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Publicada porClara Herrero Revuelta Modificado hace 8 años
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La Organización de los Estados Americanos es una organización intergubernamental regional que comprende: ◦ treinta y cinco Estados miembros: las naciones independientes de América del norte, América Central, Sudamérica y el Caribe. ◦ Cuba continúa siendo miembro, pero su Gobierno ha sido excluido de participar en la OEA desde 1962. ◦ La OEA ha otorgado también el estatuto de Observador Permanente a cincuenta y siete Estados y a la Unión Europea.
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Es el instrumento constitutivo de la Organización, es un tratado multilateral adoptado y abierto a la firma en Bogotá, Colombia en 1948; entró en vigor en diciembre de 1951. La Carta fue reformada posteriormente por el Protocolo de Buenos Aires en 1967 y por el Protocolo de Cartagena de Indias en 1985. En 1992 y en 1993, dos Protocolos adicionales de reforma fueron firmados: el Protocolo de Washington y el Protocolo de Managua.
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La Asamblea General es el órgano supremo de la OEA Está compuesta por las delegaciones de todos los Estados Miembros. Define los mecanismos, políticas, acciones y mandatos de la Organizaciónmecanismos Sus atribuciones se encuentran definidas en el Capítulo IX de la Carta que señala, en su artículo 57, que la Asamblea se reunirá anualmente en la época que determine el reglamento y en la sede seleccionada conforme al principio de rotación.Capítulo IX de la Carta En circunstancias especiales y con la aprobación de los dos tercios de los Estados Miembros, el Consejo Permanente puede convocar a un período extraordinario de sesiones de la Asamblea General.Consejo Permanente
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La Secretaría General es el órgano central y permanente de la Organización de los Estados Americanos. Ejercerá las funciones que le atribuyan la Carta, otros tratados y acuerdos interamericanos y la Asamblea General, y cumplirá los encargos que le encomienden la Asamblea General, la Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores y los consejos.CartaAsamblea GeneralReunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exterioresconsejos
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NºNombrePaísInicio períodoFin período 1Alberto Lleras Camargo Colombia 19481954 2Carlos Dávila Espinoza Chile 19541955 3José Antonio Mora Uruguay 19561968 4Galo Plaza Lasso Ecuador 19681975 5Alejandro Orfila Argentina 19751984 6João Clemente Baena Brasil 19841994 7César Gaviria Trujillo Colombia 19942004 8Miguel Ángel Rodríguez Costa Rica septiembreseptiembre de 20042004 octubreoctubre de 2004 2004 9Luigi R. Einaudi Estados Unidos octubreoctubre de 20 0420 04 mayomayo de 20 0520 05 10José Miguel Insulza Chile 20052015 11Luis Almagro Lemes Uruguay 2015en el cargo
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se celebra con el fin de considerar problemas de carácter urgente y de interés común para los Estados americanos, y para servir de Órgano de Consulta. Cualquier Estado Miembro puede pedir que se convoque la Reunión de ConsultaEstado Miembro
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Consejo Permanente: depende directamente de la Asamblea General y tiene la competencia que le asignan la Carta y otros instrumentos interamericanos, así como las funciones que le encomiende la Asamblea General y la Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores.CartaReunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores Consejo Interamericano para el Desarrollo Integral: es un órgano de la Organización que depende directamente de la Asamblea General, con capacidad decisoria en materia de cooperación solidaria para el desarrollo integral
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Es uno de los órganos por medio de los cuales la OEA realiza sus fines. ◦ Sirve de cuerpo consultivo de la Organización en asuntos jurídicos; ◦ Promueve el desarrollo progresivo y la codificación del derecho internacional; y ◦ Estudia los problemas jurídicos referentes a la integración de los países para el desarrollo del Hemisferio
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es uno de los dos órganos del Sistema Interamericano responsables de la promoción y protección de los derechos humanos. Está integrada por 7 miembros, elegidos por la Asamblea General, quienes ejercen sus funciones con carácter individual por un período de cuatro años, reelegibles por una sola vez.Asamblea General
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Las Conferencias Especializadas son reuniones intergubernamentales para tratar asuntos técnicos especiales o para desarrollar determinados aspectos de la cooperación interamericana, y se celebran cuando lo resuelva la Asamblea General o la Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores, por iniciativa propia o a instancia de alguno de losconsejos u Organismos EspecializadosAsamblea GeneralReunión de Consulta de Ministros de Relaciones ExterioresconsejosOrganismos Especializados
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Organización Panamericana de la salud Instituto interamericano del niño, la niña y adolescentes Comisión Interamericana de Mujeres Instituto Panamericano de Geografía e Historia Instituto Interamericano de cooperación para la Agricultura
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Comité Interamericano para la Reducción de Desastres Naturales Comité Interamericano para la Reducción de Desastres Naturales Centro de Estudios de Justicia de las Américas Centro de Estudios de Justicia de las Américas Tribunal Administrativo Tribunal Administrativo Fundación Panamericana para el Desarrollo Fundación Panamericana para el Desarrollo Junta de Auditores Externos Junta de Auditores Externos Junta Interamericana de Defensa Junta Interamericana de Defensa Corte Interamericana de Derechos Humanos Corte Interamericana de Derechos Humanos Oficina del Inspector General Oficina del Inspector General Comisión de Selección de Becas para Estudios Académicos y Técnicos Comisión de Selección de Becas para Estudios Académicos y Técnicos Comisión Interamericana de Telecomunicaciones Comisión Interamericana de Telecomunicaciones Comisión Interamericana de Puertos Comisión Interamericana de Puertos Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas Comité Interamericano contra el Terrorismo Comité Interamericano contra el Terrorismo
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La Comisión Interamericana de DDHH La Corte interamericana de DDHH
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La OEA dio el primer paso hacia la promoción y defensa de los derechos humanos cuando en 1959 creó a la Comisión Interamericana. Considerada como una «entidad autónoma» de la OEA, la Comisión tenía por mandato promover el respeto de los derechos humanos. El estatus de la Comisión fue modificado tras la entrada en vigor del Protocolo de Buenos Aires, que la transformó de una entidad autónoma en un órgano principal de la OEA, invistiéndola de una “legitimidad institucional y constitucional”.
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En 1969 los Estados Miembros de la OEA adoptaron y abrieron a la firma la Convención Americana sobre Derechos Humanos que entró en vigor el 18 de julio de 1978. La Convención creó igualmente a la Corte Interamericana de Derechos Humanos y estableció su doble competencia: contenciosa y consultiva
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El Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, «Protocolo de San Salvador» (1988) El Protocolo a la Convención Americana sobre Derechos Humanos Relativo a la Abolición de la Pena de Muerte (1990) La Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura (1985) La Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas (1994) La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer «Convención de Belém do Pará» (1994) La Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Contra las Personas con Discapacidad (2001).
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Está compuesta de 7 miembros elegidos a título personal por la Asamblea General de la OEA de una lista de candidatos propuestos por los Estados miembros. Los candidatos deben ser personas de alta autoridad moral y reconocida experiencia en materia de derechos humanos. Los miembros de la Comisión son elegidos por un período de cuatro años y pueden ser reelegidos una vez. La Comisión Interamericana está situada en Washington D.C., donde se encuentra la sede de la OEA.
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Recibe, analiza e investiga denuncias de violación de DDHH. Solicita a los Estados la adopción de medidas cautelares o medidas provisionales en casos graves y urgentes Celebra audiencias de casos. Observa la situación de los DDHH en general en los Estados parte. Crea conciencia en la opinión pública. Establece relatorías para el estudio de temáticas de interés. Realiza visitas a los países. Emite comunicados de prensa. Organiza y celebra conferencias, seminarios, etc. Solicita opiniones consultiva a la Corte
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La Corte Interamericana es el único órgano judicial del sistema interamericano de DDHH. Es «una institución judicial autónoma» encargada de «la aplicación e interpretación de la Convención Americana.» De acuerdo al artículo 62 y 64 de la Convención Americana, la Corte Interamericana posee dos competencias diferentes: competencia contenciosa y competencia consultiva.
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Está compuesta de 7 miembros que ejercen su cargo a título personal. Son elegidos en la Asamblea General de un panel de candidatos nominados por los Estados partes en la Convención Americana por mayoría absoluta de votos de dichos Estados. Para ser electos, los candidatos deben ser juristas de la más alta autoridad moral y de reconocida competencia en materia de derechos humanos. Los jueces de la Corte son electos por un período de seis años y pueden ser reelegidos una vez. La Corte Interamericana de Derechos Humanos tiene su sede en San José, Costa Rica.
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Comisión Interamericana de DDHH (Washington DC) Corte Interamericana de DDHH (San José – Costa Rica) 7 miembros Elegidos por la Asamblea Gral de la OEA Actúan independientemente Mandato de 4 años, 1 reelección Funciones: promover y defender los DDHH; elaborar informes sobre la situación de los DDHH; procesar casos individuales 7 miembros/jueces Elegidos por Estados Partes de la CADH Actúan independientemente Mandato de 6 años, 1 reelección Funciones: contenciosa (resolución de casos individuales y medidas provisionales); consultiva (interpreta convención y otros tratados de DDHH
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