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Publicada porJosé Manuel Salas Duarte Modificado hace 9 años
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¿Ilegalidades de la Fusión AFP Argentum y AFP Cuprum?
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HECHOS PREVIOS
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Antecedentes Legales 1.Comunicado oficial de la SP con la historia de la fusión, por ejemplo la solicitud de transformar a PIC en Argentum fue recién el 14 de noviembre y se aprobó el 19 de diciembre ¿Es un plazo legal aprobar AFP Argentum en apenas 20 días hábiles?: http://www.spensiones.cl/portal/institucional/578/w3- article-10734.htmlhttp://www.spensiones.cl/portal/institucional/578/w3- article-10734.html 2.Todas las actas y juntas de accionistas de Cuprum, donde se aclara que estaba invitados 2 personas de la SP y que sabían del fin tributario: http://www.cuprum.cl/webpublico/Accionistas/Manu alDeUsoDeInformacionDeInteresParaElMe.aspxhttp://www.cuprum.cl/webpublico/Accionistas/Manu alDeUsoDeInformacionDeInteresParaElMe.aspx
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Antecedentes Legales 3.18 Fusiones históricas de las AFP previas Cuprum con Argentum, nunca antes hubo una fusión de una AFP sin fondos de pensiones, y nunca se demoraron menos de 4 meses: http://www.spensiones.cl/portal/institucional/578/w3- article-3898.htmlhttp://www.spensiones.cl/portal/institucional/578/w3- article-3898.html 4.Recién el 26 de diciembre Cuprum solicita fusionar ARGENTUM con CUPRUM. El 2/1/2015 lo aprobó la Superintendenta subrogante ¿es un plazo adecuado 3 días hábiles para aprobar una fusión? 19/12/2015 aprobación de AFP Argentum: http://www.spensiones.cl/transparencia/e-220.pdfhttp://www.spensiones.cl/transparencia/e-220.pdf
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Antecedentes Legales 5.Autorización de la Superintendenta SUBROGANTE de la fusión de Argentum con Cuprum, el 2 de Enero de 2015, permitiéndole después de la fusión volver a usar el nombre de Cuprum: http://www.spensiones.cl/transparencia/e-221- 2015.pdfhttp://www.spensiones.cl/transparencia/e-221- 2015.pdf 6.Diario Oficial fusión de Cuprum: http://diariooficial.urbans.cl/2015/04/diario-oficial-05- 01-2015-pagina-11/http://diariooficial.urbans.cl/2015/04/diario-oficial-05- 01-2015-pagina-11/ 7.Bolsa de Santiago: inscripción de AFP Argentum 30 diciembre de 2014: http://www.bolsadesantiago.com/Noticiascibe/novedades/ CUPRUM/ci%2012552%20inscripci%C3%B3n%20nueva%20cupru m.pdfhttp://www.bolsadesantiago.com/Noticiascibe/novedades/ CUPRUM/ci%2012552%20inscripci%C3%B3n%20nueva%20cupru m.pdf
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Posibles Vicios Legales (SII) Documento presentado al SII 9 de Junio de 2015: Página 1: https://www.felicesyforrados.cl/static/images/v1/sii/sii1.jpghttps://www.felicesyforrados.cl/static/images/v1/sii/sii1.jpg Página 2: https://www.felicesyforrados.cl/static/images/v1/sii/sii2.jpghttps://www.felicesyforrados.cl/static/images/v1/sii/sii2.jpg Página 3: https://www.felicesyforrados.cl/static/images/v1/sii/sii3.jpghttps://www.felicesyforrados.cl/static/images/v1/sii/sii3.jpg Página 4: https://www.felicesyforrados.cl/static/images/v1/sii/sii4.jpghttps://www.felicesyforrados.cl/static/images/v1/sii/sii4.jpg El hecho de que Argentum haya vuelto a llamarse Cuprum, conservando su MISMO RUT sería ILEGAL.
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Posibles Vicios Legales (SII) Consultamos al SII si se cumplió la normativa vigente. La duda surge si en este caso se dio cumplimiento a la Circular n°17 de 1995 dictada por el mismo Servicio. Según el acápite 2.4.2b del numeral 17 de la referida circular, existirían 2 tipos de fusiones: 1. Fusión por creación: Es cuando ambas partes se disuelven y se aportan a una nueva sociedad que se constituye. 2. Fusión por incorporación: Se entiende por la absorción existente absorbe a otra, adquiriendo toso sus activos y pasivos, desapareciendo la absorbida. Lo más importante, es que la circular menciona que “las firmas que desaparecen, deben devolver las cédulas RUT y que deberán entregar documentos timbrados sin unos de dichas sociedades para DESTRUIR”.
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Posibles Vicios Legales (Contraloría) Documento presentado por FyF a Contraloría 17 de Junio de 2015: Página 1: https://goo.gl/g5GrKzhttps://goo.gl/g5GrKz Página 2: https://goo.gl/ycW7XIhttps://goo.gl/ycW7XI Página 3: https://goo.gl/ulajjRhttps://goo.gl/ulajjR Página 4: https://goo.gl/ErJYBQhttps://goo.gl/ErJYBQ 1.Presentamos una denuncia ante la Contraloría General de la República contra el SII (no podemos legalmente contra la SP) por presunta vulneración de la ley de sociedades anónimas artículo 99, que permitiría ilegalmente a AFP Argentum utilizar el RUT de la extinta AFP Cuprum. 2.Argentum RUT 76.240.079-0 absorvió por incorporación a Cuprum RUT 98.001.000-7. Pero ilegalmente el SII permitio uso de rut de la extinta Cuprum (98.001.000-7) en un día 26-12-14.
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Posibles Vicios Legales (SP DL 3.500) 22-7-15 FyF a SP con copia a Ministerio del Trabajo, Comisión investigadora, Fiscal Tania Sironvalle, SVS. ILEGALIDAD artículo 43 del DL 3.500
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Posibles Vicios Legales (SP DL 3.500) DL 3.500 Artículo 43: “En caso de fusión, la autorización de la superintendencia de andministradora de fondos de pensiones deberá publicarse en el Diario oficial dentro del plazo de quince días contado desde su otorgamiento y producirá el efecto de fusionar las sociedades y los FONDOS DE PENSIONES RESPECTIVOS, a los sesenta días de verificadala publicación, sin perjuicio de los demás detalles que detalla la ley”. La ley expresa claramente que la fusión se produce entre 2 AFPs que EJECUTAN SU GIRO, toda vez que DEBEN tener fondos de pensiones, y por siguiente ellos deben FUSIONARSE producto de la fusión de las AFPs.
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Posibles Vicios Legales (SP DL 3.500) DL 3.500 Artículo 43 inciso 6: En la fusión Argentum – Cuprum no se produce la fusión de los fondos de pensiones que indica la norma, debido a una razón muy simple, a saber: AFP Argentum no tiene fondos de pensiones y no tiene porque nunca, de manera previa a la fusión, operó como una administradora de fondos de pensiones, tanto así, que la propia resolución E-220-2014 estableció como condición para su nacimiento a la vida jurídica su fusión con Cuprum.
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2 EMPRESAS AMERICANAS CON FUSIÓN ILEGAL. Otra muy Prudente. PRINCIPAL ARGENTUM CUPRUM CON FONDOS SIN FONDOS FUSIÓN ILEGAL METLIFE ACQUISITION PROVIDA CON FONDOS SIN FONDOS FUSIÓN ILEGAL PRUDENTIAL HABITAT CON FONDOS DECIDE NO USAR GOODWILL
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Fusiones ILEGALES: ¿se puede arreglar? Informado a SP y ella confirmó toma de conocimiento el 31 de julio de 2015, antes de aprobar fusión Provida Acquisition: Artículo 53 de la ley 19.880, la cual habilita a la autoridad administrativa invalidar de oficio los actos contrarios a derecho, previa audiencia del interesado (AFP Curpum y AFP Provida) y siempre que ello se efectúe dentro de un plazo de 2 años de la notificación o publicación del acto. La Superintendencia, sabía de las 2 ilegalidades (Argentum no tenía fondos de pensiones y ocupaba el RUT de la extinta Cuprum), y a pesar de esto, aprobó fusión Provida y Acquisition.
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Fusiones ILEGALES: ¿se puede arreglar?
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Son más de 400 millones de dólares, que ILEGALMENTE 2 empresas americanas dejan de pagar al FISCO, sacando a un Ex Superintendente (Alvaro Gallegos), con aprobación ilegal de la SP, del SII y sin investigación de Contraloría.
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Por favor, Diputados, únanse, esto no tiene color político, y es una oportunidad para que la cámara de Diputados recupere su prestigio.
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Solución Solicitar a la Presidenta que solicite la renuncia de la SP y que el nuevo SP ANULE ambas fusiones por no cumplir art 43 del DL3.500.
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