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PROYECTO MANEJO INTEGRADO Y SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS HÍDRICOS TRANSFRONTERIZOS EN LA CUENCA DEL RÍO AMAZONAS CONSIDERANDO LA VARIABILIDAD Y EL CAMBIO.

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Presentación del tema: "PROYECTO MANEJO INTEGRADO Y SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS HÍDRICOS TRANSFRONTERIZOS EN LA CUENCA DEL RÍO AMAZONAS CONSIDERANDO LA VARIABILIDAD Y EL CAMBIO."— Transcripción de la presentación:

1 PROYECTO MANEJO INTEGRADO Y SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS HÍDRICOS TRANSFRONTERIZOS EN LA CUENCA DEL RÍO AMAZONAS CONSIDERANDO LA VARIABILIDAD Y EL CAMBIO CLIMÁTICO Componente I. Entendiendo a la Sociedad Amazónica. Visión Nacional de la Cuenca de la República Bolivariana de Venezuela Organización del Tratado de Cooperación Amazónica Fondo para el Medio Ambiente Mundial Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente

2 CARACTERIZACIÓN DE LA CUENCA DEL RÍO AMAZONAS EN LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Sobre el ámbito de aplicación la República Bolivariana de Venezuela es enfática y sostiene que afectos del Tratado de Cooperación Amazónica el área que circunscribe a dicho tratado es la correspondiente a los municipios Guainía y Rio Negro del Estado Amazonas de Venezuela. Tomando como fundamento de esta circunscripción o delimitación el criterio exclusivamente hidrográfico. Así, y a partir del mencionado criterio, El Instituto Geográfico de Venezuela Simón Bolívar define la cuenca hidrográfica transfronteriza como “Guainía-Río Negro”, la cual comprende 53.311,16 km 2 y está demarcada por la longitud del Río Guainía-Río Negro (271,93 km), la longitud del Río Casiquiare (354,42 km) y la longitud del Río Negro hasta el hito de frontera tripartita (103,11 km). (IGVSB, 2011). El espacio definido como el ámbito de aplicación de la OTCA en Venezuela es el originalmente establecido por el Tratado de Cooperación Amazónica, hoy Organización del Tratado de Cooperación Amazónica, es decir, el que se ajusta al espacio geográfico drenado por el brazo del Rio Casiquiare y sus afluentes, el cual determina su ámbito como cuenca amazónica del territorio venezolano de acuerdo al enfoque hidrográfico. El Río Negro se forma gracias a la confluencia entre el Brazo Casiquiare, ubicado dentro del municipio Río negro, y el Río Guainía, ubicado dentro del municipio Maroa, ambos del Estado Amazonas de Venezuela

3 Fuente: Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales Instituto Forestal Latinoamericano, Unidad de Cartografía y Telemática Proyecto de elaboración del Plan de Ordenación Territorial, Estado Amazonas, Julio 2003 En un punto donde se une el brazo Casiquiare y el río Guainía denominado el raudal, comienza a llamarse río Negro, compartiendo la costa Suroeste con la República de Colombia hasta el punto de la triple frontera Brasil, Colombia y Venezuela (Frontera trifinio) de allí es el Río Amazonas del Brasil.

4 Datos socio-demográficos  Población: Tabla 1. Municipios Maroa y Río Negro. Población total (valores absolutos y relativos) Censo 2011. Densidad de población: Municipio Maroa: 0,14 Hab/km 2. Municipio Río Negro: 0,06 Hab/Km 2. > 1.00 1 – 0.3 0.3 – 0.1 < 0.1 Fuente: Instituto Nacional de Estadística MUNICIPIOS 2011 TOTAL% TOTAL AMAZONAS146.480100,00 MAROA2.0291,4 RÍO NEGRO2.3001,6 Estado Amazonas. Densidad de población

5 Municipios Maroa y Rio Negro  Todas las comunidades y poblados tanto del municipio Maroa como del municipio Río Negro son consideradas rurales debido a que ninguna alcanza los 2.500 habitantes, cantidad de población necesaria para definir un centro poblado como urbano. Población indígena y no indígena En el municipio Maroa el 92,10% de la población pertenece a algún Pueblo indígena. Los principales son: Warekena, Baniba, Kurripaco y Yeral. El 83,9% de la población del municipio Río Negro se auto reconoce como perteneciente a un pueblo indígena. En este municipio hacen vida siete pueblos indígenas, a saber: Curripaco, Baré, Baniva, Yanomami, Warekena, Yeral y Puinave. Indígena Yanomami, Amazonas- Venezuela

6 VISIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA SOBRE LA CUENCA DEL RÍO AMAZONAS La visión de país de la República Bolivariana de Venezuela sobre la Gestión de los Recursos Hídricos Transfronterizos dentro del territorio que comprende la Cuenca Amazónica Venezolana es de PROTECCIÓN Y CONSERVACIÓN. Venezuela comprende la importancia de la protección y conservación de los Recursos Hídricos, conservación de la Biodiversidad e importancia de la Diversidad Cultural representada por los distintos Pueblos Indígenas que cohabitan en la Cuenca Transfronteriza, como garantía de la preservación de la vida en el planeta. Específicamente en el territorio que comprende la cuenca amazónica, el uso de los recursos por parte de las generaciones presentes no debe comprometer el patrimonio de las futuras. Esta visión de PROTECCIÓN Y CONSERVACIÓN está amparada tanto en el marco jurídico nacional como en las políticas ambientales del Estado venezolano, las cuales se suscriben dentro de los parámetros contenidos en los tratados internacionales de carácter ambiental y tienen como uno de sus objetivos garantizar el desarrollo ecológico, social y económicamente sustentable de la cuenca.

7 MARCO JURÍDICO RELACIONADO CON LA GESTIÓN DE LOS RECURSOS HÍDRICOS EN LA CUENCA AMAZÓNICA DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV, 1999)  Art. 304: “Todas las aguas son bienes de dominio público de la Nación, insustituibles para la vida y el desarrollo. La Ley establecerá las disposiciones necesarias a fin de garantizar su protección, aprovechamiento y recuperación”. Segundo Plan Socialista de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2013-2019  Objetivo histórico 5: Contribuir con la preservación de la vida en el planeta y la salvación de la especie humana. Leyes aprobatorias de convenios internacionales Leyes Orgánicas  Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio (1983) / Ley Orgánica de Ordenación Urbanística (1987) / Ley Orgánica para la Prestación de los Servicios Públicos de Agua Potable y de Saneamiento (2001) / Ley Orgánica de Seguridad de la Nación (2002) / Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas (2005) / Ley Orgánica del Ambiente (2006) / Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular (2010). Leyes Ordinarias  Ley de Diversidad Biológica (2000) / Ley sobre Sustancias, Materiales y Desechos Peligrosos, (2001) / Ley de Meteorología e Hidrología Nacional (2006) / Ley de Aguas (2007) / Ley de Gestión de la Diversidad Biológica (2008) / Ley de Gestión Integral de Riesgos Socionaturales y Tecnológicos (2009) / Ley Penal del Ambiente (2012) / Ley de Bosques (2013) Decretos con Rango, Valor y Fuerza de Ley / Otros Decretos / Resoluciones Ministeriales y Reglamentos

8 Organización institucional para la gestión de las aguas establecida en la Ley de Aguas la comprende : 1. El Ministerio del Poder Popular para el Ecosocialismo y Agua (MPPEA). 2. El Consejo Nacional de las Aguas 3. Los Consejos de Región Hidrográfica, Los Consejos de Cuencas Hidrográficas Los usuarios o las usuarias institucionales; Los Consejos Comunales, las Mesas Técnicas y Comités de Riego; El MPPD; Los Consejos Estadales de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas y los Consejos Locales de Planificación Pública. Instituto Nacional de Meteorología e Hidrología (INAMEH). Instituto Nacional de los Espacios Acuáticos (INEA). Viceministerio del Poder Popular Indígena del Territorio Comunal de Sierras, Cerros y Ríos de la Selva Amazónica. Viceministerio del Poder Popular Indígena del Territorio Comunal de Caños, Bosques y Raudales del Amazonas Laboratorio de Agua del Servicio Autónomo Centro Amazónico de Investigación y Control de Enfermedades Tropicales “Simón Bolívar” (SACAICET)


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