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Publicada pormarta vanesa puerto carrera Modificado hace 7 años
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LA EMPRESA ALUMNAS: KATIUSKA PÌNEDO LANCHI MISHEL VERA MAYTAHUARI
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¿Qué es la empresa? Una empresa es un sistema en la cual se materializa una idea, de forma planificada, dando satisfacción a demandas y deseos de clientes, a través de una actividad comercial.
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Los elementos de la empresa Elementos humanos: Es el conjunto de personas que rinden su trabajo en la empresa, por lo cual perciben unos salarios. Elementos materiales: se refiere a las cosas que se utilizan para procesar, transformar en el proceso productivo de un bien o servicio. Elementos técnicos: comprenden todos los procedimientos, métodos, organigramas, formulas, patentes, es decir, todo aquello que permitirá al recurso humano desarrollar en forma adecuada sus funciones. Elementos financieros: básicamente esto se refiere al capital que poseen las empresas para la producción de bienes o servicios.
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Misión Es la razón de ser de la empresa. Visión Es la situación futura que desea alcanzar la organización.
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Objetivo empresarial Los objetivos indican una orientación que la empresa trata de seguir Sirven como estándares que permiten a sus miembros evaluar el éxito o fracaso de la empresa Los objetivos constituyen una fuente de legitimidad que justifica las actividades de la empresa y su propia existencia
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Características Es un conjunto de factores de producción: Factores comerciales y factores financieros. Toda empresa tiene sus objetivos. Es una entidad autónoma de producción de bienes o servicios, en la que se integran de forma coordinada diversos medios productivos (trabajo humano y elementos materiales e inmateriales) Los factores están coordinados. Ésta coordinación da pie a un factor de administración o dirección.
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Clasificación de las empresas Las empresas se clasifican según: La actividad que realicen Su tamaño Propiedad de capital Ámbito de actividad Forma jurídica
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Según su tamaño Grandes empresas: Su constitución se soportan en grandes cantidades de capital, un gran numero de trabajadores y grandes de volumen de ingresos al año. Su numero de trabajadores excede a 250 personas. Medianas empresas: son las que poseen capitales, egresos y ventas y un numero de trabajadores limitados, este ultimo no excede a cien personas. Pequeñas empresas: están se dividen en: -Pequeña: no excede a veinte trabajadores y posee ingresos muy reducidos. -Micro: no excede el numero de 10 trabajadores y generalmente, los ingresos se determinan en guanacias personales -Famiempresas: son aquellas donde la familia es el motor productivo de su propio negocio.
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Ámbito de actividad
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Constitución de la empresa
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Persona natural o Persona jurídica Al iniciar un negocio, tienes dos caminos a seguir: como persona natural con negocio o bajo la forma de persona jurídica. A continuación, evaluaremos cada una de ellas para que identifiques cuál es la indicada para tu empresa.
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Persona natural con negocio Bajo esta modalidad, tú como persona natural puedes ejercer actividades económicas directamente, y como tal, eres responsable de las obligaciones de tu negocio. Pasos para inscribirte como persona natural con negocio No requieres realizar una inscripción en Registros Públicos (SUNARP). Solo debes ir a la SUNAT y solicitar tu RUC (Registro Único de Contribuyentes) como Persona Natural con Negocio. ¿En qué casos debería elegir la modalidad de Persona natural con negocio? Si vas a iniciar negocios pequeños como: bodegas, juguerías, peluquerías, zapaterías, entre otros. Negocios en donde tus clientes van a ser exclusivamente personas y en actividades que estén comprendidas en el Nuevo RUS (Régimen Único Simplificado). Negocios en los cuales tu exposición al riesgo (responsabilidad ilimitada) ante potenciales deudas u obligaciones con terceros sean manejables en relación a tu patrimonio personal.
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Persona jurídica La modalidad de Persona Jurídica representa a una organización con responsabilidad limitada y que tiene como objetivo social realizar actividades económicas. Bajo la legislación peruana existen varias modalidades de las cuales te recomendamos cuatro para iniciar tu negocio: Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.), Sociedad Anónima (S.A.), Sociedad Anónima Cerrada (S.A.C.) y Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada (S.R.L.).
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E.I.R.L (Empresa Individual de Responsabilidad Limitada) Características Constituida por voluntad unipersonal (un solo dueño), con patrimonio propio distinto al de su Titular, que se constituye para el desarrollo exclusivo de actividades económicas de pequeña empresa. El capital de la empresa deberá estar íntegramente suscrito y pagado al momento de constituirse la misma. El patrimonio de la empresa está constituido inicialmente por los bienes que aporta quien la constituye. Puedes aportar dinero y/o activos no- monetarios. La empresa tiene patrimonio propio (conjunto de bienes a su nombre), que es distinto al patrimonio del titular o dueño. La responsabilidad de la empresa está limitada a su patrimonio. El titular del negocio no responde personalmente por las obligaciones de la empresa. Las acciones legales contra las infracciones del gerente prescriben a los dos años a partir de la comisión del acto que les dio lugar. Se constituye para el desarrollo exclusivo de actividades económicas de pequeña empresa. Denominación La empresa adoptará una denominación que le permita individualizarla, seguida de la indicación “Limitada” o acompañada de sus siglas: E.I.R.L. También puede utilizar su nombre abreviado (siglas). Órganos de la empresa El Titular, es el órgano máximo de la empresa que tiene a su cargo la decisión de los bienes y actividades. La Gerencia, es designada por el titular, tiene a su cargo la administración y representación de la empresa. El titular puede asumir el cargo de gerente, en cuyo caso asumirá las facultades, deberes y responsabilidades de ambos cargos y se le denominará: “Titular – gerente”.
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S.A. (Sociedad Anónima) Características Conformada por un número mínimo de 2 accionistas, no tiene un número máximo de accionistas. Es la modalidad ordinaria y la más tradicional. Su nacimiento es voluntario (usualmente surge de la voluntad de los futuros socios). El capital social se encuentra representado por títulos valores negociables. Posee un mecanismo jurídico propio y dinámico orientado a separar la propiedad de la administración de la sociedad. Puede inscribir sus acciones en el Registro Público del Mercado de Valores. Denominación La Sociedad Anónima puede adoptar cualquier denominación con la indicación “Sociedad Anónima” o las siglas S.A. Cuando se trate de sociedades cuyas actividades sólo pueden desarrollarse, de acuerdo con la ley, por sociedades anónimas, el uso de la indicación o de las siglas es facultativo. Órganos de la empresa Junta General de Accionistas, es el órgano supremo de la sociedad, está integrado por el total de accionistas. Su actividad se encuentra limitada por el estatuto. Cada acción da derecho a un voto. Gerente, es nombrado por el directorio. Es el representante legal y administrativo de la empresa. Subgerente, reemplaza al gerente en caso de ausencia.
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S.A.C. (Sociedad Anónima Cerrada) Características Será constituido por un mínimo de dos accionistas y un máximo de veinte. Se impone el derecho de adquisición preferente por los socios, salvo que el estatuto disponga lo contrario. Se constituye por los fundadores al momento de otorgarse la escritura pública que contiene el pacto social y el estatuto, en cuyo caso suscriben íntegramente las acciones. El Capital Social está representado por acciones nominativas y se conforma con los aportes (en bienes y/o en efectivo) de los socios, quienes no responden personalmente por las deudas sociales. Es una persona jurídica de Responsabilidad Limitada. No puede inscribir sus acciones en el Registro Público del Mercado de Valores. Predomina el elemento personal, dentro de un esquema de sociedad de capitales. Surge como reemplazo de la Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada S.R.L. Denominación La denominación adoptada debe incluir la indicación “Sociedad Anónima Cerrada” o estar acompañada de su abreviatura: S.A.C. Órganos de la empresa Junta General de Accionistas, es el órgano supremo de la sociedad. Está integrada por el total de socios que conforman la empresa. Gerente, es la persona en quien recae la representación legal y de gestión de la sociedad. El gerente convoca a la junta de accionistas. Subgerente, reemplaza al gerente en caso de ausencia. Directorio, el nombramiento de un directorio por la junta (ver S.A.C.) es facultativo (no es obligatorio).
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S.R.L (Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada) Características Requiere de un mínimo de dos socios y no puede exceder de veinte socios. Los socios tienen preferencia para la adquisición de las aportaciones. El Capital Social está integrado por las aportaciones de los socios. La responsabilidad de los socios se encuentra delimitada por el aporte efectuado, es decir, no responden personalmente o con su patrimonio por las deudas u obligaciones de la empresa. Es una alternativa típica para empresas familiares. Denominación La sociedad adoptará una denominación seguida de la indicación “Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada” o de su abreviatura: S.R.L. También puede utilizar su nombre abreviado. Órganos de la empresa Junta General de Socios, representa a todos los socios de la empresa. (Es órgano máximo de la empresa). Gerente, es el encargado de la administración y representación de la sociedad. Subgerente, reemplaza al gerente en caso de ausencia.
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Diferencias entre la S.A.C. y la S.R.L. En la actualidad tenemos estos dos tipos societarios: SAC y SRL, los cuales muchas veces general interrogantes sobre cual de los 2 resulta más conveniente, esto pues dependerá de los intereses de la empresa:
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Semejanza Tanto la SAC como la SRL son personas jurídicas conformadas por personales naturales o jurídicas que se asocian para desarrollar una actividad comercial. De ésta manera ambas formas societarias son personas jurídicas INDEPENDIENTES de las personas naturales o jurídicas que las conforman. En cuanto al número de socios ambas se constituyen con la participación no menos de 2 socios y no pueden superar el máximo de 20. Sobre la responsabilidad, que es otro dato importante, siendo personas jurídicas. distintas a los socios que las conforman, las obligaciones que asumen las S.A.C y las S.R.L, son cubiertas con su patrimonio, pero le otorgan a sus socios el beneficio de la responsabilidad limitada por el cual dichas obligaciones no afectarán el patrimonio personal de cada socio, quienes solamente se verán únicamente perjudicados hasta el límite de su aporte de capital. Las decisiones se toman por mayoría de votos y por la Junta de Socios. En ambos casos, los votos se cuentan por el capital que representa cada uno de ellos. En estos dos tipos de formas societarias, es común encontrar que los socios usualmente mantienen lazos muy cercanos ya sean familiares o amicales, es por eso que encontraremos el derecho de adquisición preferente en virtud de la cual el socio que decida vender su participación primero deberá ofrecerla a los demás socios, asimismo se contempla la exclusión de los socios por motivos que se hubieran previsto en el pacto social o estatutos.
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Diferencias En la SAC como en todas las sociedades anónimas, el capital social está representado por acciones que se distribuyen entre los accionistas según su aporte al capital social. Ahora bien debido a la naturaleza de las sociedades anónimas, la titularidad de las acciones de un aspecto que no tiene carácter público, es decir, a menos que la sociedad lo autorice o se haga por mandato judicial o de la ley, nadie puede tener acceso a la identidad de los accionistas. Es por este motivo que cuando se realiza una transferencia de acciones, esta no requiere ser inscrita en los RRPP, sino que únicamente será anotada en el libro de Matrícula de Acciones de la Sociedad, que constituye un registro de carácter privado. Asimismo la titularidad de las participaciones de la SRL si es información de carácter público, pues así lo establece la Ley General de Sociedades. De esta manera cuando se transfieren participaciones es necesario que el acto de transferencia conste por escritura pública y que se inscriba en los RRPP en la partida correspondiente de capital social.
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Pasos para la Constitución de la empresa Paso 1. Búsqueda y reserva del nombre de la empresa en Registros Públicos En primer lugar necesitamos un nombre para la empresa que deseamos crear, no puede ser nombres de empresas ya creadas, debemos acudir a la Oficina de Registros Públicos, en este caso la SUNARP, y verificar que no exista en el mercado un nombre o razón social igual al que queremos para nuestra empresa. Vamos a tener que llenar los formularios respectivos y luego tenemos que hacer la RESERVA DE NOMBRE DE EMPRESA.
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Paso 2. Elaboración de la minuta La minuta es un documento en el cual los miembros de la sociedad manifiestan su voluntad de constituir la empresa, y en donde se señalan todos los acuerdos respectivos. La minuta consta del pacto social y los estatutos, además de los insertos que se puedan adjuntar a ésta. Los elementos fundamentales de una minuta son: Los generales de ley de cada socio (sus datos personales, nombres, edades, documentos de identificación, etc.). El giro de la sociedad. El tipo de empresa o sociedad (E.I.R.L, S.R.L, S.A, etc.). El tiempo de duración de la sociedad (plazo fijo o indeterminado). La fecha en la que se va a dar inicio a las actividades comerciales. El lugar en donde va a funcionar la sociedad (domicilio comercial). La denominación o razón social de la sociedad. El lugar en donde van a funcionar las agencias o sucursales (si es que las hubieran). La persona que va a administrar o representar la sociedad. Los aportes de cada socio. Los cuales pueden ser: bienes dinerarios: dinero y sus medios sustitutos tales como cheques, pagarés, letras de cambios, etc. bienes no dinerarios: inmuebles o muebles tales como escritorios, mesas, sillas, etc.
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Paso 3. Elevar minuta a escritura pública Una vez redactada la minuta, debemos llevarla a una notaría para que un notario público la revise y la eleve a escritura pública. Por lo general, los documentos que debemos llevar junto con la minuta son: la constancia o el comprobante de depósito del capital aportado en una cuenta bancaria a nombre de la empresa. un inventario detallado y valorizado de los bienes no dinerarios. el certificado de Búsqueda Mercantil emitido por la Oficina de Registros Públicos de la inexistencia de una razón social igual o similar. Una vez elevada la minuta, ésta no se puede cambiar. Al final, se genera la Escritura Pública, Testimonio de Sociedad o Constitución Social, que es el documento que da fe de que la minuta es legal, la cual debe estar firmada y sellada por el notario. El precio de elevar la minuta a registros públicos es de s/ 150 soles aproximadamente.
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Paso 4. Inscribir Escritura Pública en Registros Públicos Una vez que hemos obtenido la Escritura Pública, debemos llevarla a la Oficina de Registros Públicos en donde se realizarán los trámites necesarios para inscribir la empresa en los Registros Públicos. La Persona Jurídica existe a partir de su inscripción en los Registros Públicos. Paso 5. Obtención del número de RUC El Registro Único de Contribuyentes (RUC) es lo que identifica a una persona o empresa ante laSuperintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) para el pago de los impuestos.Superintendencia Nacional de Administración Tributaria Toda Persona Natural o Jurídica está obligada a inscribirse en el RUC, de lo contrario será sancionada de acuerdo con el Código Tributario, igual que los inscritos en el RUC que no presenten la declaración.
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Paso 6. Elegir régimen tributario En la misma SUNAT, a la vez que tramitamos la obtención del RUC, debemos determinar a qué régimen tributario nos vamos a acoger para el pago de los impuestos, ya sea al Régimen Único Simplificado (RUS), al Régimen Especial de Impuesto a la Renta (RER), o al Régimen General. Una vez que contamos con nuestro número de RUC y hemos elegido un régimen tributario, podemos imprimir los comprobantes de pago (boleta y/o factura) que vamos a utilizar. Paso 7. Comprar y legalizar libros contables En este paso compramos los libros contables necesarios dependiendo del régimen tributario al cual nos hayamos acogido y, posteriormente, los llevamos a una notaría para que sean legalizados por un notario público. Paso 8. Inscribir trabajadores en EsSalud En este paso registramos a nuestros trabajadores ante el Seguro Social de Salud (EsSalud) a través de un formulario que podemos obtener en la misma SUNAT.Seguro Social de Salud Este registro le permite a los trabajadores acceder a las prestaciones que otorga dicha entidad.
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Paso 9. Solicitud de licencia municipal En este paso acudimos a la municipalidad del distrito en donde va a estar ubicada físicamente nuestra empresa, y tramitamos la obtención de la licencia de funcionamiento. Por lo general, los documentos que debemos presentar son: una fotocopia del RUC. el certificado de Zonificación (zona industrial, zona comercial, zona residencial, etc.). un croquis de la ubicación de la empresa. una copia del contrato de alquiler o del título de propiedad del local. una copia de la Escritura Pública. el recibo de pago por derecho de licencia. el formulario de solicitud.
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