La descarga está en progreso. Por favor, espere

La descarga está en progreso. Por favor, espere

1 COMPROBANTES FISCALES 2016 Autor y expositor: CPC NICOLAS PEREZ MENDEZ CPC FRANCISCO CARDENAS GUERRERO.

Presentaciones similares


Presentación del tema: "1 COMPROBANTES FISCALES 2016 Autor y expositor: CPC NICOLAS PEREZ MENDEZ CPC FRANCISCO CARDENAS GUERRERO."— Transcripción de la presentación:

1 www.gvamundial.com.mx 1 COMPROBANTES FISCALES 2016 Autor y expositor: CPC NICOLAS PEREZ MENDEZ CPC FRANCISCO CARDENAS GUERRERO

2 www.gvamundial.com.mx 2 Contribuyentes obligados a expedir comprobantes de acuerdo a la ley del ISR

3 www.gvamundial.com.mx 3 Obligados a expedir comprobantes fiscales Personas Morales Titulo II, régimen general de ley. Artículo 76 Fracción LISR: II.Expedir los comprobantes fiscales por las actividades que realicen. III.Expedir los comprobantes fiscales en los que asienten el monto de los pagos efectuados que constituyan ingresos de fuente de riqueza ubicada en México de acuerdo con lo previsto por el Título V de esta Ley o de los pagos efectuados a los establecimientos en el extranjero de instituciones de crédito del país, en los términos del artículo 48 de la misma y, en su caso, el impuesto retenido al residente en el extranjero o a las citadas instituciones de crédito.

4 www.gvamundial.com.mx 4 Obligados a expedir comprobantes fiscales Personas Morales Titulo II, régimen general de ley. Artículo 76 Fracción LISR: XI.Tratándose de personas morales que hagan los pagos por concepto de dividendos o utilidades a personas físicas o morales: b)Proporcionar a las personas a quienes les efectúen pagos por los conceptos a que se refiere esta fracción, comprobante fiscal en el que se señale su monto, el impuesto sobre la renta retenido en términos de los artículos 140 y 164 de esta Ley, así como si éstos provienen de las cuentas establecidas en los artículos 77 y 85 de esta Ley, según se trate, o si se trata de los dividendos o utilidades a que se refiere el primer párrafo del artículo 10 de la misma. Este comprobante se entregará cuando se pague el dividendo o utilidad.

5 www.gvamundial.com.mx 5 Obligados a expedir comprobantes fiscales Personas Morales Titulo II, régimen general de ley. Artículo 76 LISR: XVIII.Las personas morales que distribuyan anticipos o rendimientos en los términos de la fracción II del artículo 94 de esta Ley, deberán expedir comprobante fiscal en el que conste el monto de los anticipos y rendimientos distribuidos, así como el impuesto retenido.

6 www.gvamundial.com.mx 6 Obligados a expedir comprobantes Personas Morales Titulo III, no contribuyentes. Artículo 86 LISR: II.Expedir y recabar los comprobantes fiscales que acrediten las enajenaciones y erogaciones que efectúen, los servicios que presten o el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes. IV.Proporcionar a sus integrantes constancia y comprobante fiscal en el que se señale el monto del remanente distribuible, en su caso.

7 www.gvamundial.com.mx 7 Obligados a expedir comprobantes Personas Morales Titulo III, no contribuyentes. Artículo 86 LISR: V.Expedir las constancias y el comprobante fiscal y proporcionar la información a que se refiere la fracción III del artículo 76 de esta Ley; retener y enterar el impuesto a cargo de terceros y exigir el comprobante respectivo, cuando hagan pagos a terceros y estén obligados a ello en los términos de esta Ley. Deberán cumplir con las obligaciones a que se refiere el artículo 94 de la misma Ley, cuando hagan pagos que a la vez sean ingresos en los términos del Capítulo I del Título IV del presente ordenamiento.

8 www.gvamundial.com.mx 8 Obligados a expedir comprobantes Personas Morales Titulo III, no contribuyentes (Artículo 86 LISR): Los sindicatos obreros y los organismos que los agrupen quedan relevados de cumplir con las obligaciones establecidas en las fracciones I y II de este artículo, excepto por aquellas actividades que de realizarse por otra persona quedarían comprendidas en el artículo 16 del Código Fiscal de la Federación. Quedan relevadas de cumplir con las obligaciones a que se refieren las fracciones III y IV de este artículo las personas señaladas en el artículo 79 de esta Ley que no determinen remanente distribuible. Los partidos y asociaciones políticas, legalmente reconocidos, tendrán las obligaciones de retener y enterar el impuesto y exigir comprobantes fiscales, cuando hagan pagos a terceros y estén obligados a ello en términos de ley, así como llevar contabilidad y conservarla de conformidad con el Código Fiscal de la Federación y su Reglamento.

9 www.gvamundial.com.mx 9 Obligados a expedir comprobantes Personas Morales Titulo III, no contribuyentes. Artículo 86 LISR: Los partidos y asociaciones políticas, legalmente reconocidos, la Federación, las entidades federativas, los municipios y las instituciones que por Ley estén obligadas a entregar al Gobierno Federal el importe íntegro de su remanente de operación y los organismos descentralizados que no tributen conforme al Título II de esta Ley están obligados a expedir y entregar comprobantes fiscales a las personas que reciban pagos por concepto de salarios y, en general, por la prestación de un servicio personal subordinado, en la fecha en que se realice la erogación correspondiente, los cuales podrán utilizarse como constancia o recibo de pago para efectos de la legislación laboral a que se refieren los artículos 132 fracciones VII y VIII, y 804 primer párrafo fracciones II y IV de la Ley Federal del Trabajo.

10 www.gvamundial.com.mx 10 Obligados a expedir comprobantes Contribuyentes que pagan “salarios y asimilables” Artículo 99 LISR: Quienes hagan pagos por los conceptos a que se refiere este Capítulo, tendrán las siguientes obligaciones: III.Expedir y entregar comprobantes fiscales a las personas que reciban pagos por los conceptos a que se refiere este Capítulo, en la fecha en que se realice la erogación correspondiente, los cuales podrán utilizarse como constancia o recibo de pago para efectos de la legislación laboral a que se refieren los artículos 132 fracciones VII y VIII, y 804, primer párrafo, fracciones II y IV, de la Ley Federal de Trabajo.

11 www.gvamundial.com.mx 11 Obligados a expedir comprobantes fiscales Personas morales que pagan “Honorarios” Artículo 106 último párrafo LISR: Cuando los contribuyentes presten servicios profesionales a las personas morales, éstas deberán retener, como pago provisional, el monto que resulte de aplicar la tasa del 10% sobre el monto de los pagos que les efectúen, sin deducción alguna, debiendo proporcionar a los contribuyentes comprobante fiscal y constancia de la retención las cuales deberán enterarse, en su caso, conjuntamente con las señaladas en el artículo 96 de esta Ley. El impuesto retenido en los términos de este párrafo será acreditable contra el impuesto a pagar que resulte en los pagos provisionales de conformidad con este artículo.

12 www.gvamundial.com.mx 12 Obligados a expedir comprobantes fiscales Personas Morales “Que pagan por el arrendamiento de inmuebles” Artículo 116 último párrafo LISR: Cuando los ingresos a que se refiere este Capítulo se obtengan por pagos que efectúen las personas morales, éstas deberán retener como pago provisional el monto que resulte de aplicar la tasa del 10% sobre el monto de los mismos, sin deducción alguna, debiendo proporcionar a los contribuyentes constancias de la retención y comprobante fiscal; dichas retenciones deberán enterarse, en su caso, conjuntamente con las señaladas en el artículo 96 de esta Ley. El impuesto retenido en los términos de este párrafo podrá acreditarse contra el que resulte de conformidad con el segundo párrafo de este artículo.

13 www.gvamundial.com.mx 13 Obligados a expedir comprobantes Personas físicas actividad empresarial y profesional (Régimen general) Artículo 110 LISR: Los contribuyentes personas físicas sujetos al régimen establecido en esta Sección, además de las obligaciones establecidas en otros artículos de esta Ley y en las demás disposiciones fiscales, tendrán las siguientes: III.Expedir comprobantes fiscales que acrediten los ingresos que perciban. VIII. Expedir constancias y comprobantes fiscales en los que asienten el monto de los pagos efectuados que constituyan ingresos de fuente de riqueza ubicada en México de acuerdo con lo previsto por el Título V de esta Ley o de los pagos efectuados a los establecimientos en el extranjero de instituciones de crédito del país, en los términos del artículo 48 de la misma y, en su caso, el impuesto retenido al residente en el extranjero o a las citadas instituciones de crédito.

14 www.gvamundial.com.mx 14 Obligados a expedir comprobantes Personas físicas actividad empresarial, régimen de incorporación fiscal Artículo 112. Los contribuyentes sujetos al régimen previsto en esta Sección, tendrán las obligaciones siguientes: IV.Entregar a sus clientes comprobantes fiscales. Para estos efectos los contribuyentes podrán expedir dichos comprobantes utilizando la herramienta electrónica de servicio de generación gratuita de factura electrónica que se encuentra en la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria.

15 www.gvamundial.com.mx 15 Obligados a expedir comprobantes Arrendadores de bienes inmuebles: Artículo 118. Los contribuyentes que obtengan ingresos de los señalados en este Capítulo, además de efectuar los pagos de este impuesto, tendrán las siguientes obligaciones: III.Expedir comprobantes fiscales por las contraprestaciones recibidas.

16 www.gvamundial.com.mx 16 Obligados a expedir comprobantes Enajenación de bienes: Obligación de los adquirentes de los bienes (retenedores): Artículo 126 5º. Párrafo Cuando el adquirente efectúe la retención a que se refiere el párrafo anterior, expedirá comprobante fiscal al enajenante y constancia de la misma, y éste acompañará una copia de dichos documentos al presentar su declaración anual. No se efectuará la retención ni el pago provisional a que se refiere el párrafo anterior, cuando se trate de bienes muebles diversos de títulos valor o de partes sociales y el monto de la operación sea menor a $227,400.00.

17 www.gvamundial.com.mx 17 Obligados a expedir comprobantes Adquisición de bienes: Obligación de los fedatarios públicos: Artículo 132 2º. Párrafo En operaciones consignadas en escritura pública en las que el valor del bien de que se trate se determine mediante avalúo, el pago provisional se hará mediante declaración que se presentará dentro de los quince días siguientes a la fecha en que se firme la escritura o minuta. Los notarios, corredores, jueces y demás fedatarios, que por disposición legal tengan funciones notariales, calcularán el impuesto bajo su responsabilidad y lo enterarán mediante la citada declaración en las oficinas autorizadas y deberán expedir comprobante fiscal, en el que conste el monto de la operación, así como el impuesto retenido que fue enterado.........................

18 www.gvamundial.com.mx 18 Obligados a expedir comprobantes Intereses: Artículo 136. Quienes obtengan los ingresos a que se refiere este Capítulo, además de las obligaciones establecidas en otros artículos de esta Ley, tendrán las siguientes: III.Conservar, de conformidad con lo previsto en el Código Fiscal de la Federación, la documentación relacionada con los ingresos, las retenciones y el pago de este impuesto. Lo dispuesto en este artículo no será aplicable a los contribuyentes que hayan optado por no acumular los intereses a sus demás ingresos, en los términos del segundo párrafo del artículo 135 de esta Ley.

19 www.gvamundial.com.mx 19 Obligados a expedir comprobantes Premios: Artículo 139 LISR. Quienes entreguen los premios a que se refiere este Capítulo, además de efectuar las retenciones de este impuesto, tendrán las siguientes obligaciones: I.Proporcionar, a las personas a quienes les efectúen pagos por los conceptos a que se refiere este Capítulo, comprobante fiscal en el que conste el monto de la operación, y el impuesto retenido que fue enterado. II.Proporcionar, constancia de ingreso y el comprobante fiscal por los premios por los que no se está obligado al pago del impuesto en los términos de esta Ley.

20 www.gvamundial.com.mx 20 Obligados a expedir comprobantes Dividendos: Artículo 140 LISR. Las personas físicas deberán acumular a sus demás ingresos, los percibidos por dividendos o utilidades. Dichas personas físicas podrán acreditar, contra el impuesto que se determine en su declaración anual, el impuesto sobre la renta pagado por la sociedad que distribuyó los dividendos o utilidades, siempre que quien efectúe el acreditamiento a que se refiere este párrafo considere como ingreso acumulable, además del dividendo o utilidad percibido, el monto del impuesto sobre la renta pagado por dicha sociedad correspondiente al dividendo o utilidad percibido y además cuenten con la constancia y el comprobante fiscal a que se refiere la fracción XI del artículo 76 de esta Ley. Para estos efectos, el impuesto pagado por la sociedad se determinará aplicando la tasa del artículo 9 de esta Ley, al resultado de multiplicar el dividendo o utilidad percibido por el factor de 1.4286.

21 www.gvamundial.com.mx 21 Obligados a expedir comprobantes Demás ingresos: Artículo 145 3er. Párrafo LISR. (Obtenidos periódicamente) Cuando los ingresos a que se refiere este Capítulo, salvo aquéllos a que se refiere el artículo 143 de esta Ley, se obtengan por pagos que efectúen las personas morales a que se refiere el Título II de esta Ley, dichas personas deberán retener como pago provisional la cantidad que resulte de aplicar la tasa del 20% sobre el monto de los mismos, sin deducción alguna, debiendo proporcionar a los contribuyentes y comprobante fiscal en el que conste la operación, así como el impuesto retenido; dichas retenciones deberán enterarse, en su caso, conjuntamente con las señaladas en el artículo 96 de la propia Ley.

22 www.gvamundial.com.mx 22 Obligados a expedir comprobantes Demás ingresos: Artículo 145 4º. Párrafo LISR. (Remanente distribuido por PM Título III) En el supuesto de los ingresos a que se refiere la fracción X del artículo 142 de esta Ley, las personas morales retendrán, como pago provisional, la cantidad que resulte de aplicar la tasa máxima para aplicarse sobre el excedente del límite inferior que establece la tarifa contenida en el artículo 152 de la misma sobre el monto del remanente distribuible, el cual enterarán conjuntamente con la declaración señalada en el artículo 96 de esta Ley o, en su caso, en las fechas establecidas para la misma, y proporcionarán a los contribuyentes el comprobante fiscal en el que conste el monto de la operación, así como el impuesto retenido.

23 www.gvamundial.com.mx 23 Obligados a expedir comprobantes Demás ingresos: Artículo 145 11º. Párrafo LISR. (Regalías) Cuando las regalías a que se refiere la fracción XVII del artículo 142 de esta Ley se obtengan por pagos que efectúen las personas morales a que se refiere el Título II de la misma, dichas personas morales deberán efectuar la retención aplicando sobre el monto del pago efectuado, sin deducción alguna, la tasa máxima para aplicarse sobre el excedente del límite inferior que establece la tarifa contenida en el artículo 152 de esta Ley, como pago provisional. Dicha retención deberá enterarse, en su caso, conjuntamente con las señaladas en el artículo 96 de esta Ley. Quien efectúe el pago deberá proporcionar a los contribuyentes comprobante fiscal en el que conste el monto de la operación, así como el impuesto retenido.

24 www.gvamundial.com.mx 24 Contribuyentes obligados a expedir comprobantes de acuerdo a la ley del IVA

25 www.gvamundial.com.mx 25 Obligados a expedir comprobantes para IVA Artículo 32.- Los obligados al pago de este impuesto y las personas que realicen los actos o actividades a que se refiere el artículo 2o.-A tienen, además de las obligaciones señaladas en otros artículos de esta Ley, las siguientes: III.Expedir y entregar comprobantes fiscales V.Expedir comprobantes fiscales por las retenciones del impuesto que se efectúen en los casos previstos en el artículo 1o.-A, y proporcionar mensualmente a las autoridades fiscales, a través de los medios y formatos electrónicos que señale el Servicio de Administración Tributaria, la información sobre las personas a las que les hubieren retenido el impuesto establecido en esta Ley, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior al que corresponda dicha información.

26 www.gvamundial.com.mx 26 Reglas aplicables a la expedición de comprobantes

27 www.gvamundial.com.mx 27 En que casos se deben expedir los comprobantes Artículo 29 primer párrafo CFF: Cuando las leyes fiscales establezcan la obligación de expedir comprobantes fiscales por los actos o actividades que realicen, por los ingresos que se perciban o por las retenciones de contribuciones que efectúen, los contribuyentes deberán emitirlos mediante documentos digitales a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria. Las personas que adquieran bienes, disfruten de su uso o goce temporal, reciban servicios o aquéllas a las que les hubieren retenido contribuciones deberán solicitar el comprobante fiscal digital por Internet respectivo.

28 www.gvamundial.com.mx 28 En que casos se deben expedir los comprobantes De acuerdo al párrafo anterior, los contribuyentes deben expedir comprobantes fiscales en los siguientes casos: a)Por los actos o actividades que realicen, b)Por los ingresos que se perciban o c)Por las retenciones de contribuciones que efectúen, Y siempre y cuando las leyes fiscales les impongan dicha obligación. Además deberán emitirlos mediante documentos digitales a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria. Adicionalmente el penúltimo párrafo de este artículo obliga a expedir CFDI en el caso de las devoluciones, descuentos y bonificaciones a que se refiere el artículo 25 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

29 www.gvamundial.com.mx 29 Momento de expedición del comprobante fiscal Artículo 39 RCFF: Para los efectos del artículo 29, segundo párrafo, fracción IV del Código, los contribuyentes deberán remitir al Servicio de Administración Tributaria o al proveedor de certificación de comprobantes fiscales digitales por Internet autorizados por dicho órgano desconcentrado, según sea el caso, el comprobante fiscal digital por Internet, a más tardar dentro de las veinticuatro horas siguientes a que haya tenido lugar la operación, acto o actividad de la que derivó la obligación de expedirlo.

30 www.gvamundial.com.mx 30 Medios para la expedición de comprobantes

31 www.gvamundial.com.mx 31 Medios para la expedición del comprobante fiscal I.- A través de la página de internet del SAT. Artículo 29 fracción IV CFF: IV. Remitir al Servicio de Administración Tributaria, antes de su expedición, el comprobante fiscal digital por Internet respectivo a través de los mecanismos digitales que para tal efecto determine dicho órgano desconcentrado mediante reglas de carácter general, con el objeto de que éste proceda a: a) Validar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 29- A de este Código. b) Asignar el folio del comprobante fiscal digital. c) Incorporar el sello digital del Servicio de Administración Tributaria.

32 www.gvamundial.com.mx 32 Medios para la expedición del comprobante fiscal I.- A través de la página de internet del SAT. Regla 2.7.1.6 RMF 2016: Para los efectos del artículo 29, fracción IV del CFF, los contribuyentes podrán expedir CFDI sin necesidad de remitirlos a un proveedor de certificación de CFDI, siempre que lo hagan a través de la herramienta electrónica denominada “Servicio de Generación de Factura Electrónica (CFDI) ofrecido por el SAT”, misma que se encuentra en el Portal del SAT.

33 www.gvamundial.com.mx 33 Medios para la expedición del comprobante fiscal II. A través de proveedores autorizados por el SAT. Artículo 29 fracción IV CFF: El Servicio de Administración Tributaria podrá autorizar a proveedores de certificación de comprobantes fiscales digitales por Internet para que efectúen la validación, asignación de folio e incorporación del sello a que se refiere esta fracción. Los proveedores de certificación de comprobantes fiscales digitales por Internet a que se refiere el párrafo anterior deberán estar previamente autorizados por el Servicio de Administración Tributaria y cumplir con los requisitos que al efecto establezca dicho órgano desconcentrado mediante reglas de carácter general.

34 www.gvamundial.com.mx 34 Medios para la expedición del comprobante fiscal III. A través del sistema “mis cuentas” en la página de internet del SAT Regla 2.7.1.21 RMF 2016: Para los efectos de los artículos 29, primer y último párrafos y 29-A, último párrafo, en relación con el artículo 28 del CFF, los contribuyentes que utilicen “Mis cuentas”, podrán expedir CFDI a través de dicha aplicación, utilizando su Contraseña. A dichos comprobantes se les incorporará el sello digital del SAT, el cual hará las veces del sello del contribuyente emisor y serán validos para deducir y acreditar fiscalmente. Los CFDI expedidos a través de la mencionada herramienta, podrán imprimirse ingresando en el Portal del SAT, en la opción “Factura Electrónica”.

35 www.gvamundial.com.mx 35 Medios para la expedición del comprobante fiscal Regla 2.7.1.21 RMF 2016: De igual forma, los contribuyentes podrán imprimir dentro de “Mis cuentas”, los datos de los CFDI generados a través de la misma aplicación, lo cual hará las veces de la representación impresa del CFDI. Asimismo, los contribuyentes a quienes se expidan CFDI a través de la citada aplicación, obtendrán el archivo XML en el Portal del SAT, el cual estará disponible en la opción “Factura Electrónica”, por lo que los emisores de tales CFDI no se encontrarán obligados a entregar materialmente dicho archivo. Los contribuyentes que no emitan los CFDI a través de “Mis cuentas”, podrán expedir los CFDI a través del “Servicio de Generación de Factura Electrónica (CFDI) ofrecido por el SAT”, o bien, a través de un proveedor de certificación de CFDI. (Excepto las donatarias autorizadas a que se refiere la regla 2.8.1.2)

36 www.gvamundial.com.mx 36 Anexo 20 RMF V3.2 (Última actualización 22 de mayo 2015)

37 www.gvamundial.com.mx 37

38 www.gvamundial.com.mx 38

39 www.gvamundial.com.mx 39 AtributoDescripción VersiónAtributo requerido con valor prefijado a 3.2 que indica la versión del estándar bajo el que se encuentra expresado el comprobante. Serie Atributo opcional para precisar la serie para control interno del contribuyente. Este atributo acepta una cadena de caracteres alfabéticos de 1 a 25 caracteres sin incluir caracteres acentuados. Folio Atributo opcional para control interno del contribuyente que acepta un valor numérico entero superior a 0 que expresa el folio del comprobante. Atributos y usos señalados en el anexo 20

40 www.gvamundial.com.mx 40 AtributoDescripción FechaAtributo requerido para la expresión de la fecha y hora de expedición del comprobante fiscal. Se expresa en la forma aaaa-mm-ddThh:mm:ss, de acuerdo con la especificación ISO 8601. SelloAtributo requerido para contener el sello digital del comprobante fiscal, al que hacen referencia las reglas de resolución miscelánea aplicable. El sello deberá ser expresado cómo una cadena de texto en formato Base 64. Forma de pagoAtributo requerido para precisar la forma de pago que aplica para este comprobante fiscal digital a través de Internet. Se utiliza para expresar Pago en una sola exhibición o número de parcialidad pagada contra el total de parcialidades, Parcialidad 1 de X. Atributos y usos señalados en el anexo 20

41 www.gvamundial.com.mx 41 AtributoDescripción No. De CertificadoAtributo requerido para expresar el número de serie del certificado de sello digital que ampara al comprobante, de acuerdo al acuse correspondiente a 20 posiciones otorgado por el sistema del SAT. Certificado Atributo requerido que sirve para expresar el certificado de sello digital que ampara al comprobante como texto, en formato base 64. Condiciones de pago Atributo opcional para expresar las condiciones comerciales aplicables para el pago del comprobante fiscal digital a través de Internet. Atributos y usos señalados en el anexo 20

42 www.gvamundial.com.mx 42 AtributoDescripción SubtotalAtributo requerido para representar la suma de los importes antes de descuentos e impuestos. DescuentoAtributo opcional para representar el importe total de los descuentos aplicables antes de impuestos. Motivo DescuentoAtributo opcional para expresar el motivo del descuento aplicable. Atributos y usos señalados en el anexo 20

43 www.gvamundial.com.mx 43 AtributoDescripción Tipo de CambioAtributo opcional para representar el tipo de cambio conforme a la moneda usada MonedaAtributo opcional para expresar la moneda utilizada para expresar los montos TotalAtributo requerido para representar la suma del subtotal, menos los descuentos aplicables, más los impuestos trasladados, menos los impuestos retenidos. Atributos y usos señalados en el anexo 20

44 www.gvamundial.com.mx 44 AtributoDescripción Tipo de comprobanteAtributo requerido para expresar el efecto del comprobante fiscal para el contribuyente emisor. Método de pagoAtributo requerido de texto libre para expresar el método de pago de los bienes o servicios amparados por el comprobante. Se entiende como método de pago leyendas tales como: cheque, tarjeta de crédito o débito, depósito en cuenta, etc. Lugar de expediciónAtributo requerido para incorporar el lugar de expedición del comprobante. Atributos y usos señalados en el anexo 20

45 www.gvamundial.com.mx 45 AtributoDescripción No. Cuenta pagoAtributo opcional para incorporar al menos los cuatro últimos dígitos del número de cuenta con la que se realizó el pago. Folio fiscal origAtributo opcional para señalar el número de folio fiscal del comprobante que se hubiese expedido por el valor total del comprobante, tratándose del pago en parcialidades. Serie Folio Fiscal origAtributo opcional para señalar la serie del folio del comprobante que se hubiese expedido por el valor total del comprobante, tratándose del pago en parcialidades. Atributos y usos señalados en el anexo 20

46 www.gvamundial.com.mx 46 AtributoDescripción Fecha Folio Fiscal Orig Atributo opcional para señalar la fecha de expedición del comprobante que se hubiese emitido por el valor total del comprobante, tratándose del pago en parcialidades. Se expresa en la forma aaaa- mm-ddThh:mm:ss, de acuerdo con la especificación ISO 8601. Monto Folio Fiscal OrigAtributo opcional para señalar el total del comprobante que se hubiese expedido por el valor total de la operación, tratándose del pago en parcialidades Atributos y usos señalados en el anexo 20

47 www.gvamundial.com.mx 47 Atributos del emisor

48 www.gvamundial.com.mx 48 Régimen Fiscal y atributos del receptor

49 www.gvamundial.com.mx 49 Anexo 20 RMF V3.3 (No oficial, no publicada)

50 www.gvamundial.com.mx 50 Objetivos de los cambios Se han identificado ciertas lagunas, entre las que se describen: falta de precisión en los datos requeridos; errores en importes y cálculo de impuestos; carencia de elementos para identificar y clasificar a los contribuyentes; conformación del recibo de nómina por el estándar del anexo 20 y el complemento “Nómina”; y que no se cuenta con la rastreabilidad de los pagos. Y para subsanarlo, el SAT ha trazado esta estrategia que permitirá obtener información más completa, precisa y de mayor calidad; tener mayor claridad del desglose de impuestos; contar con información significativa; clasificar por régimen fiscal tanto al emisor como al receptor del comprobante; eliminar la DIM (Declaración Informativa Múltiple) y el complemento “Nómina”; así como simplificar el modelo de pago en parcialidades.

51 www.gvamundial.com.mx 51 Principales modificaciones al anexo 20 1.- El CFDI de nómina ya no será solo complemento del CFDI sino el propio CFDI. 2.- Incorporación de nuevos atributos: a)Orden de compra b)CURP c)Régimen fiscal del receptor d)País de residencia e ID del receptor e)Domicilio de recepción de bienes 3.- Definición y cambios de la cadena de caracteres. 4.- Eliminación de campos relacionados con el anterior comprobante de parcialidades (sustituido por el complemento de pago)

52 www.gvamundial.com.mx 52 Requisitos conforme a código y miscelánea

53 www.gvamundial.com.mx 53 Requisitos del artículo 29-A CFF Los comprobantes fiscales digitales a que se refiere el artículo 29 de este Código, deberán contener los siguientes requisitos: I. La clave del registro federal de contribuyentes de quien los expida y el régimen fiscal en que tributen conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta. Tratándose de contribuyentes que tengan más de un local o establecimiento, se deberá señalar el domicilio del local o establecimiento en el que se expidan los comprobantes fiscales. En relación a esta fracción la regla 2.7.1.32 de la RMF 2016, permite señalar en los apartados previstos para régimen fiscal y domicilio del local o establecimiento, la expresión N/A o cualquier otra análoga.

54 www.gvamundial.com.mx 54 Requisitos del artículo 29-A CFF II. El número de folio y el sello digital del Servicio de Administración Tributaria, referidos en la fracción IV, incisos b) y c) del artículo 29 de este Código, así como el sello digital del contribuyente que lo expide. La regla 2.71.5 de la RMF 2016, señala que para la expedición del CDFI, se debe generar a través del software “Certifica” la solicitud del certificado de sello digital, obteniendo dos archivos conteniendo uno la clave privada y el otro el requerimiento de generación de CSD. Se puede solicitar un certificado para la emisión del CFDI en el domicilio fiscal y, en su caso, como máximo uno para cada una de sus sucursales o establecimientos.

55 www.gvamundial.com.mx 55 Requisitos del artículo 29-A CFF III.El lugar y fecha de expedición. IV.La clave del registro federal de contribuyentes de la persona a favor de quien se expida. Cuando no se cuente con la clave del registro federal de contribuyentes a que se refiere esta fracción, se señalará la clave genérica que establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general……………………………………………………………………………… La regla 2.7.1.26 señala que la clave genérica referida será: XAXX010101000 y para operaciones con residentes en el extranjero: XEXX010102000.

56 www.gvamundial.com.mx 56 Requisitos del artículo 29-A CFF V. La cantidad, unidad de medida y clase de los bienes o mercancías o descripción del servicio o del uso o goce que amparen. Casos específicos: a) Los que se expidan a las personas físicas que cumplan sus obligaciones fiscales por conducto de un coordinado, deberán identificar el vehículo que les corresponda. b) Los que amparen donativos deducibles, deberán señalar expresamente tal situación y contener el número y fecha del oficio constancia de la autorización para recibir dichos donativos o, en su caso, del oficio de renovación correspondiente. Cuando amparen bienes que hayan sido deducidos previamente, para los efectos del impuesto sobre la renta, se indicará que el donativo no es deducible.

57 www.gvamundial.com.mx 57 Requisitos del artículo 29-A CFF c) Los que se expidan por la obtención de ingresos por arrendamiento de bienes inmuebles, deberán contener el número de cuenta predial del inmueble de que se trate o, en su caso, los datos de identificación del certificado de participación inmobiliaria no amortizable. d) Los que expidan los contribuyentes sujetos al impuesto especial sobre producción y servicios que enajenen tabacos labrados, deberán especificar el peso total de tabaco contenido en los tabacos labrados enajenados o, en su caso, la cantidad de cigarros enajenados. e) Los que expidan los fabricantes, ensambladores, comercializadores e importadores de automóviles en forma definitiva, cuyo destino sea permanecer en territorio nacional para su circulación o comercialización, deberán contener el número de identificación vehicular y la clave vehicular que corresponda al automóvil.

58 www.gvamundial.com.mx 58 Requisitos del artículo 29-A CFF VI.El valor unitario consignado en número. Casos específicos a) Los que expidan los contribuyentes que enajenen lentes ópticos graduados, deberán separar el monto que corresponda por dicho concepto. b) Los que expidan los contribuyentes que presten el servicio de transportación escolar, deberán separar el monto que corresponda por dicho concepto. c) En operaciones de factoraje financiero, deberán consignar la cantidad efectivamente pagada por el deudor cuando los adquirentes hayan otorgado descuentos, rebajas o bonificaciones.

59 www.gvamundial.com.mx 59 Requisitos del artículo 29-A CFF VII. El importe total consignado en número o letra, conforme a lo siguiente: a) Cuando la contraprestación se pague en una sola exhibición, en el momento en que se expida el comprobante fiscal digital por Internet correspondiente a la operación de que se trate, se señalará expresamente dicha situación, además se indicará el importe total de la operación y, cuando así proceda, el monto de los impuestos trasladados desglosados con cada una de las tasas del impuesto correspondiente y, en su caso, el monto de los impuestos retenidos. Queda claro que la leyenda “Pago en una sola exhibición” SOLO APLICA CUANDO EL “TOTAL” DE LA CONTRAPRESTACIÓN SE PAGUE EN EL MOMENTO EN QUE SE EXPIDE EL CFDI.

60 www.gvamundial.com.mx 60 Requisitos del artículo 29-A CFF Los contribuyentes que realicen las operaciones gravadas a la tasa del 0% para efectos del IVA y quienes no deban trasladar el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios ni el Impuesto sobre Automóviles Nuevos, en forma expresa y por separado: No trasladarán el impuesto en forma expresa y por separado, salvo tratándose de la enajenación de los bienes a que se refiere el artículo 2o., fracción I, incisos A), D), F), G), I) y J) de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, cuando el adquirente sea, a su vez, contribuyente de este impuesto por dichos bienes y así lo solicite. Tratándose de contribuyentes que presten servicios personales, cada pago que perciban por la prestación de servicios se considerará como una sola exhibición y no como una parcialidad.

61 www.gvamundial.com.mx 61 Requisitos del artículo 29-A CFF b) Cuando la contraprestación no se pague en una sola exhibición se emitirá un comprobante fiscal digital por Internet por el valor total de la operación en el momento en que ésta se realice y se expedirá un comprobante fiscal digital por Internet por cada uno de los pagos que se reciban posteriormente, en los términos que establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general, los cuales deberán señalar el folio del comprobante fiscal digital por Internet emitido por el total de la operación, señalando además, el valor total de la operación, y el monto de los impuestos retenidos, así como de los impuestos trasladados, desglosando cada una de las tasas del impuesto correspondiente, con las excepciones precisadas en el inciso anterior. SOLO APLICA CUANDO LA CONTRAPRESTACIÓN NO SE PAGUE EN UNA SOLO EXHIBICIÓN Y NO APLICA PARA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PERSONALES.

62 www.gvamundial.com.mx 62 Requisitos del artículo 29-A CFF c) Señalar la forma en que se realizó el pago, ya sea en efectivo, transferencias electrónicas de fondos, cheques nominativos o tarjetas de débito, de crédito, de servicio o las denominadas monederos electrónicos que autorice el Servicio de Administración Tributaria. En relación a este inciso, la RMF, particularmente en el anexo “20” ha considerado lo siguiente: Como Forma de pago: Pago en una sola exhibición o parcialidad X de X Como Método de pago: Efectivo, transferencias electrónicas de fondos, cheques nominativos o tarjetas de débito, de crédito, de servicio o monederos electrónicos. Lo anterior ha confundido a los contribuyentes pues es distinto lo que la ley considera como forma de pago de lo que el anexo 20, considera como tal.

63 www.gvamundial.com.mx 63 Requisitos fiscales de los comprobantes Regla 2.7.1.32 (Modificada en la 2ª. Y 3ª. MRMF 2016) Se mantiene la posibilidad para que los contribuyentes puedan incorporar en los CFDI que expidan, la expresión NA o cualquier otra análoga, en lugar de los siguientes requisitos: I. Régimen fiscal en que tributen conforme a la Ley del ISR. II. Domicilio del local o establecimiento donde se expidan los comprobantes III. Forma en que se realizó el pago. Los contribuyentes también podrán señalar en los apartados designados para incorporar los requisitos previstos en las fracciones anteriores, la información con la que cuenten al momento de expedir los comprobantes respectivos. Por lo que respecta a la fracción III de esta regla, cuando el pago no se realice en una sola exhibición, esta facilidad estará condicionada a que una vez que se reciba el pago o pagos se deberá emitir por cada uno de ellos un CFDI al que se incorporará el “Complemento para pagos” a que se refiere la regla 2.7.1.35. (Oración adicionada en la 3ª.MRMF 2016) 63

64 www.gvamundial.com.mx 64 Requisitos fiscales de los comprobantes Regla 2.7.1.32 (Modificada en la 2ª. Y 3ª. MRMF 2016) La facilidad prevista en la fracción III (forma en que se realizó el pago) de esta regla no será aplicable en los casos siguientes: a) En las operaciones a que se refiere la regla 3.3.1.37. (retiro de cajeros automáticos con el envío de claves a teléfonos móviles que le permitan al contribuyente persona física realizar el cobro correspondiente) b) En los actos y operaciones que establece el artículo 32 de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (prohibición del cumplimiento de obligaciones en efectivo) y; (Inciso derogado en la 3ª.MRMF 2016) c) Cuando la contraprestación se pague en una sola exhibición en el momento en el que se expida el CFDI o haya sido pagada antes de la expedición del mismo. Tratándose de los supuestos previstos en los incisos antes señalados, los contribuyentes deberán consignar en el CFDI la clave correspondiente a la forma de pago, de conformidad con el catálogo publicado en el Portal del SAT. 64

65 www.gvamundial.com.mx 65 Catalogo de métodos de pago del anexo 24 (Contabilidad electrónica) 65 CLAVECONCEPTO 01Efectivo 02Cheque 03Transferencia 04Tarjetas de crédito 05Monederos electrónicos 06Dinero electrónico 07Tarjetas digitales 08Vales de despensa 09Bienes 10Servicio DOF: 13 de enero 2016

66 www.gvamundial.com.mx 66 Catalogo de métodos de pago del anexo 24 (Contabilidad electrónica) 66 CLAVECONCEPTO 11Por cuenta de tercero 12Dación en pago 13Pago por subrogación 14Pago por consignación 15Condonación 16Cancelación 17Compensación 98“NA” 99Otros

67 www.gvamundial.com.mx 67 Página del SAT Consultada: 05 de julio 2016 Sección: Preguntas del día: 2. ¿Ha cambiado la manera de señalar el método de pago en una factura? A partir del 15 de julio debes asentar en el apartado Método de pago en lugar del concepto (cheque, efectivo, transferencia, tarjeta, etc.) la clave correspondiente, conforme al siguiente catálogo: ​ Clave ​ Descripción 01 ​​ Efectivo ​ 02 ​ Cheque nominativo ​ 03 ​ Transferencia electrónica de fondos ​ 04 ​ Tarjeta de crédito ​ 05 ​ Monedero electrónico 67

68 www.gvamundial.com.mx 68 Página del SAT Consultada: 05 de julio 2016 ​ Clave ​ Descripción ​ 06 ​ Dinero electrónico ​ 08 ​ Vales de despensa ​ 28 ​ Tarjeta de débito ​ 29 ​ Tarjeta de servicio ​ 99 ​ Otros Fundamento legal: (1.13 MB) artículo 29-A, fracción VII, inciso c, del Código Fiscal de la Federación y (619 KB) regla 2.7.1.32, segundo párrafo de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016. 68

69 www.gvamundial.com.mx 69 ANEXO 20 de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015, publicada el 14 de mayo de 2015. Última actualización dada a conocer por el SAT 69 Forma De Pago Descripción Atributo requerido para precisar la forma de pago que aplica para este comprobante fiscal digital a través de Internet. Se utiliza para expresar Pago en una sola exhibición o número de parcialidad pagada contra el total de parcialidades, Parcialidad 1 de X. UsoRequerido Tipo Basexs:string Espacio en Blanco Colapsar

70 www.gvamundial.com.mx 70 ANEXO 20 de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015, publicada el 14 de mayo de 2015. Última actualización dada a conocer por el SAT 70 Método De Pago Descripción Atributo requerido de texto libre para expresar el método de pago de los bienes o servicios amparados por el comprobante. Se entiende como método de pago leyendas tales como: cheque, tarjeta de crédito o débito, depósito en cuenta, etc. UsoRequerido Tipo Basexs:string Longitud mínima1 Espacio en Blanco Colapsar

71 www.gvamundial.com.mx 71 Página del SAT ​ 71

72 www.gvamundial.com.mx 72 Página del SAT (3 de junio 2016) ​ 72

73 www.gvamundial.com.mx 73 Página del SAT (3 de junio 2016) 73

74 www.gvamundial.com.mx 74 Página del SAT (3 de junio 2016) 74

75 www.gvamundial.com.mx 75 Página del SAT ​ 75

76 www.gvamundial.com.mx 76 Complemento de “pagos” del CFDI Regla 2.7.1.35 (Adicionada en la 3ª.MRMF 2016) Para los efectos de los artículos 29, párrafos primero, segundo, fracción VI y último párrafo, y 29-A, primer párrafo, fracción VII, inciso b) del CFF, cuando las contraprestaciones no se paguen en una sola exhibición, se emitirá un CFDI por el valor total de la operación en el momento en que ésta se realice y posteriormente se expedirá un CFDI por cada uno de los pagos que se efectúen, en el que se deberá señalar “cero pesos” en el monto total de la operación y como “método de pago” la expresión “pago” debiendo incorporar al mismo el “Complemento para pagos”. Notas: 1.- Sólo aplica expedirlo, cuando no se cobre en una sola exhibición. 2.- Ya se venía expidiendo en CFDI por el total de la operación y otro u otros, por cada parcialidad recibida, los cambios son: a) El señalar cero pesos en el monto total (antes se señalaba el monto de la parcialidad), la expresión “pago” en el método de pago (antes efectivo, transferencia, cheque, tarjeta) y b) el incorporar al CFDI, por la parcialidad cobrada, el “complemento para pagos”.

77 www.gvamundial.com.mx 77 Complemento de “pagos” del CFDI Regla 2.7.1.35 (Adicionada en la 3ª.MRMF 2016) El monto del pago se aplicará proporcionalmente a los conceptos integrados en el comprobante emitido por el valor total de la operación a que se refiere el primer párrafo de la presente regla. Nota: El complemento para pagos solicitará entre otras, la siguiente información: Número de parcialidad, importe e IVA cobrado, Folio del CFDI por el total, etc.... Importe del saldo anterior: $100,000 Importe pagado: $40,000 Importe saldo insoluto: $60,000

78 www.gvamundial.com.mx 78 Complemento de “pagos” del CFDI Regla 2.7.1.35 (Adicionada en la 3ª.MRMF 2016) Los contribuyentes que realicen el pago de la contraprestación en una sola exhibición, pero ésta no sea cubierta al momento de la expedición del CFDI, incluso cuando se trate de operaciones a crédito y estas se paguen totalmente en fecha posterior a la emisión del CFDI correspondiente, deberá utilizar, siempre que se trate del mismo ejercicio fiscal, el mecanismo contenido en la presente regla para reflejar el pago con el que se liquide el importe de la operación. Notas: 1.- Se refiere a quién paga y siempre y cuando, lo haga en una sola exhibición en el mismo ejercicio fiscal en que se expidió en comprobante fiscal. 2.- El mecanismo contenido en esta regla, aplica a quién expide el CFDI por la operación, por lo que a quién paga le aplicaría, en su caso, el expedir un CFDI con el complemento de pago que de a conocer el SAT.

79 www.gvamundial.com.mx 79 Complemento de “pagos” del CFDI Regla 2.7.1.35 (Adicionada en la 3ª.MRMF 2016) Cuando ya se cuente con al menos un CFDI que incorpore el “Complemento para pagos” que acrediten que la contraprestación ha sido total o parcialmente pagada, el CFDI emitido por el total de la operación no podrá ser objeto de cancelación, las correcciones deberán realizarse mediante la emisión de CFDI de egresos por devoluciones, descuentos y bonificaciones. Nota: 1.- Y si la corrección no es por error en monto, sino en datos???? Último párrafo: Por lo que respecta a la emisión del CFDI con “Complemento para pagos”, cuando en el comprobante existan errores, éste podrá cancelarse siempre que se sustituya por otro con los datos correctos y cuando se realicen a más tardar el último día del ejercicio en que fue emitido el CFDI.

80 www.gvamundial.com.mx 80 Requisitos del artículo 29-A CFF VIII. Tratándose de mercancías de importación: a)El número y fecha del documento aduanero, tratándose de ventas de primera mano. b)En importaciones efectuadas a favor de un tercero, el número y fecha del documento aduanero, los conceptos y montos pagados por el contribuyente directamente al proveedor extranjero y los importes de las contribuciones pagadas con motivo de la importación. IX. Los contenidos en las disposiciones fiscales, que sean requeridos y dé a conocer el Servicio de Administración Tributaria, mediante reglas de carácter general.

81 www.gvamundial.com.mx 81 Tipos de CFDI y su utilización

82 www.gvamundial.com.mx 82 Tipos de CFDI Ya hemos visto que la obligación de expedir CFDI nace: a)Por los actos o actividades que se realicen, b)Por los ingresos que se perciban o c)Por las retenciones de contribuciones que efectúen, d)Por las devoluciones, descuentos y bonificaciones que se efectúen. Los tipos de CFDI que corresponden son los siguientes: 1.- Por los ingresos o actividades CFDI de “ingreso” y por los descuentos y devoluciones, CFDI de “egreso”. 2.- Por las retenciones, “CFDI de pagos y retenciones” 3.- De acuerdo a la actividad, CFDI “con complementos” 4.- Para erogaciones específicas, CFDI a través de PCECFDI

83 www.gvamundial.com.mx 83 CFDI que ampara retenciones e información de pagos

84 www.gvamundial.com.mx 84 Antecedentes Ya existía, en CFF la obligación de emitir comprobantes, pero independientemente del tradicional CFDI, existe la obligación de emitir comprobantes por pagos y retenciones. Desde el 30 de diciembre de 2014 se publica la RM 2015, (la cual esta vigente al 2016), la cual regula la emisión de este tipo de comprobantes Regla 2.7.5.4 RMF 2016: El CFDI de retenciones e información de pagos se emitirán mediante el documento electrónico incluido en el Anexo 20. Asimismo, el CFDI de retención podrá emitirse de manera anualizada en el mes de enero del año inmediato siguiente a aquél en que se realizó la retención o pago. Sin embargo, en caso de que se emita un CFDI por la realización de actos o actividades o por la percepción de ingresos, y se incluya en el mismo toda la información sobre las retenciones de impuestos efectuadas, los contribuyentes podrán optar por considerarlo como el CFDI de las retenciones efectuadas.

85 www.gvamundial.com.mx 85 Estructura del CFDI La estructura de este CFDI, esta planteado en la Fracción II, del anexo 20 de la RM. Por lo tanto, de acuerdo al párrafo anterior de esta Regla, en caso de que se expida un comprobante en términos de la fracción I de dicho anexo 20, no se tendrá que expedir el comprobante en términos de la fracción II del anexo mencionado. La ruta para encontrar estos comprobantes en la pagina del SAT: http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/factura_electronica/Paginas/cfd i_retenciones_pagos.aspx

86 www.gvamundial.com.mx 86 Complementos del CFDI de pagos y retenciones Los complementos publicados en la página del SAT -Enajenación de acciones -Dividendos -Intereses -Arrendamiento en fideicomiso -Pagos a extranjeros -Premios -Fideicomiso no empresarial

87 www.gvamundial.com.mx 87 Complementos del CFDI de pagos y retenciones -Planes de retiro -Intereses hipotecarios -Operaciones con derivados -Sector financiero Los atributos correspondientes, son los siguientes:

88 www.gvamundial.com.mx 88 AtributoDescripción Versión Atributo requerido con valor prefijado que indica la versión del estándar bajo el que se encuentra expresada la retención y/o comprobante de información de pagos. Folio internoAtributo opcional para control interno del contribuyente que expresa el folio del documento que ampara la retención e información de pagos. Permite números y/o letras. Sello Atributo requerido para contener el sello digital del documento de retención e información de pagos. El sello deberá ser expresado como una cadena de texto en formato base 64. Atributos y usos señalados en el anexo 20

89 www.gvamundial.com.mx 89 ATRIBUTODESCRIPCION NumCert Atributo requerido para expresar el número de serie del certificado de sello digital con el que se selló digitalmente el documento de la retención e información de pagos Cert Atributo requerido que sirve para incorporar el certificado de sello digital que ampara el documento de retención e información de pagos como texto, en formato base 64. FechaExp Atributo requerido para la expresión de la fecha y hora de expedición del documento de retención e información de pagos. Se expresa en la forma yyyy-mm-ddThh:mm:ssTZD- 6, de acuerdo con la especificación ISO 8601. CveRetenc Atributo requerido para expresar la clave de la retención e información de pagos de acuerdo al catálogo publicado en internet por el SAT. DescRetenc Atributo opcional que expresa la descripción de la retención e información de pagos en caso de que en el atributo Retenc se haya elegido el valor para 'otro tipo de retenciones'

90 www.gvamundial.com.mx 90 EMISOR ATRIBUTODESCRIPCION RFCEmisor Atributo requerido para incorporar la clave en el Registro Federal de Contribuyentes correspondiente al contribuyente emisor del documento de retención e información de pagos, sin guiones o espacios. NomDenRazSocE Atributo opcional para el nombre, denominación o razón social del contribuyente emisor del documento de retención e información de pagos. CURPE Atributo opcional para la Clave Única del Registro Poblacional del contribuyente emisor del documento de retención e información de pagos.

91 www.gvamundial.com.mx 91 RECEPTOR ATRIBUTODESCRIPCION Nacionalidad Atributo requerido para expresar la nacionalidad del receptor del documento. RFCRecep Atributo requerido para la clave del Registro Federal de Contribuyentes correspondiente al contribuyente receptor del documento. NomDenRazSocR Atributo opcional para el nombre, denominación o razón social del contribuyente receptor del documento. CURPR Atributo opcional para la Clave Única del Registro Poblacional del contribuyente receptor del documento.

92 www.gvamundial.com.mx 92 Receptor cuando sea residente en el extranjero ATRIBUTODESCRIPCION NumRegIdTrib Atributo opcional para expresar el número de registro de identificación fiscal del receptor del documento cuando sea residente en el extranjero NomDenRazSocR Atributo requerido para expresar el nombre, denominación o razón social del receptor del documento cuando sea residente en el extranjero

93 www.gvamundial.com.mx 93 Periodo ATRIBUTODESCRIPCION MesIni Atributo requerido para la expresión del mes inicial del periodo de la retención e información de pagos MesFin Atributo requerido para la expresión del mes final del periodo de la retención e información de pagos Ejerc Atributo requerido para la expresión del ejercicio fiscal (año)

94 www.gvamundial.com.mx 94 ATRIBUTODESCRIPCION montoTotOperacion Atributo requerido para expresar el total del monto de la operación que se relaciona en el comprobante montoTotGrav Atributo requerido para expresar el total del monto gravado de la operación que se relaciona en el comprobante. montoTotExent Atributo requerido para expresar el total del monto exento de la operación que se relaciona en el comprobante. montoTotRet Atributo requerido para expresar el monto total de las retenciones. Sumatoria de los montos de retención del nodo ImpRetenidos.

95 www.gvamundial.com.mx 95 ATRIBUTODESCRIPCION BaseRet Atributo opcional para expresar la base del impuesto, que puede ser la diferencia entre los ingresos percibidos y las deducciones autorizadas Impuesto Atributo opcional para señalar el tipo de impuesto retenido del periodo o ejercicio conforme al catálogo. montoRet Atributo requerido para expresar el importe del impuesto retenido en el periodo o ejercicio TipoPagoRet Atributo requerido para precisar si el monto de la retención es considerado pago definitivo o pago provisional

96 www.gvamundial.com.mx 96 AtributoDescripción Pagos a extranjerosComplemento para expresar los pagos que se realizan a residentes en el extranjero NoBeneficiario Nodo opcional para expresar la información del residente extranjero efectivo del cobro PaisDeResidParaEfecfiscAtributo requerido para expresar la clave del país de residencia del extranjero, conforme al catálogo de países publicado en el Anexo 10 de la RMF. Pagos a extranjeros

97 www.gvamundial.com.mx 97 AtributoDescripción Concepto PagoAtributo requerido para expresar el tipo contribuyente sujeto a la retención, conforme al catálogo. DescripcionConcepto Atributo requerido para expresar la descripción de la definición del pago del residente en el extranjero BeneficiarioNodo opcional para precisar la información del representante para efectos fiscales en México. Pagos a extranjeros

98 www.gvamundial.com.mx 98 AtributoDescripción RFCAtributo requerido para expresar la clave del registro federal de contribuyentes del representante legal en México CURP Atributo requerido para la expresión de la CURP del representante legal NomDenRazSocBAtributo requerido para expresar el nombre, denominación o razón social del contribuyente en México Pagos a extranjeros

99 www.gvamundial.com.mx 99 AtributoDescripción ConceptoPagoAtributo requerido para expresar el tipo de contribuyente sujeto a la retención, conforme al catálogo. DescripcionConcepto Atributo requerido para expresar la descripción de la definición del pago del residente en el extranjero VersionAtributo requerido con valor prefijado que indica la versión del complemento de pagos realizados a residentes a residentes en el extranjero Pagos a extranjeros

100 www.gvamundial.com.mx 100 AtributoDescripción EsBenefEctDelCobroAtributo requerido para expresar si el beneficiario del pago es la misma persona que retiene Pagos a extranjeros

101 www.gvamundial.com.mx 101 Complementos del CFDI

102 www.gvamundial.com.mx 102 Lista de complementos del CFDI Los complementos publicados en la página del SAT Timbre fiscal digital (TFD). Estado de cuenta de combustibles de monederos electrónicos. Donatarias. Compra venta de divisas. Otros derechos e impuestos. Leyendas fiscales. Persona física integrante de coordinado. Turista pasajero extranjero. Spei de tercero a tercero.

103 www.gvamundial.com.mx 103 Lista de complementos del CFDI Los complementos publicados en la página del SAT Sector de ventas al detalle (Detallista). CFDI Registro fiscal. Recibo de pago de nómina. Pago en especie. Vales de despensa. Consumo de combustibles. Aerolíneas. Notarios Públicos. Vehículo usado.

104 www.gvamundial.com.mx 104 Lista de complementos del CFDI Los complementos publicados en la página del SAT

105 www.gvamundial.com.mx 105 Lista de complementos del CFDI Complementos Concepto Instituciones educativas privadas. Venta de vehículos. Terceros. ​​​​ Acreditamiento del IEPS ​​

106 www.gvamundial.com.mx 106 AtributoDescripción DonatariasNodo opcional para incluir la información requerida por el Servicio de Administración Tributaria a las organizaciones civiles o fideicomisos autorizados para recibir donativos, que permite hacer deducibles los Comprobantes Fiscales Digitales a los donantes. version Atributo requerido para expresar la versión del complemento de donatarias noAutorizacion Atributo requerido para expresar el número del oficio en que se haya informado a la organización civil o fideicomiso, la procedencia de la autorización para recibir donativos deducibles, o su renovación correspondiente otorgada por el Servicio de Administración Tributaria. Donatarias

107 www.gvamundial.com.mx 107 AtributoDescripción fechaAutorizacionAtributo requerido para expresar la fecha del oficio en que se haya informado a la organización civil o fideicomiso, la procedencia de la autorización para recibir donativos deducibles, o su renovación correspondiente otorgada por el Servicio de Administración Tributaria leyenda Este comprobante ampara un donativo, el cual será destinado por la donataria a los fines propios de su objeto social. En el caso de que los bienes donados hayan sido deducidos previamente para los efectos del impuesto sobre la renta, este donativo no es deducible. La reproducción no autorizada de este comprobante constituye un delito en los términos de las disposiciones. Donatarias

108 www.gvamundial.com.mx 108 AtributoDescripción ImpuestosLocalesComplemento al Comprobante Fiscal Digital para Impuestos Locales RetencionesLocales Nodo opcional para la expresión de los impuestos locales retenidos ImpLocRetenido Nombre del impuesto local retenido Otros derechos e impuestos

109 www.gvamundial.com.mx 109 AtributoDescripción TasaderetencionPorcentaje de retención del impuesto local Importe Monto del impuesto local retenido TrasladosLocales Nodo opcional para la expresión de los impuestos locales trasladados Otros derechos e impuestos

110 www.gvamundial.com.mx 110 AtributoDescripción ImporteMonto del impuesto local trasladado Version Atributo requerido para expresar la versión del complemento TotaldeRetencionesAtributo requerido para expresar la suma total de Retenciones aplicables Otros derechos e impuestos

111 www.gvamundial.com.mx 111 AtributoDescripción TotaldeTrasladosAtributo requerido para expresar la suma total de traslados aplicables Otros derechos e impuestos

112 www.gvamundial.com.mx 112 AtributoDescripción NotariosPublicosComplemento al Comprobante Fiscal Digital a través de Internet (CFDI) para el manejo de la enajenación de bienes inmuebles o servidumbres de paso con indemnización o contraprestación en una sola exhibición. DescInmuebles Nodo que contiene las descripciones del inmueble o inmuebles objeto del acto otorgado. DescInmueble Nodo para describir el inmueble o inmuebles objeto del acto otorgado. Notarios públicos

113 www.gvamundial.com.mx 113 AtributoDescripción TipoInmuebleAtributo requerido para la expresión del tipo de inmueble enajenado o sujeto a servidumbre (sirviente) conforme al catálogo publicado en el portal del SAT en internet. Calle Este atributo requerido sirve para precisar la avenida, calle, camino o carretera donde se ubica el inmueble NoExterior Este atributo opcional sirve para expresar el número particular en donde se da la ubicación del inmueble en una calle dada. Notarios públicos

114 www.gvamundial.com.mx 114 AtributoDescripción NoInteriorEste atributo opcional sirve para expresar información adicional para especificar la ubicación cuando calle y número exterior (noExterior) no resulten suficientes para determinar la ubicación precisa del inmueble. Colonia Este atributo opcional sirve para precisar la colonia en donde se da la ubicación del inmueble cuando se desea ser más específico en casos de ubicaciones urbanas Localidad Atributo opcional que sirve para precisar la ciudad o población donde se da la ubicación del inmueble Notarios públicos

115 www.gvamundial.com.mx 115 AtributoDescripción ReferenciaAtributo opcional para expresar una referencia adicional de ubicación del inmueble. Municipio Atributo requerido que sirve para precisar el municipio o delegación (en el caso del Distrito Federal) en donde se da la ubicación del inmueble Estado Entidad Federativa donde se ubica el inmueble conforme al catálogo publicado en el portal del SAT en internet. Notarios públicos

116 www.gvamundial.com.mx 116 AtributoDescripción paisAtributo requerido que sirve para precisar el país donde se da la ubicación, conforme al catálogo publicado en el portal del SAT en internet. En caso de servidumbres de paso, siempre será México. CodigoPostalCodigoPostal Atributo requerido que sirve para asentar el código postal en donde se da la ubicación del inmueble. DatosOperacion Nodo para definir los detalles de la operación. Notarios públicos

117 www.gvamundial.com.mx 117 AtributoDescripción NumInstrumentoNotarialAtributo requerido que indica el número del instrumento Notarial donde consta la operación FechaInstNotarial Atributo requerido que indica la fecha de firma del instrumento Notarial MontoOperacion Atributo requerido para expresar el monto de la contraprestación, indemnización o valor de la operación.. Notarios públicos

118 www.gvamundial.com.mx 118 AtributoDescripción SubtotalAtributo requerido para expresar el subtotal de la contraprestación, indemnización o su valor en la operación IVA Atributo requerido para expresar el IVA de la contraprestación, indemnización o su valor en la operación DatosNotario CURP Atributo requerido para expresar la CURP del notario Notarios públicos

119 www.gvamundial.com.mx 119 AtributoDescripción NumNotariaAtributo requerido para indicar el número de la Notaria que realizar la operación. EntidadFederativa Entidad Federativa donde se ubica la Notaria conforme al catálogo publicado en el portal del SAT en internet. Adscripcion Atributo opcional que expresa el señalamiento del notario a la plaza a la que se encuentra adscrito Notarios públicos

120 www.gvamundial.com.mx 120 AtributoDescripción DatosEnajenanteNodo para capturar los datos del enajenante o enajenantes, o en el caso de servidumbres de paso del propietario o poseedores o propietarios o poseedores del predio sirviente. DatosUnEnajenante Nodo para capturar los datos del enajenante o del propietario o poseedor del predio sirviente en caso de ser solo uno. Nombre Atributo requerido para expresar el nombre del enajenante o del propietario o poseedor del predio sirviente, en caso de servidumbres de paso. Notarios públicos

121 www.gvamundial.com.mx 121 AtributoDescripción ApellidoPaternoAtributo requerido para expresar el apellido paterno del enajenante o del propietario o poseedor del predio sirviente, en caso de servidumbres de paso. ApellidoMaterno Atributo opcional para expresar el apellido materno del enajenante o del propietario o poseedor del predio sirviente, en caso de servidumbres de paso. RFC Atributo requerido para la Clave del Registro Federal de Contribuyentes sin guiones o espacios, del enajenante o del propietario o poseedor del predio sirviente, en caso de servidumbres de paso. Notarios públicos

122 www.gvamundial.com.mx 122 AtributoDescripción CURPAtributo requerido para expresar la CURP del enajenante o del propietario o poseedor del predio sirviente, en caso de servidumbres de paso. DatosEnajenantesCopSC Nodo para capturar los datos de los enajenantes o de los propietarios o poseedores tratándose de servidumbres de paso, en caso de Copropiedad o Sociedad Conyugal DatosEnajenanteCopSC Nodo para capturar los datos de un enajenante o de los propietarios o poseedores tratándose de servidumbres de paso, en caso de Copropiedad o Sociedad Conyugal Notarios públicos

123 www.gvamundial.com.mx 123 AtributoDescripción NombreAtributo requerido para expresar el nombre (s) de cada enajenante o del propietario o poseedor del predio sirviente, en caso de servidumbres de paso. ApellidoPaterno Atributo opcional para expresar el apellido paterno de cada enajenante o del propietario o poseedor del predio sirviente, en caso de servidumbres de paso. ApellidoMaterno Atributo opcional para expresar el apellido materno de cada enajenante o del propietario o poseedor del predio sirviente, en caso de servidumbres de paso. Notarios públicos

124 www.gvamundial.com.mx 124 AtributoDescripción RFCAtributo requerido para la Clave del Registro Federal de Contribuyentes sin guiones o espacios, correspondiente a cada enajenante o del propietario o poseedor del predio sirviente, en caso de servidumbres de paso. Porcentaje Porcentaje que le corresponde en la copropiedad a cada enajenante o del propietario o poseedor del predio sirviente, en caso de servidumbres de paso. CoproSocConyugalE Atributo requerido que expresa si es copropiedad o sociedad conyugal Notarios públicos

125 www.gvamundial.com.mx 125 AtributoDescripción DatosAdquirienteNodo para capturar los datos del adquiriente, adquirientes o propietario, o propietarios o poseedores, en caso de servidumbres de paso. DatosUnAdquiriente Nodo para capturar los datos del adquiriente o del propietario o poseedor en caso de ser solo uno. Nombre Atributo requerido para expresar el nombre, denominación o razón social del adquiriente o del propietario o poseedor del bien dominante o del pagador de la indemnización o contraprestación en el caso de servidumbres de paso. Notarios públicos

126 www.gvamundial.com.mx 126 AtributoDescripción ApellidoPaternoAtributo opcional para expresar el apellido paterno del adquiriente o del propietario o poseedor del bien dominante o del pagador de la indemnización o contraprestación en el caso de servidumbres de paso. ApellidoMaterno Atributo opcional para expresar el apellido materno del adquiriente o del propietario o poseedor del bien dominante o del pagador de la indemnización o contraprestación en el caso de servidumbres de paso. RFCAtributo requerido para la Clave del Registro Federal de Contribuyentes sin guiones o espacios, del adquiriente o del propietario o poseedor del bien dominante o del pagador de la indemnización o contraprestación en el caso de servidumbres de paso. Notarios públicos

127 www.gvamundial.com.mx 127 AtributoDescripción CURPAtributo opcional para expresar la CURP del adquiriente o del propietario o poseedor del bien dominante o del pagador de la indemnización o contraprestación en el caso de servidumbres de paso. DatosAdquirientesCopSC Nodo para capturar los datos de los adquirientes o propietarios o poseedores del bien dominante en caso de Copropiedad o Sociedad Conyugal DatosAdquirienteCopSC Nodo para capturar los datos de un adquiriente o de un propietario o poseedor en caso de Copropiedad o Sociedad Conyugal Notarios públicos

128 www.gvamundial.com.mx 128 AtributoDescripción NombreAtributo requerido para expresar el nombre, denominación o razón social de cada adquiriente o de cada propietario o poseedor en caso de servidumbres de paso. ApellidoPaterno Atributo opcional para expresar el apellido paterno de cada adquiriente o de cada propietario o poseedor en caso de servidumbres de paso. ApellidoMaterno Atributo opcional para expresar el apellido materno de cada adquirientes o de cada propietario o poseedor en caso de servidumbres de paso. Notarios públicos

129 www.gvamundial.com.mx 129 AtributoDescripción RFCAtributo requerido para la Clave del Registro Federal de Contribuyentes sin guiones o espacios, correspondiente a cada adquiriente o de cada propietario o poseedor en caso de servidumbres de paso. CURPAtributo opcional para expresar la CURP de cada adquiriente o de cada propietario o poseedor en caso de servidumbres de paso. Porcentaje Porcentaje que le corresponde en la copropiedad a cada adquiriente o de cada propietario o poseedor en caso de servidumbres de paso. Notarios públicos

130 www.gvamundial.com.mx 130 AtributoDescripción CoproSocConyugalEAtributo requerido que expresa si es copropiedad o sociedad conyugal VersionAtributo requerido para la expresión de la versión del complemento Notarios públicos

131 www.gvamundial.com.mx 131 AtributoDescripción VehiculoUsadoComplemento opcional que permite incorporar información a los contribuyentes que enajenen vehículos nuevos a personas físicas que no tributen en los términos de las Secciones I y II del Capítulo II del Título IV de la ley del ISR, y que reciban en contraprestación como resultados de esa enajenación un vehículo usado y dinero InformacionAduaneraNodo opcional para introducir la información aduanera aplicable cuando se trate de ventas de primera mano de mercancías importadas. Version Atributo requerido para expresar la versión del complemento Vehiculo Usado

132 www.gvamundial.com.mx 132 AtributoDescripción montoAdquisicionAtributo requerido para expresar el monto de adquisición del vehículo usado según factura original, primera venta montoEnajenacionAtributo requerido para expresar el monto de enajenación del vehículo usado claveVehicular Atributo requerido para expresar la clave vehicular del vehículo usado Vehiculo Usado

133 www.gvamundial.com.mx 133 AtributoDescripción marca Atributo requerido para expresar la marca del vehículo usado tipoAtributo requerido para expresar el tipo del vehículo usado modelo Atributo requerido para expresar el año modelo del vehículo usado Vehiculo Usado

134 www.gvamundial.com.mx 134 AtributoDescripción numeroMotor Atributo opcional para expresar el número de motor del vehículo usado (en caso de contar con dicho número se deberá ingresar) numeroSerieAtributo opcional para expresar el número de serie de la carrocería del vehículo usado (en caso de contar con dicho número se deberá ingresar) NIV Atributo opcional para expresar el número de identificación vehicular del vehículo usado (Cuando exista el NIV deberá incluirse este invariablemente) Vehiculo Usado

135 www.gvamundial.com.mx 135 AtributoDescripción valor Atributo requerido para expresar el valor del vehículo, establecido en la Guía EBC o Libro Azul (Guía de Información a Comerciantes de Automóviles y Camiones y Aseguradores de la República Mexicana) vigente, emitida por la Asociación Nacional de Comerciantes en Automóviles y Camiones nuevos y usados A.C. t_InformacionAduaneraTipo definido para expresar información aduanera numero Atributo requerido para expresar el número del documento aduanero que ampara la importación del bien. Vehiculo Usado

136 www.gvamundial.com.mx 136 AtributoDescripción fecha Atributo requerido para expresar la fecha de expedición del documento aduanero que ampara la importación del bien. aduanaAtributo opcional para precisar la aduana por la que se efectuó la importación del bien. Vehiculo Usado

137 www.gvamundial.com.mx 137 AtributoDescripción EstadoDeCuentaCombustibleComplemento al Comprobante Fiscal Digital (CFD) y Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) para integrar la información aplicable al estado de cuenta emitido por un prestador de servicios de monedero electrónico. Conceptos Nodo requerido para enlistar los conceptos cubiertos por Estado de Cuenta de Combustible. ConceptoEstadoDeCuentaCo mbustible Nodo requerido para la expresión de una transacción a ser reportada en el estado de cuenta del proveedor de monedero electrónico para operaciones de compra de combustibles Deducción de combustibles

138 www.gvamundial.com.mx 138 AtributoDescripción TrasladosNodo requerido para enlistar los impuestos trasladados aplicables de combustibles Traslado Nodo para la definición de información detallada de un traslado de impuesto específico ImpuestoAtributo requerido para definir el tipo de impuesto trasladado Deducción de combustibles

139 www.gvamundial.com.mx 139 AtributoDescripción IVAImpuesto al Valor IEPS Impuesto especial sobre productos y servicios tasaAtributo requerido para señalar la tasa del impuesto que se traslada por cada concepto amparado en el comprobante Deducción de combustibles

140 www.gvamundial.com.mx 140 AtributoDescripción Importe Atributo requerido para definir el importe o monto del impuesto trasladado identificador Atributo requerido para la expresión del identificador o número del monedero electrónico fechaAtributo requerido para la expresión de la Fecha y hora de expedición de la operación reportada. Se expresa en la forma aaaa-mm-ddThh:mm:ss, de acuerdo con la especificación ISO 8601. Deducción de combustibles

141 www.gvamundial.com.mx 141 AtributoDescripción rfcAtributo requerido del RFC del enajenante del combustible claveEstacion Atributo requerido para expresar la clave de cliente de la estación de servicio, a 10 caracteres, cuando sea requerido. cantidadAtributo requerido para definir el volumen de combustible adquirido. Deducción de combustibles

142 www.gvamundial.com.mx 142 AtributoDescripción nombreCombustibleAtributo requerido para expresar el nombre del combustible adquirido. folioOperacion Atributo requerido para referir el número de folio de cada operación realizada por cada monedero electrónico. valorUnitarioAtributo requerido para definir el precio unitario del combustible adquirido. Deducción de combustibles

143 www.gvamundial.com.mx 143 AtributoDescripción importeAtributo requerido para definir el monto total de consumo de combustible. Debe ser equivalente al resultado de multiplicar la cantidad por el valor unitario. tipoOperacion Atributo requerido para expresar el tipo de operación de acuerdo con el medio de pago. numerodecuentaNodo requerido para expresar el número de cuenta del adquirente del monedero electrónico Deducción de combustibles

144 www.gvamundial.com.mx 144 AtributoDescripción subtotalAtributo opcional para representar la suma de todos los importes tipo ConceptoEstadoDeCuentaCombustible. total Atributo requerido para expresar el monto total de consumo de combustible. Deducción de combustibles

145 www.gvamundial.com.mx 145 AtributoDescripción Vales de despensaComplemento al Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) para integrar la información emitida por un prestador de servicios de monedero electrónico de vales de despensa. Conceptos Nodo requerido para enlistar los conceptos cubiertos por los monederos electrónicos de vales de despensa. ConceptoNodo requerido para la expresión de una transacción a ser reportada por el proveedor del monedero electrónico de vales de despensa. Vales de despensa

146 www.gvamundial.com.mx 146 AtributoDescripción IdentificadorAtributo requerido para expresar el identificador o numero del monedero electrónico. Fecha Atributo requerido para la expresión de la Fecha y hora de expedición de la operación reportada. Se expresa en la forma aaaa-mm-ddThh:mm:ss, de acuerdo con la especificación ISO 8601. RFCAtributo requerido para la expresión del Registro Federal de Contribuyentes del trabajador al que se le otorgó el monedero electrónico sin guiones o espacios Vales de despensa

147 www.gvamundial.com.mx 147 AtributoDescripción CURPAtributo requerido para la expresión de la CURP del trabajador al que se le otorgó el monedero electrónico. nombre Atributo requerido para la expresión del Nombre del trabajador al que se le otorgó el monedero electrónico sin guiones o espacios numSeguridadSocialAtributo opcional para la expresión del numero de seguridad social aplicable al trabajador. Vales de despensa

148 www.gvamundial.com.mx 148 AtributoDescripción importeAtributo requerido para expresar el importe del depósito efectuado al trabajador en el monedero electrónico. Version Atributo requerido con valor prefijado a 1.0 que indica la versión del estándar bajo el que se encuentra expresado el comprobante. tipoOperacionAtributo requerido para expresar el tipo de operación de acuerdo con el medio de pago. Vales de despensa

149 www.gvamundial.com.mx 149 AtributoDescripción registroPatronalAtributo opcional para expresar el registro patronal del adquirente del monedero electrónico. numeroDeCuenta Atributo requerido para expresar el numero de cuenta del adquiriente del monedero electrónico. totalAtributo requerido para expresar el monto total de vales de despensa otorgados. Vales de despensa

150 www.gvamundial.com.mx 150 AtributoDescripción t_RFCTipo definido para expresar claves del Registro Federal de Contribuyentes t_ CURP Tipo definido para la expresión de una CURP Vales de despensa

151 www.gvamundial.com.mx 151 AtributoDescripción INEComplemento al Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) para incluir los datos que identifiquen el tipo de proceso al que van dirigidos los gastos que realizan los partidos o las Asociaciones Civiles. EntidadNodo condicional para expresar los datos correspondientes a las entidades federativas en las que se va a aplicar el gasto. Contabilidad Nodo para expresar la clave de contabilidad de aspirantes precandidatos, candidatos y concentradoras. INE

152 www.gvamundial.com.mx 152 AtributoDescripción IdContabilidadAtributo para registrar la clave de contabilidad de aspirantes precandidatos, candidatos y concentradoras, si se trata de un tipo de proceso Campaña o Precampaña; o se trata de un proceso Ordinario con comité Ejecutivo Estatal. ClaveEntidadAtributo requerido para registrar la clave de la entidad a la que aplica el gasto. Ambito Atributo condicional para registrar el tipo de ámbito de un proceso de tipo Campaña o Precampaña. este atributo no se debe registrar para los procesos de tipo Ordinario. INE

153 www.gvamundial.com.mx 153 AtributoDescripción TipoComiteAtributo condicional para expresar el tipo de comité de que se trate. IdContabilidadAtributo opcional para registrar la clave de contabilidad de aspirantes precandidatos, candidatos y concentradoras, si se trata de un tipo de proceso ordinario y un comité ejecutivo nacional.Para los otros casos, la clave de contabilidad se registra en el atributo ine:Entidad:Contabilidad:IdContabilidad. t_TipoProc Tipo de proceso INE

154 www.gvamundial.com.mx 154 AtributoDescripción TipoComiteAtributo condicional para expresar el tipo de comité de que se trate. t_Ambito t_ ClaveEntidad INE

155 www.gvamundial.com.mx 155 AtributoDescripción ComercioExteriorComplemento para incorporar la información en el caso de Exportación de Mercancías en definitiva. EmisorNodo opcional para capturar los datos complementarios del emisor del comprobante. Curp Atributo opcional para expresar la CURP del emisor del CFDI cuando es una persona física. Comercio exterior

156 www.gvamundial.com.mx 156 AtributoDescripción ReceptorNodo requerido para capturar los datos complementarios del receptor del CFDI. CurpAtributo opcional para expresar la CURP del receptor del CFDI cuando es una persona física. NumRegIdTrib Atributo requerido para incorporar el número de identificación o registro fiscal del país de residencia para efectos fiscales del receptor del CFDI. Comercio exterior

157 www.gvamundial.com.mx 157 AtributoDescripción DestinatarioNodo opcional para capturar los datos del destinatario de la mercancía cuando éste sea distinto del receptor del CFDI. DomicilioNodo requerido para expresar el domicilio del destinatario de la mercancía. CalleAtributo requerido sirve para precisar la calle en que está ubicado el domicilio del destinatario de la mercancía. Comercio exterior

158 www.gvamundial.com.mx 158 AtributoDescripción NumeroExteriorAtributo opcional sirve para expresar el número exterior en donde se ubica el domicilio del destinatario de la mercancía. NumeroInteriorAtributo opcional sirve para expresar el número interior, en caso de existir, en donde se ubica el domicilio del destinatario de la mercancía. ColoniaAtributo opcional sirve para expresar la colonia o dato análogo en donde se ubica el domicilio del destinatario de la mercancía. Comercio exterior

159 www.gvamundial.com.mx 159 AtributoDescripción LocalidadAtributo opcional que sirve para precisar la ciudad, población, distrito u otro análogo en donde se ubica el domicilio del destinatario de la mercancía. ReferenciaAtributo opcional para expresar una referencia geográfica adicional que permita una más fácil o precisa ubicación del domicilio del destinatario de la mercancía, por ejemplo las coordenadas GPS. MunicipioAtributo opcional que sirve para precisar el municipio, delegación, condado u otro análogo en donde se encuentra ubicado el destinatario de la mercancía. Comercio exterior

160 www.gvamundial.com.mx 160 AtributoDescripción EstadoAtributo requerido para señalar el estado, entidad, región, comunidad u otra figura análoga en donde se encuentra ubicado el domicilio del destinatario de la mercancía. El catálogo se publicará en el portal del SAT y será conforme con la especificación ISO 3166-2. PaisAtributo requerido que sirve para precisar el país donde se encuentra ubicado el destinatario de la mercancía. El catálogo se publicará en el portal del SAT y será conforme con la especificación ISO 3166-1. CodigoPostalAtributo requerido que sirve para asentar el código postal (PO, BOX) en donde se encuentra ubicado el domicilio del destinatario de la mercancía. Comercio exterior

161 www.gvamundial.com.mx 161 AtributoDescripción NumRegIdTribAtributo opcional para incorporar el número de identificación o registro fiscal del país de residencia para efectos fiscales del destinatario de la mercancía exportada. RfcAtributo opcional para expresar el RFC del destinatario de la mercancía exportada. CurpAtributo opcional para expresar la CURP del destinatario de la mercancía cuando es persona física. Comercio exterior

162 www.gvamundial.com.mx 162 AtributoDescripción NombreAtributo opcional para expresar el nombre completo, denominación o razón social del destinatario de la mercancía exportada. MercanciasNodo opcional para capturar la información de la declaración de las mercancías exportadas. DescripcionesEspecificasNodo opcional que indica la lista de descripciones específicas de la mercancía. Una mercancía puede tener más de una descripción específica. Comercio exterior

163 www.gvamundial.com.mx 163 AtributoDescripción MarcaAtributo requerido que indica la marca de la mercancía. ModeloAtributo opcional que indica el modelo de la mercancía. SubModeloAtributo opcional que indica el submodelo de la mercancía. Comercio exterior

164 www.gvamundial.com.mx 164 AtributoDescripción NumeroSerieAtributo opcional que indica el número de serie de la mercancía. NoIdentificacionAtributo requerido que sirve para expresar el número de parte, la clave de identificación que asigna la empresa o el número de serie de la mercancía exportada. FraccionArancelariaAtributo opcional que sirve para expresar la fracción arancelaria correspondiente a la descripción de la mercancía exportada, este dato se vuelve requerido cuando se cuente con él o se esté obligado legalmente a contar con él. Comercio exterior

165 www.gvamundial.com.mx 165 AtributoDescripción CantidadAduanaAtributo opcional para precisar la cantidad de bienes en la aduana conforme a la UnidadAduana cuando en el nodo Comprobante:Conceptos:Concepto se hubiera registrado información comercial. UnidadAduanaAtributo opcional para precisar la unidad de medida aplicable para la cantidad expresada en la mercancía en la aduana. ValorUnitarioAduanaAtributo opcional para precisar el valor o precio unitario del bien en la aduana. Se expresa en dólares de Estados Unidos (USD). Comercio exterior

166 www.gvamundial.com.mx 166 AtributoDescripción ValorDolaresAtributo requerido que indica el valor total en dólares de Estados Unidos. VersionAtributo requerido que indica la versión del complemento. TipoOperacionAtributo requerido que indica el tipo de operación de comercio exterior que se realiza, puede ser importación o exportación, A = exportación de servicios. 2 = exportación. Comercio exterior

167 www.gvamundial.com.mx 167 AtributoDescripción ClaveDePedimentoAtributo que indica la clave de pedimento que se haya declarado conforme al apéndice 2 del anexo 22 de las reglas generales de comercio exterior. CertificadoOrigenAtributo derivado de la excepción de certificados de Origen de los Tratados de Libre Comercio que ha celebrado México con diversos países. 0 = No Funge como certificado de origen 1 = Funge como certificado de origen. NumCertificadoOrigenAtributo opcional para expresar el folio del certificado de origen o el folio fiscal del CFDI con el que se pagó la expedición del certificado de origen. Comercio exterior

168 www.gvamundial.com.mx 168 AtributoDescripción NumeroExportadorConfiableAtributo opcional que indica el número de exportador confiable, conforme al artículo 22 del Anexo 1 del Tratado de Libre Comercio con la Asociación Europea y a la Decisión de la Comunidad Europea. IncotermAtributo que indica la clave del INCOTERM aplicable a la factura. SubdivisionAtributo que indica si la factura tiene o no subdivisión. Valores posibles:0 - no tiene subdivisión,1 - si tiene subdivisión. Comercio exterior

169 www.gvamundial.com.mx 169 AtributoDescripción ObservacionesAtributo opcional en caso de ingresar alguna información adicional, como alguna leyenda que debe incluir el CFDI. TipoCambioUSDAtributo que indica el número de pesos mexicanos que equivalen a un dólar de Estados Unidos, de acuerdo al artículo 20 del Código Fiscal de la Federación. TotalUSDAtributo que indica el importe total del comprobante en dólares de Estados Unidos. Comercio exterior

170 www.gvamundial.com.mx 170 AtributoDescripción c_TipoOperacionTipo de operación de comercio exterior c_ClavePedimentoClave de pedimento c_INCOTERMClave del INCOTERM Comercio exterior

171 www.gvamundial.com.mx 171 AtributoDescripción t_ImporteTipo definido para expresar importes numéricos con fracción hasta seis decimales t_CURPTipo definido para la expresión de la Clave Única del Registro Poblacional. Solo aplicable para Personas Físicas. t_RFCTipo definido para expresar claves del Registro Federal de Contribuyentes Comercio exterior

172 www.gvamundial.com.mx 172 AtributoDescripción Claves de pais Fracción arancelaria Unidad de medida Comercio exterior

173 www.gvamundial.com.mx 173 Tipos de proveedores de servicio

174 www.gvamundial.com.mx 174 Tipos de proveedores de servicios Sección 2.7.2 (Modificado en la 2ª.MRMF 2016) 1.- Proveedores de Certificación de CFDI, validan requisitos del comprobante, asignan folio e incorporan sello digital del SAT. 2.- Proveedor de certificación de expedición de Comprobante Fiscal Digital por Internet (PCECFDI), reciben de quienes soliciten el servicio, la clave del RFC de la persona física que se ubique en los siguientes casos: a) Enajene leche en estado natural, frutas verduras y legumbres, granos y semillas, pescados o mariscos, desperdicios animales o vegetales y otros productos del campo no elaborados ni procesados, cuyos ingresos en el ejercicio inmediato anterior no hubieran excedido de un monto equivalente a 40 UMA’s anuales. b) Otorguen el uso o goce temporal de inmuebles para la colocación de anuncios publicitarios panorámicos y promocionales, así como para la colocación de antenas utilizadas en la transmisión de señales de telefonía. 174

175 www.gvamundial.com.mx 175 Tipos de proveedores de servicios Sección 2.7.2 (Modificado en la 2ª.MRMF 2016) c) Se desempeñen como pequeños mineros, respecto de minerales sin beneficiar, con excepción de metales y piedras preciosas, como son el oro, la plata y los rubíes, así como otros minerales ferrosos, cuyos ingresos en el ejercicio inmediato anterior no hubieren excedido de $4´000,000.00 (Cuatro millones de pesos 00/100 M.N.). d) Enajenen vehículos usados, con excepción de aquéllas que tributen en los términos de las Secciones I y II, del Capítulo II del Título IV de la Ley del ISR. e) Se dediquen exclusivamente a la actividad de recolección de desperdicios y materiales destinados a la industria del reciclaje para su enajenación por primera vez, siempre que no tengan establecimiento fijo y sus ingresos en el ejercicio inmediato anterior sean menores a $2´000,000.00 (Dos millones de pesos 00/100 M.N.). 175

176 www.gvamundial.com.mx 176 Tipos de proveedores de servicios Sección 2.7.2 (Modificado en la 2ª.MRMF 2016) f) Siendo los propietarios o titulares de terrenos, bienes o derechos, incluyendo derechos reales, ejidales o comunales, permitan a otra persona física o moral a cambio de una contraprestación periódica, el uso, goce o afectación de los mismos, a través de las figuras de arrendamiento, servidumbre, ocupación superficial, ocupación temporal o cualquier otra que no contravenga a la Ley. g) Enajenen obras de artes plásticas y antigüedades que no sean de su producción y no hayan sido destinadas o utilizadas por el enajenante para la obtención de sus ingresos, a personas morales residentes en México que se dediquen a la comercialización de las mismas. h) Se dediquen exclusivamente a la elaboración y enajenación de las artesanías elaboradas por sí mismos, siempre que sus ingresos en el ejercicio inmediato anterior no hubieran excedido de un monto equivalente a $250,000.00 176

177 www.gvamundial.com.mx 177 Tipos de proveedores de servicios Sección 2.7.2 (Modificado en la 2ª.MRMF 2016) Validan la clave en el RFC de la persona física a efecto que de que este habilitada en el sistema del SAT y expide el CFDI solicitando para ello el CESD (Certificado especial de sello digital) de uso exclusivo para la expedición de éstos comprobantes, procediendo a su certificación y asignación de folio. 3.- Proveedores de certificación y generación de Comprobante Fiscal Digital por Internet para el sector primario (PCGCFDISP) antes denominado “Prestador de Servicios de Generación de Comprobante Fiscal Digital por Internet del Sistema Producto”, generan y certifican el CFDI de personas físicas que se dediquen exclusivamente a actividades productivas agrícolas, silvícolas, ganaderas o pesqueras, cuyos ingresos en el ejercicio inmediato anterior no hubieran excedido de un monto equivalente al valor anual de 40 UMA´s y que no tengan la obligación de presentar declaraciones periódicas. 4.- Proveedor de certificación de recepción de documentos digitales, reciben documentos para su digitalización con requisitos al SAT. 177

178 www.gvamundial.com.mx 178 Requisitos para proveedores de certificación de CDFI Sección 2.7.2 (Adiciones en la 3ª.MRMF 2016) Se adicionan los siguientes requisitos: Regla 2.7.2.8. XXII. Prestarán los servicios de certificación de CFDI para los cuales han sido autorizados por el SAT, utilizando para ello el Contrato Tipo de Prestación de Servicios de Certificación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet y Servicios Adicionales o Complementarios, publicado en el Portal del SAT, mismo que deberá ser registrado por cada proveedor autorizado ante la Procuraduría Federal del Consumidor. (A partir del 1 de enero 2017, 2º. DT) XXIII.Publicar en su página de Internet el logotipo oficial que acredita la autorización para operar como proveedor de certificación de CFDI, que sea proporcionado por el SAT. (A partir del 1 de enero 2017, 2º. DT) XXIV.Implementar en sus sistemas la infraestructura para la generación de todos los complementos de CFDI, publicados en el Portal del SAT, para prestar el servicio de certificación de los mismos. 178

179 www.gvamundial.com.mx 179 Amonestación para proveedores de certificación de CDFI Sección 2.7.2 (Adiciones en la 3ª.MRMF 2016) Se adicionan los siguientes requisitos, regla 2.7.2.11: IX. Cuando el SAT detecte que el logotipo oficial que acredita la autorización para operar como proveedor de certificación de CFDI: a) No está publicado en su página de Internet; b) Está publicado en su página de Internet, pero no cumple con las especificaciones y condiciones emitidas por el SAT, y c) Ha sido compartido con alguna otra persona moral que no cuente con autorización para operar como proveedor de certificación de CFDI. X. Cuando el SAT detecte que el proveedor no cuenta en sus sistemas con la infraestructura para la generación de los complementos de CFDI, publicados en el Portal del SAT. XI. Cuando el SAT detecte que el proveedor no proporciona los servicios de certificación de CFDI a los cuales se les debe incorporar algún complemento de los publicados en el Portal del SAT. 179

180 www.gvamundial.com.mx 180 Revocación para proveedores de certificación de CDFI Sección 2.7.2 (Adiciones en la 3ª.MRMF 2016) Se adiciona la siguiente causa, regla 2.7.2.12: XI. Cuando al SAT detecte que ha incumplido con lo dispuesto en la fracción XXII de la regla 2.7.2.8. Nota: Se refiere al contrato tipo que deberá ser registrado por cada proveedor autorizado ante la Procuraduría Federal del Consumidor. 180

181 www.gvamundial.com.mx 181 Reglas aplicables al certificado de sello digital

182 www.gvamundial.com.mx 182 Datos para que el CSD sea válido (17-G CFF) I. La mención de que se expiden como tales. Tratándose de certificados de sellos digitales, se deberán especificar las limitantes que tengan para su uso. II. El código de identificación único del certificado. III. La mención de que fue emitido por el Servicio de Administración Tributaria y una dirección electrónica. IV. Nombre del titular del certificado y su clave del registro federal de contribuyentes. V. Período de vigencia del certificado, especificando el día de inicio de su vigencia y la fecha de su terminación. VI. La mención de la tecnología empleada en la creación de la firma electrónica avanzada contenida en el certificado. VII. La clave pública del titular del certificado. 182

183 www.gvamundial.com.mx 183 Casos en que quedan sin efectos los certificados Artículo 17-H.- Los certificados que emita el Servicio de Administración Tributaria quedarán sin efectos cuando: I. Lo solicite el firmante. II. Lo ordene una resolución judicial o administrativa. III. Fallezca la persona física titular del certificado. En este caso la revocación deberá solicitarse por un tercero legalmente autorizado, quien deberá acompañar el acta de defunción correspondiente. IV. Se disuelvan, liquiden o extingan las sociedades, asociaciones y demás personas morales. En este caso, serán los liquidadores quienes presenten la solicitud correspondiente. 183

184 www.gvamundial.com.mx 184 Casos en que quedan sin efectos los certificados V. La sociedad escindente o la sociedad fusionada desaparezca con motivo de la escisión o fusión, respectivamente. En el primer caso, la cancelación la podrá solicitar cualquiera de las sociedades escindidas; en el segundo, la sociedad que subsista. VI. Transcurra el plazo de vigencia del certificado. VII. Se pierda o inutilice por daños, el medio electrónico en el que se contengan los certificados. VIII. Se compruebe que al momento de su expedición, el certificado no cumplió los requisitos legales, situación que no afectará los derechos de terceros de buena fe. IX. Cuando se ponga en riesgo la confidencialidad de los datos de creación de firma electrónica avanzada del Servicio de Administración Tributaria. 184

185 www.gvamundial.com.mx 185 Casos en que quedan sin efectos los certificados X. Las autoridades fiscales: a) Detecten que los contribuyentes, en un mismo ejercicio fiscal y estando obligados a ello, omitan la presentación de tres o más declaraciones periódicas consecutivas o seis no consecutivas, previo requerimiento de la autoridad para su cumplimiento. b) Durante el procedimiento administrativo de ejecución no localicen al contribuyente o éste desaparezca. c) En el ejercicio de sus facultades de comprobación, detecten que el contribuyente no puede ser localizado; éste desaparezca durante el procedimiento, o bien se tenga conocimiento de que los comprobantes fiscales emitidos se utilizaron para amparar operaciones inexistentes, simuladas o ilícitas. d) Aun sin ejercer sus facultades de comprobación, detecten la existencia de una o más infracciones previstas en los artículos 79, 81 y 83 de este ordenamiento, y la conducta sea realizada por el contribuyente titular del certificado. 185

186 www.gvamundial.com.mx 186 Casos en que quedan sin efectos los certificados El Servicio de Administración Tributaria podrá cancelar sus propios certificados de sellos o firmas digitales, cuando se den hipótesis análogas a las previstas en las fracciones VII y IX de este artículo. Cuando el Servicio de Administración Tributaria revoque un certificado expedido por él, se anotará en el mismo la fecha y hora de su revocación. Para los terceros de buena fe, la revocación de un certificado que emita el Servicio de Administración Tributaria, surtirá efectos a partir de la fecha y hora que se dé a conocer la revocación en la página electrónica respectiva del citado órgano. Las solicitudes de revocación a que se refiere este artículo deberán presentarse de conformidad con las reglas de carácter general que al efecto establezca el Servicio de Administración Tributaria. Los contribuyentes a quienes se les haya dejado sin efectos el certificado de sello digital podrán llevar a cabo el procedimiento que, mediante reglas de carácter general, determine el Servicio de Administración Tributaria para subsanar las irregularidades detectadas, en el cual podrán aportar las pruebas que a su derecho convenga, a fin de obtener un nuevo certificado. La autoridad fiscal deberá emitir la resolución sobre dicho procedimiento en un plazo máximo de tres días, contado a partir del día siguiente a aquel en que se reciba la solicitud correspondiente. 186

187 www.gvamundial.com.mx 187 Comprobantes por operaciones con el público en general

188 www.gvamundial.com.mx 188 Comprobantes por operaciones con el público en general Regla 2.7.1.24 188 Opciones para la expedición de comprobantes: a)Comprobantes impresos en original y copia pre-foliados. b)Copia de la parte de los registros de auditoria de las maquinas registradoras. c)Comprobantes emitidos por los equipos de registro de operaciones con el público en general. Requisitos que deben contener: 1.- RFC de quién los expide, lugar y fecha de expedición. 2.- Valor total de los actos o actividades realizados. 3.- Cantidad, clase de los bienes o mercancías o descripción del servicio o del uso o goce que amparen. 4.- Cuando proceda el número de registro de la maquina equipo o sistema y en su caso, el logotipo.

189 www.gvamundial.com.mx 189 Comprobantes por operaciones con el público en general Regla 2.7.1.24 189 Se establece la posibilidad de expedir un CFDI global, diario, semanal o mensual y se aclara que en el mismo, consten los importes correspondientes a cada una de las operaciones realizadas con el público en general del periodo al que correspondan y, en su caso, el número de folio o de operación de los comprobantes de operaciones con el público en general que se hubieran emitido. En el campo señalado para el RFC a favor de quien se expiden se debe utilizar la clave genérica a que se refiere la regla 2.7.1.26, es decir, XAXX0101000. Los contribuyentes del RIF, podrán elaborar el CFDI, de forma bimestral a través de mis Cuentas, incluyendo únicamente el monto total de las operaciones del bimestre y el periodo correspondiente.

190 www.gvamundial.com.mx 190 Comprobantes por operaciones con el público en general Regla 2.7.1.24 190  El CFDI global podrá ser remitido al SAT o al proveedor de servicios, para su timbrado, a más tardar dentro de las 72 horas siguientes al cierre de las operaciones realizadas de manera diaria, semanal, mensual o bimestral.  En el CFDI global, se deberán desglosar el IVA y el IEPS, en su caso.  Se mantiene la posibilidad de no expedir los comprobantes, por las operaciones realizadas con el público en general, siempre que los adquirentes de los bienes y servicios no lo soliciten y el importe de dicha operación sea inferior a $100.00

191 www.gvamundial.com.mx 191 Comprobantes para la mercancía en transporte

192 www.gvamundial.com.mx 192 Para los efectos del artículo 29, último párrafo del CFF, los propietarios de mercancías nacionales que formen parte de sus activos, podrán acreditar únicamente el transporte de dichas mercancías mediante un CFDI o la representación impresa de dicho CFDI expedido por ellos mismos, en el que consignen como valor cero, la clave en el RFC genérica a que se refiere la regla 2.7.1.26., para operaciones con el público en general, y en clase de bienes o mercancías, se especifique el objeto de la transportación de las mercancías. Nota: Antes de esta reforma, se podía acompañar la mercancía con un comprobante impreso por los contribuyentes y no necesariamente la representación impresa de un CFDI, a partir del 15 de agosto 2016, ya no será posible. Documentación para mercancía en transporte Regla 2.7.1.9 (Reformada en la 3ª.MRMF 2016) 192


Descargar ppt "1 COMPROBANTES FISCALES 2016 Autor y expositor: CPC NICOLAS PEREZ MENDEZ CPC FRANCISCO CARDENAS GUERRERO."

Presentaciones similares


Anuncios Google