REGISTRO NACIONAL DE ARMAS Marcaje de Armas y Municiones
UBICACION DEL R.N.A. EN EL ESCENARIO NACIONAL
MISION DEL R.N.A.
Fundamento normativo: Ley 17.300 CIFTA (ámbito OEA) Ley 18.233 Tercer Protocolo de Palermo (ámbito ONU)
CUANDO SE APLICAN LAS NORMAS AL REGISTRO E INSPECCION : ARMAS IMPORTADORES CASAS COMERCIALES COLECCIONISTAS ARMEROS RECARGADORES CAZADORES TIRADORES DEPORTIVOS REMATADORES AL AUTORIZAR IMPORTACIONES
a) el nombre del país o lugar de fabricación (productor) CONTENIDO DEL MARCAJE a) el nombre del país o lugar de fabricación (productor) b) nombre del fabricante c) número de serie y marca comercial d) año de producción,
e) tipo, calibre y modelo de arma, f) país importador y nombre del importador. g) nombre o sigla, y escudo de la institución oficial, cuando corresponda
Codificación de Marcaje: En todos los casos, cuando el país importador sea la República Oriental del Uruguay el código de “país importador” será la combinación de letras UY (vocal “u” y consonante “ye” mayuscula)
Marcaje en S.M.A.
Tipos de equipos utilizado:
Las cajas y embalajes de la munición contendrán las siguientes menciones: c) nombre o código aprobado del país productor. d) nombre o distintivo aprobado del fabricante. e) número de lote. f) año de producción. g) código aprobado del país importador (el mismo que aparece en el culote) y año de importación.
Objetivos a alcanzar: Posibilidad de Incrementar Controles a realizar a las armas nuevas de acuerdo a las normas vigentes. (posibilidad de rastreo e historial de un arma a partir de su ingreso al país).
REGISTRO NACIONAL DE ARMAS ? VISITENOS EN LA WEB www.rna.gub.uy VISITENOS EN LA WEB WWW.RNA.GUB.UY