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Publicada porAarón Vázquez Plaza Modificado hace 9 años
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¿Qué es? ¿Cómo se organiza? ¿Qué hace?
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Agencia de Naciones Unidad especializada en el Trabajo Organismo tripartito: gobiernos, organizaciones empresariales y organizaciones sindicales son los mandantes de la Agencia OIT del Sistema de Naciones Unidas. Objetivo: promover el trabajo decente, esto es un trabajo en condiciones de libertad, igualdad, seguridad y dignidad humana, A través de: el sistema normativo y la cooperación técnica. Son las bases de la OIT: defender los derechos humanos, laborales y sindicales; la justicia social y redistributiva; el progreso económico y social y la mejora de las condiciones de vida y de trabajo. ¿Qué es?
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¿Cómo se organiza? La Conferencia Internacional del Trabajo –CIT – es el órgano decisorio de la OIT, donde hay representantes de todos los países que la integran. En ella se elaboran y se supervisa la aplicación de las normas, y se dictan las políticas generales. Se aprueba el presupuesto y el plan de trabajo El Consejo de Administración es el órgano ejecutivo: establece la agenda de la CIT, toma decisiones políticas y establece el programa y presupuesto. (elección cada 3 años) La Oficina Internacional del Trabajo es la responsable de las actividades de la OIT, bajo la supervisión del Consejo de Administración. ACTRAV es la Oficina de Actividades para los Trabajadores y las Trabajadoras: se encarga de las relaciones entre la OIT y las organizaciones sindicales y presta soporte técnico y formación.
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¿Qué hace? La OIT cuenta con cuatro tipos de instrumentos normativos: 1. Convenios: de obligada aplicación en la normativa del país una vez ratificados. 2. Recomendaciones: no son obligatorias, en su mayor parte complementan o desarrollan directrices para la aplicación del Convenio. 3. Declaraciones: son instrumentos de promoción para respaldar los esfuerzos de los Estados Miembros hacia el respeto de los valores básicos que están en el mandato de la OIT. 4. Protocolos Mecanismos de control 1.Mecanismo de control periódico de la aplicación de las normas 2.Procedimientos especiales: procedimiento de reclamación con respecto a la aplicación de convenios ratificados; procedimiento de queja con respecto a la aplicación de convenios ratificados; procedimiento especial de queja por violación de la libertad sindical: Comité de Libertad Sindical.
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Empleo: promover el empleo y generar oportunidades para que hombres y mujeres puedan trabajar de forma productiva. Empresas sostenibles y desarrollo económico y progreso social. Principios y derechos fundamentales: garantía de libertad sindical, de asociación y negociación colectiva; eliminación del trabajo forzoso y del trabajo infantil; superación de la discriminación, igualdad de trato y de oportunidades, especialmente de género. Protección social: salarios dignos, condiciones de trabajo saludables y seguras y seguridad social –prestaciones económicas y sanitarias, servicios sociales–. Diálogo social y tripartismo: cooperación entre los tres agentes implicados –gobiernos, organizaciones empresariales y organizaciones sindicales – para alcanzar consenso en la aplicación y desarrollo normativo, así como en las políticas y planes que favorezcan el trabajo decente en todas sus dimensiones. El trabajo decente (Declaración 2008) DEFINICIÓN… el que ofrece oportunidades para que los hombres y mujeres puedan desempeñar un trabajo productivo en condiciones de libertad, equidad, seguridad y dignidad humana, en el que los derechos son protegidos y que cuenta con remuneración adecuada y protección social. EJES ESTRATÉGICOS…
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