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Publicada porClara Henríquez Prado Modificado hace 8 años
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AGENDA Aspectos relevantes del impuesto sobre las ventas en la contratación estatal. Aspectos relevantes en la tributación territorial.
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Sustento Normativo Leyes 418 de 1,997, 782 de 2002, 1106 de 2006, 1421 de 2010, 1430 de 2010, 1738 de 2014. Hecho Generador Suscripción de contratos de obra pública, con entidades de derecho público o celebren contratos de adición al valor de los existentes. concesiones de construcción, mantenimiento y operaciones de vías de comunicación, terrestre o fluvial, puertos aéreos, marítimos o fluviales. Concesiones para ceder recaudo de impuestos o contribuciones.
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Imagen de apoyo SUJETOS ACTIVO: El municipio donde se ejecuta la obra y que la contrata PASIVO El contratista suscriptor del contrato. BASE GRAVABLE El valor total del contrato o de la adición. Valor total del recaudo bruto que genere la respectiva concesión.
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Imagen de apoyo TARIFA Cinco por ciento (5%) contrato o adición. 2.5 por mil del valor total del recaudo bruto. tres por ciento (3%) concesiones de cesión de recaudo de tributos. CAUSACION El valor total del contrato o de la adición. Valor total del recaudo bruto que genere la respectiva concesión.
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Imagen de apoyo Vigencia Ley 1738 de 2014 Artículo 1°. De la prórroga de la ley. Prorróguese por el término de cuatro (4) años la vigencia de los artículos: 1°, 2°, 3°, 5°, 6°, 26, 27, 28, 30, 31, 34, 35, 37, 43, 44, 45, 49, 54,66, 68, 69, 72, 74, 75, 76, 77, 78, 79, 80, 83, 92, 93, 94, 95, 98, 102, 103, 106, 107, 108, 109, 110, 112, 113, 114, 115, 117, 118, 121, 123, 124, 125, 126, 127 y 130 de la Ley 418 del 26 de diciembre de 1997 (…)1°2°3°5°6°262728303134353743444549546668697274757677787980839293949598102103106107108109 110112113114115117118121123124125126127130 Artículo 1°. De la prórroga de la ley. Prorróguese por el término de cuatro (4) años la vigencia de los artículos: 1°, 2°, 3°, 5°, 6°, 26, 27, 28, 30, 31, 34, 35, 37, 43, 44, 45, 49, 54,66, 68, 69, 72, 74, 75, 76, 77, 78, 79, 80, 83, 92, 93, 94, 95, 98, 102, 103, 106, 107, 108, 109, 110, 112, 113, 114, 115, 117, 118, 121, 123, 124, 125, 126, 127 y 130 de la Ley 418 del 26 de diciembre de 1997 (…)1°2°3°5°6°262728303134353743444549546668697274757677787980839293949598102103106107108109 110112113114115117118121123124125126127130 ARTICULO 8º: Parágrafo. No estarán sometidos a la vigencia de la presente ley y tendrán una vigencia de carácter permanente los artículos 5° y 6° de la Ley 1106 de 2006, y los artículos 6° y 7° de la Ley 1421 de 2010.
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AGENTES DE RETENCION Sujetos pasivos y no pasivos del ICA Entidades de derecho público Personas naturales comerciantes con mas de 30000 UVT patrimonio bruto o ingresos brutos al año anterior
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Imagen de apoyo OTROS AGENTES DE RETENCION Empresas de transporte producto de la prestación de servicio de transporte. Los contratos de Mandato, incluida la administración delegada. si hay afiliado, la empresa distribuye entre ella y el afiliado. Pagos a afiliados y vinculados, retención si el cliente no la hizo
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Imagen de apoyo PAGOS NO SUJETOS A RETENCION Pagos a no contribuyentes del ICA Pagos por actividades no sujetas Pago por actividades exentas de impuesto. Cuando se este fuera de la jurisdicción. Comprador no sea agente de retención. Calidad de autorretenedor. Pagos por cuantía individual a tres (3) UVT, y 15 UVT cuando sea actividades industriales. Pagos a no contribuyentes del ICA Pagos por actividades no sujetas Pago por actividades exentas de impuesto. Cuando se este fuera de la jurisdicción. Comprador no sea agente de retención. Calidad de autorretenedor. Pagos por cuantía individual a tres (3) UVT, y 15 UVT cuando sea actividades industriales.
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MARCO NORMATIVO Leyes 26 de 1990 y 206 de 1995. Ordenanzas Departamentales Nos.101E de 1990, 045 de 1996, 166 de 2003, 178 de 2004. Acuerdo 301 de 2009; 352, 357, 361, 362 de 2012 y 397 de 2014. Acuerdo Municipal No. 51 de 1990, Acuerdo 140 de 2004.
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Imagen de apoyo HECHO GENERADOR Los contratos, las ordenes de trabajo y todo documento donde conste una obligación contraída por las Entidades Publicas Municipales en cualquiera de sus modalidades……, y que presenten las personas naturales o jurídicas con cargo al Tesoro Municipal ….
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Imagen de apoyo TARIFA Variable según los valores absolutos y porcentuales determinados para cada acto o documento. Los contratos, las ordenes de trabajo y todo documento donde conste una obligación contraída por las Entidades Públicas Municipales en cualquiera de sus modalidades: 2%
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Imagen de apoyo MARCO NORMATIVO Ley 675 de 2001. Ordenanzas Departamentales Nos. 301 de 2009; 335 de 2011; 352 y 361de 2012; 397 de 2014
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Imagen de apoyo HECHO GENERADOR Los contratos, ordenes de trabajo y todo documento donde conste una obligación contraída por Entidades Publicas municipales, dependencias del Nivel Central y Entes Descentralizados del orden Municipal, con personas naturales o jurídicas, con cargo al Tesoro Municipal y de sus Entidades Descentralizadas
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Imagen de apoyo TARIFA Variable según los valores absolutos y porcentuales determinados para cada acto o documento. Los contratos, ordenes de trabajo y todo documento donde conste una obligación contraída por Entidades Publicas municipales, dependencias del Nivel Central y Entes Descentralizados del orden Municipal : 1%
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MARCO NORMATIVO Ley 79 de 1981. Acuerdos Municipales No. 10 de 1.983, 12 de 1984, 53 de 1986, Acuerdo 32 de 1.998, Acuerdo 0321 de 2011 y 0357 de 2013.
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Imagen de apoyo HECHO GENERADOR Celebración de contratos, convenios, acuerdos que se suscriban entre cualquiera de las entidades del orden municipal y los particulares o las entidades de derecho público de todo orden.
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Imagen de apoyo TARIFA Variable según los valores absolutos y porcentuales determinados para cada acto o documento. 3.5% Para los contratos, convenios y acuerdos que se suscriban entre cualquiera las entidades del orden municipal y los particulares y otras entidades de derecho público mayores a 2196 UVT. ($65.338.000) 1%Para los contratos, convenios y acuerdos que se suscriban entre cualquiera las entidades del orden municipal y los particulares y otras entidades de derecho público, menores a 2196 UVT. Contratos convenios y acuerdos con entidades de derecho público inferiores a 2196 UVT, no causan estampilla.
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MARCO NORMATIVO Ley 397 de 1997 y ley 666 de 2001. Acuerdos Municipales Nos. 0321de 2001, 0338 de 2012 y 0357 de 2013.
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Imagen de apoyo HECHO GENERADOR Celebración de contratos, convenios, acuerdos y los actos y documentos que se gestionen ante la administración municipal o cualquiera de sus dependencias y entidades descentralizadas del orden municipal, al igual que el pago entidades educativas por concepto de matrícula y sus renovaciones.
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Imagen de apoyo TARIFA Variable según los valores absolutos y porcentuales determinados para cada acto o documento. 1% Para los contratos, convenios y acuerdos Superior a 4072 UVT, que por cualquier concepto se suscriban entre cualquiera de las entidades del orden municipal y los particulares. $121.154.000
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