULPABLE SE LE IMPONE UN CASTIGO DENOMINADO PENA, QUE PUEDE SER: ARRESTO, PRISIÓN, PRESIDIO, SANCIONES PECUNIARIAS (PAGO DE UNA MULTA, EMBARGO DE BIENES) O INHABILIDAD PARA EJERCER DETERMINADOS CARGOS. EN EL SISTEMA PROCESAL CIVIL, ALGUIEN CONSIDERADO CULPABLE DE CAUSAR UN DAÑO, ES OBLIGADO A REPARAR EL DAÑO CAUSADO A LA VÍCTIMA, NORMALMENTE A TRAVÉS DE UNA COMPENSACIÓN ECONÓMICA. LA REFORMA PROCESAL PENAL CAMBIÓ EL ANTIGUO SISTEMA PROCESAL, EN EL CUAL EL MISMO JUEZ ERA QUIEN INVESTIGABA LOS CRÍMENES Y DELITOS, DICTAMINABA CULPABILIDADES Y SANCIONABA LAS SENTENCIAS, PRINCIPALMENTE A TRAVÉS DE DOCUMENTOS ESCRITOS. EN EL NUEVO SISTEMA, LAS TAREAS DE ACUSAR E INVESTIGAR QUEDAN EN MANOS DE UNA FISCALÍA PÚBLICA, EN TANTO QUE LA DEFENSA DE LOS ACUSADOS TAMBIÉN QUEDA EN UNA INSTITUCIÓN DISTINTA: LA DEFENSORÍA PÚBLICA. ASÍ, LOS JUECES SOLO ESCUCHAN LOS ALEGATOS DE AMBAS PARTES (EN JUICIOS ORALES), PARA LUEGO DETERMINAR LA CULPABILIDAD O INOCENCIA DE LOS IMPUTADOS Y ESTABLECER LAS SANCIONES O CASTIGOS CORRESPONDIENTES.
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ACTIVIDAD EN BASE A TEXTO DE ESTUDIO (PÁGINAS 36 A 41) COMPLETA LOS SIGUIENTES CUADROS DE SÍNTESIS
TRIBUNAL FUNCIÓN CORTE SUPREMA CORTE DE APELACIONES JUZGADOS CIVILES JUZGADOS DE LETRAS DE COMPETENCIA COMÚN JUZGADOS DE FAMILIA JUZGADOS DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL DE LETRAS DEL TRABAJO
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5. ACCESO A LA JUSTICIA APRENDIZAJE ESPERADO 1.5 Caracterizar y evaluar los mecanismos de acceso a la justicia en Chile y valorar su importancia para el resguardo de los derechos de las personas y la convivencia ciudadana
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¿Con qué ideas asocias cada imagen?
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INSTITUCIONES DEL ESTADO DESTINADAS A DEFENDER LOS DERECHOS Y GARANTÍAS DE LOS CIUDADANOS
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Ante un delito la victima denuncia y se siguen estos pasos
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SENAME Organismo estatal chileno encargado de la protección de derechos de los menores de edad y adolescentes ante el sistema judicial. Además está encargado de regular y supervigilar las adopciones de menores.
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SERNAC Es un servicio público chileno, dependiente del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que es responsable de cautelar y promover los derechos del consumidor, establecidos en la Ley ,1 además de educar a los mismos sobre sus derechos y deberes.
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Tribunales de familia
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CUESTIONARIO DE ESTUDIO
DEFINA: 1) ESTADO, 2) CONSTITUCIÓN POLITICA, 3) SOBERANÍA 4)NACIÓN, 5)ESTADO DE DERECHO, 6)RECURSO DE AMPARO, 7)RECURSO DE PROTECCIÓN 8) RESPONSABILIDAD CIVIL 9) RESPONSABILIDAD PENAL SEGÚN LA CONSTITUCIÓN¿CUÁLES SON LOS DEBERES DEL ESTADO? ¿QUÉ NORMAS DEFINEN Y TUTELAN EL ESTADO DE DERECHO? ¿CUÁLES SON LOS DERECHOS CIUDADANOS? ¿CUÁLES SON LAS FORMAS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA? CON RESPECTO AL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA QUÉ SE ESTABLECE RESPECTO A: A. LOS REQUISITOS PARA SER ELEGIDO B. PERIODO DE GOBIERNO Y REELECCIÓN C. ATRIBUCIONES 7. ¿CUANDO DEBE EFECTUARSE UNA SEGUNDA VUELTA ELECTORAL PRESIDENCIAL? COMPLETA EL SIGUIENTE CUADRO REFERIDO AL CONGRESO NACIONAL CUALES SON LAS FUNCIONES DE: A LA CORTE SUPREMA B. LA CORTE DE APELACIONES C. CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA D. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL E. LOS TRIBUNALES ELECTORALES REGIONALES 10. DESCRIBE EN QUÉ CONSISTE LA REFORMA PROCESAL PENAL 11. ¿EN LA DEFENSA DE LOS DERECHOS CIUDADANOS QUÉ FUNCIÓN CUMPLE ESPECÍFICAMENTE: A. El MINISTERIO PÚBLICO B. EL SENAME C. EL SERNAC
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PALABRAS QUE TENÍAS QUE DEFINIR
COERCIÓN ARBITRARIEDAD PROBIDAD TRANSEUNTES ESCRUTINIO IMPUTABLE
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