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Publicada porrafael cahuana Modificado hace 9 años
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“EJERCER SUS DERECHOS LE PERMITE TENER UNA MEJOR CALIDAD DE VIDA”
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DERECHO DEL CONSUMIDOR: Es la denominación que se da al conjunto e normas emanadas de los poderes públicos destinada a la protección del consumidor o usuario en el mercado de bienes y servicios, otorgándole y regulando ciertos derechos y obligaciones.
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IMPORTANCIA DEL DERECHO AL CONSUMIDOR: El derecho al consumidor nace como consecuencia de la asimetría y desigualdad informativa entre vendedores y consumidores. Es considerado un instrumento de desarrollo económico por que mejore la calidad de vida de la población al acceder a los bienes y servicios que los proveedores ponen al mercado para su consumo.
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SEGÚN EL ARTICULO 65 de la constitución política del perÚ: PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Nos dice que el estado defiende el interés de los consumidores y usuarios. Para tal efecto garantiza el derecho a la información sobre los bienes y servicios que se encuentran a su disposición en el mercado. Asimismo vela por su salud y la seguridad de la población.
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7 DERECHOS BÁSICOS DEL CONSUMIDOR : 1.DERECHO A LA INFORMACION La publicidad, las etiquetas, los precios, los instructivos, las garantías y, en general, toda la información de los bienes y servicios que te ofrezcan debe ser oportuna, completa, clara y veraz, de manera que puedas elegir que comprar, con pleno conocimiento 2. DERECHO A LA EDUCACION Puedes recibir instrucción en materia de consumo, conocer tus derechos y la forma en que te protege la ley, así como organizarte con familiares o vecinos para aprender a consumir mejor y de manera mas inteligente
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3. DERECHO A ELEGIR: Al escoger un producto o servicio, nadie te puede presionar, condicionar la venta a cambio de comprar algo que no quieras o exigir pagos o anticipos sin que se haya firmado un contrato. 4. DERECHO A LA SEGURIDAD Y CALIDAD: Los bienes y servicios que se ofrecen en el mercado deben cumplir con las normas y las disposiciones en materia de seguridad y calidad. Además, los instructivos deben incluir las advertencias necesarias y explicar claramente el uso adecuado de los productos.
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5. DERECHO A NO SER DISCRIMINADOS: Al comprar un producto o contratar un servicio, no te lo pueden negar, tampoco discriminar o tratar mal por tu sexo, raza, religión, condición económica, nacionalidad, orientación sexual, ni por tener alguna discapacidad. 6. DERECHO A LA COMPENSACION: Si un proveedor te vende un producto de mala calidad o que no cumple con las normas, tienes derecho a que se te reponga o a que se te devuelva tu dinero. También te deberán bonificar cuando no te proporcionen un servicio o te lo otorguen de forma deficiente, así ismo, tienes derecho a q te indemnicen por los daños y perjuicios que te haya ocasionado.
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7. DERECHO A LA PROTECCION: Puedes ser defendido por las autoridades, exigir la aplicación de las leyes y también organizarte con otros consumidores para defender sus intereses comunes.
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ASOCIACIONES DE CONSUMIDORES: Las asociaciones legalmente constituidas tienen por objetivo hacer respetar los derechos de los consumidores. Y eso les permite realizar denuncias ante el INDECOPI (instituto nacional de defensa de la competencia y de la protección de la propiedad intelectual) y otros organismos como OSIPTEL (Organismo Supervisor de Inversión Privada y Telecomunicaciones), OSINERGMIN (Organismo Supervisor de la Inversión de Energía y Minas) OSITRAN (Órgano Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Pública) y SUNASS (Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento) Actualmente hay 38 asociaciones de consumidores reconocidas por INDECOPI que se especializan en corregir distorsiones que afectan a los usuarios
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ROL DE INDECOPI: FUNCION: Tiene como función supervisar la competencia y asegurar el desarrollo de una política de libre comercio. OBLIGACIONES: Contribuir a mantener las reglas estables. Hacer que los consumidores y los empresarios sean conscientes de su relación de consumo. Vias para comunicar al INDECOPI Denuncia informativa. Por correo electrónico y vía telefónica. Servicio de atención al ciudadano
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ENTRE LAS PRINCIPALES ASOCIACIONES FIGURAN: Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (ASPEC) Asociación Nacional de Consumidores del Perú (ANAC) Asociación Defensoría del Consumidor (ADEC – PIURA Y CHICLAYO) Huk Vida Instituto Legal de Defensa del Mercado
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RESPONSABILIDADES DEL CONSUMIDOR 1.- CONCIENCIA CRITICA: La responsabilidad de tener una conducta alerta y critica sobre e precio y la calidad de los servicios que utilizamos. 2.- ACCION: La responsabilidad de hacernos valer y actuar para asegurar que tengamos un trato justo. 3.- PREOCUPACION SOCIAL: La responsabilidad de estar consientes del impacto de nuestro consumo sobre otros ciudadanos, especialmente sobre los grupos desfavorecidos o débiles a nivel local. Nacional o internacional.
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4.- CONCIENCIA AMBIENTAL: La responsabilidad de comprender las consecuencias ambientales de nuestro consumo. Debemos reconocer nuestra responsabilidad individual y social para conservar los recursos naturales y proteger nuestro planeta para futuras generaciones. 5.- SOLIDARIDAD: La responsabilidad de organizarse como consumidores para desarrollar la fuerza e influencia para promover y proteger nuestros intereses.
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RESEÑA: Comienza el 7 de noviembre de 1991 cuando se publico el decreto legislativo N° 701. Encargado de regular las practicas monopólicas y restrictivas de la libre competencia. El propósito de la norma consiste en eliminar toda practica monopólica. DEFINICION: Libre fijación de precios, cantidades, calidades y otras condiciones de comercialización. Libre ingreso al mercado. Derecho de propiedad y libertad de contratación.
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SEGÚN EL ART. 61 DE LA CONTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ: El estado combate toda practica que la limite y el abuso de posiciones dominantes o monopólicos. Ninguna ley ni concertación puede autorizar ni establecer monopolios. La prensa, la radio, la televisión y los demás medios de expresión y comunicación social, y en general, las empresas, los bienes y servicios relacionados con la libertad de expresión y de comunicación, no pueden ser objeto de exclusividad, monopolio ni acaparamiento directo ni indirectamente, por parte del estado ni por particulares.
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POR QUE PROTEGERLA: Porque la competencia entre empresas genera productos y servicios. A menores precios (reducción de costos). De mejor calidad (innovación). De mayor diversidad (innovación). De fácil acceso (distribución).
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La libre competencia constituye sin lugar a duda un estímulo vital para las empresas de bienes y servicios, ya que permite que estas mejoren su oferta, obtienen resultados clave para la innovación, progreso tecnológico y la búsqueda de medios mucho más eficientes de producción, distribución y comercialización. La libre competencia genera la creación de nuevas empresas, más empleos, genera más poder adquisitivo en las familias, lo cual reactiva la economía de los países constantemente.
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IMPORTANCIA: Ofrece mayor seguridad de inversión a las empresas extranjeras, así como también la productividad nacional se afianza con bienes y servicios de alta calidad para el consumo, creando mayor innovación y producción para el bienestar de la economía y el consumidor final.
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INDECOPI : Es una entidad publica con autonomía administrativa y funcional cuya misión es ser el facilitador de la leal y honesta competencia en el país. OBJETIVO: Bienestar de los consumidores a través de la protección del proceso competitivo. FUNCION: Crear reglas de juego claras y estables para el buen funcionamiento del mercado.
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ORGANIISMOS COMPETENTES: SECRETARIA TÉCNICA: Actúa como órgano instructor del procedimiento administrativo sancionador. COMISION DE DEFENSA DE LA LIBRE COMPETENCIA: Primera instancia administrativa en casos de libre competencia Impone sanciones, dicta medidas correctivas y medidas cautelares SALA ESPECIALIZADA EN DEFENSA DE LA COMPETENCIA: Segunda y ultima instancia administrativa en los procesas relacionados con la defensa de la competencia.
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FACULTADES DE FISCALIZACION: LA SECRETARIA TECNICA PUEDE… Realizar investigaciones preliminares e iniciar de oficio un procedimiento. Exigir la exhibición de toda clase de documentos. Citar e interrogar. Inmovilizar libros y documentos (previo acuerdo con la comisión) así como retirarlos del local hasta por 15 días con autorización judicial. Realizar inspecciones con o sin previa notificación.
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SANCIONES: A EMPRESAS: Por infracciones LEVE:500 UIT GRAVE: 1000 UIT MUY GRAVE: Superior a 1000 UIT A FUNCIONARIOS: Multas para representantes legales o a las personas que integran los órganos de dirección o administración de una persona jurídica, sociedad, entidad o patrimonio autónomo. De hasta 100 UIT según su responsabilidad en la infracción.
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SANCIONES POR INFRACCIÓN A LAS NORMAS:
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