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Publicada porEutimio Bolanos Modificado hace 11 años
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CCDS R-SURSURESTE Exhortar a la SEMARNAT por conducto de la CONAFOR para que en las estadísticas ambientales nacionales se incluya a la vegetación de humedales que anualmente son siniestradas, como especies protegidas para que de esa forma se destinen recursos específicos para estas àreas. Nombre de la Comisión Técnica: Biodiversidad, ANP´S y Vida Silvestre Coordinador de la Comisión Técnica: Lilia Fraire
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CCDS R-SURSURESTE Se recomienda a la SEMARNAT contemple un programa de rescate de la tortuga blanca en los Estados de Chiapas, Tabasco, Campeche, Veracruz. Se recomienda a la SEMARNAT-CNA establecer un programa de manejo para la protección y conservación de las especies silvestres (nutrias, garrobo y otros) que anidan en las orillas de los cauces de los ríos debido a la pérdida de suelos por la alteración de los volúmenes de agua. Nombre de la Comisión Técnica: Biodiversidad, ANP´S y Vida Silvestre Coordinador de la Comisión Técnica: Lilia Fraire
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CCDS R-SURSURESTE Comisión de Cultura, Educación Ambiental y Difusión Coordinador de la Comisión Técnica:M. en C. Pricila Sosa Ferreira Que SEMARNAT y SEP, gestione la aplicación en los Estados del acuerdo derivado de la Estrategia Nacional en materia de Educación Ambiental para la incorporación de contenidos ambientales en los programas oficiales de Educación Básica y Media y la capacitación de los maestros de esos niveles en temas de educación ambiental y de desarrollo sustentable. Y Difundir una guía para la población en general sobre la Normatividad Ambiental de tramites aplicables en la materia.
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CCDS R-SURSURESTE Nombre de la Comisión Técnica: Forestal, suelos y agua Coordinador de la Comisión Técnica: Guadalupe Y. Hernàndez Relativo al cálculo de la disponibilidad media de agua en una cuenca: Se recomienda que la evaluación de metodologías con otras variables se realicen en un caso específico y una vez aplicada, se evalué el resultado, para que sea integrada en la propuesta del suplemento del Programa Nacional de Normalización ( caso de la NOM-CNA-011 ). Y que se informe al Consejo.
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CCDS R-SURSURESTE Nombre de la Comisión Técnica: Gestión Ambiental para el Mejoramiento Ambiental Coordinador de la Comisión Técnica: Dra. Alba Vasquez 1.- Se recomienda al Secretario que se instruya de manera formal a los Delegados Estatales de la SEMARNAT que motiven, promuevan y apoyen la participación de los núcleos del CCDS como Comites Técnicos Interdisciplinarios para la valorización de proyectos relevantes en materia de agua, residuos urbanos y peligrosos, etc., en reuniones periódicas, para asegurar su correcta planeación, diseño, construcción, operación, mantenimiento, su factibilidad y permanencia. 2.- Debiendo establecerse mecanismos de coordinación y colaboración con las instancias estatales y municipales.
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CCDS R-SURSURESTE Nombre de la Comisión Técnica: Legislación Ambiental Coordinador de la Comisión Técnica: Dip. Ana Luisa Zorrilla Moreno Realizar un inventario nacional de los humedales existentes en cada entidad señalando la importancia en los ecosistemas. Se recomienda que se realicen los programas integrales de manejo de las Areas Naturales Protegidas establecidas, aún no realizados y se publiquen aquellos que están elaborados.
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CCDS R-SURSURESTE Nombre de la Comisión Técnica: Legislación Ambiental Coordinador de la Comisión Técnica: Dip. Ana Luisa Zorrilla Moreno Acatar el resolutivo y las recomendaciones emitidas por el tribunal latinoamericano del agua emitido el pasado 20 de marzo del 2006 consistente en: RESUELVE 1.- Reconocer la notoria conducta omisiva y negligente de las autoridades de SEMARNAT, CNA y la PROFEPA respecto de su obligación para controlar las actividades potencialmente degradatorias y prevenir los impactos ambientales en la bahía de Zihuatanejo.
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CCDS R-SURSURESTE Nombre de la Comisión Técnica: Legislación Ambiental Coordinador de la Comisión Técnica: Dip. Ana Luisa Zorrilla Moreno Se recomienda a la SEMARNAT que cumpla con las recomendaciones emitidas en el veredicto TLAGUA del 20 de Marzo del 2006, consistentes en: 1.- Hacer una valoración integral de los impactos ambientales, sociales, económicos y culturales asociados a Megaproyectos hidroeléctricos, en el caso del proyecto de la Parota es esencial evaluar de manera integral: a)Los riesgos de ubicarse en una zona sísmica y con fallas geológicas. b)Los impactos colaterales de la destrucción de selva sobre los mantos acuíferos y cuencas hidrológicas. c)Daños irreversibles a la flora y fauna que habitan en las 17,000 Has. Que se pretenden inundar.
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CCDS R-SURSURESTE Nombre de la Comisión Técnica: Legislación Ambiental Coordinador de la Comisión Técnica: Dip. Ana Luisa Zorrilla Moreno ( CONTINUACION ) d) Daños a la salud que provocaría el embalse a la población que viviría en las inmediaciones del embalse. e) Daños a dos regiones hidrológicas y costeras prioritarias en términos de su función ecológica e hidrológica. f) Evaluar los impactos del embalse en el microclima y patrones de precipitación. g) Evaluar emisión de gases de invernadero de la presa por la descomposición de la materia orgánica. h) Evaluar la imposibilidad de restaurar y mejorar los modos de vida de la población desplazada, y muchos mas aspectos.
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CCDS R-SURSURESTE Nombre de la Comisión Técnica: Ordenamiento Ecológico Territorial, Costero y Marino. Coordinador de la Comisión Tecnica: M. en C. Guillermo Villalobos Z. 1.- Que el Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales realice una revisión a la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental en la emisión del oficio SGPA/DGIRA/DG/0359/06 por el que se niega a acatar la resolución del propio Secretario al resolver la nulidad de las autorizaciones del Mayan Palace Cancún. 2.- Que se lleve a cabo el Ordenamiento Ecológico Marino de la Región ubicada entre Acapulco y Zihuatanejo en el Estado de Guerrero, previendo con esto las posibles consecuencias del Megaproyecto turístico de la Costa Grande de Guerrero. Así mismo se recomienda facilitar la realización de los convenios de coordinación para que el Estado y/o los Municipios respectivos ordenen la parte terrestre de esta importante región, tomando en cuenta la inminente solicitud de autorizaciones de impacto ambiental.
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CCDS R-SURSURESTE Nombre de la Comisión Técnica: Ordenamiento Ecológico Territorial, Costero y Marino. Coordinador de la Comisión Tecnica: M. en C. Guillermo Villalobos Z. 3.- Que se expidan los ordenamientos ecológicos marinos de la zona costera del Estado de Quintana Roo, tomando en cuenta la existencia de ordenamientos vigentes que ya regulan las zonas marinas utilizando los criterios y unidades ecológicas marinas ya previstas. 4.- Que el Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales mediante el Órgano Interno de Control y la Dirección General de Política Ambiental e Integración Regional y Sectorial realice una revisión y la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental en la emisión del oficio SGPA/DGIRA/DEI/1751.04 emitido para modificar las autorizaciones de impacto ambiental del proyecto Mayan Palace Cancún, también a la renovación de la autorización del proyecto Bahía del Caribe, y las autorizaciones dadas para los distintos proyectos de los hoteles Bahía Príncipe.
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CCDS R-SURSURESTE Nombre de la Comisión Técnica: Ordenamiento Ecológico Territorial, Costero y Marino. Coordinador de la Comisión Tecnica: M. en C. Guillermo Villalobos Z. 5.- Que la SEMARNAT pida al núcleo Estatal Veracruz dar seguimiento a las acciones que la CONAGUA realiza en el marco del Ordenamiento Ecológico Territorial del río Sedeño, dentro del consejo de cuenca del Tuxpan al Jamapa hasta lograr el saneamiento de las aguas del río y la cesión de la custodia de su zona Federal a los cinco Municipios involucrados en su preservación. 6.- Que el Procurador Federal de Protección al Ambiente, atendiendo ley y la jurisprudencia firme emitida por el poder Judicial Federal, no se detenga por la emisión del oficio SGPA/DGIRA/DEI/175.04 emitido para modificar las autorizaciones de impacto ambiental del proyecto Mayan Palace Cancún, ya que el mismo es fruto de un acto viciado y como tal, también se encuentra viciado, por lo que la Procuraduría deberá clausurar el proyecto de acuerdo a lo establecido en la legislación ambiental.
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