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IMPUESTO A LA RENTA DEL SERVICIO DE CARÁCTER PERSONAL (IRP) DEPARTAMENTO DE CAPACITACION DE LA SET DIRECCION DE APOYO – SET 2013.

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1 IMPUESTO A LA RENTA DEL SERVICIO DE CARÁCTER PERSONAL (IRP) DEPARTAMENTO DE CAPACITACION DE LA SET DIRECCION DE APOYO – SET 2013

2  LEY 2421/04 – Art. 10° al 19° (modificado y actualizado por la LEY Nº 4.673/12)  LEY Nº 125/91 (LIBRO V Y OTROS)  DECRETO Nº 9371/12 Reglamentario del IRP  RESOLUCIÓN GENERAL Nº 80/12  RESOLUCIÓN GENERAL Nº 83/12  RESOLUCIÓN GENERAL Nº 90/12 RENTA PERSONAL LEGISLACION DEL IRP

3 PRINCIPALES MODIFICACIONES DEL IMPUESTO A LA RENTA DEL SERVICIO DE CARÁCTER PERSONAL Se elimina la declaración patrimonial Permite la deducción del 100% de gastos Destino de la recaudación a inversiones Se incluye dentro del ordenamiento impositivo nacional (no solamente en el IRP) el instituto de la Prejudicialidad Fecha de entrada en vigencia: 01 de Agosto de 2.012 IMPUESTO A LA RENTA PERSONAL

4 Estarán gravadas las rentas de fuente paraguaya que provengan de la realización de actividades que generen ingresos personales. Se consideran comprendidas entre otras: HECHO GENERADOR DEL IRP a) Rentas de Trabajo: ejercicio de profesiones, oficios u ocupaciones o la prestación de servicios personales de cualquier clase, en forma independiente o en El relación de dependencia, sea en instituciones privadas, públicas, entes descentralizados, autónomos o de economía mixta, entidades binacionales, cualquiera sea la denominación del beneficio o remuneración.

5 5 Las remuneraciones o retribuciones habituales o accidentales de cualquier naturaleza provenientes del trabajo personal, en relación de dependencia, prestados a empresas o entidades privadas. Se incluye: sueldos, salarios, emolumentos, primas, premios, bonos, dietas, gratificaciones, bonificaciones, comisiones, compensaciones en dinero o en especie, incluida las asignaciones por alquiler, vivienda y otros, viáticos, gastos de representación, y cualquier otro, SALVO AGUINALDO 100% Rentas de Trabajo

6 b) Rentas de Capital: 50% de dividendos, utilidades y excedentes que se obtengan en carácter de accionistas o de socios de entidades que realicen actividades comprendidas en el IRACIS, IMAGRO, distribuidos o acreditados, así como de aquellas que provengan de cooperativas. HECHO GENERADOR DEL IRP c) Ganancias de capital: que provengan de la venta ocasional de inmuebles, cesión de derechos y la venta de títulos, acciones y cuotas de capital de sociedades, que no se encuentren gravados por IRACIS, Y DEL IMAGRO.

7 Venta de Inmueble 500.000.000 CALCULO DE LA INCIDENCIA 20/09/12 Dto. 9371/12 - Art. 55.- Obligación de Inscribirse en el RUC por Venta Ocasional de Inmueble. La persona física que realice operación de venta ocasional de inmueble, estará obligada a inscribirse en el RUC como contribuyente del presente impuesto, solo cuando se cumpla con las siguientes circunstancias: a) Que el treinta por ciento (30%) del valor de la operación de venta supere el rango incidido establecido para dicho ejercicio; y b) Que el total de sus demás ingresos gravados de los últimos doce meses superen treinta y seis (36) salarios mínimos mensuales. INGRESOS X VENTA OCASIONAL DE INMUEBLES

8 Venta de Inmueble 500.000.000 CALCULO DE LA INCIDENCIA 20/09/12 R. G. 90/12 - Artículo 2º.- Modifíquese el artículo 3º de la Resolución General N° 83 del 6 de noviembre de 2012, el cual queda redactado de la siguiente forma: "Art. 3º.- ENAJENACIÓN OCASIONAL DE INMUEBLE. I - Cuando no se cumplan las condiciones establecidas en el Artículo 55 del Decreto N° 9371/2012, los ingresos gravados provenientes de la enajenación ocasional de inmuebles no formarán parte de los ingresos gravados computables para la inscripción en el RUC como contribuyentes del presente impuesto. A los efectos de la determinación del rango de incidencia, se deberán sumar los ingresos gravados del ejercicio fiscal, que sean anteriores y posteriores a la enajenación ocasional de inmueble. Si de dichos ingresos surgiera la obligación de inscribirse, los ingresos brutos obtenidos por la enajenación ocasional de inmueble, serán computados, a los efectos de la determinación de la tasa aplicable. II - Se aclara igualmente, que de conformidad a lo establecido en el Artículo 55 del Decreto N° 9371/2012, para el cómputo del período de tiempo que abarca los últimos doce meses, deberá contabilizarse hasta el día anterior de la enajenación del bien inmueble, inclusive."artículo 3ºArtículo 55 INGRESOS X VENTA OCASIONAL DE INMUEBLES

9 d)Rendimientos de Capital: Los intereses, comisiones o rendimientos de capitales Cuando los mismos no constituyan ingresos sujetos al IRACIS, IMAGRO o IRPC HECHO GENERADOR DEL IRP e)Cualesquiera otros ingresos de fuente Paraguaya, siempre que durante el ejercicio fiscal el total de ellos sean superiores a treinta (30) salarios mínimos mensuales. En este caso, cuando los mismos no constituyan ingresos sujetos al IRACIS, IMAGRO o IRPC

10 10 Dto. 9371/12 - Art. 8°.- Otros Ingresos Gravados. En cuanto a los otros ingresos de fuente paraguaya, su gravabilidad estará supeditada al hecho de que durante el ejercicio fiscal que se liquida, el total anual de ellos sea superior a treinta (30) salarios mínimos mensuales, encuadrándose en el presente artículo, los ingresos obtenidos mediante actividades, Actuaciones o situaciones, tales como: a) La enajenación de bienes muebles tangibles, sean estos registrables o no. b) La obtención de premios de determinados juegos y concursos no afectados a la Ley N° 1016/97 y la Ley N° 431/73. c) Cualquier otro ingreso no señalado expresamente en los incisos a), b), c) y d)abcd del Numeral 1 del Artículo 10 de la Ley N° 2421/2004. En caso que los ingresos no superen el monto de salarios señalado anteriormente, se deberán declarar como ingresos exonerados del presente impuesto. Si supera dicho monto se considerará gravado el cien por ciento (100%) de los mismos.

11 Ventas de Cuadros y Joyas 3.000.000 Premio Ganado en Comisión Vecinal 10.000.000 Con las Informaciones del Ejercicio 28/08/12 25/08/12

12 ANALISIS DE INGRESOS ConceptosVIIIIXXXIXII Comisiones Cobradas Auto asignación Venta de acciones 40.000.000 50.000.00060.000.000 4.000.000 60.000.000 Otros Ingresos 50.000.000 Totales 44.000.000100.000.000 94.000.00054.000.000 64.000.000 238.000.000 Sumatoria de los meses de agosto a octubre Ingresos a partir del día siguiente de ser contribuyente 118.000.000

13 CONTRIBUYENTES DEL IRP PERSONAS FISICAS SOCIEDADES SIMPLES CONTRIBUYENTES

14 RANGO INCIDIDO. RENTA TEMPORALMENTE EXCEPTUADA PARA SER CONTRIBUYENTE EN EL AÑO INGRESOS ANUALES TOTALES (CANTIDAD DE SALARIOS MINIMOS) 2012 = 198.987.840 Mas de 120 salarios mínimos (acumulados de agosto a diciembre de 2012) 2013 = 179.089.056 Mas de 108 salarios mínimos (acumulados de enero a diciembre de 2013) 2014 Mas de 96 salarios mínimos (acumulados de enero a diciembre 2014) 2015 Mas de 84 salarios mínimos (acumulados de enero a diciembre de 2015) 2016 Mas de 72 salarios mínimos (acumulados de enero a diciembre de 2016) 2017 Mas de 60 salarios mínimos (acumulados de enero a diciembre de 2017) 2018 Mas de 48 salarios mínimos (acumulados de enero a diciembre 2018) 2019 Mas de 36 salarios mínimos (acumulados de enero a diciembre 2019)

15 FORMULARIO Nº 600

16 FORMULARIO Nº 610

17 REQUISITOS BÁSICOS 1. Copia del Formulario 600 o 610. 2. Una fotocopia de la Cédula de Identidad (C. I. C. vigente) del solicitante. 3. Autorización por escrito si es gestionado por terceras personas con fotocopia de la Cédula de Identidad (C. I. C. vigente) del autorizado. 4. Una fotocopia de uno de los siguientes documentos: Factura de servicios públicos (Ande, Copaco, Essap). Factura de TV cable. Comprobante de liquidación del Impuesto Inmobiliario. Contrato de Alquiler. Escritura de Compra-Venta del Inmueble. U otro documento similar que permita identificar el domicilio y la cuenta catastral del inmueble o el número de finca y padrón. Los documentos antes mencionados deberán corresponder a un periodo comprendido dentro de los tres meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

18 ¿DESDE CUÁNDO SON CONTRIBUYENTES? PERSONAS FISICAS A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE DE HABER SUPERADO EL RANGO NO INCIDIO

19  SOCIEDADES SIMPLES (excepto las comerciales y agropecuarias) ¿DESDE CUÁNDO SON CONTRIBUYENTES? SOCIEDADES SIMPLES INDEPENDIENTEMENTE DE SUS INGRESOS DESDE EL MISMO EJERCICIO FISCAL EN QUE SON CONSTITUIDAS Las ya inscriptas Alta de oficio por parte de la SET

20 EJERCICIO FISCAL 2012 Para la liquidación del impuesto se tendrá en cuenta los ingresos, gastos e inversiones realizados a partir del día siguiente de quedar incididos. Pero para la aplicación de la tasa el contribuyente deberá sumar el total de sus ingresos gravados desde la fecha de vigencia de la Ley inclusive. RANGO INCIDIDO. PERSONAS FISICAS TASAS: 10% Sobre la Renta Neta Imponible cuando el total de los ingresos gravados hubiera superado los 120 salarios mínimos mensuales dentro del ejercicio fiscal. 8% Sobre la Renta Neta Imponible cuando el total de los ingresos hubiera sido igual o inferior a 120 salarios mínimos mensuales dentro del ejercicio fiscal. 8% Sobre la Renta Neta Imponible cuando el total de los ingresos hubiera sido igual o inferior a 120 salarios mínimos mensuales dentro del ejercicio fiscal.

21 a)Que sean necesarios: para obtener y mantener la fuente productora de renta, salvo los gastos e inversiones personales y familiares. b)Que sean reales c)Que estén debidamente documentados d)Que sean a precio de mercado (salvo IRACIS, IMAGRO, IRP o IRPC) Precio de mercado: los que normalmente se cobran en operaciones de similar naturaleza, considerando las circunstancias o condiciones en que se realiza la operación REQUISITOS GENÉRICOS PARA LA DEDUCCIÓN DE LOS GASTOS

22 DEDUCCION DE GASTOS GASTOS PERSONALES Y FAMILIARES EN EL PAIS Los gastos personales y de familiares a cargo del contribuyente, aún cuando no sean necesarios para producir la renta o no se relacionen directamente con la actividad gravada, siempre que estén destinados a la manutención, educación, salud, vivienda y esparcimiento propio y de los familiares a su cargo

23 e) Para las personas que no son aportantes de un seguro social obligatorio, hasta un quince por ciento (15%) de los ingresos brutos de cada ejercicio fiscal colocados sea en: e.a)Depósitos de ahorro en Entidades Financieras e.b)En Cooperativas e.c)En inversiones de acciones nominativas de SAECAS; e.d)En fondos privados de jubilación del país, que tengan por lo menos quinientos (500) aportantes activos.

24 24 GASTOS DEDUBLES. SOCIEDADES SIMPLES f)En el caso de sociedades simples, son deducibles como gasto o inversión, si el gasto: 1.Es necesario para producir la renta 2.Sean reales 3.Debidamente documentados 4.Que sean a precio de mercado (salvo enajenaciones a contribuyentes del IRACIS o IMAGRO)

25 LIQUIDACION DEL IRP RENTA BRUTA GASTOS DEDUCIBLES RENTA NETA IMPONIBLE TASA IMPOSITIVA (10% U 8%) DIFERENCIA ANTES DE INVERSIONES INVERSIONES

26 a)E l p r e s e n t e I m p u e s t o a l a R e n t a. GASTOS NO DEDUCIBLES a)El propio Impuesto a la Renta Personal b)Los gastos incurridos en la venta de acciones o participación en sociedades de personas. b) Sanciones por infracciones fiscales c) Los gastos que afecten directamente a operaciones no gravadas, exentas o exoneradas por el presente impuesto. Los gastos indirectos no serán deducibles en la misma proporción en que se encuentren con respecto a las rentas no gravadas, exentas o exoneradas.

27 a)E l p r e s e n t e I m p u e s t o a l a R e n t a. GASTOS NO DEDUCIBLES d) Los actos de liberalidad, incluido gastos de recepción de herencias, gastos incurridos en las ventas de acciones. Entiéndase como actos de liberalidad aquellas erogaciones realizadas sin recibir una contraprestación económica equivalente, no se considera actos de liberalidad a las donaciones. e)Amortización de capital de préstamos obtenidos por terceros, pero si los intereses de dichos préstamos. f)Pérdidas de ejercicios anteriores provenientes de gastos y las inversiones cuando supere el 20% de la Renta Bruta g)Las erogaciones a favor de entidades de beneficencia o de bien público, impuestas por resolución judicial en materia penal.

28 Pensiones que reciban del Estado los veteranos, lisiados y mutilados de la Guerra del Chaco, así como los herederos de los mismos. Remuneraciones de diplomáticos, agentes consulares y representantes de gobiernos extranjeros, por el desempeño de sus funciones, a condición de que exista en el país de aquellos, un tratamiento de reciprocidad para los funcionarios paraguayos de igual clase. Los beneficiarios por indemnizaciones percibidas por causa de muerte o incapacidad total o parcial, enfermedad, maternidad, accidente o despido. Las rentas provenientes de jubilaciones, pensiones y haberes de retiro, siempre que se hayan efectuado los aportes obligatorios a un seguro social creado o admitido por Ley. Los intereses, comisiones o rendimientos por las inversiones, depósitos o colocaciones de capitales en entidades bancarias y financieras en el país, regidas por la Ley Nº 861/96, así como en Cooperativas que realicen actividades de Ahorro y Crédito, incluyendo las devengadas a favor de sus accionistas, socios, empleados y directivos y los rendimientos provenientes de los títulos de deuda emitidos por Sociedades Emisoras, autorizadas por la CNV. EXONERACIONES DEL IRP

29 Las diferencias de cambio provenientes de colocaciones en entidades nacionales o extranjeras, así como de la valuación del patrimonio. El aguinaldo percibido en los términos del Código Laboral Ingresos provenientes de juegos de azar regulados por la Ley Nº 1016/97 y siempre que los mismos hayan tributado el impuesto establecido en la Ley Nº 431/73 y sus actualizaciones Legados y herencias Las utilidades, excedentes o rendimientos reinvertidos en empresas contribuyentes del IRACIS, IMAGRO, Sociedades Simples. Los préstamos obtenidos, independientemente de quien los otorgue, salvo que se declare la incobrabilidad o se renuncie al cobro EXONERACIONES DEL IRP

30 1.Cuando los dividendos y utilidades son obtenidos por personas físicas domiciliadas en el exterior (pagan y se lse retiene IRACIS, en virtud a lo dispuesto en el art. 20°, num. 3) de la Ley N° 125/91) 2.Ganancias de capitales mobiliarios que forman parte del activo de la Empresa Unipersonal (tributará dentro de la Empresa Unipersonal, el IRACIS o IRPC) 3.Obtención de utilidades que se perciban en carácter de propietarios de una empresa unipersonal INGRESOS POR GANANCIAS DE CAPITAL NO GRAVADOS

31 ¿CUANDO DEBO PRESENTAR? LA DDJJ DE LIQUIDACIÓN Y PAGO HASTA EL MES DE MARZO SIGUIENTE AL EJERCICIO FISCAL QUE SE DECLARA (mismo vencimiento del Calendario Perpetuo de ese mes – IVA)

32 ¿QUE FORMULARIO UTILIZAR? LA DDJJ DE LIQUIDACIÓN Y PAGO FORMULARIO Nº 104 Se presenta ante la SET INTERNET (clave de acceso)

33 a)En caso de fallecimiento del contribuyente, en cuyo caso los herederos liquidarán el IRP sobre las obligaciones devengadas hasta la fecha del fallecimiento. b)Cuando el contribuyente declare el Impuesto durante dos (2) ejercicios consecutivos consignando ingresos no incididos conforme a la reglamentación que a tales efectos dicte la Administración Tributaria, caso en que suspenderá sus obligaciones formales como contribuyente. c)En el caso de cese de actividades por traslado definitivo al exterior, el titular deberá dar de baja y cancelar su RUC CESE DE LA OBLIGACION DE DECLARAR

34 ¿CUALES SON LOS REGISTROS OBLIGATORIOS? REGISTROS PERSONAS FÍSICAS SOCIEDADES SIMPLES CONSERVAR EN SU DOMICILIO TODA LA DOCUMENTACIÓN SUSTENTATORIA LIBRO DE INGRESOS Y EGRESOS

35 DOCUMENTACIÓN DE INGRESOS SERVICIOS PERSONALES DEPENDIENTES SERVICIOS DE CARÁCTER PERSONAL CON IVA (independientes) ASI COMO VENTA DE BIENES MUEBLES DIVIDENDOS, UTILIDADES, EXCEDENTES INTERESES, COMISIONES, RENDIMIENTOS DE CAPITAL Y DEMÁS INGRESOS Comprobantes de Venta (timbrado) Hoja de liquidación (firmada por empleador o Representante legal) Recibo Oficial expedido por la empresa acreditadora o pagadora

36 DOCUMENTACIÓN DE INGRESOS CASO DE VENTA OCASIONAL E INMUEBLES Si el enajenante es contribuyente de IVA, se debe emitir el comprobante de venta respectivo Si el enajenante no es Contribuyente del IVA Bienes registrables con la Escritura pública y demás Casos, demás medios De prueba

37 DOCUMENTACIÓN DE EGRESOS PAGOS POR SERVICIOS PERSONALES COMPROBANTE DE VENTA DEBIDA Y LEGALMENTE DOCUMENTADOS SE EMITE LA AUTOFACTURA TIMBRADO 1.No aportan al IPS 2.No Gravados por el IVA

38 Las personas físicas domiciliadas en el exterior que accidentalmente obtengan rentas por la realización dentro del territorio nacional de alguna de las actividades gravadas, determinarán el impuesto aplicando la tasa del veinte por ciento (20%) sobre la renta neta de fuente paraguaya, la que constituirá el cincuenta por ciento (50%) de los ingresos percibidos en este concepto, debiendo actuar como Agente de Retención la persona que pague, acredite o remese dichas rentas. En cuanto a la enajenación de b. inmuebles, trasferencias de acciones, títulos o cuotas de capital, regalías, conforme a presunción la base imponible será el 30% y sobre esta la tasa del 20%.–.- Considerar IVA.--- PERSONAS DOMICILIADAS EN EL EXTERIOR

39 Justo Honrado Feliz, profesional independiente y propietario de un supermercado, gerente de una S. A., dueño de un solo inmueble que da en alquiler, posee los siguientes ingresos y egresos en el Ejercicio Fiscal 2012. Los ingresos los percibe el último día hábil de cada mes. Los egresos los realiza en el transcurso cada mes. Se pide preparar la liquidación del Impuesto a la Renta del Servicio de Carácter Personal. INGRESOS MENSUALES Concepto Total Factura Base Imponible IVA Sueldo del Propietario 11.000.000 10.000.0001.000.000 Honorarios Profesionales 22.000.000 20.000.0002.000.000 Remuneración Personal Superior 33.000.000 30.000.0003.000.000 Alquiler de Inmueble 10.500.000 10.000.000 500.000 Utilidades de su supermercado 31/12/11– Cobrado el 2/07/12 100.000.000 Intereses cobrados en Caja de ahorro 10.500.000 Utilidad por Venta de acciones el 10/11/2012 60.000.000 EGRESOS MENSUALES Concepto Total Factura Base Imponible IVA Gastos en el supermercado 4.350.000 4.000.000350.000 Pago a empleada domestica 994.939 Aporte patronal 159.190 Colegio de los hijos 600.000 Esparcimiento local 1.090.000 1.000.000 90.000 Traslado (taxi y pasaje de colectivo de la familia, etc.) 500.000 454.545 45.455 Gastos de salud (seguro medico familiar) 600.000 545.455 54.545 Gastos relacionados con su actividad de profesional. 2.200.000 2.000.000 200.000 Compra de muebles para el hogar el 10/12/12, al contado 15.000.000 13.636.364 1.363.636 Amortización del préstamo 15/12/2012 Capital 2.000.000 + Intereses 250.000 IVA incluido. Alquiler del local comercial, asiento de su supermercado 1.200.000 1.142.857 57.143 Combustible de su vehiculo, que usa para realizar todas sus actividades 3.000.000 EJERCICI O

40 RANGO INCIDIDO Sueldo del Propietario Remuneración Personal Superior 10.000.000330.000.000 Honorarios Profesionales 20.000.000360.000.000 X= 30.000.000390.000.000 Alquiler de Inmueble 10.000.000330.000.000 X X X = = = TOTAL DE LOS TRES MESES DE 08/2012 A 10/2012 70.000.000X3=210.000.000 Con las Informaciones del Ejercicio

41 MANIFESTACIÓN DE INGRESOS GRAVADOS – PERSONAS FÍSICAS JUSTO HONRADO FELIZ 1.258.359 01/11/2012

42 FORMULARIO Nº 605

43 REQUISITOS BÁSICOS 1. Copia del Formulario 605 firmado por el representante legal. 2. Fotocopia de la Cédula de Identidad (C. I. C. vigente) de los socios y representante legal. 3. Una fotocopia autenticada de la Escritura de Constitución, inscripta en el Registro de Personas Jurídicas y Registro Público de Comercio. 4. Autorización por escrito si es gestionado por terceras personas con fotocopia de la Cédula de Identidad (C. I. C. vigente) del autorizado. 4. Una fotocopia de uno de los siguientes documentos: Factura de servicios públicos (Ande, Copaco, Essap). Factura de TV cable. Comprobante de liquidación del Impuesto Inmobiliario. Contrato de Alquiler. Escritura de Compra-Venta del Inmueble. U otro documento similar que permita identificar el domicilio y la cuenta catastral del inmueble o el número de finca y padrón. Los documentos antes mencionados deberán corresponder a un periodo comprendido dentro de los tres meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

44 DATOS DE CABECERA

45 RUBRO 1 DE INGRESOS

46 RUBRO 2 - A DE EGRESOS DEDUCIBLES

47 RUBRO 2 - B DE INVERSIONES

48 RUBRO 3 DETERMINACIÓN DEL RESULTADO DEL EJERCICIO

49 RUBRO 4 CUADRO DE PÉRDIDAS POR INVERSIONES

50 RUBRO 5 DETERMINACIÓN DE LA RENTA NETA

51 RUBRO 6 DE LIQUIDACIÓN Y SALDO DEL IMPUESTO

52 RUBRO 7 DE INFROMACIÓN DE FAMILIARES A SU CARGO

53 DATOS FINALES

54 INGRESOS GRAVADOS Sueldo del Propietario Remuneración Personal Superior 10.000.000550.000.000 Honorarios Profesionales 20.000.0005100.000.000 X= 30.000.0005150.000.000 X X = = TOTAL DE RENTAS DEL TRABAJO DE 08/2012 A 12/2012 60.000.000X5=300.000.000

55 INGRESOS GRAVADOS Alquiler de Inmuebles Intereses en caja de ahorro 10.000.000550.000.000 Utilidad por venta de acciones 60.000.000 X= 10.500.0005 52.500.000 X = Préstamo obtenido el 3/12/2012 65.000.000 Total de Ingresos por Renta de Capital y Ganancia de Capital 110.000.000

56 EGRESOS DEDUCIBLES Gastos de Supermercado Pago a empleada domestica Gastos relacionados con su actividad profesional Colegio de los hijos Esparcimiento local Traslado (taxi y pasaje de los familiares) Gastos de salud (seguro médico familiar) 4.350.000 994.939 600.000 1.090.000 500.000 600.000 2.000.000 Total de Gastos Personales y Familiares en el País 10.134.939 Total de Gastos Personales y Familiares en el País 20.269.878 10.134.939 X 2=

57 EGRESOS DEDUCIBLES Amortización de préstamo – 2.250.000 Capital 2.000.000 + Interés 250.000 Combustible por mes Alquiler del local comercial (supermercado) GND 250.000 3.000.000 1.200.000 Aporte patronal 159.190 Aporte patronal 159.190 2 = 318.380 X Interés 250.000 X 2 = 500.000 Combustible 3.000.000 X 2= 6.000.000 Compra de muebles para el hogar al contado 10/12/12 15.000.000 Inversiones Deducibles 15.000.000

58 DATOS DE CABECERA 1.258.359 0 HONRADOFELIZ JUSTO X 2012

59 RUBRO 1 DE INGRESOS 300.000.000 110.000.000 52.500.000 462.500.000 110.000.000 - 410.000.000 210.000.000 200.000.000 - -- - - 52.500.000 -

60 RUBRO 2 - A DE EGRESOS DEDUCIBLES 318.380 - 20.269.878 - - - - - 500.000 - 6.000.000 27.088.258 21.088.258 6.000.000 27.088.258 25.840.733 1.247.525

61 RUBRO 2 - B DE INVERSIONES 15.000.000 - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

62 RUBRO 3 DETERMINACIÓN DEL RESULTADO DEL EJERCICIO 200.000.000 15.000.000 1 159.159.267 - 174.159.267 25.840.733

63 RUBRO 4 CUADRO DE PÉRDIDAS POR INVERSIONES - - - - - - -

64 RUBRO 5 DETERMINACIÓN DE LA RENTA NETA - 159.159.267

65 RUBRO 6 DE LIQUIDACIÓN Y SALDO DEL IMPUESTO 15.915.927 - - - - - - - - - -

66 RUBRO 7 DE INFORMACIÓN DE FAMILIARES A SU CARGO 1.234.546 5.678.912 978.912 - 1 6.573.2102 2 4 2 11 856.912 878.912 796.912778.912 788.912 --- - 973.210 ---- ----- ----- ----- ----- - -

67 DATOS FINALES JUSTO HONRADO FELIZ CONTRIBUYENTE1.258.359 ASUNCIÓN 07 03 2013

68 GRACIAS POR SU ATENCIÓN


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