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Publicada porAlfonso Castillo Herrera Modificado hace 7 años
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CONVENIOS INTERNACIONALES DE SEGURIDAD SOCIAL LA EXPERIENCIA CHILENA
Subsecretaría de Previsión Social Diciembre de 2016
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CONVENIOS DE SEGURIDAD SOCIAL
“Instrumentos jurídicos de carácter internacional, suscritos por dos o más Estados, con la finalidad de atender las necesidades de Seguridad Social que enfrentan los trabajadores y trabajadoras migrantes, que prestan o han prestado servicios en uno, ambos o varios Estados Partes del Convenio.”
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CONVENIOS INTERNACIONALES DE SEGURIDAD SOCIAL
Características: Naturaleza: Son Tratados Internacionales. Elementos de existencia: Consentimiento y objeto. Elementos de validez: Capacidad jurídica internacional de las Partes, licitud del acto y manifestación de la voluntad del Estado en obligarse en virtud del Convenio (ratificación).
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IMPORTANCIA DE SU ESTABLECIMIENTO
Creciente flujo de trabajadores migrantes. “si todos los trabajadores migrantes vivieran juntos, formarían el quinto país más poblado de la tierra”. OIT.
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EVOLUCIÓN EN CHILE NUESTROS PRIMEROS CONVENIOS DE SEGURIDAD SOCIAL En la década de 1980, existían tres Convenios de Seguridad Social con las Repúblicas de Argentina (1971), España ( 1977) y Uruguay (1982). Estos Convenios sólo se aplicaban al Sistema de Reparto, y a algunas Ex cajas de Previsión de Chile, administradas en la actualidad por el Instituto de Previsión Social (IPS), ex INP.
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PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS PRIMEROS CONVENIOS DE SEGURIDAD SOCIAL
1. Eran de carácter vinculante (la aplicación de la legislación de una de las Partes, excluía la aplicación de la legislación de la otra Parte). 2. No incluían la calidad de imponente activo. 3. Sólo establecían beneficios a los nacionales de cada Estado contratante. 4. Sólo se aplicaban a los sistemas de reparto y a determinadas ex Cajas de Previsión de ese sistema.
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OBJETIVOS: - Regular y proteger el derecho a la Seguridad Social de los nacionales y residentes de ambas Partes. Reconocimiento de los derechos previsionales de la comunidad de chilenos en el exterior. Adecuarse a las nuevas realidades en materia socio laboral.
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EVOLUCIÓN: Actualmente, Chile cuenta con 27 Convenios en la materia, de los cuales, 26 son de carácter bilateral y 1 Multilateral.
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CONVENIOS ACTUALMENTE EN APLICACIÓN
América del Norte 1. Canadá (06/98) 2. E.E.U.U (12/01) 3. Québec (11/99)
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CONVENIOS ACTUALMENTE EN APLICACIÓN
América del Sur 4.Argentina (01/10) 5.Brasil (01/09) 6.Colombia (04/08) 7.Ecuador (01/03) 8.Perú (04/04) 9.Paraguay (07/13) 10.Uruguay (01/00)
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CONVENIOS ACTUALMENTE EN APLICACIÓN
Europa 11. Alemania (12/93) 12. Luxemburgo 1999 (07/99) 13. Austria (12/99) 14. Noruega (06/98) 15. Bélgica (11/99) 16. Portugal (06/00) 17. Dinamarca (09/95) 18. Rep. Checa (03/04) 19. España (03/98) 20. Suecia (01/96) 21. Finlandia (01/08) 22. Francia (09/01) 23. Suiza (03/98) Holanda (06/97) Reino Unido 2015 (01/16)
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CONVENIOS ACTUALMENTE EN APLICACIÓN
Oceanía 25. Australia 2004 (07/04)
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CONVENIOS ACTUALMENTE EN APLICACIÓN
Asia 26. Corea 2015 (02/17)
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CONVENIOS ACTUALMENTE EN APLICACIÓN
Español Portugués CONVENIOS ACTUALMENTE EN APLICACIÓN Multilateral 27. Iberoamericano de Seguridad Social 2011* (01/09) *Mediante este Convenio, Chile puede extender los beneficios de los Convenios a personas residentes o ex residentes en los Estados de Iberoamérica, con los cuales no ha suscrito un convenio bilateral o ser una alternativa al convenio bilateral (Argentina, Bolivia, Brasil, Ecuador, El Salvador, España, Paraguay, Portugal, Perú, Uruguay).
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PENDIENTE APROBACIÓN LEGISLATIVA O ADMINISTRATIVA
Venezuela Italia
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PENDIENTE APROBACIÓN LEGISLATIVA O ADMINISTRATIVA
Venezuela: Pendiente suscripción de Acuerdo Administrativo y formularios de aplicación del Convenio. Italia: Pendiente aprobación de Convenio en Congreso Italiano.
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CONVENIOS EN NEGOCIACIÓN Y/O ANÁLISIS
Nueva Zelanda Costa Rica Israel Rumania India México Honduras Bolivia Grecia El Salvador
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REQUISITOS EXIGIDOS POR LOS CONVENIOS
REQUISITO BÁSICO PARA ACOGERSE A UN CONVENIO: Estar afiliado/a a un régimen previsional en cualquiera de los Estados Partes. BENEFICIARIOS: Trabajadores/as chilenos y del otro Estado suscriptor, que presten o hayan prestado servicios en uno, en ambos países o varios Estados. Trabajadores/as de cualquier otra nacionalidad en las mismas condiciones. c) Personas que deriven derechos de los anteriores (pensión de sobrevivencia).
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BENEFICIOS QUE OTORGAN LOS CONVENIOS DE SEGURIDAD SOCIAL*
a) Derecho a Pensionarse, en cualquiera de los Estados Contratantes. b) Continuidad Previsional y evitar la doble cotización internacional. “trabajadores desplazados”. Trabajadores domiciliado en uno de los Estados que prestan servicios temporales en el territorio de la otra Parte, están exentos de efectuar cotizaciones en este segundo país* c) Exportación de Pensiones. Pago de la pensión concedida por una de las Partes, en el territorio de la otra, sin descuentos administrativos (salvo tasas interbancarias por cambio de divisas y costos de transferencia) d) Totalización de períodos de seguro. Se suman las cotizaciones registradas en todos los Estados, para efecto el abrir el derecho a pensión en cada uno de ellos. La exigencia de número de año de cotización y el cálculo de la pensión se rige por cada ley interna y el pago se efectúa prorrateado en función de los años efectivamente cotizados en cada Parte e) Presentación de solicitudes en el país de residencia, para requerir beneficios previsionales en el otro Estado contratante.
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BENEFICIOS QUE OTORGAN LOS CONVENIOS DE SEGURIDAD SOCIAL
Protección de salud para pensionados y pensionadas en otro Estado, en las mismas condiciones que los pensionados y pensionadas que viven en Chile. Realización de exámenes médicos en el país de residencia, para pensionarse por invalidez en el otro Estado contratante. Asimilación de la calidad de pensionado/a, en un Estado con la calidad de imponente activo del IPS. *Los Convenios que sólo contemplan el desplazamiento de trabajadores, se limitan a otorgar los beneficios de continuidad previsional y no los restantes beneficios indicados anteriormente. Es el caso de los Convenios Chile-U.K y Chile Corea.
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CONVENIO CHILE -PERÚ 2004 Primer Convenio que permite al trabajador transferir sus cotizaciones previsionales de sus cuentas individuales del sistema de capitalización individual (AFP) de un Estado a otro. Requisitos : -Sólo procede en el sistema de capitalización individual (AFP) -Acreditar aportes al sistema de capitalización individual (mínimo 60 cotizaciones). -Traspaso definitivo al país que será su residencia permanente. -Transferencia de la totalidad de sus fondos previsionales.
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Traspasos desde Chile a Perú Traspasos desde Perú a Chile
NÚMERO Y MONTOS DE TRASPASOS DE FONDOS EFECTUADOS CONVENIO DE SEGURIDAD SOCIAL CHILE - PERÚ Años Traspasos desde Chile a Perú Monto US$ Traspasos desde Perú a Chile 2007 3 39.560 22 2008 16 78.631 38 2009 30 34 2010 43 50 2011 44 62 2012 55 2013 69 81 2014 85 56 2015 108 88 Total 460 486
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PROCEDIMIENTO PARA INVOCAR LOS BENEFICIOS
ORGANISMOS COMPETENTES EN CHILE Para las Pensiones de Vejez, Invalidez y Sobrevivencia Instituto de Previsión Social (Ex INP-afiliados/as a las Cajas de Previsión administradas por ese organismo). b) Administradoras de Fondos de Pensiones, para los afiliados /as al sistema de capitalización individual.
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PROCEDIMIENTO PARA INVOCAR LOS BENEFICIOS
Para la determinación del Grado de Invalidez: a) Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez, que corresponda para los afiliados y afiliadas al Instituto de Previsión Social. b) Comisión Médica de la Superintendencia de Pensiones, para los afiliados y afiliadas al sistema de capitalización individual.
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PROCEDIMIENTO PARA INVOCAR LOS BENEFICIOS
ORGANISMO COMPETENTE EN EL EXTRANJERO La Institución Competente u Organismo de Enlace del respectivo país según del Convenio que se trate. PAGO DE LAS PRESTACIONES En la moneda del Estado que paga el beneficio, y en el lugar de residencia del solicitante.
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TRAMITACION DE LOS CONVENIOS
Autoridades e Instituciones Competentes chilenas MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL SUBSECRETARÍA DE PREVISIÓN SOCIAL Para afiliados/as a Sistema de Capitalización Individual. Para afiliados/as a regímenes administrados por Instituto de Previsión Social (IPS, Ex-INP) AFP’s SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES IPS
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Organismo de Enlace Extranjero
ENTIDADES GESTORAS PARA DETERMINAR DERECHO A PENSIÓN IPS Superintendencia de Pensiones Organismo de Enlace Extranjero AFPs El proceso de globalización y de apertura de mercado que vive el planeta, ha generado el mayor aumento migratorio y de desplazamiento de trabajadores en la historia de la humanidad. Este fenómeno, ha generado una serie de dificultades tanto en los países de origen como de destino, desarrollándose innumerables situaciones de pobreza, mercados de trabajo informales, transculturización y dificultades con la fuga de divisas. En este sentido, los Convenios de Seguridad Social, se presentan como la herramienta más efectiva para aminorar los efectos sociales y económicos de largo plazo del proceso migratorio y globalizador. Además permite afianzar y resolver las contingencias sociales producidas en el desplazamiento de los trabajadores producto de las inversiones de empresas extranjeras.
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TRANSMISIÓN ELECTRÓNICA
LA TRANSMISIÓN ELECTRÓNICA de beneficios de seguridad social, permite que la tramitación de las solicitudes de beneficios previsionales establecidos en un Convenio sean efectuadas a través de un soporte informático que permite reducir los tiempos de tramitación y consecuentemente la concesión del beneficio, eliminando definitivamente el formato papel.
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EXPERIENCIA CHILENA: Utiliza el soporte informático de MERCOSUR, SIACI, administrado por OISS. Este sistema cuenta con altos estándares de seguridad y confidencialidad de la información que se transmite. La proyección del sistema de transmisión en nuestro país, es alcanzar aplicarlo a la mayoría de los países del Cono Sur de América y resto de Iberoamérica con el cual se han suscrito convenios.
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MUCHAS GRACIAS CONVENIOS INTERNACIONALES DE SEGURIDAD SOCIAL LA EXPERIENCIA CHILENA SUBSECRETARÍA DE PREVISIÓN SOCIAL
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