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Reprogramación Trimestral Feb/Abr 16
CAMMESA Resolución MEyM N°6/2016 Precios Estacionales Reprogramación Trimestral Feb/Abr 16 Implementación
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Res. MEyM N° 6/2016 - Precios Precios Estacionales Sancionados:
Trimestre Feb - Abr 2016 Niveles de Consumo $PEST $POTREF PICO RESTO VALLE $/MWh $/MW-mes Demanda ≥ 300 kW 773.02 768.72 763.89 Demanda < 300 kW 321.39 317.09 312.26 Demanda Residencial < 10 kW y reducción de 10% 251.39 247.09 242.26 Demanda Residencial < 10 kW y reducción de 20% 201.39 197.09 192.26 Demanda Residencial < 10 kW y menor a 150 kWh/mes y se le haya otorgado la TARIFA SOCIAL 0.00 Demanda Excedente de 150 kWh pero ≤ al consumo 2015 31.39 27.09 22.26 Demanda Excedente de 150 kWh pero > al consumo 2015 Precios de Referencia Sancionados Residenciales Plan Estímulo Residenciales Tarifa Social $PEST aplica por los MWh mensuales declarados para cada segmento y banda horaria establecido en la Resolución. $POTREF aplica por el Requerimiento Máximo del Distribuidor para el mes.
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Res. MEyM N° 6/2016 - Implementación
Declaraciones de Demandas Mensuales: Se mantienen las dos instancias de declaraciones de Demandas Mensuales DMT: A los fines de la confección del DTE Provisorio – Emisión día 8 de cada mes. DMD: Detalle de las demandas declaradas, incluyendo las modificaciones correspondientes – Emisión DTE Cierre. Se mantienen los criterios generales de declaración DMT: Declaración de Demandas Totales por banda horaria de Usuarios Propios o atendidos por Otros Prestadores dentro de su área de concesión. Se incluyen las pérdidas de la red de distribución hasta su vinculación al SADI. DMD: Declaración de Demandas Desagregadas, detallando para cada segmento requerido la energía facturada por banda horaria y sus pérdidas asociadas.
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Res. MEyM N° 6/2016 - Declaraciones
Declaración de Demandas Totales - DMT Res. MEyM N° 6/2016 Demandas Totales a facturar por banda en MWh Segmento de Demanda PICO RESTO VALLE Total Residencial Plan Estímulo Consumo c/ Ahorro ≥ 10% y ≤ 20% 11.620 18.920 8.270 38.810 Consumo c/ Ahorro > 20% 4.810 9.450 4.080 18.340 Tarifa Social Consumo ≤ 150 kWh/mes 9.300 19.300 8.070 36.670 Consumo > 150 kWh/mes y ≤ igual mes año 2015 9.710 18.820 8.080 36.610 Consumo > 150 kWh/mes y > igual mes año 2015 6.940 10.700 4.860 22.500 Resto Consumo demanda Residencial no incluida en los segmentos anteriores Usuarios No Residenciales < 300 kW 97.690 Usuarios No Residenciales ≥ 300 kW 28.890 74.190 TOTAL
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Res. MEyM N° 6/2016 - Declaraciones
Declaración de Demandas Totales – DMT Inclusión de Pérdidas Res. MEyM N° 6/2016 Demandas Totales a facturar por banda en MWh Segmento de Demanda PICO RESTO VALLE Total Residencial Plan Estímulo Consumo c/ Ahorro ≥ 10% y ≤ 20% 11.620 18.920 8.270 38.810 Consumo c/ Ahorro > 20% 4.810 9.450 4.080 18.340 Tarifa Social Consumo ≤ 150 kWh/mes 9.300 19.300 8.070 36.670 Consumo > 150 kWh/mes y ≤ igual mes año 2015 9.710 18.820 8.080 36.610 Consumo > 150 kWh/mes y > igual mes año 2015 6.940 10.700 4.860 22.500 Resto Consumo demanda Residencial no incluido en los segmentos anteriores Usuarios No Residenciales < 300 kW 97.690 Usuarios No Residenciales ≥ 300 kW 28.890 74.190 TOTAL Cada segmento debe incluir las pérdidas reconocidas por la autoridad correspondiente (Nota S.E.E. N° 39/16) El resto de las pérdidas deberá declararse en los segmentos Residencial Resto y/o Usuarios No Residenciales < 300 kW
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Res. MEyM N° 6/2016 - Declaraciones
Declaración de Demandas Totales – DMT Asignación de Energías Declaraciones Firmes Res. MEyM N° 6/2016 Demandas Totales a facturar por banda en MWh Segmento de Demanda PICO RESTO VALLE Total Residencial Plan Estímulo Consumo c/ Ahorro ≥ 10% y ≤ 20% 11.620 18.920 8.270 Consumo c/ Ahorro > 20% 4.810 9.450 4.080 Tarifa Social Consumo ≤ 150 kWh/mes 9.300 19.300 8.070 Consumo > 150 kWh/mes y ≤ igual mes año 2015 9.710 18.820 8.080 Consumo > 150 kWh/mes y > igual mes año 2015 6.940 10.700 4.860 Resto Consumo Residencial no incluido en los segmentos anteriores Usuarios No Residenciales < 300 kW 97.690 Usuarios No Residenciales ≥ 300 kW 28.890 74.190 TOTAL % Pico MWh Resto MWh Valle MWh Valores SMEC Publicaciones Parte Semanal de Demandas Diferencias por Banda Horaria
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Res. MEyM N° 6/2016 - Declaraciones
Declaración de Demandas Desagregadas – DMD Se crean categorías de Usuarios Residenciales Se mantienen los Rangos tarifarios de la Res. ex S.E. N° 93/04 Se eliminan los conceptos relacionados con la Res. ex S.E. N° 1301/11 En forma complementaria, se requerirá el detalle de los clientes declarados en Tarifa Social y Plan Estímulo a los fines de consolidación de información Se solicitará la metodología para asignar los consumos para estas tarifas así como la asignación de los Grandes Usuarios y sus pérdidas.
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Res. MEyM N° 6/2016 - Declaraciones % Quita Subsidio Asignado
Declaración de Demandas Desagregadas – DMD Se eliminan los conceptos relacionados con la Res. ex S.E. N° 1301/11 Se Eliminan Planilla Declaración Demanda por Actividad (Res. SE 1301) XXXXDD XXXXXXXX DISTRIBUIDOR diciembre 2015 Prestador Rango Usuario Actividad Industrial Categoría Usuarios Cantidad Usuarios Código Suministro CUIT Suministro Aplica Subsidio Nivel Tensión Potencia Máxima % Energía Asig Energía Facturada Pérdidas Dato Estimado % Quita Subsidio Asignado $Reducción Subs. Adic. Pico Resto Valle XXXXXXDD UR1 100 710253 S I UR2 120777 UR3 162918 UR4 61272 UR5 6973 AP 1000 88 NR1 000000 251870 NR2 14044 GUd 11093 U30 15574 GUc 288 1004 1 2260.6 1010 1011 1012 1018 906.08 1022 1028 1030 46.04
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Res. MEyM N° 6/2016 - Declaraciones
Declaración de Demandas Desagregadas – DMD Se mantienen los Rangos tarifarios de la Res. ex S.E. N° 93/04 Se mantienen Planilla de Declaración de Demandas XXXXXXDD XXXXXXXX DISTRIBUIDOR Prestador Rango Usuario Categoría Usuarios Cantidad Usuarios Código Suministro UR1 100 710253 UR2 UR3 162918 UR4 61272 UR5 6973 AP 1000 88 NR1 251870 NR2 14044 GUd 11093 U30 15574 GUc 288 1004 1 1010 1011 1012 1018 1022 1028 1030 Rango de Usuarios Rango Cod.R93 Descripción UR1 Art 19 a) I Residencial ≤ 300 kWh/bim UR2 Art 19 a) II 300 kWh/bim < Residencial ≤ 1000kWh/bim UR3 Art 19 a) III 1000 kWh/bim < Residencial ≤ 1400kWh/bim UR4 Art 19 a) IV 1400 kWh/bim < Residencial ≤ 2800kWh/bim UR5 Art 19 a) V Residencial > 2800 kWh/bim AP Alumbrado Público NR1 Art 19 b) I Suministros Generales ≤ 10 kW no Residencial y < 4000kWh/bim NR2 Art 19 b) II Suministros Generales ≤ 10 kW no Residencial y ≥ 4000kWh/bim GUD Art 19 d) Usuarios que califican como GUME y GUPA entre 10 y 300 kW U30 Art 19 e) Usuarios entre 10 a 30 kW GUC Art 19 c) Usuarios que califican como GUMA y GUME ≥ 300kW
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Res. MEyM N° 6/2016 - Declaraciones Potencia Máxima Registrada
Declaración de Demandas Desagregadas – DMD Nueva estructura del DMD Nuevas categorías Se Agregan Planilla de Declaración de Demandas XXXXXXDD XXXXXXXX DISTRIBUIDOR febrero 2016 Prestador Rango Usuario Categoría Usuario Cantidad Usuarios Código Suministro Nivel Tensión Potencia Máxima Registrada Potencia Contratada Energía Facturada Energía Tarifa 1 Pérdidas Estimado Pico Resto Valle UR1 5000 750 15.00 35.00 14.00 1.2 2.8 1.12 I UR2 1250 120.00 250.00 107.00 9.6 20 8.56 UR3 200 38.00 60.00 26.00 3.04 4.8 2.08 UR4 100 24.00 45.00 18.00 1.92 3.6 1.44 UR5 50 30.00 40.00 20.00 2.4 3.2 1.6 5010 30 6.34 11.88 4.75 0.51 0.95 0.38 10 5.28 7.04 3.52 0.42 0.56 0.28 5020 1.34 2.80 1.20 0.11 0.22 0.1 25 3.33 5.25 2.28 0.27 0.18 5500 2.00 4.67 1.87 0.16 0.37 0.15 5510 80 7.60 15.84 6.78 3.02 6.29 2.69 0.61 1.27 0.54 3.76 5.94 2.57 0.92 1.45 0.63 0.3 0.48 0.21 5520 12 3.17 2.38 0.50 0.93 0.25 0.19 7 4.62 6.16 3.08 0.35 0.47 0.23 0.49 AP 1 15.27 0.00 32.28 0.46 0.97 NR1 1.75 0.43 0.09 NR2 21.77 49.41 15.72 1.09 2.47 0.79 GUD 15 48.13 151.76 41.67 2.41 7.59 U30 3 2.60 7.54 2.23 0.13 GUC GD0001DI 365.2 300 2.64 13.57 6.79 0.68 0.34
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Res. MEyM N° 6/2016 - Declaraciones Potencia Máxima Registrada
Declaración de Demandas Desagregadas – DMD Prestador Rango Usuario Categoría Usuario Cantidad Usuarios Código Suministro Nivel Tensión Potencia Máxima Registrada Potencia Contratada Energía Facturada Energía Tarifa 1 Pérdidas Estimado Pico Resto Valle XXXXXXDD UR1 5000 750 15.00 35.00 14.00 1.2 2.8 1.12 I UR2 1250 120.00 250.00 107.00 9.6 20 8.56 UR3 200 38.00 60.00 26.00 3.04 4.8 2.08 UR4 100 24.00 45.00 18.00 1.92 3.6 1.44 UR5 50 30.00 40.00 20.00 2.4 3.2 1.6 5010 30 6.34 11.88 4.75 0.51 0.95 0.38 10 5.28 7.04 3.52 0.42 0.56 0.28 5020 1.34 2.80 1.20 0.11 0.22 0.1 25 3.33 5.25 2.28 0.27 0.18 5500 2.00 4.67 1.87 0.16 0.37 0.15 5510 80 7.60 15.84 6.78 3.02 6.29 2.69 0.61 1.27 0.54 3.76 5.94 2.57 0.92 1.45 0.63 0.3 0.48 0.21 5520 12 3.17 2.38 0.50 0.93 0.25 0.19 7 4.62 6.16 3.08 0.35 0.47 0.23 0.49 AP 1 15.27 0.00 32.28 0.46 0.97 NR1 1.75 0.43 0.09 NR2 21.77 49.41 15.72 1.09 2.47 0.79 GUD 15 48.13 151.76 41.67 2.41 7.59 U30 3 2.60 7.54 2.23 0.13 GUC GD0001DI 365.2 300 2.64 13.57 6.79 0.68 0.34 Energía Tarifa 1 Energía comprendida en el punto a) del Artículo 7° de la Res. MEyM N° 6/16 (hasta 150 kWh/mes) Energía Facturada Energía Total Facturada (incluye Energía Tarifa 1) El resto de la información mantiene la estructura anterior de la DMD
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Res. MEyM N° 6/2016 - Declaraciones
Relación con los Entes Reguladores o Autoridad Local (Art 8°) “… los Agentes Distribuidores … deberán informar al OED mensualmente y dentro de los plazos que para ello se definan a los efectos de su incorporación a las Transacciones Económicas del MEM, la energía vendida a los usuarios residenciales alcanzados por lo dispuesto en los Art 5° a 7° del presente acto. Tales declaraciones deberán ser respaldadas por el ente regulador o autoridad local con competencia en cada jurisdicción donde se apliquen los Precios Estacionales definidos en los artículos referidos previamente…” Hitos de declaración para la Transacción Días hábiles 6 7 14 20 DTE Cierre DTE Provisorio Redeclaración Demanda Declaración Demanda Se comunicará a los distintos Organismos la modalidad que permita cumplir este requisito de la Resolución. En tal sentido, en el transcurso de la semana se enviarán las correspondientes notas con copia a los Distribuidores.
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Res. MEyM N° 6/2016 - Declaraciones
Situación de Distribuidores con deuda pendiente (Art. 9°) Para que el Distribuidor acceda a la Tarifa Social y Plan de Estímulo deberá cumplir con sus obligaciones de pago. A fin de normalizar la cobranza, los Distribuidores con deudas pendientes deberán acordar un plan de pagos, en un plazo no mayor de 30 días, para cancelar esas deudas y además garantizar el pago en el MEM. La situación de deuda pendiente de los Distribuidores es muy dispar. Por lo cual, en el transcurso de la semana se enviarán notas a los Distribuidores solicitando el envío de una propuesta de pago.
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Res. MEyM N° 6/2016 - Facturación
Esquema de Facturación según la Res. MEyM N° 6/16
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