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Lic. A. Valentín Herrera G.

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Presentación del tema: "Lic. A. Valentín Herrera G."— Transcripción de la presentación:

1 Lic. A. Valentín Herrera G.
Principios, derechos y obligaciones de empleadores en el sector Construcción. Lic. A. Valentín Herrera G.

2 Principio IV: Principio de Irrenunciabilidad
Las leyes concernientes al trabajo son de carácter territorial. Rigen sin distinción a dominicanos y a extranjeros, salvo las derogaciones admitidas en convenios internacionales. En las relaciones entre particulares, la falta de disposiciones especiales es suplida por el derecho común.

3 Principio V: Principio de Irrenunciabilidad
Los derechos reconocidos por la ley a los trabajadores, no pueden ser objeto de renuncia o limitación convencional. Es nulo todo pacto en contrario.

4 Principio VIII: Principio de Irrenunciabilidad
En caso de concurrencia de varias normas legales o convencionales prevalecerá la más favorable al trabajador. Si hay duda en la interpretación o alcance de la ley, se decidirá en el sentido más favorable al trabajador.

5 Principio IX: Principio de Irrenunciabilidad
El contrato de trabajo no es el que consta en un escrito, sino el que se ejecuta en hechos. Es nulo todo contrato por el cual las partes hayan procedido en simulación o fraude a la ley laboral, sea aparentando normas contractuales no laborales, interposición de persona o de cualquier otro medio. En tal caso, la relación de trabajo quedará regida por este Código.

6 Obligaciones del Empleador:
Artículo 46 Código de Trabajo: Mantener los lugares de trabajo en condiciones exigidas por las disposiciones sanitarias, Observar las medidas adecuadas y las que fijen las leyes para prevenir accidentes, Proveer oportunamente a los trabajadores de los materiales, útiles e instrumentos para la ejecución del trabajo, Pagar al trabajador correspondiente al tiempo que éste pierde por culpa del empleador. . Es nulo todo contrato por el cual las partes hayan procedido en simulación o fraude a la ley laboral, sea aparentando normas contractuales no laborales, interposición de persona o de cualquier otro medio. En tal caso, la relación de trabajo quedará regida por este Código.

7 Suspensión de los efectos del contrato de Trabajo:
Elementos característicos de la Suspensión: La no prestación de servicios. El no pago de la retribución convenida.

8 Suspensión de los efectos del contrato de Trabajo:
Causas que requieren la aprobación del MT: Casos fortuito o de fuerza mayor, Falta o insuficiencia de materia prima Falta de fondos Exceso de producción Incosteabilidad de la explotación de la empresa.

9 Procedimiento para la suspensión:
Formulario DGT-9 Comunicación al MT Comunicación a los trabajadores Pruebas documentales Otras informaciones relevantes

10 Tiempo a conceder: Artículo 55 del Código de Trabajo.
Según las disposiciones de este artículo el tiempo máximo a conceder es de 90 días en un lapso de doce meses.

11 Artículo 72 del Código de Trabajo:
Este artículo 72 del Código de Trabajo: Los contratos para un servicio o una obra determinados terminan sin responsabilidad para las partes, con la prestación del servicio o con la conclusión de la obra. La duración del contrato de trabajo para servicios determinados en una obra cuya ejecución se realiza por diversos trabajadores, se fija por la naturaleza de la labor confiada al trabajador y por el tiempo necesario para concluir dicha labor.

12 Terminación Contrato de Trabajo:
Ejecución del Contrato de Trabajo, Desahucio, Despido, Dimisión

13 Desahucio: En vista de que este es un tipo de contrato para una obra o servicio determinado, no se prevé que el mismo pueda terminar a través de la figura del desahucio.

14 Despido: El artículo 88 del Código de Trabajo dispone las causas por las cuales el empleador puede poner fin al contrato de Trabajo.

15 Despido: Procedimiento,
Consecuencias jurídicas si el despido es declarado injustificado, Consecuencias si es declarado justificado, Plazo para ser ejercido.

16 Dimisión: El artículo 97 del Código de Trabajo establece las causas por las cuales el trabajador puede poner fin al contrato de trabajo a través de la figura de la dimisión.

17 Derechos Adquiridos: Salario de navidad (art. 219 del Código de Trabajo, Vacaciones (artículo 177 del C. T.)

18 Obligaciones del Trabajador:
Asistir con puntualidad al lugar en que deba presentarse para prestar su servicio, Observar rigurosamente las medidas preventivas o higiénicas exigidas por la ley, Observar buena conducta y una estricta disciplina durante las horas de trabajo, Conservar en buen estado los instrumentos y útiles que se le faciliten para el trabajo.

19 Jornada de Trabajo: Ocho horas al día Cuarenta y cuatro a la semana
Descanso intermedio Descanso semanal

20 Rol del estado como garante del acceso a la seguridad social
El artículo 60 de la Constitución de la República establece que: Toda persona tiene derecho a la seguridad social. El Estado estimulará el desarrollo progresivo de la seguridad social para asegurar el acceso universal a una adecuada protección en la enfermedad, discapacidad, desocupación y la vejez.

21 Principios rectores de la seguridad social: Universalidad
Universalidad: El SDSS deberá proteger a todos los dominicanos y a los residentes en el país, sin discriminación por razón de salud, sexo, condición social, política o económica;

22 Principios rectores de la Seguridad Social: Universalidad
Obligatoriedad: La afiliación, cotización y participación tienen un carácter obligatorio para todos los ciudadanos e instituciones en las condiciones y normas que establece la presente ley;

23 Principios rectores de la Seguridad Social: Universalidad
Integralidad: Todas las personas, sin distinción, tendrán derecho a una protección suficiente que les garantice el disfrute de la vida y el ejercicio adecuado de sus facultades y de su capacidad productiva;

24 Principios rectores de la Seguridad Social: Universalidad
Libre elección: Los afiliados tendrán derecho a seleccionar a cualquier administrador y proveedor de servicios acreditado, así como a cambiarlo cuando lo consideren conveniente, de acuerdo a las condiciones establecidas en la presente ley;

25 Aportes al Sistema: Empleador: Salud: 7.09 % Pensión: 7.10 %
Riesgos laborales: 1% más una cuota adicional que va desde 0.1% a 0.3%

26 Aportes al Sistema: Trabajador: Salud: 3.04 % Pensión: 2.87 %

27 Funcionarios competentes para velar por cumplimiento Ley 87-01:
En virtud de lo que establece el artículo 3 de la ley , los únicos funcionarios competentes para comprobar y levantar actas de infracciones por violación a la ley 87-01, son los Inspectores de Trabajo.

28 Tipo de Sanciones: Según lo prescribe el artículo 4, párrafo IV de la ley , los empleadores que violen las disposiciones relativas a la no inscripción de los trabajadores en el Sistema Dominicano de Seguridad Social, o incurran en falta de pago, serán condenados al pago de una multa equivalente a doce (12) salarios mínimos de ley, por cada trabajador activo en sus nóminas.

29 TRABAJADOR MIGRANTE El artículo 5 de la ley dispone: “Tienen derecho a ser afiliados al Sistema todos los ciudadanos dominicanos y residentes legales en el territorio nacional”. El art. 11 dice: “El CNSS otorgará a todos los ciudadanos un número de afiliación, independientemente de la edad y del régimen a que esté afiliado. El mismo deberá ser compactible con el registro de la cédula de identidad y electoral.”

30 TRABAJADOR MIGRANTE Convenio 19 de la OIT, señala:
Todo miembro de la organización que ratifique el presente convenio se obliga a conceder a los nacionales de cualquier otro miembro que lo haya ratificado, y que fueren victimas de accidentes del trabajo ocurridos en el territorio de aquel, o a sus derechohabientes, el mismo trato que otorgue a sus propios nacionales en materia de indemnización por accidentes del trabajo.

31 Formularios Laborales
Planilla de Personal Fijo: Trabajadores sujetos a contratos de duración indeterminado. Debe depositarse dentro de los quince (15) días al inicio del mes de enero o de las actividades. Debe renovarse dentro de los primeros quince (15) días del mes de enero de cada año. Se registra automáticamente dentro de los sesenta (60) días de su depósito.

32 Formularios Laborales
Movimiento en el personal fijo: Dentro de los cinco (5) días siguientes de cada mes.

33 Formularios Laborales
Planilla de personal móvil: Contratos de duración determinada. Se debe depositar por ante el MT dentro de cinco (5) días de cada mes.

34 Formularios Laborales
Libro de visitas de Inspección.

35 Aspectos Fundamentales para un buen Control en las Construcciones:
Recibos del pago (nóminas), Inscripción seguridad social, Comprobante de pago seguridad social, Registros por ante Ministerio de Trabajo, Contrato de trabajo, Contratos civiles subcontratistas solventes, Comunicaciones MT.

36 ¡GRACIAS!


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