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Fondo de Estabilización de Precios de Azúcar (FEPA) Presupuesto 2016 Resumen temas realizados y pendientes. Diciembre 2015.

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1 Fondo de Estabilización de Precios de Azúcar (FEPA) Presupuesto 2016 Resumen temas realizados y pendientes. Diciembre 2015

2 Título 1 CONTENIDO: 1. Generalidades FEPA Comité Directivo Diciembre 2. Antecedentes del trabajo realizado en el 2015 y Principales ajustes realizados a la metodología. 3. Tareas en desarrollo

3 Conformación del Comité Directivo La política de estabilización es establecida por el Comité Directivo Se considero como política de estabilización generar Indiferencia en los ingresos percibidos en los diferentes Mercados. Estructura organizacional del Fondo Administrado por Asocaña como gremio más representativo de los productores del FEPA, seleccionado por el MADR. Sin personería Jurídica. Funciona como una cuenta especial Auditado por una firma externa. Sometido a la vigilancia a la CGN GENERALIDADES DEL FUNCIONAMIENTO DEL FEPA Se requiere voto favorable del MADR para: 1. Tema Presupuestal. 2. Modificaciones metodología 3. Nombramiento firma Auditoria. 4. Nombramiento del Secretario Técnico. 5. Todos los temas en general

4 COMITÉ DIRECTIVO FEPA - DICIEMBRE ORDEN DEL DIA PROPUESTO (1) : 1. Verificación del Quórum. 2. Comentarios y aprobación acta reunión anterior. 3. Saludo del Presidente de la entidad administradora, Dr. Luis Fernando Londoño. 4. Instalación a cargo del Viceministro De Asuntos Agropecuarios, Presidente Del Comité. 5. Intervención del Representante Mincomercio, Dr. Rafael Barbosa. 6. Informe de administración : Producción Seguimiento operaciones estabilización. Revisión comportamiento del precio del azúcar. Revisión de Indicadores de 2015.

5 COMITÉ DIRECTIVO FEPA - DICIEMBRE ORDEN DEL DIA PROPUESTO (2): 7. Estado plan de mejoramiento con la CONTRALORIA. 8. Presentación Plan de Ingresos, Inversiones y Gastos 2016 9. Presentación de Acuerdos Presupuestales Acuerdo 15 - Revisión ejecución y cierre presupuestal Trim. III - 2015. Acuerdo 16 - Aprobación presupuesto para la vigencia 2016. Acuerdo 17 - Aprobación presupuesto para Trim. I – 2016. 10. Presentación Informe Firma de Auditoría PwC. 11. Avance tareas en desarrollo 12. Lo que propongan los miembros del Comité.

6 Manejo de Presupuesto Fondos Parafiscales Realización Presupuesto FEP- Azúcar Diciembre 2015

7 Cesiones y Compensaciones Marco Operativo Otros Disposiciones Ámbito de aplicación: Productos Productores Mercados METODOLOGÍA DEL FONDO DE ESTABILIZACIÓN DE PRECIOS Histórico de los Indicadores de Precios de Mercado. Requiere ponderar los indicadores de precios de cada grupo de mercados utilizando: Precios de Paridad (Precios Internacionales, TRM, Arancel, Primas, Fletes, entre otros), DANE y FA. Se calcula mensualmente con base en la información de precios y cantidades al periodo liquidado. Los precios son observados y los ingenios sólo reportan cantidades. Indicador de Precios de Referencia (PPPi) Indicador Ponderado de los Precios de Mercado (PPPEI) Factor de Ponderación de los mercados (Z)

8 Componentes del Presupuesto – Resolución 9554 del MADR año 2000 Ingresos Gastos de Funcionamiento Gastos de Inversión Reserva (Ingresos – Gastos)

9 Criterios para la elaboración del Presupuesto Anual del FEPA Proyección de los Precios Internacionales: según proyecciones de precios de firmas internacionales (LMC - Independent Specialist Analysis of Global Agribusiness). Proyección de los Precios Nacionales utilizando TRM (Banco República) e (Índices DANE) Cantidades: Análisis histórico de las ventas de los ingenios en los diferentes mercados (MNT, MIE, OM) para un periodo móvil de 5 años. ESTIMACION DE INGRESOS POR CESIONES Y GASTOS POR COMPENSACIONES: Presupuesto de Gastos del año anterior. Inflación. Porcentaje de gastos de dedicación de los funcionarios de Asocaña que realizan actividades del Fondo, clasificados por área. Decisiones del Comité Directivo (Sistematización, guía metodológica, etc.) La contraprestación por Administración tomando el 0,2% de las Cesiones de Estabilización. ESTIMACION DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO:

10 Presupuesto de Ingresos del FEPA Presupuesto de Ingresos (Resolución 9554) Operacionales Contribución Parafiscal Intereses y sanciones Superávit de vigencias anteriores No operacionales Financieros Otros Ingresos Enajenación de activos Ventas de bienes y servicios Recursos de crédito Donaciones y aportes Presupuesto de Ingresos FEPA Operacionales Cesiones Estabilización Intereses corrientes y de mora Superávit de vigencias anteriores No operacionales Financieros Otros Ingresos Enajenación de activos Ventas de bienes y servicios Recursos de crédito Donaciones y aportes Cesiones años anteriores. PRESUPUESTO DE INGRESOS AÑO 2015 y 2016

11 Presupuesto de Gastos de Funcionamiento Presupuesto de Gastos de Funcionamiento (Resolución 9554/00) Gastos de Administración: Gastos administrativos del Recaudo, Control Administrativo, Sistematización, Gastos logísticos de miembros de comité, Auditoria Interna, Cobro judicial y extrajudicial. Servicios Especiales de Funcionamiento Gastos de personal (Honorarios, vacaciones, etc Gastos generales de Funcionamiento Gastos no originados en Personal (Gastos de viaje, Gastos bancarios, cuota de auditaje. Cuota de administración Presupuesto de Gastos de Funcionamiento Gastos de Administración: Servicios Especiales de Funcionamiento: Gastos de personal (Reintegro Asocaña, Secretaria técnica, auditoria, honorarios jurídicos) Gastos generales de Funcionamiento Gastos no originados en Personal (Gastos de viaje, gastos bancarios, cuota de auditaje). Cuota de administración

12 Presupuesto de Gastos de Inversión. Presupuesto de Gastos de Inversión (Resolución 9554 de 2000) Gastos Administrativos de inversión: (Formulación, coordinación, evaluación, etc.) Servicios Personales de Inversión (Gastos de personal, Honorarios, vacaciones, etc.) Gastos generales de inversión ( Equipos de laboratorio, publicaciones, gastos de viaje, etc.) Estudios y proyectos de InversiónZonas de inversiónServicio a la deudaPresupuesto de Gastos de Inversión Gastos de inversión: Compensaciones Intereses sobre las compensaciones, Intereses de mora.

13 Conclusiones del Análisis Presupuestal del FEPA El total de presupuesto de ingresos para el 2016 es de Los ingresos operaciones representan el 97% del total de los ingresos, lo cual se concentran en las cesiones de estabilización (96%). Los gastos de inversión corresponden al 97% del total de gastos, lo cual se concentran en las compensaciones de estabilización (93%). Se destaca que la ejecución de los rubros anteriores se determina exclusivamente de acuerdo a la metodología para el calculo de las operaciones de estabilización, aprobada por el Comité Directivo. El 3% del total de gastos del FEPA corresponden en el 2015 a gastos de funcionamiento. La metodología de las operaciones de estabilización del FEPA propende a un “Saldo 0” en la vigencia”. Las diferencias mínimas que se presentan entre los ingresos y gastos, generan el superávit/déficit del ejercicio (Superávit de $257 millones acumulado a la vigencia 2015).

14 Mayores Variaciones Propuestas al Presupuesto 2016 Los rubros que mayor variación presentan con respecto al año anterior son: - Superávit vigencias anteriores - Ingresos no operacionales debido a rendimientos inversiones, ingresos ejercicios anteriores. - Gastos generales. Tarifa de control fiscal. - Cesiones y compensaciones, ejercicios años anteriores.

15 Tipos de Acuerdos Presupuestales 1. Acuerdo de aprobación presupuesto anual2. Acuerdo de aprobación solicitud presupuesto trimestral3. Acuerdo de aprobación cierre definitivo presupuesto anual4. Acuerdo de aprobación cierre definitivo presupuesto trimestral5. Acuerdo de aprobación adición presupuesto anual6. Acuerdo de aprobación adición presupuesto trimestral7. Acuerdo de aprobación reducción presupuesto anual8. Acuerdo de aprobación reducción presupuesto trimestral9. Acuerdo de aprobación cierre proyectado presupuesto trimestral10. Acuerdo de aprobación incorporación superávit del presupuesto anual Dic15 Mar15

16 Temas tratados 2015 FEPA AZUCAR Diciembre 2015

17 Equipo de trabajo FEPA 2015: MADR: 1.Sara Zafra- Abogada. Oficina Asuntos Internacionales. 2. Michelle Aguilar- Economista. Apoyo Transversal Temas Fondos Parafiscales. Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales 3. Jannia Gómez. Secretaria Técnica Nacional Cadena Productiva. Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales. 4. Claudia Lozano. Contadora. Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales. 5. Felipe Socarras. Asesor MINCOMERCIO: Rafael Barbosa SECRETARIO TÉCNICO FEPA: Jorge Rebolledo SECTOR PRIVADO: Ingenios y Agricultores EQUIPO DE TRABAJO GOBIERNO El inicio de este trabajo, se derivó de la necesidad de modificar el Indicador del precio del Mercado para el Mercado Nacional Tradicional PMnt = PRMT (Metodología Anterior). Sin embargo para llevar a cabo esta tarea, el Grupo de Trabajo debía entender la metodología del Fondo para poder dar su aprobación por lo solicitado por el secretario técnico del FEPA. Resolución 4 y 5 del 2015.

18 Oportunidades a mejorar: Alta dispersión normativa (5 Resoluciones de 66 páginas y 65 artículos) Dificultad en el entendimiento de la metodología aplicada en el FEPA Ajustar la metodología de acuerdo a las condiciones de mercado actuales y a las mejores fuentes de información. Discrecionalidad en la aplicación. La redacción de las formulaciones no correspondía a su secuencia en los cálculos. Falta de claridad y coherencia jurídica. Involucrar a los funcionarios de los Ministerios, Ingenios y Productores de Caña para la revisión de la metodología. Objetivos Cumplidos Se expidió una Resolución Marco sobre la metodología utilizada para calcular las cesiones y compensaciones. Se unificó en 1 Resolución de 38 páginas y 33 artículos. Esta resolución da más claridad a la metodología a través del entendimiento conceptual de la norma. Se ordenan, definen las variables y se especifican las fuentes de información. Se expide una segunda Resolución que contiene los parámetros susceptibles de ser modificados por el Comité Directivo, tales como: Porcentajes de cesiones y compensaciones, gastos de transporte, etc. Se elimina discrecionalidad al Secretario Técnico en el calculo de algunos parámetros y el Comité Directivo realizará un mayor seguimiento a las variables involucradas en el cálculo de las operaciones de estabilización. Se establece un orden lógico en los cálculos de las cesiones y compensaciones que permite mejor comprensión. Participación de ambos Ministerios en la revisión y ajuste de la metodología, la cual tiene en cuenta tanto la evolución de los mercados y el entorno. Revisión total y detallada de la normatividad durante 8 meses de trabajo que involucro a los grupos de trabajo (Público y Privado), desde el punto de vista jurídico, matemático y de redacción. ANTECEDENTES DEL TRABAJO REALIZADO

19 PRINCIPALES AJUSTES A LA METODOLOGÍA DE LIQUIDACIÓN Se pasa de una liquidación de precios y factor de ponderación acumulados hasta el periodo de liquidación a una mensual. Se definen los precios de mercado en forma detallada estableciendo de manera explicita todas los parámetros y fuentes de los diferentes indicadores de precios requeridos para el calculo de cesiones y compensaciones, eliminando toda discrecionalidad Se redefinen los precios de referencia en función de los precios de mercado eliminando cualquier discrecionalidad. Se establece de manera explicita el porcentaje de cesiones y compensaciones conforme a lo estipulado en el Artículo 40 de la Ley 101 de 1993.

20 TAREAS EN DESARROLLO 1. Solicitud de Sustento Jurídico: Asocaña- Madr (Pendiente)2. Lineamientos Posteriores MADR- Sustento Jurídico.3. Seguimiento a la metodología aprobada en Agosto 20154. Mejoras generales del instrumento (FEPA). 5. Profundización sobre el manejo Presupuestal del FEPA y revisión en la presentación en el número de Acuerdos presentados al Comité Directivo del FEPA. 6. Revisión por parte del MADR y del Comité Directivo del FEPA acciones a seguir en lo relacionado con la sanción SIC: 7.Elecciones FEPA

21 1. Solicitud Sustento Jurídico: Luego de la revisión realizada por el grupo de trabajo, se identificaron 3 puntos que requieren un mayor sustento jurídico, con el fin de ahondar, sí su aplicación se encuentra dentro de los términos de la normatividad que regula el funcionamiento de los Fondos Parafiscales. En este sentido, se solicitó concepto jurídico a la Oficina Jurídica del MADR y a Asocaña, para los 3 temas siguientes: a.Principio de indiferencia de los mercados: Generación de indiferencia en los ingresos percibidos por los productores en los distintos mercados objeto de estabilización (Mercado Nacional Tradicional, Mercados Interno Especial y Otros Mercados: Materias Primas, Exportación conjunta y Exportaciones), como un mecanismo de estabilización. b. Evaluar jurídicamente si cuando se efectué una operación de Integración entre productores del régimen de transición y régimen regular, la transferencia del derecho que tiene el productor de régimen de transición puede ser conservada por éste último de forma indefinida. c.Profundizar sobre el fundamento legal mediante el cual, el Comité Directivo tendría la facultad de establecer un beneficio a los productores de alcohol carburante, a través de un mejor pago de su azúcar, la cual se realiza a través de la política de estabilización y se cuantifica el costo de oportunidad del productor, valorando las compensaciones que recibiría el ingenio, en caso de utilizar el azúcar que dejo exportar.

22 2. Revisión Posterior al Sustento Jurídico: Luego de contar con los conceptos jurídicos, el MADR deberá profundizar, decidir y dar los lineamientos para que el Comité Directivo del FEPA ajustar lo relacionado con :  Esquema de indiferencia de mercados  Revisión Productores Regímenes de Transición. Continuidad de derechos al ser adquiridos por un productor régimen de transición.  Beneficio de Productores de alcohol carburante. Costo de Oportunidad

23 3. Seguimiento a la metodología aprobada en Agosto 2015 1. Revisión continúa de las liquidaciones de las cesiones y compensaciones por parte de técnicos del MADR. 2. Revisión de los valores para unas variables requeridas para el cálculo de las operaciones de estabilización, establecidos en la Resolución 5 del 2015 por el Comité Directivo del FEPA. 3. Se tiene pendiente, realizar el capítulo de sanciones en general 4. Proceso de sistematización para los cálculos de las cesiones y compensaciones: Asocaña se encuentra trabajando en este proceso con el fin de evitar que se haga cálculos manuales y se incurran en errores. Sin embargo se ha concluido que este año no es el mejor para realizar dicha sistematización, debido a que se han generado dos ajustes en la metodología.

24 4. Mejoras generales del instrumento (FEPA). 1. Realización de una Guía Técnica para el público: En donde se explique, de manera amigable, el paso a paso, de las liquidaciones de las cesiones y compensaciones de los productores. 2. Información compartida: De acuerdo a la revisión del grupo de trabajo y posteriormente en relación a lo solicitado por la SIC, se requiere que en el Comité Directivo se propongan alternativas para revisar la información que se comparte entre los ingenios. 3. Ajustes a las liquidaciones durante el año: Los ajustes que mensualmente se deben hacer a las liquidaciones de cesiones y compensaciones por cuenta de las operaciones conjuntas principalmente, ya que de acuerdo a los técnicos del MADR, las liquidaciones no deberían ser sujetas a cambios durante todo el año.

25 5. Profundización sobre el manejo Presupuestal del FEPA y revisión en la presentación en el número de Acuerdos Corto plazo: Se trasladó a la Oficina jurídica el concepto sobre la reducción en el Número de Acuerdos en relación con lo propuesto. Se está a la espera de la respuesta de jurídica. Mediano plazo: Se requiere la Creación de un grupo técnico, financiero, jurídico: Que tenga como tarea, evaluar y analizar la Resolución 9554 y que proponga una nueva que reglamente el manejo presupuestal tanto para los Fondos de Fomento como para los Fondos de Estabilización de Precios de manera individual. Largo plazo: Evaluar y revisar el marco normativo en términos de presupuesto de los Fondos parafiscales. Se requiere reglamentar de manera separada los Fondos de Fomentos y los Fondos de Estabilización de Precios. Se requiere adaptar la normatividad conforme a la nueva estructura del MADR. El grupo de trabajo del MADR y el secretario técnico del FEPA realizaron la profundización sobre este tema y se llegó a la conclusión de la necesidad de realizar ajustes tanto a corto plazo como a largo plazo.

26 6. Revisión por parte del MADR y del Comité Directivo del FEPA acciones a seguir en lo relacionado con la Resolución 80847 del 7 de octubre del 2015 Se debe tratar con la jurídica del MADR y con los miembros del Comité Directivo del FEPA para tener claro los lineamientos y procedimientos a seguir. No obstante hasta que no se pronuncie la SIC con respecto al recurso de reposición que efectuaron los ingenios, esta sentencia no está en firme para el FEPA. La secretaria técnica de la cadena realizó el resumen de los puntos que tienen relación con el FEPA y que deben ser analizados y discutidos con los miembros del Comité Directivo del FEPA. “Por la cual se imponen unas sanciones por infracciones al régimen de Protección de la competencia y se adoptan otras determinaciones”.

27 RESUMEN SANCION SIC (1) “Por la cual se imponen unas sanciones por infracciones al régimen de protección de la competencia y se adoptan otras determinaciones” Cargo: A través del FEPA se habría realizado y coordinado asignación de cuotas de producción o mercado, a través del intercambio de información sensible entre ingenios y por medio de Asocaña. CONCLUSIONES: 1. La ley 101 de 1993 y su Decreto 569 de 2000, establecen los objetivos del FEPA (…). Para la consecución de estos fines, estas dos normativas coinciden en establecer lineamientos que consisten básicamente en la causación de cesiones y compensaciones como consecuencia de la intersección entre un precio de referencia y un precio internacional base de cotización. En ningún momento estas dos anteriores normativas prevén la aplicación de un mecanismo para asignar cuotas de producción o suministro en el mercado.

28 RESUMEN SANCION SIC (2) 2. El FEPA tal y como fue diseñado el instrumentado por su Comité Directivo, se erige como una herramienta para estabilizar el precio del azúcar en Colombia a través de una conducta que I) está expresamente prohibida en el artículo 4 del artículo 47 del decreto 2153 de 1992, esto es un acuerdo para la asignación o reparto de cuotas de producción o suministro, ii) Que rebasa lo permitido por la ley y por el decreto y iii) fomenta el intercambio e información sensible entre los ingenios. 3. A pesar de tratarse de un acuerdo que afecta los objetivos de la libre competencia, la SIC está limitada para ejercer sus facultades de protección de la competencia e imponer sanciones respecto de este cargo, en aplicación de lo dispuesto por el artículo 31 de la ley 1340 de 2009.

29 RESUMEN SANCION SIC (3) 4. No obstante lo anterior, la desnaturalización probada del FEPA respecto de lo autorizado por la Ley 101 de 1993 y el decreto 569 de 2000 impone a esta SIC en ejercicio de sus funciones de inspección, vigilancia y control de la libre competencia económica, Ordena al Comité directivo del FEPA que en un plazo de 6 meses contados a partir de la ejecutoria de la presente resolución, revise las fórmulas para la liquidación de compensaciones y cesiones en el marco del FEPA, con el fin de asegurar que no tenga por objeto o efecto, la asignación de cuotas de producción o suministro en el mercado del azúcar, el intercambio de información sensible o cualquier otro efecto anticompetitivo no amparado en los términos de la intervención.

30 DECRETO 20229 DEL 27 NOV 2015. (…) En el marco de la política pública del gobierno nacional orientada a profundizar, en un período de 3 años, los impactos positivos en los precios al consumidor, el Ministerio de Comercio y el MADR, conformará un comité técnico intersectorial que se creará para evaluar de manera periódica y al menos una vez por semestre, los impactos de esta modificación como mínimo en los aspectos relacionados con el empleo, las ventas, las exportaciones, el comportamiento de las importaciones, la producción, el consumo, el precio, la actividad agrícola, agroindustrial de la caña de azúcar y la panela y emitirá concepto frente a una posterior modificación del arancel máximo aplicable.

31 Muchas gracias Diciembre 2015


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