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Publicada porAlba Catalina Correa Rubio Modificado hace 8 años
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Derecho del Consumidor Abog. Alexander Joao Peñaloza Mamani
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Unidad V Información a los consumidores
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Fundamento La proteccion al consumidor se basa en la asimetria de informacion existente entre consumidores, usuarios y proveedores El proveedor no solo esta obligado a brindar informacion veraz, suficiente y real, sino tambien debe señalar las consecuencias de un inadeucado uso, disfrute o consumo de un producto
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Informacion relevante Informacion decisiva para la toma de decision del acto de consumo Toda aquella sin la cual no se hubiera adoptado la decision de consumo o se hubiese efectuado en terminos sustancialmente distintos La informacion debe ser veraz, suficiente, comprensible, apropiada, oportuna y accesible
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¿Para que sirve la informacion? Para que el consumidor tome una decision o realice una eleccion adecuado Para efectuar un uso o consumo adecuado de los productos o servicios Dependera la decision final del consumidor
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Garantia implicita Supone que el proveedor debe tener como minimo la llamada garantia implicita, esta no supone que el proveedor deba responder cuando el producto o el servicio no ofrece la mejor calidad, sino un minimo de calidad aceptable
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Prohibicion de informacion falsa Esta prohibida la informacion, presentacion u omision de informacion que induzca al consumidor a error respecto a la naturaleza, origen, modo de fabricacion, componentes, usos, volumen, peso, medidas, precios, formas de empleo, caracteristicas, propiedades, idoneidad, cantidad, calidad o cualquier otro dato de los productos o servicios ofrecidos
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Informacion falsa Indica que no esten publicitando toda la informacion que el consumidor debe saber Informacion insuficiente Se brinda la verdadera informacion, solo que al publicitarla realizan actos de engaño para que el consumidor crea en algo que no es cierto Informacion engañosa La informacion es totalmente irreal Informacion falsa
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Publicidad Conjunto de medios que dan a conocer a una persona o a un producto con fines comerciales Toda forma de comunicación realizada por una persona fisica o juridica, publica o privada, en el ejercicio de una actividad comercial, industrial, artesanal o profesional con el fin de promover de forma directa o indirecta la contratacion de bienes muebles o inmuebles, servicios, derechos y obligaciones
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Publicidad Toda forma de comunicación difundida a traves de cualquier medio o soporte, y objetivamente apta o dirigida a promover, directa o indirectamente, la imagen, marcas, productos o servicios de una persona, empresa o entidad en el ejercicio de su actividad comercial, industrial o profesional, en el marco de una actividad de concurrencia, promoviendo la contratacion o la realizacpion de transacciones para satisfacer sus intereses empresariales
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Actos de engaño La realizacion de actos que tengan como efecto, real o potencial, inducir a error a otros agentes en el mercado sobre la naturaleza, modo de fabricacion o distribucion, caracteristicas, aptitud para el uso, calidad, cantidad, precio, condiciones de venta o adquisicion y, en general, sobre los atributos, beneficios o condiciones que corresponden a los bienes, servicios, establecimientos o transacciones que el agente economico que desarrolla tales actos pone a disposicion en el mercado, o, inducir a error sobre los atributos que posee dicho agente, incluido todo aquello que representa su actividad empresarial
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Publicidad engañosa Es aquella forma de comunicación realizada en el marco de una actividad comercial, industrial, artesanal o liberal con el fin de promover el suministro de bienes o la prestacion de servicios, incluidos los bienes inmuebles, los derechos y las obligaciones que contenga actos que tengan como efecto, real o potencial, inducir a error a otros agentes en el mercado sobre la naturaleza, modo de fabricacion o distribucion, caracteristicas, aptitud para el uso, calidad, cantidad, precio o condiciones de venta o adquisicion y, en general, sobre los atributos, beneficios o condiciones que corresponden a los bienes, servicios, establecimientos o transacciones que el agente economico que desarrolla tales actos pone a disposicion en el mercado, o a inducir a error sobre los atributos que posee dicho agente, incluido todo aquello que representa su actividad empresarial
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Rotulado Toda informacion sobre un producto, que se imprime o adhiere a su envase, incluyendo los insertos, y que se encuentra expresada en terminos neutros o meramente descriptivos, sin valoraciones o apreciaciones sobre las caracteristicas o beneficios que la situacion informada aporte al producto, es decir, sin la finalidad de promover, de manera directa o indirecta, la contratacion del producto
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Rotulado Obligatorio Facultativo Hace referencia a las reglamentaciones tecnicas Hace referencia a los estandares de calidad recomendables
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Integridad del precio El proveedor tiene la obligacion de exhibir en forma destacada, el precio total de los productos o servicios, el cual debe incluir los tributos, comisiones y cargos aplicables en sus listas de precios, rotulos, letreros, etiquetas, envases u otros No se pueden cargar, sumas adicionales al precio fijado, salvo que se trate de servicios distintos o adicionales, cuya retribucion no se encuentre incluida en el precio, siempre y cuando haya sido informada de manera previa, adecuada y oportuna al consumidor
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Exhibicion de precios Los establecimientos comerciales deben exhibir en forma visible los precios de los productos y/o servicios En caso se trate de productos farmaceuticos, sanitarios y dispositivos medicos, se debe poner a disposicion del consumidor la lista de precios ordenada alfabeticamente según la denominacion comun internacional (DCI) Los establecimientos que expenden comida y bebidas, servicios de hospedaje y hosteria, deben colocar la lista de precios en el exterior en forma visible y accesible Prohibiendose el recargo adicional con excepcion del recargo al consumo por concepto de servicio de los trabajadores
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Informacion de los precios en moneda nacional y extranjera En caso que los productos y/o servicios se comercien en moneda extranjera, los precios se consignaran en moneda nacional, con la indicacion del tipo de cambio (en lugar visible), salvo que se trate de proveedores que ofrezcan directamente al publico productos y servicios desde y hacia el exterior Debiendo el acreedor aceptar el pago en moneda nacional o extranjera
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Medio de pago El proveedor puede diferenciar el precio según el medio de pago, siempre que lo ponga en conocimiento del consumidor en forma destacada, en forma visible y accesible, incluso en caso de ofertas, promociones, rebajas o descuentos
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Informacion sobre productos manufacturados Tratandose de productos nacionales, debe efectuarse en terminos comprensibles en español, de conformidad con el SLUM Los productos extranjeros, la informacion debe brindarse en castellano, sobre los ingredientes, componentes, condiciones de la garantia, manuales de uso, adevertencias, riesgos previsibles y cuidados que se debe seguir en caso que se produzca un daño
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Suministro de partes y accesorios Todo proveedor tiene la obligacion de suministrar a los consumidores, las partes y accesorios o servicios de reparacion o mantenimiento del producto vendido al consumidor, siempre que no haya informado de la imposibilidad de suministrar dichos productos y/o proporcionar el referido servicio Correspondiendole al proveedor probar dicha comunicación Dicha informacion no debe afectar el derecho del proveedor a la propiedad industrial
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Productos envasados Deben brindar informacion de manera visible y legible la establecida en la norma sectorial de rotulado correspondiente En el caso de productos alimenticios y de salud, se debe consignar obligatoriamente sus ingredientes y componentes Siendo el INDECOPI, el encargado de fiscalizar y sancionar las infracciones acaecidas
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Productos no originales o con defectos Debe informarse al consumidor en forma fehaciente (etiquetas, envolturas o empaques, articulos, comprobantes de pago y otros), el estado de los productos ofertados, destacando si estos son; deficientes, defectuosos, usados, reconstruidos o manufacturados
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Promociones El proveedor esta obligado a proporcionar a los consumidores que lo soliciten los productos o servicios ofrecidos, salvo que en la publicidad de promociones de ventas se haya consignado, en cada uno de los anuncias que la conforman, la indicacion clara de sus duracion y la cantidad minima de unidades disponibles de productos ofrecidos Debiendo informarse las condiciones y restricciones de acceso a las promociones
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Promociones Uno de los principales instrumentos del marketing con la que la empresa pretende transmitir a sus clientes las cualidades de sus productos, para que estos se vean impulsados a adquirirlos
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Publicidad dirigida a menores de edad NO debe inducirlos a conclusiones equivocas sobre las caracteristicas reales de los productos anunciados o sobre las posibilidades de los mismos, debiendo respetar la ingenuidad, la credulidad, la inexperiencia y el sentimiento de lealtad de los menores, no debiendo generar sentimientos de inferioridad en el menor en caso del no consumo
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