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El Código Técnico de la Edificación Presentación general del Documento Básico DB HR Protección frente al ruido Madrid, 18 de enero de 2010 Jornada.

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1 El Código Técnico de la Edificación Presentación general del Documento Básico DB HR Protección frente al ruido Madrid, 18 de enero de 2010 Jornada Instituto de la Ingeniería de España PRESENTACIÓN, ANÁLISIS PRÁCTICO E IMPACTO ECONÓMICO DOCUMENTO DB HR Javier Serra María-Tomé Ana Delgado Portela Dirección General de Arquitectura y Política de Vivienda

2 Directivas europeas MARCO NORMATIVO
Directiva 89/106/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1988, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados Miembros sobre los productos de construcción. (RD 1630/1992 transposición) Directiva 2002/49/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de junio de 2002, sobre evaluación y gestión del ruido ambiental

3 Leyes nacionales MARCO NORMATIVO
Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido

4 Reales Decretos MARCO NORMATIVO
R. D. 314/2006 que aprueba el Código Técnico de la Edificación, CTE R. D. 1371/2007 que aprueba el DB-HR Protección frente al Ruido R. D. 1675/2008, de 17 de octubre, que modifica el Real Decreto 1371/2007 R. D. 1513/2005 que desarrolla de la Ley del Ruido R. D.1367/2007 que completa el desarrollo de la Ley del Ruido

5 DEFINICIÓN Y OBJETO DEL CTE
Es el marco normativo que establece las Exigencias Básicas de Calidad de los edificios y de sus instalaciones, de tal forma que permite el cumplimiento de los Requisitos Básicos que deben cumplirse en el proyecto, la construcción, el mantenimiento y la conservación El CTE podrá completarse con las exigencias de otras normativas dictadas por las Administraciones competentes El CTE se actualizará periódicamente conforme a la evolución de la técnica y la demanda de la sociedad

6 El CTE está dividido en dos partes: Parte I
CTE ORGANIZACIÓN El CTE está dividido en dos partes: Parte I Disposiciones generales y condiciones técnicas Exigencias básicas en términos de prestaciones Parte II Caracterización y cuantificación de las exigencias Valores límite de las prestaciones Procedimientos de cumplimiento Métodos de verificación Soluciones aceptadas

7 Exigencias básicas de protección frente al ruido
CTE PARTE I ARTÍCULO 14 Exigencias básicas de protección frente al ruido 14.1 El objetivo de este requisito es limitar dentro de los edificios, y en condiciones normales de utilización, el riesgo de molestias o enfermedades que el ruido puede producir a los usuarios 14.2 Para satisfacer este objetivo, los edificios deben proyectarse, construirse y mantenerse de tal forma que sus elementos constructivos tengan unas características acústicas adecuadas para reducir la transmisión del ruido aéreo, del ruido de impactos y del ruido y vibraciones de las instalaciones y para limitar el ruido reverberante 14.3 El DB-HR especifica parámetros objetivos y sistemas de verificación cuyo cumplimiento asegura la satisfacción de las exigencias básicas y la superación de los niveles mínimos de calidad propios del requisito

8 Documento Básico DB-HR Protección frente al Ruido
CTE PARTE II DB HR Documento Básico DB-HR Protección frente al Ruido Aprobado por Real decreto 1371/2007, de 19 de octubre Publicado en el Boletín Oficial del Estado, BOE, el 23 de octubre de 2007 En vigor desde el 24 de octubre de 2007 (aplicación voluntaria inicial 12 meses). Modificado por Orden VIV/984/2009, de 15 de abril Aplicación obligatoria desde el 24 de abril de 2009 (RD 1675/2008)

9 Objeto Ámbito de aplicación DB-HR OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
Limitar, dentro de los edificios y en condiciones normales de utilización, el riesgo de molestias o enfermedades que el ruido pueda producir a los usuarios Ámbito de aplicación Con carácter general el de la Parte I, art. 2 del CTE, con excepciones: Recintos ruidosos LeqA,T > 80 dBA Recintos de espectáculos, teatros, cines, etc. Aulas y auditorios con V>350 m3 Ampliaciones, modificaciones, reformas y rehabilitaciones, salvo cuando se trate de rehabilitación integral

10 Medianerías: Valores límite de aislamiento a ruido aéreo
DB-HR EXIGENCIAS Valores límite de aislamiento a ruido aéreo Tabiquería: RA > 33 dBA Recintos interiores: DnT,A (dBA) Medianerías: Cada cerramiento: D2m,nT,Atr  40 dBA Conjunto de los dos cerramientos: DnT,A  50 dBA

11 Cerramientos: D2m,nT,Atr (dBA) Ruido procedente del exterior
DB-HR EXIGENCIAS Valores límite de aislamiento a ruido aéreo Cerramientos: D2m,nT,Atr (dBA) Ruido procedente del exterior Cuando en la zona donde se ubique el edificio el ruido exterior dominante sea el de aeronaves, el valor obtenido en la tabla se incrementará 4 dBA. Se ha tenido en cuenta, según el RD 1367/2007, que la diferencia para los objetivos de calidad entre Ld y Ln es de 10 dBA.

12 DB-HR EXIGENCIAS Valores límite de aislamiento a ruido de impactos: L’nT,w Los recintos pueden estar colindantes verticalmente u horizontalmente o tener una arista horizontal común Ruido generado en recintos Tipo de recinto Protegido Habitable No pertenecientes a la misma unidad de uso L’nT,w (dB) < 65 - De instalaciones o de actividad L’nT,w (dB) < 60

13 Valores límite de tiempo de reverberación: T
DB-HR EXIGENCIAS Valores límite de tiempo de reverberación: T El área de absorción acústica equivalente en zonas comunes será, al menos, 0,2 m2 por cada m3 de volumen del recinto.

14 Ruido y vibraciones de las instalaciones
DB-HR EXIGENCIAS Ruido y vibraciones de las instalaciones Se limitarán los niveles de ruido y de vibraciones que las instalaciones puedan transmitir a los recintos protegidos y habitables del edificio a través de las sujeciones o puntos de contacto de aquéllas con los elementos constructivos. El nivel de potencia acústica máximo de los equipos generadores de ruido estacionario (como quemadores, calderas, extractores, etc.) situados en recintos de instalaciones, así como las rejillas y difusores terminales de instalaciones de aire acondicionado, será tal que se cumplan los niveles de inmisión en los recintos colindantes, expresados en el desarrollo reglamentario de la Ley 37/2003 del Ruido. El nivel de potencia acústica máximo de los equipos situados en cubiertas y zonas exteriores anejas, será tal que en el entorno del equipo y en los recintos habitables y protegidos no se superen los objetivos de calidad acústica correspondientes.

15 DB-HR DISEÑO Y DIMENSIONADO
Aislamiento a ruido aéreo y a ruido de impactos Datos previos y procedimiento Debe elegirse entre la opción simplificada y la opción general Para la definición de los elementos constructivos que proporcionan el aislamiento, debe conocerse el valor de los parámetros que definen esos elementos, mediante ensayos de laboratorio o tabulaciones incluidas en catálogos También debe conocerse el valor del índice de ruido día, Ld, de la zona donde se ubique el edificio

16 DB-HR DISEÑO Y DIMENSIONADO
Aislamiento a ruido aéreo y ruido de impactos Opción simplificada, basada en soluciones de aislamiento definidas por parámetros acústicos de los elementos constructivos tanto verticales como horizontales Opción general, basada en el método de cálculo simplificado de la UNE EN 12354; se consideran las transmisiones acústicas directas e indirectas y se parte del aislamiento acústico de los productos de construcción

17 DB-HR DISEÑO Y DIMENSIONADO
Tiempo de reverberación y absorción acústica T está basado en la ecuación de Sabine y depende del volumen del recinto, V, y del área de absorción total, A, que se obtiene mediante los valores del coeficiente de absorción acústica medio de cada paramento, m, para las frecuencias de 500, 1000 y 2000 Hz, y el área de absorción acústica equivalente media, de cada mueble fijo, AO,m, más la absorción en el aire.

18  Instalaciones DB-HR DISEÑO Y DIMENSIONADO
El DB HR establece las condiciones específicas de diseño y montaje de cada instalación ENFOQUE PRESCRIPTIVO Condiciones de montaje de equipos generadores de ruido estacionario Conducciones y equipamiento Hidráulicas Aire acondicionado Ventilación Eliminación de residuos Ascensores y montacargas

19 DB-HR PRODUCTOS DE CONSTRUCCIÓN
Características de los productos de construcción El fabricante debe proporcionar las propiedades acústicas de los productos que contribuyen a la protección frente al ruido En el pliego de condiciones del proyecto deben expresarse las características acústicas de los productos utilizados Los productos utilizados para aplicaciones acústicas se caracterizan, según su aplicación, por: la resistividad al flujo del aire (r) en kPa s/m2 (UNE EN 29053) la rigidez dinámica (s’) en MN/m3 (UNE EN ) el coeficiente de absorción acústica, α, al menos, para las frecuencias de 500, 1000 y 2000 Hz el coeficiente de absorción acústica medio am

20 DB-HR PRODUCTOS DE CONSTRUCCIÓN
Características de los elementos constructivos Los elementos de separación verticales se caracterizan por el índice global de reducción acústica, ponderado A, RA, en dBA; Los trasdosados se caracterizan por la mejora del índice global de reducción acústica, ponderado A, ΔRA, en dBA. Los elementos de separación horizontales se caracterizan por: el índice global de reducción acústica, ponderado A, RA, en dBA; el nivel global de presión de ruido de impactos normalizado, Ln,w, en dB. Los suelos flotantes se caracterizan por: la mejora del índice global de reducción acústica, ponderado A, ΔRA, en dBA; la reducción del nivel global de presión de ruido de impactos, ΔLw, en dB. Los techos suspendidos se caracterizan por: el coeficiente de absorción acústica medio, am

21 DB-HR PRODUCTOS DE CONSTRUCCIÓN
La parte ciega de las fachadas y de las cubiertas se caracterizan por: el índice global de reducción acústica, Rw, en dB; el índice global de reducción acústica, ponderado A, RA, en dBA; el índice global de reducción acústica, ponderado A, para ruido de automóviles, RA,tr, en dBA; el término de adaptación espectral del índice de reducción acústica para ruido rosa incidente, C, en dB; el término de adaptación espectral del índice de reducción acústica para ruido de automóviles y de aeronaves, Ctr, en dB El conjunto de elementos que cierra el hueco (ventana, caja de persiana y aireador) de las fachadas y de las cubiertas se caracteriza por: el término de adaptación espectral del índice de reducción acústica para ruido de automóviles y de aeronaves, Ctr, en dB; la clase de ventana, según la norma UNE EN 12207;

22 DB-HR PRODUCTOS DE CONSTRUCCIÓN
Control de recepción en obra de los productos Se indicarán en el Pliego de Condiciones las condiciones particulares para la recepción de los productos que forman los elementos constructivos, y los ensayos necesarios para comprobar que los mismos reúnen las características exigidas Debe comprobarse que los productos: cumplen los criterios del art. 7.2 de la Parte I corresponden a los especificados en el Pliego de condiciones técnicas del proyecto disponen de la documentación exigida están caracterizados por las propiedades acústicas requeridas en el proyecto han sido ensayados cuando sea preceptivo

23 DB-HR CONSTRUCCIÓN Ejecución Las obras se ejecutarán de acuerdo con:
El proyecto Las normas de la buena práctica Las instrucciones de la dirección facultativa La legislación aplicable Durante la construcción debe elaborarse la documentación reglamentariamente exigible, en la que se incluirá la documentación del control realizado a lo largo de la obra Cuando intervengan diversos técnicos, el coordinador será el director de obra El director de obra y el director de la ejecución de la obra serán los responsables de control

24 DB-HR CONSTRUCCIÓN Ejecución Se especifican condiciones de ejecución para: Elementos de separación verticales y tabiquería Elementos de separación horizontales Fachadas y cubiertas Instalaciones Acabados superficiales

25 Control de la ejecución Durante la ejecución debe verificarse que:
DB-HR CONSTRUCCIÓN Control de la ejecución Durante la ejecución debe verificarse que: Se cumplen los criterios del art. 7.3 de la Parte I Se está de acuerdo con lo especificado en el proyecto, en sus anejos y en las modificaciones autorizadas por la dirección facultativa Se realizan los ensayos establecidos y con la frecuencia indicada en el pliego de condiciones del proyecto Se incluyen en la documentación de la obra ejecutada las modificaciones efectuadas, autorizadas siempre que cumplan las condiciones mínimas exigidas en este DB

26 DB-HR CONSTRUCCIÓN Control de obra terminada Al finalizar la obra: Debe verificarse que se ha seguido lo especificado en el art. 7.4 de la Parte I En caso de realizarse mediciones in situ, se realizarán por laboratorios acreditados, y según las UNE EN ISO y UNE EN ISO 140-5, para ruido aéreo; UNE EN ISO 140-7, para ruido de impactos y UNE EN ISO , para tiempo de reverberación Se admiten tolerancias en las mediciones de 3 dBA para aislamiento a ruido aéreo y a ruido de impactos y de 0.1 s para tiempo de reverberación

27 DB-HR CONTROL Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior: Establece una serie de principios de aplicación general para la normativa reguladora del acceso a las actividades de servicios y su ejercicio dentro de la Unión Europea Su ámbito de aplicación son los servicios prestados en cualquier Estado Miembro

28 DB-HR CONTROL Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio: Tiene por objeto establecer las disposiciones y principios necesarios para garantizar el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio realizadas en territorio español por prestadores establecidos en España o en cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea. Para ello será necesario llevar a cabo un ejercicio de evaluación de la normativa reguladora del acceso a las actividades de servicios y su ejercicio conforme a los principios y criterios que esta Ley establece y, en su caso, modificar o derogar esta normativa.

29 DB-HR CONTROL Ley 25/2009, de 22 de diciembre de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley 17/2009 (1/2): Artículo 15. Modificación de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, en su Artículo 14 Las entidades y los laboratorios de control de calidad de la edificación. 2. Son laboratorios de ensayos para el control de calidad de la edificación los capacitados para prestar asistencia técnica, mediante la realización de ensayos o pruebas de servicio de los materiales, sistemas o instalaciones de una obra de edificación. Para el ejercicio de su actividad en todo el territorio español será suficiente con la presentación de una declaración responsable por cada uno de sus establecimientos físicos desde los que presta sus servicios en la que se declare que estos cumplen con los requisitos técnicos exigidos reglamentariamente, ante los organismos competentes de la Comunidad Autónoma correspondiente.

30 DB-HR CONTROL Ley 25/2009, de 22 de diciembre de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley 17/2009 (2/2): 3. Son obligaciones de las entidades y de los laboratorios de control de calidad: a) Prestar asistencia técnica y entregar los resultados de su actividad al agente autor del encargo y, en todo caso, al responsable técnico de la recepción y aceptación de los resultados de la asistencia, ya sea el director de la ejecución de las obras, o el agente que corresponda en las fases de proyecto, la ejecución de las obras y la vida útil del edificio. b) Justificar que tienen implantado un sistema de gestión de la calidad que define los procedimientos y métodos de ensayo o inspección que utiliza en su actividad y que cuentan con capacidad, personal, medios y equipos adecuados.

31 DB-HR CONTROL Proyecto de Real Decreto por el que se desarrollan los criterios y condiciones básicas exigibles a las entidades y laboratorios de control de calidad de la edificación (1/3) 1. Este real decreto tiene por objeto establecer, con carácter básico, los requisitos técnicos exigibles a las entidades de control de calidad de la edificación y a los laboratorios de ensayos de control de calidad de la edificación que se contemplan en el artículo 14 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, para el ejercicio de su actividad en todo el territorio español. 2. Estos requisitos no son exigibles a aquellos que quieran prestar asistencia técnica sin estar establecidos en territorio español

32 DB-HR CONTROL Proyecto de Real Decreto por el que se desarrollan los criterios y condiciones básicas exigibles a las entidades y laboratorios de control de calidad de la edificación (2/3) Artículo 5. Declaración responsable de las entidades y los laboratorios 1. Las entidades y laboratorios presentarán ante el Órgano competente una declaración responsable con carácter previo al inicio de la actividad. Esta declaración permitirá ejercer su actividad en todo el territorio español, con carácter indefinido, a la entidad, como Entidad de Control de Calidad de la Edificación en las áreas en las que declara cumplir los requisitos técnicos exigibles y al laboratorio, como Laboratorio de Ensayos para el Control de Calidad de la Edificación para la realización de los ensayos y pruebas de servicio. Los laboratorios presentarán una declaración responsable por cada uno sus establecimientos físicos desde los que presta sus servicios

33 DB-HR CONTROL Proyecto de Real Decreto por el que se desarrollan los criterios y condiciones básicas exigibles a las entidades y laboratorios de control de calidad de la edificación (3/3) Artículo 2. Definiciones 3. Declaración responsable: es el documento suscrito por el titular de la entidad de control de calidad de la edificación y del laboratorio de ensayos de control de calidad de la edificación o su representante legal, en el que manifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos exigibles para el ejercicio de la actividad, que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a mantener su cumplimiento durante el periodo que mantenga de actividad como entidad de control de calidad de la edificación o como laboratorio de ensayos para el control de calidad de la edificación.

34 DB-HR CONTROL

35 DB-HR MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN
Debe utilizarse el edificio de conformidad con las instrucciones de uso especificadas en el art. 8.2 de la Parte I: Plan de mantenimiento por técnico competente Inspecciones reglamentarias y documentadas Documentación consignada en el Libro del Edificio Se mantendrán los edificios para conservar las condiciones acústicas iniciales Si se realiza alguna reparación, modificación o sustitución de materiales será sin menoscabo de las características acústicas del edificio

36 COORDINACIÓN DB-HR/LEY DEL RUIDO
DB HR Caracterización y cuantificación de las exigencias Para satisfacer las exigencias contempladas en el artículo 14 de este Código deben cumplirse las condiciones que se indican a continuación, teniendo en cuenta que estas condiciones se aplicarán a los elementos constructivos totalmente acabados, es decir, albergando las instalaciones del edificio o incluyendo cualquier actuación que pueda modificar las características acústicas de dichos elementos Con el cumplimiento de las exigencias anteriores se entenderá que el edificio es conforme con las exigencias acústicas derivadas de la aplicación de los objetivos de calidad acústica al espacio interior de las edificaciones incluidas en la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido y sus desarrollos reglamentarios

37 COORDINACIÓN DB-HR/LEY DEL RUIDO
Real Decreto 1367/2007 de desarrollo de la Ley del Ruido (art.17): Cumplimiento de los objetivos de calidad aplicables al espacio interior Se considerará que una edificación es conforme con las exigencias acústicas derivadas de la aplicación de objetivos de calidad acústica al espacio interior de las edificaciones, a que se refiere el artículo 20, y la disposición adicional quinta de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, cuando al aplicar el sistema de verificación acústica de las edificaciones, establecido conforme a la disposición adicional cuarta de dicha ley, se cumplan las exigencias acústicas básicas impuestas por el Código Técnico de la Edificación en materia de protección contra el ruido

38 Gracias por la atención


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