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DIRECCION GENERAL DE SANIDAD VEGETAL

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Presentación del tema: "DIRECCION GENERAL DE SANIDAD VEGETAL"— Transcripción de la presentación:

1 DIRECCION GENERAL DE SANIDAD VEGETAL
DIRECCION DEL PROGRAMA DE NACIONAL DE MOSCAS DE LA FRUTA Manual Operativo para el registro y verificación de huertos de mango para exportación a los Estados Unidos de América con tratamiento hidrotérmico Temporada 2016

2 Objetivo: Establecer el procedimiento para el registro y verificación en cumplimiento a lo previsto en el Plan de Trabajo para el tratamiento y certificación de mangos mexicanos para su exportación a los Estados Unidos.

3 Procedimiento para la actualización del padrón de huertos de mango registrados para exportar a los Estados Unidos 1.- El PFA u otra Figura Autorizada por la DGSV, en coordinación con los OASV, actualizarán el padrón de huertos de mango registrados para exportación a los Estados Unidos en el Sistema para la Gestión de movilización y Operaciones de Campo (SIGMOD), para lo cual se iniciara la recepción de solicitudes de los productores a partir del 1 de diciembre del año en curso, quienes manifestarán su interés de participar en el Programa de Exportación, mediante un formato prellenado por las Juntas Locales de Sanidad Vegetal o el Comité Estatal de Sanidad Vegetal. 2.-Para el ingreso y actualización del la información en el SIGMOD, la DGSV proporcionará la clave y contraseña a cada PFA, identificador de moscas de la fruta, capturista y Verificadores de las Unidades de Verificación (UV), previa solicitud, por lo que deberán enviar su solicitud de clave vía electrónica a la Dirección de Moscas de la Fruta. Las solicitudes de las Unidades de Verificación deberán esta firmador por el Represente Legal.

4 Una vez validados la relación de huertos en el SIGMOD por los PFA’s y los OASV, quienes deberán notificar a la DGSV conforme a las siguientes fechas: Se podrán recibir solicitudes de incorporación al programa hasta el 15 de enero del año correspondiente para los estados de Campeche, Chiapas, Guerrero, Michoacán y Oaxaca; Para los estados de Colima, Jalisco, Nayarit y Sinaloa será el 28 de febrero del año correspondiente. La DGSV únicamente considerará la relación de huertos registrados o modificados a través del SIGMOD, a los cuales se le haya asignado ruta de trampeo. 

5 Requisitos que debe cumplir el productor o usufructuario para que el huerto sea incluido en el padrón: 1.-Presentar copia del aviso de inicio de funcionamiento (formato SV-01) conforme lo establece la NOM-023-FITO-1995. 2.-A través de una figura cooperadora contratar a un Profesional Fitosanitario Autorizado para el seguimiento y registro de las actividades de manejo integrado contra moscas de la fruta. 3.-Realizar las actividades de manejo integrado de moscas de la fruta en el huerto.

6 Integración del expediente técnico del huerto:
El PFA–MF será el responsable de integrar y mantener actualizado de manera electrónica (SIGMOD) el expediente, el cual debe incluir: Formato SV-01 Solicitud de Interés del Productor de Participar en el Programa. Croquis de ubicación del huerto (se sugiere que se elaboré con el apoyo de software de sistemas de información geográfica) Croquis de ubicación de las trampas instaladas Estimación de cosecha Los resultados de las actividades de manejo integrado de moscas de la fruta de las últimas cuatro semanas Los PFA’s podrán atender un máximo de 700 ha.

7 Actividades de monitoreo
Las trampas se colocaran al iniciar la floración, la revisión y su mantenimiento se realizará de acuerdo al Manual Técnico para las Operaciones de Campo de la Campaña Nacional contra Moscas de la Fruta Sección I: Trampeo y Muestreo de frutos. Densidad: 1 trampa / 5 ha; si el huerto es menor a 5 ha se colocará una trampa. En áreas con liberación de moscas estériles se colocara 1 trampa /25 ha; si el huerto es menor se colocará una trampa. Detección de Adultos. Los especímenes capturados deberán enviarse al Organismo Auxiliar de Sanidad Vegetal mas cercano para que se proceda a emitir el dictamen correspondiente y se proceda al calculó del MTD. El encargado de la identificación deberá registrar el resultado en el SIGMOD. Muestreo: se realizará de acuerdo al Manual Técnico para las Operaciones de Campo de la Campaña Nacional contra Moscas de la Fruta Sección I: Trampeo y Muestreo de frutos.

8 Medidas de control de la plaga
CONTROL QUÍMICO Cuando se detecten estados inmaduros y/o adultos se deberán iniciar las actividades de control químico y mecánico, conforme al Manual Técnico para las Operaciones de Campo de la Campaña Nacional contra Moscas de la Fruta Sección II: Control Químico. Spinosad insecticida biológico representa una opción de uso para el control químico de moscas de la fruta. El productor deberá colocar mínimo 10 estaciones cebo por hectárea en el interior y periferia del huerto al inicio de las actividades fitosanitarias y mantenerlas durante todo el periodo de producción del huerto. Se utilizarán dispositivos con cuatro orificios de 10 mm de diámetro cebadas con 250 – 300 ml de proteína enzimática. El periodo de recebado dependerá de la evaporación de la mezcla del cebo selectivo presente en cada zona. El productor deberá mantener funcionales las estaciones cebo.

9 Medidas de control de la plaga
CONTROL MECANICO En casos de detección de larvas en el predio, la fruta tirada deberá ser recolectada y enterrarse a una profundidad de 50 cm, esto con la finalidad de evitar focos de infestación. REGISTRO DE INFORMACIÓN Los resultados del trampeo, muestreo de frutos y medidas de control químico y mecánico deberán ser registradas en el SIGMOD.

10 Verificación de las actividades de monitoreo y control de moscas de la fruta
El personal oficial (PO) y personal técnico de los organismos auxiliares de SV verificarán el cumplimiento de las actividades en los huertos a partir de su registro en el programa de exportación.

11 Proceso de la verificación:
Las Verificaciones en campo : Reunión inicial (Directivos de las JLSV, PFA y Personal Oficial) Supervisar el cumplimiento de las medidas establecidas en el manual

12 Irregularidades en Campo
a) Faltas en la calidad de los sistemas de detección, b) presencia de maleza a tal grado que constituya una barrera para poder llevar a cabo adecuadamente la verificación c) ausencia del mínimo de estaciones cebo funcionales d)detección de adultos de la plaga que rebasen el MTD de e) detección de larva viva de moscas de la fruta; en caso de detección de larva viva se realizará un segundo muestreo. Los huertos que presenten alguna de las irregularidades mencionadas serán excluidos del programa de exportación de la temporada.

13 El Personal Oficial o personal asignado por la DGSV, realizará la verificación de cumplimiento a lo establecido en el presente Manual Operativo, requisitando para tal efecto la “Cédula de Verificación de Huertos de Mango para Exportación a los Estados Unidos”. Datos Generales del Huerto Verificación de Gabinete Verificación de Campo Resultados de la Verificación Información Adicional en la cédula de verificación Observaciones Relación de NO conformidades

14 Informe de resultados a la directiva y pfa
Reunión final Informe de resultados a la directiva y pfa Personal Oficial entregará un informe a la DGSV y Delegación Estatal

15 Notificación de los resultados de la verificación
Personal oficial, deberán enviar a la DMF - DGSV la relación de huertos que no cumplen con lo previsto en el manual, para su publicación en la página Web del SENASICA ( El Padrón de huertos se PODRÁ MODIFICAR conforme a los resultados de la verificación aleatoria que realice la SAGARPA (Delegaciones Estatales y DGSV).

16 Movilización de mango de huertos a empacadora para exportación
Los embarques de mango deberán apegarse a lo establecido en el artículo 22 de la Ley Federal de Sanidad Vegetal, 43, 44, 45 y 47 del Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Vegetal. Los embarques de mango que se movilicen dentro de una zona bajo control fitosanitario o zona de baja prevalencia fitosanitaria, se deberá realizar con el código web generado en el SIGMOD y en caso de alguna contingencia la DGSV autorizará la movilización con la tarjeta de manejo integrado de mosca de la fruta impresa. Cualquier contingencia en el SIGMOD deberá reportarse inmediatamente a la DGSV y la información de las tarjetas emitidas deberá registrarse en las siguientes 48 horas.

17 Solicitud, emisión y validación de códigos web
a) una vez que el productor cuente con el embarque completo deberá solicitar el código web en los módulos autorizados por la dependencia proporcionando: número de registro del huerto, número de placas del vehículo, cantidad de cajas, estimado de peso del embarque, variedad y empaque destino. b) El capturista ingresará la información proporcionada por el productor y procederá a emitir el código web que ampara el embarque. c) El productor proporcional al TEF asignado en el empaque el código web que ampara el embarque d) El TEF ingresa el código web, corrobora que el huerto esté en el listado publicado en la página web del SENASICA, coteja la información con el embarque, y si los datos corresponden a este, procede a realizar el muestreo de frutos y registra los resultados en el SIGMOD.

18 e) El TEF de la UV asignado en empacadoras en zonas de baja prevalencia recibirá el certificado fitosanitario de movilización nacional de embarques procedentes de Zonas Bajo Control Fitosanitario, corroborará los datos del embarque, realizará el muestreo y registra los resultados si no se detectan larvas vivas se procederá a realizar el tratamiento hidrotérmico. Cuando se detecten larvas de moscas de la fruta en un lote muestreado en la empacadora, el TEF de la UV asignado, deberá ingresar la información al SIGMOD inmediatamente. Asimismo, enviar los especímenes al laboratorio del OASV más cercano para su identificación. El resultado de identificación de especímenes deberá quedar asentado en un dictamen firmado por el responsable del laboratorio, y entregar una copia al TEF de la UV para su resguardo. El envío de las larvas deberá realizarse conforme a lo establecido en el Manual Técnico para las Operaciones de Campo de la Campaña Nacional contra Moscas de la Fruta Sección I: Trampeo y Muestreo de Frutos y los costos estarán a cargo de la UV. El taxónomo deberá informar a la DGSV los resultados de identificación de larvas detectadas en embarques con fines de exportación.

19 Estimación de la cosecha de mango en huertos registrados para exportación
Los PFA notificarán de inmediato a la DMF los huertos que han finalizado cosecha o que hayan rebasado lo estimado de producción, para darlos de baja del Programa de Exportación, cancelando la expedición de TMIMF. Si hay controversias del saldo de cosecha, el productor y personal oficial de la SAGARPA, evaluarán y mediante visita podrán reestimar el volumen de cosecha.

20 Irregularidades de los PFA y Capturistas
Uso inapropiado de la clave y contraseña para ingresar al SIGMOD. Manipulación de información para la gestión de los códigos. Clonación del código web. Uso inapropiado de los saldos de cosecha a favor de huertos sin fruta. Emitir un código web para un huerto sin Campaña o sin fruta para corte. Manejo no confidencial de la información bajo su custodia. Expedición de certificado sin consultar ni validar las TMIMF correspondientes Expedición de certificados correspondientes a otro verificador

21 No cotejar los datos del embarque que recibe
Irregularidades de los TEF No cotejar los datos del embarque que recibe Recibir embarques sin código web o certificado fitosanitario no identificar correctamente los estados inmaduros de moscas de la fruta. Validación extemporánea de códigos web Entre otras que determine la Secretaria.

22 GRACIAS POR SU ATENCIÓN


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