1 TD Autor: CISAC Original: inglés © CISAC2007 Principios de reparto Repertorio musical CISAC
© CISAC Cómo repartir ¿Qué es lo que se reparte? ¿Cuál es el proceso de reparto?
© CISAC ¿Qué es lo que se reparte? Acuerdo Recíproco Sociedad A Sociedad hermana Miembros de la Sociedad A Miembros de la Sociedad hermana Usuarios En el territorio de la Sociedad A Royalties Gastos, Fondos Impuestos
© CISAC ¿Cuál es el proceso de reparto? El reparto es un proceso complejo, metódico y exigente La precisión asienta la credibilidad de una sociedad
© CISAC Las 3 claves de la precisión Una buena documentación Unas reglas de reparto claras Una buena información sobre la utilización de la obra ¿Cuál es el proceso de reparto?
© CISAC ¿Cuál es el proceso de reparto? Documentación Reparto Reglas de distribución Utilización de la obra
© CISAC Las etapas del proceso de reparto La definición de reglas de reparto por parte de la sociedad es requisito previo 1- Recogida de información sobre la utilización de la obra, verificación de la calidad y tratamiento 2- Puesta en relación de los datos de utilización con la documentación de las obras 3- Atribución de valor a cada obra / utilización 4- Atribución de créditos a los derechohabientes en función de las partes 5- Atribución de derechos a los miembros y a las sociedades hermanas ¿Cuál es el proceso de reparto?
© CISAC Recogida de información sobre la utilización de las obras ¿Cómo obtener información sobre la utilización de las obras? Recordar: La calidad del reparto depende de la calidad de la información de la que dispone la sociedad sobre Las obras y los derechohabientes (procesos de documentación) Los usuarios de las obras
© CISAC Recogida de información sobre la utilización de las obras En general, hay tres categorías de información sobre la utilización de las obras Programas (100 % registro) Muestreo Ninguna información
© CISAC Recogida de información sobre la utilización de las obras Programas (100 % registro) Obtener en prioridad > Por ej.: tele y radiodifusores, conciertos, cine Muestreo Cuando la información es incompleta o en caso de numerosas utilizaciones > Por ej.: tele y radiodifusores Ninguna información En ciertos casos, es imposible conseguir la información directa Ex.: comercios, discotecas, gramolas… En este caso, trabajar por analogía
© CISAC Recogida de información sobre la utilización de las obras Programas Modelo de acuerdo recíproco: Art. 7 (I) «Toda sociedad hará lo posible por conseguir los programas de todas las ejecuciones públicas que tengan lugar en su territorio y por utilizar estos programas como base de trabajo eficaz para el reparto de los derechos totales netos percibidos por dichas ejecuciones»
© CISAC Programa ¿Cuál es la información mínima requerida a los usuarios? Para la obra El título de la obra musical El título de la película y del episodio El nombre del compositor / libretista El nombre del intérprete Para la utilización El período correspondiente (de la semana / del mes A a la semana / al mes B) El número de veces en las que la obra ha sido ejecutada La duración de la obra tal y como ha sido ejecutada La hora de difusión (hora de máxima audiencia…) El nombre del programa de TV 1. Recogida de información sobre la utilización de las obras
© CISAC Recogida de información sobre la utilización de las obras Muestreo Según los principios de exactitud, equidad y economía Planes de muestreo Por ej.: 1 día de cada 2, 1 día de cada 8, etc. para una sola cadena Por ej.: 1 mes de cada 3 para una cadena en el mismo grupo con fecha de inicio, cuando hay más de 90 cadenas de pop en el país Establecer planes de muestreo correspondientes al volumen de ingresos Tener en cuenta la rentabilidad del procesamiento de datos de las cadenas de TV y emisoras de radio Pensar en reagrupar las cadenas con pequeños ingresos con las cadenas mayores del mismo grupo
© CISAC Recogida de información sobre la utilización de las obras Muestreo Los muestreos pueden ser proporcionados por los usuarios En este caso la información necesaria es la misma que para los programas completos Los muestreos pueden ser necesarios cuando los usuarios no proporcionen información Elegir una muestra representativa, de preferencia realizada por un organismo externo y neutro
© CISAC Recogida de información sobre la utilización de las obras Ninguna información: recurrir a la analogía Ciertos grupos de usuarios utilizan el mismo repertorio que otros. Los derechos de autor correspondientes al primer grupo pueden ser repartidos sobre la base de la información del segundo Por ej.: Aplicar los datos de una emisión de radio a un comercio Por ej.: Aplicar los datos de los programas de televisión y emisiones de radio a un hotel
© CISAC La manera de recoger información sobre las utilizaciones deberá especificarse en los contratos de licencia Información mínima requerida Periodicidad: mensual, trimestral… Medio utilizado: Electrónico, papel Formato: Soluciones acordadas entre las partes: archivo Excel, archivo XML… Normas DDEX (para más información: 1. Recogida de información sobre la utilización de las obras
© CISAC Recogida de información sobre la utilización de las obras Recordar: El tipo y la calidad del retorno de la información sobre la utilización de las obras se negociarán durante el proceso de concesión de licencia Cada vez que sea posible, desarrollar sistemas de control para dar validez a la calidad de los datos enviados por los usuarios
© CISAC El principio general es que los ingresos que provienen de cierto tipo de utilización se atribuyen a las obras que hayan sido utilizadas Los ingresos totales deberán desglosarse en varios conceptos que correspondan a las diversas utilizaciones, tal y como se define en los estatutos de la sociedad y/o la ley Para basar el reparto en la utilización efectiva de las obras Para respetar las claves de reparto que pueden variar en función del tipo de utilización 2. Puesta en relación de los datos de la utilización con la documentación de las obras
© CISAC Puesta en relación de los datos de la utilización con la documentación de las obras Ejemplo de conceptos de reparto Pública TV Por cableHertziano Privada Etc…
© CISAC Procesos a seguir (1/2): Una vez reciba usted la información sobre la utilización, los datos deberán ser introducidos en la base de datos de la sociedad Esta fase deberá efectuarse por separado para cada categoría de usuarios: Emisoras de radio, cadenas de televisión, etc. En efecto, cada categoría puede tener distintas reglas de reparto. Los programas deberán corresponder a los períodos de recaudación. 2. Puesta en relación de los datos de la utilización con la documentación de las obras
© CISAC Puesta en relación de los datos de la utilización con la documentación de las obras Proceso a seguir (2/2): Reagrupar los datos de utilización si el título, el compositor y el autor son la misma persona (para evitar etapas redundantes) Las ejecuciones deberán ser inspeccionadas para verificar si la obra ya existe en la base de datos de la sociedad (interna o internacional). Si la obra existe, el código se atribuirá a las ejecuciones correspondientes. Si, a pesar de todos estos esfuerzos de búsqueda, la ejecución no puede ser asociada a ninguna obra existente, la ejecución será considerada como no identificada.
© CISAC Puesta en relación de los datos de la utilización con la documentación de las obras La etapa de puesta en relación de datos de utilización con la documentación de las obras puede ser: O bien manual O bien automatizada con ayuda, por ejemplo, de un software de gestión colectiva
© CISAC Conceptos de Distribución
© CISAC Derechos Generales Eventos En Vivo Megaconciertos Est. Públicos - Locales Ambientación Musical Bailes Centrales Telefónico
© CISAC Radio & Televisión – Radiodifusión / Broadcasting Radio Comercial Interés Publico Comunitarias Comerciales Televisión Abierta Nacionales Regionales Tv Por Suscripción
© CISAC Reproducción – Análoga Productores Fonográficos Sincronización Copias Digitales- Rockolas Computadores Prensajes Especiales
© CISAC Derechos Digitales DescargasStreamingVideo Video por Demanda Radio Digital Simulcasting Webcasting
© CISAC Derechos Dramáticos Derechos Del Extranjero Cine Recuperación Pendientes de Identificar Otros Conceptos De Distribución
© CISAC Valor Atribuido a cada obra / utilización en cada categoría Cada sociedad elige sus propios criterios (en sus estatutos) de atribución de valor Tipo de música Prorrata temporis (duración de la obra o duración de ejecución) Prorrata numeris (número de ejecuciones de la obra) Hora de difusión (teniendo en cuenta la audiencia) Etc. 3. Atribución de valor a cada obra / utilización
© CISAC Métodos de cálculo Directo Tarifa recaudada Indirecto Valor del punto Valor del minuto Otros Las sociedades utilizan distintos tipos de métodos, en función Del tipo de utilización de las obras De las reglas internas 3. Atribución de valor a cada obra / utilización
© CISAC Métodos De Distribución 1. Prorrata Numeris 2. Calculation Based 3. Prorrata Temporis
© CISAC Atribución de valor a cada obra / utilización Directo: basado en las tarifas recaudadas La sociedad A recauda 70 US$ por un concierto dado. El programa de dicho concierto contiene 3 obras: Obra 1: 5 minutos Obra 2: 2 minutos y 30 segundos Obra 3: 10 minutos Si la sociedad A calcula a prorrata temporis, el resultado será: Obra 1: 20 US$ Obra 2: 10 US$ Obra 3: 40 US$ Si la sociedad A calcula a prorrata numeris, el resultado será: Obra 1: 23,34 US$ Obra 2: 23,33 US$ Obra 3: 23,33 US$
© CISAC Atribución de valor a cada obra / utilización Indirecto: basado en el valor del punto La sociedad A recauda 1000 US$ por todos los conciertos que han tenido lugar durante el año. Los programas de estos conciertos contienen 100 ejecuciones, pero ciertas obras han sido ejecutadas varias veces. Cada ejecución de una obra se denomina «punto»: Obra 1: 20 veces Obra 2: 15 veces Obra 3: 10 veces Las demás obras: una vez La sociedad A calcula el valor del punto: 1000 US$ / 100 = 10 US$ La sociedad A atribuye un valor a cada obra en función del valor del punto Obra 1: 20 x 10 US$ = 200 US$ Obra 2: 15 x 10 US$ = 150 US$ Obra 3: 10 x 10 US$ = 100 US$ Las demás obras: 1x 10 US$ = 10 US$ cada una
© CISAC Cada obra tiene un valor monetario por utilización Cada obra tiene derechohabientes que presentan distintos tipos de partes (clave de reparto) en función de los distintos tipos de utilización El valor monetario deberá desglosarse por derechohabientes 4. Atribución de créditos a los derechohabientes
© CISAC Atribución de créditos a los derechohabientes Ejercicio La obra 1, en nuestro ejemplo de cálculo por valor del punto, tiene un valor de 20 x 10 US$ = 200 US$ Fue creada por autores que son miembros de la sociedad A y publicada por un miembro de la sociedad B. Las partes están documentadas de este modo: El 25 % de la parte autores para el compositor John Note (sociedad A) = 50 US$ El 25 % de la parte autores para el autor Jane Word (sociedad A) = 50 US$ El 50 % de la parte editor para el editor No Problem Music (sociedad B) = 100 US$ Las deducciones siguientes pueden realizarse sin otros acuerdos entre las sociedades A y B salvo el modelo de contrato de representación recíproca: Deducción por gastos de gestión, ej.: el 10 % Deducción por acciones sociales y culturales, ej.: el 5 % Deducción por impuestos, en su caso, por ej.: el 10 % ¿Cuál es el importe a repartir a la sociedad hermana?
© CISAC Atribución de créditos a los derechohabientes El cálculo deberá realizarse por etapas Deducción por gastos de gestión Artículo 8 (I) del contrato tipo: el % deducido no deberá ser superior al que se deduzca de los propios miembros 100 US$ - 10 US$ (10 %) deducción de gastos = 90 US$ Deducción por acciones sociales y culturales Artículo 8 (II) del contrato tipo: No más del 10 % 90 US$ - 4,50 US$ (5 %) acciones sociales y culturales = 85,5 US$ Deducción por impuestos En su caso, cerciorarse de que no se aplique una doble imposición 85,5 US$ - 8,.55 US$ (10 %) impuesto = 76,95 US$ 76,95 US$ deberán repartirse a la sociedad B para el editor No Problem Music
© CISAC A los miembros de la sociedad En los estatutos o en el reglamento interno Periodicidad / tipo de derechos Formato A las sociedades hermanas En el contrato recíproco, de conformidad con las reglas internacionales Cada sociedad envía liquidaciones para todos los derechos pertenecientes a los miembros de una sociedad hermana exclusivamente a dicha sociedad o a su representante legal. 5- Atribución de derechos a los miembros y a las sociedades hermanas Enviar: dinero + declaración
© CISAC Atribución de derechos a los miembros y a las sociedades hermanas A- Miembros de la sociedad ¿Cuántos? En función de los procedimientos y de los reglamentos de cada sociedad, ciertas deducciones pueden aplicarse a todos / determinados miembros tras el proceso de reparto. Estas deducciones pueden ser de varios tipos : Sociales, médicas, seguros, tarifa de adhesión… Reajustes Préstamos Impuestos La cantidad neta se calculará tras aplicar las deducciones correspondientes a cada miembro Las deducciones deberán mencionarse y explicitarse con claridad en la declaración entregada a los miembros.
© CISAC PROCESO DE DISTRIBUCIÓN Fase 1 Fase 2 Fase 3 CAPTURA DE INFORMACION CODIFICACION AUTOMATICA CODIFICACION MANUAL
© CISAC Fase 3 Fase 4 Fase 5 REPARTO A LA OBRA REPARTO AL DCH DESCUENTOS & HEREDEROS PROCESO DE DISTRIBUCIÓN
© CISAC DIENRO A DSITRIBUIR REP. OBRAREP. DCHDESC.HEREDIMPTOS PROCESO DE DISTRIBUCIÓN
© CISAC Concepto de Obras PI & NS PI = ? NS
© CISAC Atribución de derechos a los miembros y a las sociedades hermanas A- Miembros de la sociedad ¿Cuándo? Al menos una vez al año Cada sociedad define las fechas de pago a sus miembros en función de su calendario de reparto Pueden establecerse distintas fechas de pago: Por tipo de derechos (ejecución / mecánica) Por categorías de reparto Por tipo de miembros (Autores / Editor) Es importante que: Las fechas de pago se pongan en conocimiento de los miembros Se cumplan Los pagos se realicen lo antes posible tras el proceso de reparto.
© CISAC Atribución de derechos a los miembros y a las sociedades hermanas A- Miembros de la sociedad ¿Cómo? Habitualmente, las sociedades piden a los miembros que elijan el sistema de pago que más les convenga Los sistemas más habituales son los siguientes : Envío de un cheque a domicilio Transferencia a una cuenta bancaria Pago en los locales de la sociedad
© CISAC Atribución de derechos a los miembros y a las sociedades hermanas A- Miembros de la sociedad Declaraciones de liquidaciones Las sociedades deberán hacer lo posible para proporcionar información de buena calidad sobre los pagos a todos sus miembros. La información deberá ser lo más completa posible, para permitir a los autores y editores identificar las fuentes de ingresos que reciben por las distintas categorías administradas por la sociedad. La información a proporcionar depende de la identidad del destinatario: Autores / compositores : Información sobre sus propias obras Formato establecido por la sociedad (papel o archivo electrónico) Editores: Información sobre todas las obras que administran Formatos estándares CISAC (CRD) o formatos aprobados por la sociedad y los editores
© CISAC Atribución de derechos a los miembros y a las sociedades hermanas A- Miembros de la sociedad Información mínima a aportar (1/2) Información general Nombre del miembro Categoría Identificación del reparto Fecha de reparto Período cubierto por el reparto
© CISAC Atribución de derechos a los miembros y a las sociedades hermanas A- Miembros de la sociedad Información mínima a aportar (2/2) Información específica (en función de la categoría) Derechos de ejecución Título de la obra Código de la obra Parte Importe para cada categoría (Radio, TV, Conciertos, etc.) Para audiovisual: nombre de la película/serie que incluye la obra
© CISAC ¿Cómo presentar los datos a las sociedades hermanas? (1/6) Liquidación por obras Salvo acuerdo contrario, las liquidaciones transmitidas a las sociedades hermanas tendrán la forma siguiente: Nombre del autor Título Liquidación por miembros Las sociedades pueden decidir establecer una liquidación por titulares de derechos (miembros), pudiendo establecerse la secuencia por miembro en función del título de la obra o en función del autor / el título de la obra. 5- Atribución de derechos a los miembros y a las sociedades hermanas B- Sociedad hermana
© CISAC Atribución de derechos a los miembros y a las sociedades hermanas B- Sociedad hermana Derechos de ejecución: Ejecuciones generales («derechos generales») Película Derechos de difusión: Radio (cable, retransmisión por cable, satélite) TV (cable, satélite) Derechos de copia privada: Audio Audiovisual Derechos de alquiler y préstamo: Audio Audiovisual Derechos en línea: Descargas, streaming, tonos telefónicos … ¿Cómo presentar los datos a las sociedades hermanas? (2/6) Descripción de las cuentas La composición de las cuentas va en función de las categorías de reparto de la sociedad que reparte, pero deberá al menos precisar qué importes de las categorías siguientes corresponden a los autores y a los editores:
© CISAC ¿Cómo presentar los datos a las sociedades hermanas? (3/6) Información mínima Los datos mencionados en las liquidaciones deben permitir que la sociedad destinataria pueda repartir las partes a sus miembros. En esta perspectiva, es importante indica : El título original de la obra (gracias al ISWC); El nombre del autor; si la obra no está protegida, también el nombre del autor de los arreglos (gracias al IP Name Number); Los nombres de los derechohabientes para los que se han establecido las liquidaciones (gracias al IP Name Number); La cantidad y la parte debidas a cada autor o editor pertenecientes a la sociedad destinataria. Este importe se indicará en la divisa nacional de la sociedad que reparte. La aplicación de la Regla de Varsovia y de la Regla de Roma deberán ser indicadas con claridad. 5- Atribución de derechos a los miembros y a las sociedades hermanas B- Sociedades hermanas
© CISAC Atribución de derechos a los miembros y a las sociedades hermanas B- Sociedades hermanas ¿Cómo presentar los datos a las sociedades hermanas? (4/6) Información mínima Además, las liquidaciones deberán permitir hacerse una idea precisa de la utilización de la obra. En este sentido, para las producciones audiovisuales, convendrá indicar siempre: El título con el que la producción ha sido difundida o televisada (gracias al ISAN si está disponible); El título original
© CISAC ¿ Cómo presentar los datos a las sociedades hermanas? (5/6) Medio utilizado La información podrá ser enviada de varias maneras (papel, electrónico…) El objetivo es el electrónico Formato El objetivo es el CRD (en fase de prueba) Formatos provisionales Formato E4 para las ejecuciones y las difusiones (Ver CTR ) Formato F2 para las proyecciones o las difusiones de producciones audiovisuales (Ver CTR ) Para información: formato M3 para los derechos mecánicos (Ver CTR ) 5- Atribución de derechos a los miembros y a las sociedades hermanas B- Sociedades hermanas
© CISAC ¿ Cómo presentar los datos a las sociedades hermanas? (6/6) CRD: Common Royalty Distribution A medio o largo plazo, el formato electrónico debe reemplazar los formatos EFM Primero se lanzará como «formato de sociedad a sociedad», pero las sociedades pueden utilizar el CRD para envíos de «sociedad a miembro » 5- Atribución de derechos a los miembros y a las sociedades hermanas B- Sociedades hermanas
© CISAC Atribución de derechos a los miembros y a las sociedades hermanas B- Sociedades hermanas ¿Cuándo repartir? Las reglas de la CISAC El modelo de acuerdo recíproco de la CISAC (artículo 9 (I)) Salvo acuerdo contrario, las liquidaciones deberán enviarse a las sociedades hermanas en un plazo de 90 días a partir del envío de las liquidaciones a los miembros de la sociedad que reparte. La frecuencia de liquidaciones será definida por la sociedad que reparte, pero éstas deberán efectuarse al menos una vez al año Este modelo estará sujeto a reajustes por parte de las sociedades contratantes
© CISAC El reparto sin documentación adecuada Búsqueda de información El reparto en ciertos casos específicos
© CISAC El reparto sin documentación Inevitablemente, hay cierto número de obras o de derechohabientes que no pueden identificarse a la primera. Precisamente la razón de ser de las OGC es buscar información para hacer llegar los derechos de autor a los verdaderos derechohabientes y reducir el número de obras no identificadas. Un reparto metódico y preciso incrementa la credibilidad de las OGC ante los usuarios, los miembros y las autoridades.
© CISAC Búsqueda de información ¿Dónde buscar información?
© CISAC Búsqueda de información Ante los usuarios Datos exactos sobre la utilización de las obras Ante los miembros de las sociedades Autores / Compositores: Completando la declaración de la obra Editores / Subeditores: Consultando los catálogos y los contratos Ante las sociedades hermanas CIS-Net
© CISAC Búsqueda de información ante las sociedades hermanas Si no encuentra información en su base de datos ¡utilice CIS-Net! Resoluciones obligatorias Declaración de principio: «Cuando una sociedad no disponga de documentación sobre una obra musical que haya sido utilizada en su o sus territorios y que la sociedad ya haya consultado la información puesta a disposición por sus miembros editores, la sociedad deberá recurrir a CIS-Net para requerir la puesta a disposición de las bases de datos por parte de las sociedades miembros.»
© CISAC El reparto en ciertos casos específicos A pesar de todos los esfuerzos, puede ocurrir que una sociedad no consiga encontrar la información necesaria para el procesamiento de un reparto. La sociedad no tiene en ningún caso derecho a conservar dichos royalties y deberán aplicarse las reglas de la CISAC.
© CISAC El reparto en ciertos casos específicos Si la información no está disponible: utilice el formato UP La lista-encuesta tradicional ha sido reemplazada por el nuevo formato electrónico "UP-1". Este formato deberá ser utilizado para la circulación internacional de solicitudes de información sobre las obras cuando las sociedades que reparten no dispongan de ninguna documentación suficiente para repartir los derechos. Estas solicitudes de información son dirigidas por la sociedad que reparte a todas sus sociedades hermanas para que la ayuden a conseguir la documentación que le falta. Dichas solicitudes pueden limitarse a las obras para las que un conjunto de derechos a repartir sobrepasa un tope mínimo fijado por la sociedad que reparte, precisándose que las obras por las que el conjunto de derechos a repartir sobrepase los US$ 20,00 deberán siempre figurar en estas listas. ISMWI-0040R7: Principios de circulación de datos de las ejecuciones no identificadas
© CISAC El reparto en ciertos casos específicos Regla de Varsovia de la CISAC (1934, actualizada en 1993) Si, en el momento del reparto, no se dispone de ninguna documentación de una obra que ha sido ejecutada o difundida pero es posible identificar a uno de los derechohabientes originales como socio o mandante de una sociedad hermana, el total de los derechos correspondientes a dicha obra debe pagarse a esa sociedad hermana. La sociedad destinataria efectuará el reparto sobre la base de la documentación que posee. La sociedad destinataria debe facilitar lo más rápidamente posible a la sociedad que reparte la documentación sobre las obras para las que no está habilitada a recibir la totalidad de los derechos o notificar a la sociedad que reparte si, por cualquier razón, no puede repartir ella misma los derechos.
© CISAC El reparto en ciertos casos específicos Partes correspondientes a autores o editores desconocidos o no miembros de una sociedad La sociedad que reparte, durante el plazo que ella considere necesario, pone en reserva, en caso de eventuales reclamaciones, las partes de los autores y editores que no está en condiciones de repartir a pesar de todos sus esfuerzos, incluyendo la aplicación de la Regla de Varsovia o la Regla de Roma y el envío del formato electrónico UP-1. Bajo reserva del cumplimiento de las distintas reglas jurídicas o estatutarias vigentes y de las disposiciones de los contratos establecidos con las sociedades hermanas o con la industria fonográfica nacional, la cuenta de espera deberá ser liquidada al finalizar este plazo y las cantidades en cuestión deberán ser abonadas a los autores y editores nacionales y extranjeros según el principio de igualdad de trato.
© CISAC El reparto en ciertos casos específicos Partes correspondientes al dominio público En el caso de obras caídas parcialmente en el dominio público, las partes correspondientes al dominio público deberán ser abonadas a los autores y editores nacionales y extranjeros según el principio de igualdad de trato, a menos que la legislación nacional no establezca disposiciones contrarias en la materia.