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Publicada porBeatriz Tebar Muñoz Modificado hace 9 años
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LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y EL ADOLESCENTE LOPNA
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¿Qué es la LOPNA? Es una ley orgánica que tiene por objeto garantizar a todos los niños, niñas y adolescentes, que se encuentren en el territorio nacional, el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías que a través de la Protección Integral que el Estado, la familia y la sociedad deben brindarle desde el momento de su concepción.
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¿Por qué se hizo la LOPNA? Porque Venezuela suscribió y ratificó la Convención sobre los Derechos del Niño, y con ello asumió el compromiso de adecuar la legislación nacional a los mandatos de la Convención. Para ello era necesario un nuevo texto legal con disposiciones idóneas y eficaces de defensa y promoción de los derechos y garantías a todos los niños, niñas y adolescentes.
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Interés Superior del Niño Es un principio de interpretación y aplicación de la LOPNA que esta dirigido a asegurar Protección Integral a la niñez y adolescencia del país tomando en cuenta su opinión, el equilibrio entre el ejercicio de sus derechos y garantías y sus deberes, su condición específica como personas en desarrollo; además del equilibrio de las exigencias del bien común, los derechos de las demás personas y los derechos de esta población.
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Prioridad Absoluta Es este otro principio fundamental en la aplicación de la Doctrina de Protección Integral que esta muy ligado al principio anterior e implica por parte del Estado, la familia y la sociedad el cumplimiento al mandato legal de atender prioritariamente las necesidades y derechos básicos de los niños, niñas y adolescentes que se encuentren en el territorio nacional.
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Participación y asociación: Arts. 81 al 84 (participar, reunirse, manifestar, libre asociación) Opinión: Arts. 80, 85 al 87 (opinar y ser oido sobre asuntos que le conciernen, petición ante autoridad o funcionarios públicos, defender sus derechos, solicitar justicia) Expresión: Art. 67 (expresión libre de opinión y difusión de información sin censura previa) Libertad de pensamiento, conciencia y religión: Art. 35 (orientación para el ejercicio del derecho) Derecho a la participación Derechos en la LOPNA
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Art. 93 Honrar a la patria y sus símbolos Respetar, cumplir y obedecer el ordenamiento jurídico Respetar los derechos y garantías de las demás personas Honrar, respetar y obedecer a los padres o responsables Ejercer y defender activamente sus derechos Cumplir las obligaciones en materia de educación Respetar la diversidad de conciencia, pensamiento, religión y culturas Conservar el medio ambiente Cualquier otro deber establecido en la Ley Deberes Deberes en la LOPNA
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Los Derechos y Deberes en la LOPNA
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Vida: Art. 15 (Vida) y Art. 30 (Nivel de Vida) Salud: Arts. 41 al 51 (salud, responsabilidad de padres y responsables, información, protección a la maternidad, vínculo materno filial, lactancia, vacunas, atención de emergencia, permanencia de padres y responsables en centros de salud, salud sexual y reproductiva, protección contra sustancias alcohólicas y psicotrópicas) Seguridad social: Art. 52 Derechos en la LOPNA Derecho a la sobrevivencia
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Educación: Arts. 53 al 61 (educación, obligación de los padres y responsables, participación en el proceso educativo, respeto por los educadores, disciplina escolar, educación y trabajo, educación para niños trabajadores, educación para niños indígenas, educación para niños con necesidades especiales) Información: Art. 68 (Recibir, buscar y utilizar información) Educación y cultura de las minorías: Art. 36 y 60 (propia cultura, idioma y religión) Descanso, recreación, esparcimiento, deporte y juego: Arts. 63 y 64 (ejercicio de acuerdo con necesidades e intereses. Obligaciones del Estado Familia: Arts. 25, 26 y 27 (conocer a los padres, ser criado en una familia y mantener relaciones personales con los padres) Derecho al desarrollo Derechos en la LOPNA
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Derecho a la protección especial Derechos en la LOPNA Protección a la integridad personal: Arts. 32, 38 y 89 (protección contra cualquier forma de maltrato, explotación, abuso, negligencia, prohibición de exclavitud, servidumbre o trabajo forzoso y trato digno y humanitario para los privados de libertad) Protección contra el traslado ilícito: Art. 40 Protección contra sustancias psicoactivas: Art. 51 Vida privada: Arts. 65 y 66 (honor, reputación, propia imagen e inviolabilidad del hogar y la correspondencia) Protección en el trabajo: Tít. II - Capítulo III (arts. 94 a 116)
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Participación y asociación: Arts. 81 al 84 (participar, reunirse, manifestar, libre asociación) Opinión: Arts. 80, 85 al 87 (opinar y ser oido sobre asuntos que le conciernen, petición ante autoridad o funcionarios públicos, defender sus derechos, solicitar justicia) Expresión: Art. 67 (expresión libre de opinión y difusión de información sin censura previa) Libertad de pensamiento, conciencia y religión: Art. 35 (orientación para el ejercicio del derecho) Derecho a la participación Derechos en la LOPNA
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Art. 93 Honrar a la patria y sus símbolos Respetar, cumplir y obedecer el ordenamiento jurídico Respetar los derechos y garantías de las demás personas Honrar, respetar y obedecer a los padres o responsables Ejercer y defender activamente sus derechos Cumplir las obligaciones en materia de educación Respetar la diversidad de conciencia, pensamiento, religión y culturas Conservar el medio ambiente Cualquier otro deber establecido en la Ley Deberes Deberes en la LOPNA
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