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Publicada porYesenia Matias Modificado hace 11 años
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Posicionamiento sobre el proyecto de Ley de Contratos del Sector Público
Madrid, 21 de noviembre de 2006 Montalbán, 3 · 5º Dcha. · Madrid · Tfno.: · Fax:
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TECNIBERIA/ASINCE CIFRAS CLAVE Agrupa a más de 270 empresas consultoras de ingeniería Más de profesionales en plantilla Cerca de millones € de facturación anual (aprox. 18% en el exterior) El valor de las inversiones condicionadas equivale a 20 veces este volumen económico: unos millones de euros (7% de PIB) TECNIBERIA/ASINCE es miembro de:
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TECNIBERIA/ASINCE ESTRUCTURA
Las Empresas miembros se integran por su ubicación geográfica en Asociaciones Territoriales correspondientes a los ámbitos de las CC.AA.: ACALINCO (Castilla y León), AGEINCO (Galicia), ASICA (Andalucía), ASICMA (Madrid), ASINCA (Cataluña), ASINCAR (Aragón), TECNIMED(Com. Valenciana) Las Empresas miembros se integran en Comisiones Sectoriales correspondientes a los ámbitos de sus especialidades: - Ingeniería Civil y Edificación - Industria y energía - Ingeniería y consultoría medioambiental Las Empresas miembros se integran según su personal y volumen de facturación en empresas grandes, medianas y pequeñas Territorial Sectorial Económica
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TECNIBERIA/ASINCE Distribución de facturación y nº empleados de empresas asociadas por sectores Facturación Nº Empleados
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Principios básicos de la contratación pública
El nuevo marco normativo español debe garantizar el cumplimiento de los principios básicos que inspiran a la Directiva 2004/18/CE de Contratación Pública Transparencia Igualdad de trato Concurrencia Cuestiones principales en la valoración de Tecniberia/Asince sobre el proyecto de Ley de Contratos del Sector Público Servicios intelectuales Contratos mixtos de proyecto y obra Competencia desleal Encomiendas de gestión Procedimientos de contratación Criterios de valoración de las ofertas Bajas temerarias Delimitación de responsabilidades Duración del contrato y precios Propiedad intelectual y confidencialidad 1.Memoria de Actividades min 2.Cuentas min 3.Plan de Acción min 4.Presupuesto min 5.Admisiones y bajas de miembros <5min 6. Admisiones y bajas de asociaciones territoriales <5min 7.Elección del Auditor <5min 8.Ruegos y preguntas <5min 9.Lectura y aprobación del Acta 10min TOTAL apróx. 60min
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Servicios intelectuales
Proyecto de Ley de Contratos del Sector Público Tecniberia/Asince Desaparece la distinción de la normativa vigente (TRLCAP) entre los contratos de consultoría y asistencia, y los contratos de servicios. Considerar de manera específica y explícita los contratos de servicios intelectuales: Servicios de informática Servicios de I+D Servicios de consultores de dirección Servicios de ingeniería [...] Establecer de forma precisa las condiciones de solvencia técnica y profesional que se exigirán para la clasificación de las empresas de servicios intelectuales. 1.Memoria de Actividades min 2.Cuentas min 3.Plan de Acción min 4.Presupuesto min 5.Admisiones y bajas de miembros <5min 6. Admisiones y bajas de asociaciones territoriales <5min 7.Elección del Auditor <5min 8.Ruegos y preguntas <5min 9.Lectura y aprobación del Acta 10min TOTAL apróx. 60min Tecniberia/Asince considera imprescindible establecer criterios específicos y explícitos que garanticen la especial consideración que merece la contratación de servicios intelectuales de consultoría y asistencia
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Contratos mixtos de proyecto y obra
Proyecto de Ley de Contratos del Sector Público Tecniberia/Asince Son contratos de obras aquéllos que comprendan, además de la ejecución de la propia obra, la redacción del correspondiente proyecto (Art. 6). Mantener la excepcionalidad en la utilización de contratos de proyecto y obra. En caso de contratación conjunta de proyecto y obras, los licitadores deben acreditar las clasificaciones necesarias para ambas actividades. En los contratos de Concesiones (Art. 113 y 116) es necesario establecer unos requisitos técnicos que deban cumplir las empresas que se ocupen de la elaboración de los estudios de viabilidad técnico-económica, los anteproyectos de construcción y explotación de la obra, o los proyectos de obra. 1.Memoria de Actividades min 2.Cuentas min 3.Plan de Acción min 4.Presupuesto min 5.Admisiones y bajas de miembros <5min 6. Admisiones y bajas de asociaciones territoriales <5min 7.Elección del Auditor <5min 8.Ruegos y preguntas <5min 9.Lectura y aprobación del Acta 10min TOTAL apróx. 60min Mantener la excepcionalidad en la aplicación de la modalidad de contratación mixta (proyecto y obra) que recoge actualmente la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
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Proyecto de Ley de Contratos del Sector Público
Competencia desleal Proyecto de Ley de Contratos del Sector Público Tecniberia/Asince No se exige clasificación a las Universidades Públicas, ni a los Organismos Públicos de Investigación, para ser adjudicatarios de contratos (Disposiciones Adicionales 9ª y 10ª). Las entidades pertenecientes al Sector Público (Universidades y Organismos Públicos de Investigación, entidades e instituciones con financiación pública) no deben competir con las empresas del sector privado en ningún tipo de procedimiento de contratación. Alternativamente, establecer la exigencia de clasificación a las universidades públicas y organismos públicos de investigación. 1.Memoria de Actividades min 2.Cuentas min 3.Plan de Acción min 4.Presupuesto min 5.Admisiones y bajas de miembros <5min 6. Admisiones y bajas de asociaciones territoriales <5min 7.Elección del Auditor <5min 8.Ruegos y preguntas <5min 9.Lectura y aprobación del Acta 10min TOTAL apróx. 60min Restringir el acceso a los procesos de licitación pública a los organismos de derecho público (empresas públicas, centros tecnológicos de la Administración, Universidades y entidades vinculadas a los mismos), en competencia desleal con las empresas privadas.
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Encomiendas de gestión
Proyecto de Ley de Contratos del Sector Público Tecniberia/Asince Excluye del ámbito de aplicación de la Ley las encomiendas de gestión que sean de ejecución obligatoria para la entidad que las recibe. Las subcontrataciones contratadas con las mencionadas entidades y los contratos para la ejecución de la encomienda quedan sometidos a la Ley (Art. 4.1.n). Establece la naturaleza instrumental y no contractual de las relaciones entre las sociedades del grupo TRAGSA y los poderes adjudicadores que, en consecuencia, se articulan a través de encomiendas de gestión (Disp. Ad. 30ª). Clarificar y matizar la ambigüedad con la que se define la encomienda de gestión en la Ley 30/1992 de RJAP y PAC (Art. 15) y limitar debidamente su utilización respondiendo al espíritu de la sentencia del TJCE, de 13 de enero de 2005. Evitar la utilización abusiva de la encomienda de gestión como instrumento de adjudicación de contratos a medios propios de las administraciones públicas, sustrayéndolos irregularmente de los procesos de concurso público habituales. 1.Memoria de Actividades min 2.Cuentas min 3.Plan de Acción min 4.Presupuesto min 5.Admisiones y bajas de miembros <5min 6. Admisiones y bajas de asociaciones territoriales <5min 7.Elección del Auditor <5min 8.Ruegos y preguntas <5min 9.Lectura y aprobación del Acta 10min TOTAL apróx. 60min La utilización abusiva de la encomienda de gestión, evitando la contratación en el mercado de servicios intelectuales de ingeniería y consultoría, puede suponer un fraude de ley en relación con la normativa europea.
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Procedimientos de contratación
Proyecto de Ley de Contratos del Sector Público Tecniberia/Asince Cuatro posibles procedimientos de contratación: abierto, restringido, negociado y concursos de proyectos (Art. 122). Procedimiento abierto: estudios y proyectos de pequeña dimensión y baja complejidad técnica. Procedimiento restringido y el procedimiento negociado con publicación previa: estudios y proyectos de mediana o alta complejidad, y de mediano o elevado presupuesto. Procedimiento negociado sin publicidad: exclusivamente para servicios suplementarios a un contrato principal adjudicado por concurso. Diálogo competitivo: proyectos particularmente complejos, con enorme singularidad y complejidad técnica, jurídica y económico-financiera, y, en todo caso, garantizando que los candidatos admitidos sean remunerados. 1.Memoria de Actividades min 2.Cuentas min 3.Plan de Acción min 4.Presupuesto min 5.Admisiones y bajas de miembros <5min 6. Admisiones y bajas de asociaciones territoriales <5min 7.Elección del Auditor <5min 8.Ruegos y preguntas <5min 9.Lectura y aprobación del Acta 10min TOTAL apróx. 60min Se considera recomendable incrementar la utilización del procedimiento restringido en los procesos de contratación pública, mayoritariamente empleado en la UE.
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Criterios de valoración de las ofertas
Proyecto de Ley de Contratos del Sector Público Tecniberia/Asince En los criterios de valoración de las ofertas deberá precisarse la ponderación relativa atribuida a cada uno de ellos, fijando una banda de valores con una amplitud adecuada (Art. 134). Asignar a la oferta técnica un coeficiente de ponderación mínimo del 80 por ciento y a la oferta económica un coeficiente que, en consecuencia, no podrá ser superior al 20 por ciento. En aras de la transparencia en los procesos de contratación, asegurar que, una vez efectuadas las valoraciones técnicas, éstas se hagan públicas con anterioridad a la apertura de las ofertas económicas. 1.Memoria de Actividades min 2.Cuentas min 3.Plan de Acción min 4.Presupuesto min 5.Admisiones y bajas de miembros <5min 6. Admisiones y bajas de asociaciones territoriales <5min 7.Elección del Auditor <5min 8.Ruegos y preguntas <5min 9.Lectura y aprobación del Acta 10min TOTAL apróx. 60min En la contratación de servicios intelectuales de ingeniería y consultoría se debe asegurar que los procedimientos de contratación utilizados atiendan preferentemente a criterios técnicos de selección frente a criterios económicos.
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Proyecto de Ley de Contratos del Sector Público
Bajas temerarias Proyecto de Ley de Contratos del Sector Público Tecniberia/Asince Podrán indicarse en el pliego los límites que permitan apreciar que la propuesta no puede ser cumplida debido a ofertas anormalmente bajas (Art. 136). El valor límite ha de ser fijado con referencia al presupuesto de licitación estimado por el órgano contratante. Dicho valor límite debería fijarse en el 20 por ciento, entendiendo que una baja superior al referido porcentaje comporta una modificación del objeto del contrato. 1.Memoria de Actividades min 2.Cuentas min 3.Plan de Acción min 4.Presupuesto min 5.Admisiones y bajas de miembros <5min 6. Admisiones y bajas de asociaciones territoriales <5min 7.Elección del Auditor <5min 8.Ruegos y preguntas <5min 9.Lectura y aprobación del Acta 10min TOTAL apróx. 60min La Directiva 2004/18/CE de Contratación Pública (Art. 55) vincula la consideración de una oferta económica como anormalmente bajas “con relación a la prestación”, no al resto de las ofertas. Tecniberia/Asince propone que el valor límite se fije en el 20%.
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Delimitación de responsabilidades
Proyecto de Ley de Contratos del Sector Público Tecniberia/Asince Mantiene la letra y el espíritu del TRLCAP, tanto en la determinación de las obligaciones de subsanación de errores como en las indemnizaciones en que incurre un contratista que elabore un proyecto de obras con deficiente calidad y que ocasione determinados daños a la Administración Pública o terceros a consecuencia de la misma (Art. 286, 287 y 288). Subsanación de errores, corrección de deficiencias y retrasos: establecer las indemnizaciones en función de las garantías y penalidades por mora específicas de cada contrato, y, en último término, mediante la pérdida de la clasificación administrativa. Responsabilidad por defectos o errores del proyecto: Necesidad de afrontar la responsabilidad derivada de daños ocasionados por conducta “culposa” del consultor en su desempeño profesional. Obligación para el adjudicatario de contratar una póliza de responsabilidad civil profesional que cubra las diferencias económicas exigibles. El importe de dicha póliza debería estar explícitamente previsto en el presupuesto del contrato. 1.Memoria de Actividades min 2.Cuentas min 3.Plan de Acción min 4.Presupuesto min 5.Admisiones y bajas de miembros <5min 6. Admisiones y bajas de asociaciones territoriales <5min 7.Elección del Auditor <5min 8.Ruegos y preguntas <5min 9.Lectura y aprobación del Acta 10min TOTAL apróx. 60min El establecimiento de indemnizaciones desproporcionadas es contradictorio con la estrecha colaboración entre la Administración y el contratista que conlleva la contratación de servicios intelectuales.
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Duración del contrato y precios
Proyecto de Ley de Contratos del Sector Público Tecniberia/Asince Los contratos complementarios de contratos de obras podrán tener un plazo que en ningún caso excederá del plazo de duración principal (Art. 279). Quedan excluidos los que no se consideran necesarios para la correcta realización de la prestación objeto del contrato. Para las fórmulas de revisión de precios se excluye la consideración de los costes de mano de obra (Art. 79). Incorporar el supuesto de los contratos de servicios de asistencia a la dirección de obra y de gestión integrada de proyectos y establecer una duración igual a la del contrato de obras al que están vinculados, o superior en el caso en que sea necesaria la prestación del servicio para la liquidación de la obra. Los costes de la mano de obra constituyen el componente esencial en cualquier contrato de servicios intelectuales, por lo que no deben ser excluidos en las fórmulas de revisión de precios. 1.Memoria de Actividades min 2.Cuentas min 3.Plan de Acción min 4.Presupuesto min 5.Admisiones y bajas de miembros <5min 6. Admisiones y bajas de asociaciones territoriales <5min 7.Elección del Auditor <5min 8.Ruegos y preguntas <5min 9.Lectura y aprobación del Acta 10min TOTAL apróx. 60min La indeterminación que caracteriza el punto de partida de un contrato de servicios de ingeniería y consultoría requiere una mayor flexibilidad que otro tipo de servicios
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Propiedad intelectual y confidencialidad
Proyecto de Ley de Contratos del Sector Público Tecniberia/Asince Establece el carácter confidencial de los secretos técnicos o comerciales y los aspectos confidenciales de las ofertas (Art. 124). Establecer procedimentalmente la autorización del uso del producto intelectual (estudios, anteproyectos y proyectos) en otros supuestos ajenos al ámbito del contrato. Asegurar que la adquisición de la “Propiedad Intelectual” de los servicios intelectuales debe ser establecida como parte del objeto de contratación explícitamente definido. 1.Memoria de Actividades min 2.Cuentas min 3.Plan de Acción min 4.Presupuesto min 5.Admisiones y bajas de miembros <5min 6. Admisiones y bajas de asociaciones territoriales <5min 7.Elección del Auditor <5min 8.Ruegos y preguntas <5min 9.Lectura y aprobación del Acta 10min TOTAL apróx. 60min La propiedad intelectual del producto de los servicios intelectuales de ingeniería y consultoría corresponde al autor de los trabajos, sea éste persona física o jurídica.
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