Descargar la presentación
La descarga está en progreso. Por favor, espere
Publicada porElvira Santos Martínez Modificado hace 9 años
1
El Seguro de Responsabilidad Civil General Definición
2
El seguro de RC es aquel en el que el asegurador se compromete a indemnizar al asegurado del daño que pueda experimentar su patrimonio a consecuencia de la reclamación que le efectúe un tercero, por la responsabilidad en que haya podido incurrir, tanto el propio asegurado como aquellas personas de quienes él deba responder civilmente a consecuencia de un hecho que cause un daño previsto en el contrato.
3
La Póliza de RC General. Formato Cadoar La póliza consta básicamente de dos condicionados que son de un lado las condiciones generales y por otra parte las condiciones particulares. Al hablar de condiciones generales nos referimos a las cláusulas que son de aplicación para todos los sectores de riesgo y que constituyen las obligaciones de las partes. Asegurado y asegurador.
4
Las condiciones particulares son las que incorporan a la póliza las características específicas del riesgo que se pretende asegurar; dependiendo del tipo de actividad que realiza el asegurado, tendremos características distintas desde el punto de la responsabilidad civil. Una empresa de construcción crea riesgos diferentes a la industria hotelera, por mencionar dos casos, y ésta es la razón por la cual en las pólizas de RC General se tienen condicionados particulares específicos Para cada área de actividad, los cuales se adicionan a la póliza según sea el caso.
5
Condiciones Generales: Acuerdo de Seguro Esta parte consta de dos secciones, en la primera de las cuales se indica el objeto del seguro, es decir, de qué se trata: La compañía se compromete a indemnizar al asegurado con respecto a las sumas que se vea obligado a pagar, por daños y perjuicios que surjan a consecuencia de las coberturas indicadas en la póliza y que hayan originado, dentro del período de vigencia de la misma, lesiones corporales y/o muerte a terceras personas y/o daños a la propiedad de terceros.
6
Recordemos que es un condición importante establecida en la póliza que no se consideran como terceros y por consiguiente no tienen derecho a reclamación al amparo de la poliza de RC, el cónyuge, los descendientes, ascendientes, hermanos y afines hasta segundo grado del asegurado o del causante del accidente, asi como tampoco, los socios, accionistas, administradores, empleados y dependientes del asegurado cuando actúen en el ejercicio de sus funciones.
7
La segunda sección de las condiciones generales establece que la función de estas pólizas no se limita al pago de la indemnización que constituye la reparación del daño causado propiamente dicho, sino que incluye además la defensa judicial del asegurado contra las demandas por daños y perjuicios aun cuando estas demandas carezcan de base o sean de algún modo fraudulentas, cubriendo también los gastos judiciales.
8
También quedan amparadas las primas sobre fianzas para levantar embargo en relación con la reclamación cubierta, pero sin que la compañía este obligada a emitir dichas fianzas. Quedan amparados en la póliza también los gastos incurridos por el asegurado para prestar primeros auxilios, así como los gastos incurridos a solicitud de la compañía, los cuales se reembolsan en adición al limite de la póliza.
9
Exclusiones Generales En un segundo apartado de las condiciones generales se detallan las exclusiones generales, las que se podrian catalogar en dos grupos, las que llamaremos relativas, cuya razon de ser es que basicamente no son riesgos comunes a todas las esferas de actividad.
10
Entre ellas podriamos mencionar: RC por daños a bienes confiados al asegurado. RC por daños a propiedad de terceros causados por un incendio o una explosion que se origine en los predios del asegurado. Daños a la propiedad subterranea, al utilizar equipos de excavacion. Responsabilidad por lesiones corporales y daños a la propiedad causados por productos despues de la entrega.
11
RC por elevadores (ascensores, escaleras mecánicas, montacargas). RC Legal que corresponda a un tercero, pero que sea asumida por el asegurado bajo un contrato o convenio. Responsabilidad por el suministro de alimentos y bebidas. Responsabilidad por lesiones o daños a la propiedad que causen antenas y sus soportes de radio y televisión.
12
Estas exclusiones de carácter relativo pueden ser eliminadas mediante solicitud expresa, luego de analizado cada caso en particular, y cobrar la prima correspondiente, si así procede.
13
Exclusiones Absolutas Son riesgos que por su naturaleza no deberían asegurarse bajo ninguna circunstancia. En este grupo se incluyen en primer termino los daños de carácter doloso, es decir, los daños causados de manera intencional por el asegurado o con su consentimiento. También aquí se incluyen los riesgos que se encuentran fuera del control del asegurado, a los que asociamos
14
Las guerras, motines, huelgas, disturbios politicos, riesgos nucleares y actos de la naturaleza (caso fortuito o fuerza mayor) y finalmente, aquellos riesgos que son susceptibles de cobertura en otros ramos específicos. Dentro del grupo de las exclusiones de riesgos que encuentran cobertura bajo otros ramos, podemos mencionar la RC derivada del uso de vehículos de motor terrestres, maritimos o aéreos. Este tipo de RC puede ser amparado bajo las respectivas pólizas de vehiculos de motor, naves aéreas y marítimas.
15
Tenemos también el caso de la RC contractual, excluída en la póliza de RC general debido a que es objeto de cobertura en las Fianzas de Garantías. Dentro de las exclusiones generales podríamos mencionar también: Daños a bienes del propio asegurado o de personas que dependan de él. La responsabilidad penal. Las pérdidas financieras puras, es decir, que no son consecuencia directa de una lesión corporal o un daño a la propiedad. Los daños por contaminación paulatina, que no se deban a un acontecimiento repentino no previsto ni esperado por el asegurado.
16
Los daños causados estando el causante en estado de embriaguez, alienación mental, sonambulismo o bajo la influencia de estupefacientes. Responsabilidad por la violación de disposiciones legales sobre venta de bebidas alcohólicas o tabaco a menores. Responsabilidad patronal. Daño causados a empresas en las que el asegurado tenga una participación financiera de 50% o más, o que tenga una participación análoga en la empresa del asegurado.
17
Otras Cláusulas de Carácter General Podríamos decir que en una tercera parte de las condiciones generales se incluyen algunas cláusulas especificas que regulan, por así decirlo, el funcionamiento de la póliza, indicando algunas definiciones de términos. Veamos:
18
Limite de Responsabilidad El límite asegurado en la póliza aplica por accidente, y se establece que, dentro del mismo, se incluyen las sumas pagadas en concepto de indemnización por daños y perjuicios, gastos de defensa, primas sobre fianzas para levantar embargos. Se establece un límite agregado anual equivalente a dos veces el valor asegurado, esto significa que en caso de ocurrir varios accidentes durante un mismo período de seguro la suma total pagada por la compañía podría ser de hasta el doble del límite asegurado; pero naturalmente, el valor pagado por accidente no puede ser mayor al límite de la póliza.
19
Existen dos formas distintas de expresar el valor asegurado, una de ellas consiste en indicar valores separados para lesiones corporales y/o muerte y para daños a la propiedad, o ambos combinados. A esta ultima modalidad se le denomina Límite Único Combinado (LUC) y es la forma comúnmente usada en los seguros de Responsabilidad Civil General.
20
Cláusula de Daños en Serie Se considera como un solo accidente el conjunto de reclamaciones que provengan de una misma causa. Ejemplo, daños causados a diferentes usuarios, en momentos diferentes, por un producto con un mismo defecto. Esto es importante para los fines de aplicación del límite de responsabilidad, porque aunque se trate de muchos reclamantes, tratándose de un mismo accidente, el límite solo se paga una vez.
21
Agravación del Riesgo Las modificaciones esenciales en el riesgo que impliquen una agravación del mismo, deben ser notificadas a la compañía puesto que de lo contrario esta podría quedar sin efecto. Luego de analizar los cambios la compañía decide si continúa o no con la cobertura.
22
Cancelación Tanto el asegurador como el asegurado tienen el derecho de cancelar la póliza previo aviso por escrito, en los plazos convenidos (normalmente 30 días cuando la compañía decide cancelar la póliza)
23
Obligaciones en Caso de Siniestro Tan pronto surja un hecho que pueda dar lugar a una indemnización bajo la póliza, el asegurado debe avisar a la compañía inmediatamente, o a más tardar dentro de los cinco días siguientes, salvo en caso de imposibilidad justificada. En caso de muerte de la víctima el aviso debe darse dentro de un plazo de 48 horas.
24
Subrogación Cuando la compañía efectúa un pago bajo la póliza, adquiere el derecho de repetición del asegurado contra el causante del daño hasta el importe de lo pagado, es decir, la compañía se subroga en los derechos del asegurado en ese sentido. El asegurado se compromete a preservar ese derecho y hacer todo lo razonablemente necesario para que el mismo se materialice. No obstante, la compañía renuncia al derecho de subrogación contra empleados y familiares, salvo en caso de hechos cometidos de mala fe por estos.
25
Prescripción Pasados dos años después de la fecha del siniestro, la compañía queda liberada de pagar, salvo el caso de que se hubiese tramitado una acción relacionada con el evento.
26
Limitación Geográfica La póliza cubre únicamente accidentes que ocurran dentro del territorio de la República Dominicana, y sean reclamados de acuerdo a las leyes vigentes en el país.
27
Riesgos Particulares Entre los condicionados particulares que se incorporan a las pólizas de RC, figuran entre otros, los relativos a la RC personal y familiar, para industrias, comercios y talleres, empresas de construcción, hotelería, etc. En nuestro caso tomaremos como modelo la RC para Riesgos Industriales y para los Hoteles y Restaurantes.
28
Riesgos Industriales Debido a la naturaleza de las actividades que se realizan a nivel industrial, que implica el uso de aparatos, sustancias y tecnología moderna, la probabilidad de generar siniestros de gran envergadura es muy grande, y por consiguiente la circunstancia de ver comprometida su responsabilidad civil legal y tener que pagar grandes sumas de dinero en concepto de reparación de daños y perjuicios es muy real.
29
La póliza de responsabilidad civil para la industria comprende dos áreas fundamentales de cobertura: Responsabilidad Civil de Predios y Operaciones (conocida también como RC de Explotación) y Responsabilidad Civil de Productos. La RC de Predios y Operaciones, también conocida como RC de inmuebles y actividades constituye la cobertura básica de todo seguro de RC. Se refiere a los daños y perjuicios que se pueden derivar de la tenencia y control de las edificaciones e instalaciones utilizadas por el asegurado en el proceso de explotación de su negocio.
30
Este es un riesgo que podríamos decir que se descompone en una parte estática y otra dinámica. Cuando hablamos de riesgo estático nos referimos a los daños que se pueden derivar de los inmuebles y de las instalaciones mismas y que normalmente se circunscriben a los predios, aunque en el caso de instalaciones de propaganda fuera de los predios, también se pueden generar daños.
31
La otra parte que hemos llamado dinámica la asociamos a los daños que pueden ocasionar empleados y representantes del asegurado en el ejercicio de sus funciones, tanto dentro como fuera de los predios. Como los daños que se pueden ocasionar cuando el asegurado participa en ferias y exposiciones, o cuando sus empleados realizan trabajos en locales de clientes (mantenimiento, montajes, etc.) y los que surgen durante las operaciones de carga, transporte y descarga de productos y mercancías propios de la explotación de su negocio.
32
Un riesgo al que debemos dedicarle particular atención por la magnitud de los daños que puede ocasionar es el de incendio y explosión. La póliza cubre automáticamente la responsabilidad por lesiones o muerte derivados de un incendio y/o explosión que se origine en los predios del asegurado, así como los daños, tanto corporales como a la propiedad, a consecuencia de estos eventos cuando son provocados por empleados del asegurado, fuera de sus predios, en el curso de su trabajo.
33
Esto significa que la cobertura que se encuentra excluída y que debe incorporarse en todos los casos, es la relativa a los daños a la propiedad de terceros que se produzcan a consecuencia de un incendio o explosión en los predios del asegurado. Esta cobertura se conoce como RC por Incendio/Explosión a Propiedades Vecinas.
34
RC de Productos Después de la Entrega Existe otra etapa generadora de responsabilidad civil para el fabricante, que comienza una vez ha vendido el producto objeto de su industria, ya sea a uno de los que intervienen en la cadena de distribución o al consumidor final. Para los fines de cobertura inicia cuando el producto ha sido entregado, y por consiguiente, el asegurado ya no esta en condiciones de controlarlo, lo que hace imposible para él evitar el siniestro.
35
Los daños que se cubren son lesiones corporales y/o muerte de terceros, daños a la propiedad ajena. Cuando hablamos de propiedad ajena estamos incluyendo los daños que el producto del asegurado pueda ocasionar a otros productos fabricados por terceros, de los que forma parte componente. Un defecto del producto asegurado puede ocasionar no sólo daños al producto del cual forma parte, sino que también puede viciar de tal modo a éste, que se produzcan daños a consumidores finales. Para que el producto pueda producir un daño debe
36
Tener una condición nociva que lo haga potencialmente dañino. Normalmente el daño ocurre durante el proceso de fabricación y podemos distinguir diferentes momentos en que puede situarse la causa originaria del daño: Fase de Concepción: El vicio del producto puede deberse a errores de cálculo, fórmulas químicas, normas técnicas, errores de diseño, etc.
37
La Fase de Fabricación: El error puede haber ocurrido durante el proceso mismo de fabricación del producto, debido a negligencia del personal, o defectos momentáneos de determinadas máquinas que pueden agregar cantidades equivocadas de determinadas sustancias. La Fase de Almacenamiento: Un almacenamiento inadecuado de un producto, sobre todo cuando se trata de productos fácilmente alterables (alimenticios, medicamentos, etc.) puede producir cambios en su estructura que lo haga potencialmente dañino.
38
La Fase de Etiquetado: Es una obligación legal del fabricante proveer información adecuada y suficiente acerca del contenido, uso y manejo del producto. Las informaciones erróneas pueden dar lugar a la producción de daños, aún cuando el producto en si no contenga ningún defecto. Debemos destacar que la póliza de RC solo cubre daños que tengan su origen en un defecto o materia perjudicial del producto, esto hace que algunas posibles causas queden excluídas (error de etiquetado).
39
Puede haber ocasiones en que la responsabilidad de reparar el daño recaiga sobre algún distribuidor y no del fabricante. Esto ocurre cuando se puede demostrar que la negligencia es imputable al distribuidor. El fabricante, tiene la custodia de la estructura del producto, en la medida que es responsable de su fabricación, y debe responder por los daños que causen a consecuencia de los vicios con que resulten fabricados, pero el distribuidor tiene la custodia del comportamiento del producto.
40
Cuando se analiza la cobertura de RC de productos debe tomarse en cuenta si el asegurado exporta su producción o parte de ella. Porque los riesgos creados por productos exportados no están cubiertos en la póliza. Exclusiones en la cobertura de RC de Productos: Los daños ocasionados por productos con fecha de vencimiento caducada. Los perjuicios ocasionados por una simple inadecuación del producto a los fines a que estaba destinado, sin que medie una lesión corporal o un daño a la propiedad.
41
Los gastos de retirada del mercado de un producto luego de haberse detectado un defecto del mismo, o de haberse producido daños. Las pérdidas patrimoniales puras, es decir, que no son la consecuencia de un daño material. Por ejemplo, pérdida de explotación de una aerolínea por la inmovilización de una flota de aviones por haberse detectado un defecto en uno de ellos que encierra un peligro potencial.
42
Responsabilidad Civil para Hoteles y Restaurantes La actividad hotelera representa un sector importante de la economía de nuestro país, pero al mismo tiempo encierra grandes daños a terceros, por lo que se impone una buena cobertura de RC. Los hoteles son frecuentados principalmente por turistas provenientes de otros países, loss cuales traen consigo sus costumbres, su estilo de vida y su cultura de efectuar reclamaciones cuando las cosas no salen bien.
43
Por otro lado, las instalaciones de los hoteles son muy variadas y además de alojamiento y alimentos ofrecen también otros servicios tales como: Discotecas, peluquerías, lavanderías, servicios de caja de seguridad, piscina, gimnasio, actividades acuáticas, etc. Todo ello, por supuesto, crea su propia área de riesgos a la que es necesario atender.
44
Los daños son de naturaleza variada: accidentes que sufren los huéspedes al caer, debido a pisos resbaladizos, deterioro en las escaleras, intoxicaciones por alimentos o bebidas, accidentes en las piscinas, etc. Son muchas las fuentes de daños que pueden producir reclamaciones, pero existe una que puede adquirir carácter catastrófico, y son los incendios, los que podrían llevar a la quiebra a los dueños de hoteles, ya que los daños físicos que sufren las instalaciones del hotel se suman a cuantiosas erogaciones por concepto de indemnizaciones por daños y perjuicios de las víctimas.
45
Las causas de los incendios pueden ser variadas: pueden ser provocados por los mismos huéspedes; por problemas en las instalaciones; descuidos del personal, etc., pero en todo caso pueden ser agravados por la falta de dispositivos de seguridad, avisos, vías de escape o por entrenamiento deficiente del personal para manejarse en caso de catástrofes.
46
Coberturas Principales de esta Póliza RC de predios y operaciones (inmuebles y actividades), incluyendo naturalmente la RC por incendio y/o explosión. RC por daños a equipajes y valores de huéspedes. Se estila indicar sublímites para esta cobertura, por huésped y por período de vigencia. RC por suministro de alimentos y bebidas. RC por las diferentes instalaciones de servicio (Discotecas, canchas de tenis, etc.) RC por instalaciones de propaganda fuera de los predios.
47
Cláusulas y Endosos Usuales en RC Endoso de daños Morales Contratistas independientes Vehículos alquilados y no propios Endoso de Carga y/o descarga Endoso de Derrame de líquidos Endoso de daños a propiedades bajo custodia y control Etc.
48
Responsabilidad Civil Profesional Este es un sector de la RC que se encuentra excluído de las coberturas del seguro de responsabilidad civil general de predios y operaciones a los que nos hemos referido. Por RC profesional nos referimos a la que se deriva del ejercicio de una profesión liberal. La razón por la que no se encuentra cubierta en las pólizas normales es porque reviste características muy especiales que tienen mucho que ver con el nivel de eficiencia con que se ejerce la profesión
49
y además los montos involucrados en las indemnizaciones que resultan de los errores profesionales suelen ser muy elevados. Cuando hablamos del riesgo de responsabilidad civil profesional, hablamos de riesgo potencial de muerte de personas y de muerte de empresas. Los seguros de RC profesional aplican, como hemos dicho, a todas las profesiones liberales: abogados, asesores financieros, directores y administradores, médicos, corredores y agentes de seguro, etc.
50
RC para Profesionales de la Medicina, Clínicas y Hospitales Debemos distinguir entre el seguro de RC para médicos, del que pueden contratar las clínicas y hospitales. En el primer caso se cubre el médico, independientemente del lugar donde se ejerza su profesión de médico. En el segundo caso quien se protege es la clínica, la cual debe suministrar un listado con todos los médicos y personal de salud que ejercen en ese centro médico, cuya actividad se encontrará cubierta mientras ejerzan en dicha clínica o centro médico.
51
La póliza ofrece cobertura al asegurado a causa de daños a terceros, en sus personas y/o bienes, y por los cuales el asegurado resulte civilmente responsable, que surjan a consecuencia del ejercicio de su profesión médica. La especialidad deberá especificarse en la póliza. La cobertura aplica cuando la reclamación del tercero afectado se presenta por primera vez, detro del período de vigencia de la póliza.
52
Al igual que como ocurre con el seguro de RC general, la compañía cubre, dentro del límite asegurado, los costes y gastos judiciales y extrajudiciales necesarios para la investigación y arreglo de los siniestros. Generalmente la compañía tiene el derecho, pero no la obligación de defender al asegurado ante una reclamación.
53
Daños Cubiertos Daños sufridos por terceros a consecuencia de acciones, omisiones o errores profesionales, culposos o negligentes cometidos con ocasión de diagnósticos, tratamientos, aplicaciones terapéuticas, intervenciones quirúrgicas y en general, derivadas de la realización de cualquier acto clínico o quirúrgico que sea de la competencia profesional del asegurado.
54
Responsabilidad que directa, subsidiaria o solidariamente se imputara al asegurado por los actos de los profesionales debidamente habilitados dependientes del asegurado y de los actos de los empleados del asegurado por acciones u omisiones realizados en el desempeño de su cometido laboral de profesión médica, médica auxiliar, farmacéutica y laboratorista, siempre que estos sean numéricamente declarados en la póliza y que se demuestre su dependencia laboral.
55
Daños originados por la utilización del instrumental, aparatos de diagnóstico y aparatos de terapia, necesarios para el desarrollo de su profesión, en cuanto estos aparatos estén reconocidos por la ciencia médica, incluyendo aparatos de rayos X y otros aparatos similares. Daños de los que fuere civilmente responsable el asegurado en su calidad de propietario, arrendatario o condómine de los locales e instalaciones destinadas en exclusiva al ejercicio de su profesión.
56
Exclusiones Usuales Normalmente se excluyen de la cobertura:Normalmente se excluyen de la cobertura: Hechos o circunstancias que el asegurado conocía antes del inicio de vigencia de la póliza, que pudieran dar lugar a una reclamación. Daños causados intencionalmente por el asegurado o por las personas por las que deba responder civilmente. Reclamaciones por violación del secreto profesional.
57
Daños causados por el asegurado, o por las personas por las que deba responder en el ejercicio de una profesión o especialidad diferente a la señalada en la póliza. O por extralimitación en las funciones de su competencia. Ejercer la profesión sin la debida autorización legal. Responsabilidad por la utilización de procedimientos curativos y de medios que no hayan recibido reconocimiento de entidades científicas o de profesionales médicos de reconocido prestigio, o que estén considerados como experimentales.
58
Las consecuencias de recetar o administrar productos farmacéuticos no aprobados por la autoridad competente. Daños que den origen a reclamaciones por no haberse obtenido la finalidad propuesta en cualquier clase de operaciones de cirugía plástica o estética. Daños por tranfusiones de sangre o actividades de banco de sangre. Daños genéticos
Presentaciones similares
© 2025 SlidePlayer.es Inc.
All rights reserved.