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RICARDO O. SAENZ Fiscal General ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional 1ª JORNADA DE INFORMATICA LEGAL – UCSE-DASS SAN SALVADOR.

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1 RICARDO O. SAENZ Fiscal General ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional 1ª JORNADA DE INFORMATICA LEGAL – UCSE-DASS SAN SALVADOR DE JUJUY, 2 y 3 DE SEPTIEMBRE DE 2011. 1 Ricardo Sáenz | Sitio : www.ricardosaenz.com.ar | E-mail: saenz49@yahoo.com.ar | Twitter: @saenzricardo LA LEY EN ARGENTINA – CONVENCION DE BUDAPEST

2 Introducción Concepto de delito informático Restringido y amplio Delitos con prueba digital Cuestiones que plantea Falta de leyes adecuadas Necesidad de controles estatales Existencia de nuevas relaciones jurídicas Importancia del Sector Privado Aparición de nuevos delitos Una nueva impunidad 2 Ricardo Sáenz | Sitio : www.ricardosaenz.com.ar | E-mail: saenz49@yahoo.com.ar | Twitter: @saenzricardo

3 Propuesta Para el combate eficaz de esta nueva delincuencia los países han puesto el acento en 3 ejes fundamentales: Reforma legislativa, que abarque tanto al derecho material de fondo, como al derecho procesal Búsqueda de ámbitos internacionales de cooperación en las investigaciones de estos delitos Capacitación de los operadores del sistema penal (jueces, fiscales, y fuerzas o agencias de seguridad) 3 Ricardo Sáenz | Sitio : www.ricardosaenz.com.ar | E-mail: saenz49@yahoo.com.ar | Twitter: @saenzricardo

4 Reforma Penal La Ley 26.388 reforma a Delitos tradicionales del Código Penal Características generales de la reforma: No constituye una Ley Especial, sino que modifica, sustituye, o incorpora tipos penales al texto del Código Penal Incorpora a las nuevas tecnologías como formas comisivas de los delitos Mantiene sin modificaciones sustanciales el esquema de márgenes punitivos de los delitos ya previstos TIPOS PENALES Acceso ilegítimo Acceso o intercepción de comunicaciones electrónicas Publicación indebida de una comunicación electrónica Acceso ilegítimo a un banco de datos personales 4 Ricardo Sáenz | Sitio : www.ricardosaenz.com.ar | E-mail: saenz49@yahoo.com.ar | Twitter: @saenzricardo

5 Reforma Penal y Procesal Penal La Ley 26.388 y sus Tipos Penales (cont.) Revelación de información de un banco de datos personales Estafa informática Daño a un sistema informático, directamente o por la introducción de programas destinados a causarlo Interrupción de cualquier tipo de comunicación electrónica Producción, financiación, distribución de pornografía infantil en Internet (la cuestión que plantea la tenencia) Nuevos riesgos para los menores por el uso de la web LA REFORMA PROCESAL COMO PRESUPUESTO PARA EL INGRESO AL SISTEMA DEL CONVENIO 5 Ricardo Sáenz | Sitio : www.ricardosaenz.com.ar | E-mail: saenz49@yahoo.com.ar | Twitter: @saenzricardo

6 Cooperación Internacional Convenio del Consejo de Europa sobre el Ciberdelito (Budapest 2001) Importancia geopolítica de Europa Redactado por el Consejo de Europa, EE.UU., Japón y Canadá Aprobado por 30 países de Europa, incluidos Francia, Italia, Alemania, y España, más los Estados Unidos Primer tratado internacional que fija un catálogo de delitos informáticos, y de reglas de cooperación internacional para su combate Nuestro país puede ingresar por invitación del Consejo (art. 37) Reunión de Estrasburgo de marzo de 2010 Invitación formal del Consejo (septiembre de 2010) Argentina es vista con capacidad de generar que otros países de la región sigan el mismo camino, y de ser un centro para la capacitación 6 Ricardo Sáenz | Sitio : www.ricardosaenz.com.ar | E-mail: saenz49@yahoo.com.ar | Twitter: @saenzricardo

7 Cooperación Internacional Situación de la Argentina respecto del Convenio La Convención consta de tres partes principales: Ley material (Argentina cuenta con la ley 26.388) Ley procesal (Comisión Técnica Asesora en materia de Ciberdelito, reforma que veremos a la tarde) La tercera parte se refiere a la cooperación internacional para la investigación de estos delitos. Extradición Asistencia mutua (doble tipificación) El Convenio es un tratado multilateral de asistencia mutua entre los Estados miembros del sistema Medidas específicas de colaboración en las materias tratadas en la reforma procesal Red 7 x 24, Argentina puede ser un referente político para la adhesión de otros países de la región al Convenio, y el centro de la capacitación regional. 7 Ricardo Sáenz | Sitio : www.ricardosaenz.com.ar | E-mail: saenz49@yahoo.com.ar | Twitter: @saenzricardo

8 Forma básica: La producción, ofrecimiento, comercialización, publicación, financiamiento, facilitación, divulgación o distribución, de toda representación de un menor de 18 años dedicado a actividades sexuales explícitas o de sus partes genitales con fines predominantemente sexuales, mediante el empleo de cualquier medio (incluidas las nuevas tecnologías) (6 meses a 4 años de prisión). Forma atenuada: La mera tenencia de este material no constituye delito. No obstante, si la tenencia fuese con fines inequívocos de distribución o comercialización, la ley prevé una pena atenuada (4 meses a 2 años de prisión). 8 Ricardo Sáenz | Sitio : www.ricardosaenz.com.ar | E-mail: saenz49@yahoo.com.ar | Twitter: @saenzricardo Pornografía Infantil (art. 128)

9 Acceso, apoderamiento, supresión o desvío de una comunicación electrónica (15 días a 6 meses de prisión; art. 153, 1er. párrafo). Interceptación o captación de comunicaciones electrónicas o telecomunicaciones (15 días a 6 meses de prisión; art. 153, 2do.). Comunicación o publicación del contenido de una comunicación electrónica (1 mes a 1 año de prisión; art. 153, 3ro.). Agravante si el autor es funcionario público (pena accesoria, inhabilitación especial; art. 153, 4to.). Revelación de datos secretos, salvo que se obrare con el propósito inequívoco de proteger un interés público (pena de multa; art. 155). 9 Ricardo Sáenz | Sitio : www.ricardosaenz.com.ar | E-mail: saenz49@yahoo.com.ar | Twitter: @saenzricardo Comunicaciones Electrónicas

10 Acceso, por cualquier medio, sin la debida autorización o excediendo la que se posea, a una red, servidor, sistema, dato o archivo informático, de acceso restringido (15 días a 6 meses de prisión). Figura de subsidiariedad expresa, si no resultare un delito más severamente penado. Se agrava la conducta cuando el acceso fuese en perjuicio de un sistema o dato de un organismo público estatal, o de un proveedor de servicios públicos o de servicios financieros (1 mes a 1 año de prisión). 10 Ricardo Sáenz | Sitio : www.ricardosaenz.com.ar | E-mail: saenz49@yahoo.com.ar | Twitter: @saenzricardo Acceso Ilegítimo hacking (art. 153 bis)

11 Mero acceso a un banco de datos personales, en forma dolosa y por cualquier medio (1 mes a 2 años de prisión). Revelación de la información registrada en un archivo o en un banco de datos personales, cuyo secreto el autor estuviere obligado a preservar por una disposición legal (misma pena). Insertar o hacer insertar dolosamente datos en un archivo de datos personales (misma pena). Si el autor fuese funcionario público, sufrirá además pena de inhabilitación especial. 11 Ricardo Sáenz | Sitio : www.ricardosaenz.com.ar | E-mail: saenz49@yahoo.com.ar | Twitter: @saenzricardo Bases de Datos Personales (art. 157 bis)

12 La figura consiste, simplemente, en defraudar (perjuicio económico) empleando cualquier técnica de manipulación informática (ya sea respecto del software o del hardware), que produzca una alteración del normal funcionamiento de un sistema informático, o de la normal transmisión de datos. Esta nueva forma de prever el tipo penal deja de lado la tradicional interpretación de la estafa, que requería la secuencia: ardid del autor error de la víctima (humano) perjuicio patrimonial. 12 Ricardo Sáenz | Sitio : www.ricardosaenz.com.ar | E-mail: saenz49@yahoo.com.ar | Twitter: @saenzricardo Estafa Informática (art. 173, inc. 16)

13 Como 2do. párrafo del art. 183, y con su misma pena (15 días a 1 año de prisión) se agrega la alteración, inutilización o destrucción de datos, documentos, programas o sistemas informáticos. También se establece la venta, distribución o introducción en un sistema informático de cualquier programa destinado a causar daños (virus, gusanos, troyanos, etc.). El art. 184 (agravante del Daño, con 3 meses a 4 años de prisión) prevé que el daño recaiga sobre datos, documentos, programas o sistemas informáticos públicos, o si se ejecuta en sistemas destinados a la prestación de servicios de salud, de comunicaciones, de provisión o transporte de energía, de medios de transporte, u otro servicio público. 13 Ricardo Sáenz | Sitio : www.ricardosaenz.com.ar | E-mail: saenz49@yahoo.com.ar | Twitter: @saenzricardo Daño y Sabotaje Informático cracking

14 En el Título Delitos contra la Seguridad Pública ya se encontraba este tipo penal, destinado a proteger las telecomunicaciones. Con el agregado de o de otra naturaleza han quedado a cubierto toda clase de comunicaciones. La norma dice: Será reprimido con prisión de 6 meses a 2 años, el que interrumpiere o entorpeciere la comunicación telegráfica, telefónica o de otra naturaleza o resistiere violentamente el restablecimiento de la comunicación interrumpida. 14 Ricardo Sáenz | Sitio : www.ricardosaenz.com.ar | E-mail: saenz49@yahoo.com.ar | Twitter: @saenzricardo Interrupción de Telecomunicaciones (art. 197)

15 Muchas gracias por la atención. 15 RICARDO O. SÁENZ www.ricardosaenz.com.ar saenz49@yahoo.com.ar @saenzricardo Ricardo Sáenz | Sitio : www.ricardosaenz.com.ar | E-mail: saenz49@yahoo.com.ar | Twitter: @saenzricardo


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